5. ANÁLISIS TERRITORIAL Y DEL MEDIO AMBIENTE AFECTADO POR EL PROYECTO
5.4. Figuras de protección
5.4.1. Espacios Naturales protegidos.
Conforme el Decreto 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón, la construcción de la planta solar fotovoltaica “Ancar II” no afectará a ningún Espacio Natural Protegido de la Comunidad Autónoma de Aragón, localizándose los más próximos ENP301 “Paisaje Protegido de los Pinares del Rodeno” y ENP405 “Monumento Natural del Nacimiento del Río Pitarque” a 33,66 km al Suroeste de la poligonal de la planta y a 37,37 km al Este de la misma, respectivamente.
5.4.2. Red Natura 2000.
5.4.2.1. Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA).
La construcción de la planta solar fotovoltaica “Ancar II” no afectará a ninguna Zona de Especial Protección para las Aves. La ZEPA más próxima a la zona de proyecto es la denominada ES0000304 "Parameras de Campo Visiedo”, a escasos 342 m al norte de la poligonal de la planta solar, con lo cual, se describe para estudiar si indirectamente se puede afectar a sus valores objeto de conservación.
La ZEPA ES0000304 constituye la mayor extensión de parameras supramediterráneas en planicies de Aragón, en una comarca de gran vocación agrícola y ganadera. La zona incluye la Reserva Ornitológica de Mas de Cirugeda, de carácter privado. Matorrales camefíticos de Genista pumila y Erinacea anthyllis, por encima de los 1.100 m de altitud.
Alberga poblaciones de gran interés, a nivel nacional de Chersophilus duponti, así como de Pterocles orientalis y Burhinus oedicnemus. Aunque es un área de nidificación residual de Otis tarda, es de gran interés regional para esta especie al permitir nuevas colonizaciones. Asimismo, se pueden encontrar pequeñas poblaciones de Tetrax tetrax y
Circus pygargus. En los terrenos de cultivo, se aprecian buenas densidades de Melanocorypha calandra. Además, la
especie Calandrella brachydactyla es abundante en la zona. Igualmente, existe una pequeña hoz fluvial del río Alfambra que alberga Neophron percnopterus y Falco peregrinus.
La descripción de la ZEPA, así como sus prioridades de conservación se encuentran desarrolladas en el ANEJO 5, de la misma forma se realiza un análisis para conocer si existe afección por la instalación y funcionamiento de la planta solar fotovoltaica estudiada en el presente documento.
5.4.2.2.
Lugar de Importancia Comunitaria (LIC).
La construcción de la planta solar fotovoltaica “Ancar II” no afectará a Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), ni existe ninguno en su entorno más inmediato. El LIC más cercano se ubica a 13,63 km al Sureste de la Planta Solar denominado LIC ES2420038 "Castelfrío – Mas de Tarín".
A continuación, se ofrece una imagen representativa de la localización de los Espacios de la Red Natura 2000 más próximos a la poligonal de la Planta Solar Fotovoltaica “Ancar II”. Para más detalle las afecciones a Espacios Naturales protegidos y a Red Natura 2000 se puede consultar el Plano nº 3 Espacios Naturales Protegidos en el documento Planos.
Plano 21. Red Natura 2000 (trama verde) (Fuente: Mapa Topográfico Nacional a escala 1:25.000 (MTN25)).
5.4.3. Planes de protección de especies.
5.4.3.1. Área crítica cernícalo primilla (Falco naumanni).
La zona de actuación se encuentra dentro del ámbito de una Área crítica del cernícalo primilla, sin embargo, se encuentra fuera del ámbito del Decreto 233/2010, de 14 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un nuevo régimen de protección para la conservación del cernícalo primilla (Falco Naumanni) y se aprueba el plan de conservación de su hábitat.
Esta especie se encuentra asociada a agrosistemas extensivos de secano. Utiliza como hábitats de caza los lindes, desechando matorrales, terrenos halófilos o zonas arboladas. En Aragón, el sustrato de nidificación fundamental lo constituyen nidificaciones aisladas, al contrario que la mayor parte de la población ibérica, que nidifica en ciudades y pueblos.
Entre las principales amenazas a la conservación de esta especie, se encuentra la pérdida de sustratos de nidificación por el derrumbe de edificios con colonias. Por otro lado, la expansión del regadío y la intensificación de los cultivos de secano producen una alteración del hábitat. Finalmente, ciertas infraestructuras (líneas eléctricas, pistas agrícolas y carreteras) repercuten en la mortalidad no natural de individuos.
Según la información facilitada por el Gobierno de Aragón, estas áreas críticas se corresponden con la presencia de colonias de este tipo de ave en construcciones presentes en la zona. El primillar más cercano se ubica a una distancia de 830 m, situado en el denominado “Más Blanca”.
Plano 22. Área crítica del cernícalo primilla (Fuente: Gobierno de Aragón).
5.4.3.2.
Plan de protección para el cangrejo de río común
El ámbito de la planta solar fotovoltaica “Ancar II” se encuentra en el ámbito de aplicación del Decreto 127/2006, de 9 de mayo del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el cangrejo de río común, modificado por Orden de 10 de septiembre de 2009.
El objetivo básico del Plan de Recuperación de Austropotamobius pallipes en Aragón es promover las acciones de conservación necesarias para conseguir detener e invertir el actual proceso de regresión de la especie y garantizar su persistencia a largo plazo. Los objetivos específicos tendrán como meta conseguir núcleos poblacionales viables a largo plazo desde el punto de vista demográfico y genético, incrementar el número de ejemplares y favorecer la colonización de territorios en su área de distribución histórica o masas de agua artificiales consideradas apropiadas para la especie.
Para garantizar la conservación de la especie a largo plazo será necesario contar con el mayor número posible de poblaciones a fin de amortiguar las extinciones locales que se producen frecuentemente por factores con un marcado carácter estocástico (sequías, epidemias).
Como resultado de lo anterior, la especie debería poder pasar de estar catalogada «en peligro de extinción» a la categoría «vulnerable» del Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón.
En el artículo 4. Evaluación de impacto ambiental, el texto dice: En aquellos procedimientos sujetos a trámite
de las actividades y proyectos sobre las poblaciones y el hábitat de cangrejo de río común, para lo cual se recabará información de la Dirección General del Medio Natural del Departamento de Medio Ambiente.
La ubicación propuesta para la planta no afecta a ningún cauce de rio, que pueda ser susceptible de albergar esta especie, concretamente no existe ningún cauce de aguas permanentes en el ámbito de la planta.
Según la información facilitada por el Servicio de Biodiversidad del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, las localizaciones más cercanas de esta especie se encuentran a 5,63 km de la planta, situadas, además, aguas arriba en la cuenca del Alfambra, con lo cual no existe afección posible a los objetivos de conservación de dicho plan.
Plano 23. Ámbito de aplicación del Plan de protección del Cangrejo de rio común (Fuente: Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón).
5.4.3.3.
Plan de protección para el al-arba
El ámbito de la planta solar fotovoltaica “Ancar II” se encuentra en el ámbito de aplicación del Decreto 93/2003, de 29 de abril del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el al-arba.
El objetivo del Plan es lograr la conservación de Al-arba, Krascheninnikovia ceratoides, en todos los lugares donde actualmente crece en Aragón. Este Plan se considerará cumplido cuando pueda pasar de la categoría de especie «vulnerable» a «de interés especial».
Cumpliendo con el artículo 4, sección 1 del citado decreto “En aquellos expedientes sujetos a trámite de
evaluación de impacto ambiental, deberá hacerse mención expresa en el estudio de impacto ambiental de la incidencia del proyecto sobre las poblaciones y el hábitat de Krascheninnikovia ceratoides, para lo cual se recabará información de la Dirección General de Medio Natural del Departamento de Medio Ambiente. Dicha incidencia deberá contemplarse en
la declaración de impacto ambiental”, en diciembre de 2020 se realizó una prospección botánica de la zona donde
pretende ubicarse la planta solar fotovoltaica sin encontrar durante la misma ningún ejemplar de al-arba en el ámbito de la planta. El informe con los resultados de dicha prospección se encuentra en el ANEJO 8.
La cuadrícula UTM 1X1, citada por la DGA, más próxima con presencia de la especie al-arba (Krascheninnikovia
ceratoides), se corresponde con la cuadrícula 30TXK6592, estando localizada a una distancia aproximada de 3,03 km al
sur de la zona de proyecto. También existen localizaciones citadas de la planta a unos 4,78 km al este.
Plano 24. Ámbito de aplicación del Plan de protección del al-arba (Fuente: Diputación General de Aragón).
5.4.3.4.
Futuras áreas críticas
Según la información proporcionada por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón con fecha 11 de marzo de 2020, se informa que en el futuro existirá una cobertura del área preseleccionada y con posibilidades de ser incluida dentro del futuro Plan de conservación de alondra ricotí (Chersophilus duponti) en Aragón y cuyo mandato se recoge en la “Orden de inicio de 18 de diciembre de 2015, del Consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por el que se acuerda iniciar el proyecto de Decreto por el que se establece un régimen de protección para la alondra ricotí (Chersophilus duponti) en Aragón, y se aprueba su Plan de conservación del hábitat”.
Según la información proporcionada por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, a fecha 11 de marzo de 2020, se informa que en el futuro existirá una cobertura del área preseleccionada y con posibilidades de ser incluida dentro del futuro Plan de recuperación de especies esteparias en Aragón, cuya tramitación administrativa comenzó a partir de la “Orden de 26 de febrero de 2018, del Consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por el que se acuerda iniciar el proyecto de Decreto por el que se
(Pterocles orientalis), así como para la avutarda común (Otis tarda) en Aragón, y se aprueba el Plan de recuperación conjunto”.
Como se puede observar en el plano siguiente, el ámbito de estudio no se encuentra dentro de la futura área crítica de la alondra ricotí (Chersophilus duponti), pero sí de la futura área crítica de especies esteparias.
Plano 25. Ámbito de aplicación de futuras áreas críticas (Fuente:Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón).