• No se han encontrado resultados

CÓDIGO PENAL VIGENTE

II. PROBLEMÁTICA SOCIAL

2. FACTORES Y VARIABLES INVESTIGADAS.

Los siguientes factores141 y las variables142 que ayudaron a desarrollarlos, se estudiaron de acuerdo a los datos suministrados por el Consultorio Jurídico, la Fiscalía Local del Municipio de Chía, los Juzgados Promiscuos Municipales y la Comisaría de Familia; de los casos que se presentaron en el área penal y civil–familia y en los que se vulneran los derechos del menor143, ya que se refieren al delito de inasistencia alimentaría y al incumplimiento de la obligación alimentaría respectivamente, en cuanto a la relación acreedor-deudor que se encuadra en el derecho civil; entre los años de 1999 y junio de 2001.

141

Los factores son denominados también fenómenos por algunos expertos en la materia; básicamente tiene como finalidad determinar que aspectos influyen directamente en la producción del objeto a investigar, es decir, son aquellos que de manera causal o correlativa dejan ver el resultado de una conducta que tiene consecuencias jurídico-sociales y que por su importancia es susceptible de investigar. Los Factores tienen como requisito primordial, que sean descritos a través de variables y estas de indicadores, los cuales deben permitir su medición cuantitativamente, pues estos no soportarían toda la estructura de la investigación de no ser capaces de demostrar por datos estadísticos, que las afirmaciones o infirmaciones obtenidas, son verídicas y acordes con la realidad.

142 Las variables son la forma especifica de explicar y de desmembrar ese “todo” o marco general que

representan los Factores o fenómenos, las cuales en el transcurso de la investigación deben probarse, para así lograr que confirmen dichos factores. En la presente investigación cada uno de los factores con sus respectivas variables, fueron elegidos para demostrar las hipótesis planteadas al inicio de la misma.

143

En la presente investigación Socio-Jurídica el estudio del Fenómeno de la Inasistencia Alimentaría se delimita al menor de 18 años, a pesar de que la ley manifieste expresamente que tal conducta se puede presentar con mas miembros que conforman el grupo familiar.

Estos años fueron escogidos por dos razones primordiales: la primera de ellas corresponde a aspectos prácticos de la investigación, ya que la afluencia en los despachos judiciales de casos relacionados con el delito de inasistencia alimentaría, al igual que los procesos llevados por alimentos y temas relacionados con los mismos, han provocado una congestión judicial tal, que limitando la investigación a estos años es suficiente para determinar la muestra representativa de lo que esta ocurriendo con el fenómeno que nos ocupa.

La segunda razón tiene que ver con el manejo de los expedientes contentivos de los procesos de Inasistencia Alimentaría ya sean penales o civiles:

1. Los términos previstos por la ley para los diferentes procesos judiciales hacen que las entidades mencionadas evacuen los casos con la mayor brevedad posible, lo que produce que el paso del expediente entre un despacho y otro sea relativamente corto.

2. Debido a la reserva del sumario que tienen todos los expedientes por el sistema judicial de nuestro País, revisar o consultar los mismos es muy complicado, ya que las autoridades exigen un sin número de permisos, autorizaciones y recomendaciones que en la mayoría de los casos hacen imposible su consulta.

3. El archivo de los expedientes activos e inactivos deben mantenerse en un espacio suficiente, lo que a veces se dificulta por la cantidad de expedientes que llegan para su conocimiento.

Es así como en el caso de la fiscalía ya sea por preclusión de la investigación, resolución inhibitoria o calificación, los sumarios deben archivarse o enviarse a los juzgados, lo que produce que en muchas ocasiones nisiquiera se encuentre dentro de las instalaciones.

De la misma manera ocurre con los juzgados en donde los expedientes deben ser atendidos con prontitud, pues de no ser así necesitarían de mucho espacio para poder mantener la gran

cantidad de procesos provenientes de la fiscalía o que por competencia les corresponde conocer directamente.

Para el caso de los procesos que deben ser archivados por cesación de procedimiento o sentencia en firme, el juzgado por falta de espacio tiene que mantenerlos en un cuarto separado, lo que dificulta aun más la consulta pues no hay acceso inmediato a ellos, ni existen personas suficientes que supervisen la observación y revisión de los expedientes, o que estén siempre con el tiempo y la disposición para estudiar tales expedientes.

4. En las demás entidades la consulta se suscribió a estos años por razones que explicaremos en el acápite respectivo de cada una de estas.

Los factores o fenómenos que en esta investigación se proponen son correlativos, porque si bien no en todos los casos pueden predicarse como la causa de la inasistencia alimentaría, no siempre podemos afirmar que dicho factor sea todas las veces la razón primordial y las circunstancias que anteceden tal

comportamiento humano estudiado específicamente en Chía- Cundinamarca.

Los factores a su vez se componen de un número determinado de variables, las cuales se encargan de describir el fenómeno y a través de sus indicadores demostrar la relación que existe entre todos ellos.

El fenómeno de la inasistencia alimentaría para su estudio concreto en el Municipio de Chía–Cundinamarca tendrá los siguientes factores y variables:

2.1 Factor Económico.

Documento similar