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Fortalecimiento Institucional – Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial

3. Capítulo III: Fortalecimiento Institucional

3.3 Fortalecimiento Institucional – Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial

• Financiamiento para la elaboración y/o actualización de Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial

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léxico básico

Anexos

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Léxico Básico

Actividades: acciones necesarias de un proyecto para obtener, a partir

de un conjunto de insumos o recursos, los componentes y el producto del proyecto en un período determinado.

Beneficiarios: población objetivo hacia la cual se orienta un proyecto,

programa o plan.

Beneficio: impacto positivo generado por un proyecto, programa o plan. Componente: constituye una parte de un proyecto, expresado como

trabajo terminado.

Costo: egresos y recursos que se destinan para la realización de un

proyecto, programa o plan. Dentro de éstos se incluyen los impactos negativos que un proyecto pueda generar sobre la población afectada.

Efectividad: relación entre los recursos destinados y el impacto

obtenido por un proyecto, pro grama o plan. La mayor efectividad se alcanza al hacer un uso óptimo de los recursos disponibles, alcanzando los impactos esperados de la inversión. Este concepto involucra las definiciones de eficiencia y eficacia.

Eficacia: relación entre los productos y los impactos obtenidos por un

proyecto, programa o plan. La eficacia se consigue al concentrar con oportunidad los esfuerzos de un proyecto, programa o plan en los recursos, las actividades, los componentes y los productos que realmente deban llevarse a cabo para el cumplimiento de los objetivos formulados.

Eficiencia: ésta se alcanza al hacer un uso óptimo de los recursos

disponibles, de una manera apropiada, al menor costo posible, alcanzando los productos esperados de la inversión.

Léxico Básico

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Ejecución: etapa dentro del ciclo del proyecto durante la cual se realizan

las inversiones del proyecto.

Evaluación Ex-Ante: proceso de análisis que efectúa el Banco del Estado,

previo a un financiamiento para los proyectos de preinversión, inversión o fortalecimiento institucional y establece condicionantes que deberán cumplirse en la etapa de ejecución del crédito y/o del funcionamiento de proyecto.

Evaluación Ex-Post: análisis de resultados que se realiza después de

haber concluido la ejecución del proyecto y se concentra en las áreas de eficiencia, efectividad, efectos y propósito.

Impacto: cambio logrado en la situación de la población como resultado

del producto de un proyecto.

Indicador: relación entre variables específicas que permite expresar

los resultados asociados con los componentes, productos o impactos esperados de un proyecto o programa y medirlos a través de las metas.

Meta: magnitud del indicador que permite cuantificar o dimensionar los

componentes, productos e impactos de un proyecto, programa o plan. Su medición debe hacerse en términos de tiempo, cantidad y, si es posible, calidad.

Monitoreo: procedimiento empleado para comprobar la efectividad

y eficiencia del proceso de ejecución de un proyecto, mediante la identificación de los aspectos limitantes y/o ventajosos, recomendando medidas correctivas para optimizar los resultados deseados.

Operación: etapa dentro del ciclo del proyecto durante la cual se

perciben los beneficios derivados de todas las inversiones realizadas durante la ejecución. En algunos casos, la etapa de inversión se realiza simultáneamente con la operación.

Plan de Desarrollo: análisis de la problemática económica, social,

territorial y ambiental -a nivel nacional, provincial o municipal- a partir del cual se define una estrategia de solución a seguir a mediano o largo plazo. Esta estrategia incluye la definición de los objetivos y metas del plan, las políticas generales y sectoriales y el plan de inversiones para el período analizado.

Población Objetivo: grupo o grupos a los cuales se les pretende solucionar

el problema o necesidad a través de un plan, programa o proyecto. Esta población hace parte de la población afectada; sin embargo, no siempre es igual, ya que éstos son los individuos directamente beneficiados.

Producto: resultado concreto que los componentes deben generar para

alcanzar su objetivo más inmediato.

Programa: estrategia de acción cuyas directrices determinan los medios

que articulados gerencial mente permiten dar una solución integral a los problemas. Como estrategia, un programa contiene los objetivos y metas, el conjunto de proyectos elegibles y el plan de inversiones. Los programas se definen en términos de objetivos de carácter multisectorial.

Proyecto: unidad operacional que vincula recursos, actividades y

componentes durante un período determinado y con una ubicación definida, para resolver problemas o necesidades de la población, forma parte integral de un programa. Los proyectos son las unidades a través de las cuales se materializan y ejecutan los planes y programas.

Sector de financiamiento: es el campo de financiamiento que involucra

características comunes.

Vida útil del proyecto: período de tiempo en el cual el proyecto

genera todos los beneficios para los cuales fue concebido. Corresponde generalmente a la etapa de operación del proyecto.

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Anexo No. 1 Contratación Pública

La Constitución de la República en su Art. 288, establece que las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social.

Ámbito de Aplicación

La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP), establece y determina los principios y normas que regulan los procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, que realicen entre otros: 1. Los Organismos y dependencias de las Funciones del Estado; 2. Los Organismos Electorales; 3. Los Organismos de Control y Regulación; 4. Las entidades que integran el Régimen Seccional Autónomo; 5. Los Organismos y entidades creados por la Constitución o la Ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado; 6. Las personas jurídicas creadas por acto legislativo seccional para la prestación de servicios públicos.

Principios de la LOSNCP

Las contrataciones que realicen las entidades del sector público, observarán ineludiblemente los principios establecidos en el Art. 4 de la LOSNCP, esto es, legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, concurrencia, transparencia, publicidad; y, participación nacional.

Contrataciones financiadas con Préstamos y Cooperación Internacional

La LOSNCP en el Art. 3 dispone que, las contrataciones que se financien, previo convenio, con fondos provenientes de organismos multilaterales de crédito de los cuales el Ecuador sea miembro, o, en las contrataciones que se financien con fondos reembolsables o no reembolsables provenientes de financiamiento de gobierno a gobierno; u organismos internacionales de cooperación, se observará lo acordado en los respectivos convenios.

Anexo No. 1 Contratación Pública

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Lo no previsto en dichos convenios se regirá por las disposiciones de la LOSNCP.

Para complementar la norma antes referida, el Art. 2 del Reglamento General a la LOSNCP, establece que éste régimen especial se observará independientemente que el financiamiento internacional sea total o parcial, siempre que se consideren las condiciones previstas en el Convenio.

Requisitos esenciales a todo procedimiento

De manera previa a iniciar cualquier procedimiento de contratación, las entidades deberán contar con los siguientes requisitos:

1. Estudios previos completos definitivos y actualizados que contengan la justificación de la contratación e informe de análisis que sustenten el presupuesto referencial de conformidad con las disposiciones constantes en las resoluciones del SERCOP.

2. Especificaciones técnicas (para el caso de adquisición de bienes y ejecución de obras) y/o Términos de Referencia (para el caso de contrataciones de consultoría o de servicios), formularios de cumplimiento de especificaciones técnicas y/o términos de referencia y criterios de valoración.

3. Verificación que los bienes o servicios requeridos, no se encuentran en el catálogo electrónico del portal Institucional del SERCOP en base a la descripción del bien o servicio y al Código CPC.

4. Certificación Presupuestaria, por la totalidad del presupuesto referencial, incluido el IVA.

5. Que la contratación se encuentre en el PAC de la entidad.

De los pliegos

Los modelos y formatos de pliegos expedidos por el SERCOP, serán completados, modificados y ajustados a las necesidades de las diferentes entidades del sector público, para cada procedimiento de contratación.

Precisiones para considerar el tipo de procedimiento

Para el caso de adquisición de bienes, servicios, obras, y/o capacitación en un mismo proceso se deberá considerar la cuantía de mayor porcentaje para determinar el tipo de contratación.

Definiciones

En el Art. 6 de la LOSNCP constan las definiciones que realiza la ley, destacándose para fines de la gestión de los procesos de contratación, las siguientes:

Catálogo Electrónico: Registro de bienes y servicios normalizados

publicados en el portal www.compraspublicas.gov.ec para su contratación directa como resultante de la aplicación de convenios marco.

Bienes y Servicios Normalizados: Objeto de contratación cuyas

características o especificaciones técnicas se hallen homologados y catalogados.

Consultoría: Se refiere a la prestación de servicios profesionales

especializados no normalizados, que tengan por objeto identificar, auditar, planificar, elaborar o evaluar estudios y proyectos de desarrollo, en sus niveles de pre factibilidad, factibilidad, diseño u operación. Comprende, además, la supervisión, fiscalización, auditoría y evaluación de proyectos ex ante y ex post, el desarrollo de software o programas informáticos así como los servicios de asesoría y asistencia técnica, consultoría legal que no constituya parte del régimen especial indicado en el número 4 del artículo 2, elaboración de estudios económicos, financieros, de organización, administración, auditoría e investigación.

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Mejor Costo en Bienes o Servicios Normalizados: Oferta que

cumpliendo con todas las especificaciones y requerimientos técnicos, financieros y legales exigidos en los documentos precontractuales, oferte el precio más bajo.

Mejor Costo en Obras, o en Bienes o Servicios No Normalizados:

Oferta que ofrezca a la entidad las mejores condiciones presentes y futuras en los aspectos técnicos, financieros y legales, sin que el precio más bajo sea el único parámetro de selección. En todo caso, los parámetros de evaluación deberán constar obligatoriamente en los Pliegos.

Mejor Costo en Consultoría: Criterio de “Calidad y Costo” con el que se

adjudicarán los contratos de consultoría, en razón de la ponderación que para el efecto se determine en los Pliegos correspondientes, y sin que en ningún caso el costo tenga un porcentaje de incidencia superior al veinte (20%) por ciento.

Etapas o fases de los procesos de contratación

Fase preparatoria

La Fase Preparatoria incluye la elaboración y modificación del plan anual de contrataciones -PAC; la elaboración de estudios de mercado, elaboración de especificaciones técnicas y términos de referencia -TDR; elaboración del presupuesto referencial y emisión de certificación presupuestaria; elaboración de estudios, elaboración y aprobación de pliegos; conformación de la comisión técnica u otorgamiento de delegación; y, toda actividad hasta antes de la publicación del procedimiento en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.

Fase precontractual

Se inicia con la publicación del procedimiento en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública; etapa de preguntas, respuestas y aclaraciones, modificaciones de condiciones contractuales o de pliegos; cancelación del procedimiento, etapa de recepción,

apertura, convalidación de errores, verificación, y calificación de ofertas; informe de la comisión técnica o del delgado; resolución y publicación de la adjudicación o decisión de procedimiento desierto; y todo acto que esté comprendido entre la convocatoria hasta la adjudicación o declaratoria de desierto del proceso de contratación.

Fase contractual

Incluye todas las actuaciones para cumplir con el contrato suscrito, registro en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, la administración de la ejecución contractual, incluidos los registro de entregas parciales en caso de haberlas, presentación y pago de planillas, según el objeto de contratación y las actas de entrega- recepción provisionales y definitivas, según corresponde, además de la liquidación de los contratos en cualquiera de sus formas y la finalización del procedimiento; y en el caso de ser pertinente la realización de órdenes de trabajo, órdenes de cambio y contratos complementarios cubriendo la totalidad de los eventos.

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MONTOS DE CONTRATACIÓN 2020

Presupuesto Inicial del Estado: $ 35.498´420.637,20

CONTRATACIÓN PROCEDIMIENTOS MONTOS DE CONTRATACIÓN

Bienes y Servicios Normalizados

Catalogo Electrónico Sin límite de monto

Subasta Inversa

Electrónica Mayor a $ 7.099,68

Ínfima Cuantía Inferior a $ 7.099,68

Bienes y Servicios No Normalizados

Menor Cuantía Inferior a $ 70.996,84

Cotización Entre $ 70.996.84 y $ 532.476,31

Licitación Mayor a $ 532.476,31

Obras

Menor Cuantía Inferior a $ 248.488,94

Cotización Entre $ 248.488,94 y $ 1.064.952,62

Licitación Mayor a $ 1.064.952,62

Contratación Integral

por Precio Fijo Mayor a $ 248.488,94

Consultoría

Contratación Directa Menor o igual a $ 70.996,84 Lista Corta Mayor a $ 70.996,84 y menor a $ 532.476,31 Concurso Público Mayor o igual a $ 532.476,31

Bienes y Servicios Normalizados y No

Normalizados y

Obras

Ferias Inclusivas Sin límite de monto

Procedimientos de Contratación

Procesos dinámicos (bienes y servicios normalizados) Catálogo electrónico

Las contrataciones por catálogo electrónico de bienes y servicios normalizados, que realicen las Entidades Contratantes, observarán el procedimiento señalado por el SERCOP. La orden de adquisición electrónica emitida por la Entidad Contratante se sujetará a las condiciones contractuales previstas en el Convenio Marco.

La Orden de Compra se emitirá a través del Catálogo Electrónico, formalizará la contratación de los bienes o servicios requeridos y genera los derechos y obligaciones correspondientes para las partes.

Una vez recibidos los bienes o servicios contratados, se suscribirá el acta de entrega recepción correspondiente con la verificación de correspondencia con las especificaciones previstas en el catálogo.

Subasta inversa

Para la adquisición de bienes y servicios normalizados que no consten en el catálogo electrónico, las Entidades Contratantes deberán realizar subastas inversas en las cuales los proveedores de bienes y servicios equivalentes, pujan hacia la baja el precio ofertado, en acto público o por medios electrónicos a través del Portal de COMPRASPUBLICAS.

Licitación (bienes, obras y servicios no normalizados).

La licitación es un procedimiento de contratación que se utilizará en los siguientes casos:

1. Si fuera imposible aplicar los procedimientos dinámicos o, en el caso que una vez aplicados dichos procedimientos, éstos hubiesen sido declarados desiertos; siempre que el presupuesto referencial sobrepase el valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,000015 por el monto del Presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico;

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2. Para contratar la adquisición de bienes o servicios no normalizados, exceptuando los de consultoría, cuyo presupuesto referencial sobrepase el valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,000015 por el monto del Presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico; y,

3. Para contratar la ejecución de obras, cuando su presupuesto referencial sobrepase el valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,00003 por el monto del Presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico.

Cotización.- (bienes, obras y servicios no normalizados).

Este procedimiento, se utilizará en cualquiera de los siguientes casos: 1. Si fuera imposible aplicar los procedimientos dinámicos o, en el caso

que una vez aplicados dichos procedimientos, éstos hubiesen sido declarados desiertos; siempre que el presupuesto referencial oscile entre 0,000002 y 0,000015 del presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico;

2. La contratación para la ejecución de obras, cuyo presupuesto referencial oscile entre 0,000007 y 0,00003 del presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico; y,

3. La contratación para la adquisición de bienes y servicios no normalizados, exceptuando los de consultoría, cuyo presupuesto referencial oscile entre 0,000002 y 0,000015 del presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico.

Menor Cuantía.- (bienes, obras y servicios no normalizados).

Se podrá contratar bajo este sistema en cualquiera de los siguientes casos:

1. Las contrataciones de bienes y servicios no normalizados, exceptuando los de consultoría cuyo presupuesto referencial sea inferior al 0,000002 del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico;

2. Las contrataciones de obras, cuyo presupuesto referencial sea inferior al 0,000007 del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico;

3. Si fuera imposible aplicar los procedimientos dinámicos o, en el caso que una vez aplicados dichos procedimientos, éstos hubiesen sido declarados desiertos; siempre que el presupuesto referencial sea inferior al 0,000002 del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico.

Ínfima cuantía.- (bienes, servicios no normalizados, y reparación, refacción, remodelación, adecuación, mantenimiento o mejora de una construcción o infraestructura existente)

Se podrá contratar bajo este sistema en cualquiera de los siguientes casos:

1. Las contrataciones para la adquisición de bienes o prestación de servicios no normalizados, exceptuando los de consultoría, cuya cuantía sea inferior a multiplicar el coeficiente 0,0000002 del presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico;

2. Las contrataciones para la adquisición de bienes o prestación de servicios normalizados, exceptuando los de consultoría, que no

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consten en el catálogo electrónico y cuya cuantía sea inferior a multiplicar el coeficiente 0,0000002 del presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico; y,

3. Las contrataciones de obras, cuyo presupuesto referencial sea inferior a multiplicar el coeficiente 0,0000002 del presupuesto inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico. Para estos casos, no podrá considerarse en forma individual cada intervención, sino que la cuantía se calculará en función de todas las actividades que deban realizarse en el ejercicio económico sobre la construcción o infraestructura existente.

4. Estas contrataciones no podrán emplearse como medio de elusión de los procedimientos pre-contractuales.

Procesos de Contratación para Consultoría

En los procesos de selección de consultoría, la Entidad Contratante determinará la naturaleza de los participantes: sean consultores individuales, firmas consultoras u organismos que estén facultados para ofrecer consultoría. Los procesos de contratación se harán entre consultores de igual naturaleza.

Contratación directa

Cuando el presupuesto referencial del contrato sea inferior o igual al valor que resultare de multiplicar el coeficiente 0,000002 por el monto del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico, la entidad contratante procederá a contratar de manera directa, para lo cual, la máxima autoridad de la entidad o su delegado, seleccionará e invitará a un consultor habilitado en el RUP que reúna los requisitos previstos en los pliegos.

Contratación mediante Lista Corta

Cuando el presupuesto referencial del contrato supere el valor que resultare de multiplicar el coeficiente 0,000002 por el monto del Presupuesto Inicial del Estado y sea inferior a el monto del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico, la entidad contratante

escogerá e invitará, a través del Portal www.compraspublicas.gob.ec, a un máximo de 6 y un mínimo de 3 consultores registrados en el RUP que reúnan los requisitos previstos en los pliegos, para que presenten sus ofertas técnicas y económicas.

Contratación mediante Concurso Público

Cuando el presupuesto referencial del contrato sea igual o superior al valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,000015 por el monto del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico, la entidad contratante realizará la convocatoria pública a través del Portal www.compraspublicas.gob.ec., para que los interesados, habilitados en el RUP, presenten sus ofertas.

Suscripción de contratos

Los contratos cuya cuantía sea igual o superior a la base prevista para la licitación se protocolizarán ante Notario Público.

Las contrataciones que se realicen por el sistema de catálogo se formalizarán con la orden de compra y el acta de entrega.

Las contrataciones de menor cuantía se instrumentarán con la factura correspondiente, sin perjuicio de que se puedan elaborar documentos que contengan las obligaciones particulares que asuman las partes. Los demás contratos se otorgarán por documento suscrito entre las partes sin necesidad de escritura pública.

Para la suscripción del contrato, será requisito previo la rendición de las garantías correspondientes.

En ningún caso se podrá iniciar la ejecución del contrato sin la previa celebración o formalización de los instrumentos antes referidos.

Administración del Contrato

Los contratos contendrán estipulaciones específicas relacionadas con las funciones y deberes de los administradores del contrato, así como de quienes ejercerán la supervisión o fiscalización.

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En el expediente se hará constar todo hecho relevante que se presente en la ejecución del contrato. Especialmente se referirán a los hechos, actuaciones y documentación relacionados con pagos; contratos complementarios; terminación del contrato; ejecución de garantías; aplicación de multas y sanciones; y, recepciones.

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