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más que banca, Somos Desarrollo GUÍA DE PROCESOS CREDITICIOS, GESTIÓN DE PROYECTOS MÓDULO 1 BANCO DE DESARROLLO DEL ECUADOR B.P.

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BANCO DE DESARROLLO DEL ECUADOR B.P.

GUÍA DE PROCESOS CREDITICIOS,

MÓDULO 1

GESTIÓN DE PROYECTOS

(2)
(3)

5

Contenido

5

Presentación

...7

POLÍTICAS DE CRÉDITO

...8

Pautas Generales para la Formulación de Proyectos

...9

1. Capítulo I: Ciclo del Crédito

...13

2. Capítulo II: Ciclo del Proyecto

...23

2.1 Etapa de preinversión

...24

2.1.1 Fase de la etapa de preinversión

...24

2.1.2 Recomendaciones generales

...27

2.2 Etapa de Inversión o Ejecución o Implementación

...30

2.2.1 Financiamiento y/o concesión de crédito ...30

2.2.2 Ejecución del proyecto

...30

2.3 Etapa de funcionalidad del proyecto ...31

2.4. Modalidades de Gestión

...31

3. Capítulo III: Fortalecimiento Institucional

...35

3.1 Fortalecimiento Institucional - Racionalización de Personal ...36

3.2 Fortalecimiento Institucional – Gestión de Servicios ...36

3.3 Fortalecimiento Institucional – Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial

36

Léxico básico

...39

Anexo No. 1 Contratación Pública

...41

Etapas o fases de los procesos de contratación ...43

(4)

6

(5)

7

El Banco de Desarrollo del Ecuador B.P, en su calidad de banca pública de desarrollo, tiene como objetivo financiar programas, proyectos, obras y servicios públicos. Para cumplir con este propósito, ha desplegado varias acciones tendientes a coadyuvar e impulsar el fortalecimiento institucional de sus clientes, a través del asesoramiento en la formulación, ejecución, operación y sostenibilidad de los proyectos financiados. En este contexto, se ha preparado y editado una serie de documentos técnicos e informativos, para dar a conocer los procesos crediticios relacionados con el financiamiento de proyectos de preinversión e inversión desarrollo.

Este documento denominado “Guía de Procesos Crediticios, Formulación y Gestión de Proyectos” está dirigido a las autoridades, administradores y técnicos de los Gobiernos Autónomos Descentralizados y de las entidades vinculadas con la actividad del BDE B.P., así como otras entidades y personas, que están relacionadas con el fortalecimiento institucional de los gobiernos locales.

La Guía contiene información sobre el Ciclo del Crédito, el Ciclo del Proyecto, la Formulación de Proyectos y el Fortalecimiento Institucional para la gestión de los servicios y responde a la necesidad de nuestros clientes, de contar con orientaciones, referentes básicos y criterios institucionales respecto a las materias señaladas.

Además contiene la actualización de las Guías de Gestión de Proyectos que fueron publicadas en marzo del año 2005 y que constituyen herramientas técnicas de gestión institucional para los clientes del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P.

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8

(7)

9

• Las operaciones crediticias se enmarcarán en los mandatos del ordenamiento jurídico vigente, aplicable al Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., y se sujetaran a las políticas aprobadas por el Directorio; • Se financiarán programas, proyectos, obras y servicios encaminados

a la provisión de servicios públicos cuya prestación es responsabilidad del Estado, sea que los preste directamente o por delegación a empresas mixtas, a través de las diversas formas previstas en la Constitución; se financiarán programas del sector público que contribuyan al desarrollo socio económico nacional, regional o local. • Se financiarán proyectos de vivienda, sobre todo de interés social. Se

priorizará la ejecución de los proyectos de los Gobiernos Autónomos Descentralizados;

• Los proyectos propenderán al fortalecimiento institucional y financiero de las entidades prestatarias o beneficiarias;

• Se diversificarán los créditos, a fin de contribuir al desarrollo del país en forma equilibrada de las regiones, provincias y cantones;

• Los créditos otorgados por el Banco serán cofinanciados por la entidad solicitante o beneficiaria. Cuando se trate de proyectos cofinanciados con fondos de origen externo, el Banco podrá financiar los componentes que no sean cubiertos con dicho crédito o cofinanciar los componentes en proporción al financiamiento;

• Se financiarán proyectos regionales encaminados a disminuir los déficits de las necesidades insatisfechas de servicios e infraestructura básica de la población;

• Se financiarán proyectos destinados a cubrir las necesidades básicas insatisfechas de las comunidades, preferentemente autosustentables; cuando no lo sean, la entidad garantizará el pago del crédito con sus propios recursos;

• En las operaciones del Banco se financiará el componente de asistencia técnica para fortalecimiento institucional, con cargo a recursos no reembolsables, aportes de la entidad y/o crédito;

• Los proyectos financiados propenderán a mejorar la gestión financiera, operativa y administrativa, tanto de las entidades solicitantes como de los servicios que éstas prestan;

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10

• Los proyectos que se financien contarán con estudios que demuestren su viabilidad técnica, ambiental, gestión del servicio, económico, social, financiera, y de participación ciudadana, de acuerdo con los requerimientos y metodologías establecidos en el Banco;

• Se concederá financiamiento a las entidades prestatarias que cuenten con recursos necesarios para asegurar la recuperación de los créditos, o que se demuestre que con el fortalecimiento institucional, a través de la asistencia técnica del Banco, se implementen planes de mejoramiento financiero-administrativo, y/o que el proyecto a financiarse sea rentable y reporte un flujo de recursos que les permita cumplir con sus obligaciones crediticias;

• Se realizará el seguimiento a los créditos concedidos, incluyendo la fase de recuperación de la inversión; y , al cumplimiento de las condicionantes de crédito, con la finalidad de garantizar que los recursos se desembolsen oportunamente y se utilicen en el objetivo propuesto;

• Se calificará el riesgo crediticio con la Metodología de Calificación de Riesgo establecida para el efecto y se determinará el cupo de endeudamiento de la entidad solicitante;

• Accederán al crédito, las entidades que tengan capacidad de endeudamiento cuyo costo sea igual o inferior al cupo de endeudamiento establecido por el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P.;

• No serán sujeto de crédito las entidades que se encuentren en mora • Se podrán conceder líneas de crédito para programas crediticios

especiales, que fueren aprobados por el Directorio;

• Se incluye y aplicará el principio de corresponsabilidades de las entidades prestatarias o beneficiarias en todos los financiamientos, en los términos establecidos para el efecto;

• Las operaciones crediticias incluirán Preinversión atada a la inversión, inversión en infraestructura pública y asistencia técnica que demande el proyecto, cuyo financiamiento se solicita al Banco;

• Los proyectos que se financien contarán con estudios que demuestren su factibilidad técnica, financiera, económica, ambiental,

participación ciudadana y de gestión de servicio, de acuerdo con los requerimientos y metodología establecidos por el Banco;

• Los proyectos destinados a financiar la provisión de servicios públicos deberán responder a los principios de solidaridad, obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad.

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12

Capítulo I:

Ciclo del Crédito

1.

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13

La gestión del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., se relaciona directamente con las actividades del ciclo del crédito, que es concebido como un conjunto de procesos secuenciales para su concesión.

Las fases del ciclo del crédito se detallan a continuación:

1.1. Calificación de los clientes y determinación del cupo de endeudamiento1

1.1.1 Calificación de riesgo crediticio

El Banco dispone de una metodología de calificación de riesgo crediticio y determinación de cupo de endeudamiento para los clientes.

Las calificaciones de riesgo de crédito otorgadas a las entidades prestatarias del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P. son las siguientes: A1, A2, A3, A4 y A5

Las calificaciones de riesgo de crédito y el cupo de endeudamiento, tendrán validez anual, (de marzo a marzo del siguiente año) para las 1 Manual de calificación de Riesgos y Cupo de Endeudamiento. Gerencia de Riesgos. Resolución 2016-DIR-043 del 17 de agosto 2016.

A.

Calificación del cliente - Solicitud del crédito

B. Financiamiento: evaluación, calificación, aprobación y legalización D. Recuperación – gestión de cartera C. Ejecución: desembolso de crédito y seguimiento

1. Capítulo I:

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operaciones crediticias que el prestatario realice con el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., y se podrán actualizar durante el año de sus vigencia por solicitud expresa del cliente.

En el caso de los GAD Municipales la interpretación de las calificaciones es la siguiente:

Calificación A1:

Las entidades calificadas como “A1” tienen las siguientes características: • Buen desempeño en la gestión administrativa financiera, lo que se

evidencia en los indicadores de liquidez y autosuficiencia financiera. • Las transferencias de capital se destinan en su mayor parte a la

inversión.

• Nivel de endeudamiento mediano o alto, pero este endeudamiento es bueno en la medida que se destina a mayores obras de inversión y no implica que a futuro tenga problemas de iliquidez para afrontar el nivel de endeudamiento.

• Cabe señalar que aspectos macroeconómicos que afecten la oportunidad con la cual el Gobierno Central realiza las transferencias de recursos a estas entidades, pueden ocasionar problemas a los flujos de efectivo de las mismas, pero en estas entidades, dichos efectos no serían tan significativos.

Calificación A2:

Las entidades calificadas como “A2” tienen las siguientes características: • Desempeño mediano tanto en la distribución de sus gastos corrientes

y de capital como en sus indicadores de liquidez y autosuficiencia. • Las transferencias de capital no se destinan en su mayor porcentaje

a inversión.

• Presentan niveles de endeudamiento bajo o mediano.

• Si el nivel de endeudamiento es mediano, no implica que tenga problemas de liquidez para afrontar la deuda futura

• A estas entidades les afectaría en mayor medida que las calificadas como “A1”un retraso en la entrega de las transferencias de los recursos por parte del Gobierno Central.

Calificación A3:

Las entidades calificadas como “A3” tienen las siguientes características: • El nivel de cobertura de los gastos corrientes con los ingresos propios

es inferior al del grupo A2

• Tienen una dependencia mayor de las transferencias de recursos del Gobierno Central.

• La orientación de los recursos está destinada en su mayor parte hacia el gasto corriente y no a la inversión pública.

• Presenta niveles de endeudamiento mediano o alto, pero su endeudamiento no se correlaciona con una buena gestión en inversión pública.

• Si la entidad tiene un nivel de deuda significativo, pone en riesgos la capacidad de poder asumir nuevas deudas; su nivel de deuda comparada con sus ingresos totales o disponibles es alto, provocando que los pagos por el servicio de la deuda no le genere el flujo de efectivo suficiente para asumir una nueva deuda.

• Por estos motivos este tipo de entidades, son muy sensibles a impactos externos que afecten a sus flujos de efectivo, dado que no poseen la capacidad de cubrir al menos parcialmente el déficit con sus ingresos propios.

Calificación A4:

• Bajo desempeño en la gestión administrativa financiera, lo que se evidencia en los indicadores de liquidez y autosuficiencia financiera. • Tienen una dependencia total de las transferencias de recursos del

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Gobierno Central.

• Presentan un nivel de endeudamiento bajo o mediano, pero el nivel de los demás gastos es significativo, lo que ocasiona que no presenten saldos positivos en su situación financiera proyectada

Calificación A5:

• Son entidades de alto riesgo que presentan gastos corrientes elevados, indicadores de gestión financiera y administrativa malos, incapacidad de generar ingresos propios por lo que no pueden asumir una elevada deuda.

1.1.2 Cupo de endeudamiento

La metodología desarrollada trata de obtener como resultado el “ingreso disponible para inversión y nuevo apalancamiento” que corresponde al potencial de recursos resultante de descontar a los ingresos permanentes los gastos permanentes que, por principio, no pueden ser destinados al apalancamiento de un crédito. Este concepto se aplica a los clientes del Banco: GAD Municipales, GAD Provinciales, Empresas Municipales, Universidades y otros.

1.2 Solicitud de Crédito

Para ser considerada una solicitud de financiamiento propuesta por un cliente al BDE B.P. deberá cumplir, en primer lugar, con los requisitos de elegibilidad en lo referente a calificación de riesgo y cupo de endeudamiento y contener la información necesaria que permita a la entidad analizar y evaluar el proyecto.

La solicitud de crédito se presentará en la respectiva Sucursal Zonal y será registrada en el Sistema de Información Crediticia (SIC). De ser necesario la Sucursal Zonal brindará la asesoría correspondiente para viabilizar el financiamiento.

1.2.1 Documentación requerida para solicitar créditos

El trámite de toda solicitud de crédito en el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., está condicionado al cumplimiento por parte del solicitante de lo señalado en la Codificación de Normas Internas del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., en lo que corresponda; y, a la presentación, según se trate de un proyecto de preinversión, inversión o fortalecimiento institucional.

Conjuntamente con la solicitud de crédito, la entidad solicitante entregará al BDE B.P., la información contenida en las liquidaciones presupuestarias de los tres últimos años, si no las hubiese presentado anteriormente. En el caso de empresas públicas y universidades la información contenida en los estados financieros auditados de los tres últimos años.

Recibida la solicitud de crédito y la documentación del proyecto, la Sucursal Zonal, analizará la información presentada, el riesgo crediticio, la capacidad de endeudamiento de la entidad solicitante y la prioridad del proyecto, de acuerdo con la normativa vigente, lineamientos y políticas de crédito del BDE B.P.

Para la formulación de un proyecto, los clientes podrán basarse en las presentes Guías diseñadas por el BDE B.P, conforme el sector de financiamiento requerido.

1.2.2 Para Preinversión, Estudios y diseños

• Perfil del proyecto integral

• Términos de referencia para el estudio

• Presupuesto actualizado y cronograma valorado

• Modalidad y términos de referencia para la fiscalización • Información financiera de la entidad

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Si la entidad solicitante no contare con un estudio idóneo de respaldo para su petición, la Sucursal Zonal correspondiente podrá suministrar el asesoramiento para que la entidad solicite al BDE B.P. el crédito necesario para financiar los estudios.

1.2.3 Inversión

• Diseños definitivos del proyecto:

• Técnicos, económicos, financieros ambientales, de gestión del servicio y participación ciudadana,

• Modalidad de fiscalización,

• Presupuesto referencial y cronograma valorado. • Memoria técnica y especificaciones del proyecto. • Información financiera de la entidad.

1.2.4 Fortalecimiento Institucional Para formulación:

• Perfil del proyecto,

• Términos de referencia (si el proyecto considera la realización de estudios),

• Información financiera de la entidad.

Para implementación:

• Plan de fortalecimiento institucional priorizado y aprobado por sus autoridades,

• Cronograma de ejecución,

• Especificaciones técnicas (si el proyecto lo requiere), • Información financiera de la entidad.

1.3 Evaluación del Crédito

La Sucursal Zonal correspondiente evaluará del proyecto en los siguientes ámbitos: • Técnico, • Económico, • Financiero, • Ambiental, • Legal,

• Gestión del servicio, • Participación ciudadana; y,

• Cualquier otro que se considere pertinente

El BDE B.P. para las evaluaciones en los diferentes ámbitos y cuando corresponda, solicitará la viabilidad de parte de los organismos competentes, se incorporará la certificación que acredite la existencia de los respectivos recursos, y verificará especialmente el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 124, 125 y 141 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

Como resultado del trabajo realizado en cada uno de los ámbitos, la Sucursal Zonal elaborará el Informe de Evaluación de Crédito, en el que se incluirá el perfil financiero y el proyecto de resolución o decisión de aprobación.

1.4 Aprobación2

La aprobación del crédito puede realizarla el Gerente de la Sucursal, el Gerente General o el Directorio del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., de acuerdo con los montos que se detallan a continuación:

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MONTO DE FINANCIAMIENTO

CALIFICACIÓN

APROBACIÓN

SUSCRIPCION DE CONVENIO O

CONTRATO

Hasta USD 250.000 Comité de Crédito Sucursales Gerente Sucursal Gerente Sucursal

De USD 250.001

hasta 1´000.000 Comité de Crédito Sucursales Gerente Sucursal De USD 1´000.001

hasta 4´999.999 Comité de Crédito de Matriz Gerente General De USD 5´000.000 en

adelante Comité de Crédito de Matriz Directorio

La calificación de los financiamientos solicitados por los Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales Rurales se realizará por los coordinadores de Evaluación y Jurídico de las Sucursales Zonales, siempre y cuando el financiamiento no supere el monto de doscientos mil dólares (USD 200.000) por cada proyecto y su plazo máximo sea de 5 años, previa la presentación del informe de evaluación. La aprobación corresponde a la Gerencia de la Sucursal Zonal.

Los financiamientos por montos superiores en forma individual a USD 200.000, serán calificados y aprobados de conformidad con el cuadro de cuantías precedente.

1.5 Legalización y contrato

Una vez aprobado el financiamiento, la Coordinación Jurídica de las Sucursales Zonales elaborará el proyecto de Contrato de Financiamiento y Servicios Bancarios, que incluirá los términos financieros (tasa, plazo, forma de pago y garantías) y las condiciones que consten en el informe de evaluación y en la respectiva resolución o decisión de aprobación, según corresponda.

Las Sucursales Zonales serán las encargadas de legalizar el Contrato de Financiamiento y Servicios Bancarios en el Banco Central del Ecuador y/o formalizar otras garantías. Las Sucursales notificarán al cliente para que comparezca a su suscripción, el mismo que se obliga a entregar los documentos habilitantes de su competencia para la suscripción

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del Contrato, en un plazo máximo de 15 días a partir de la fecha de notificación de la aprobación del financiamiento por parte del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P.

El plazo máximo para la suscripción del Contrato de Financiamiento y Servicios Bancarios será de 60 días, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de Ley que no son competencia del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P.

La Entidad deberá remitir la Razón Social y el número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) impreso de la Página WEB del SRI, en donde conste expresamente el estado del RUC: Activo.

En el caso de que la entidad solicitante no suscriba el contrato respectivo, renuncie al préstamo o no utilice los recursos, deberá reembolsar los valores que por concepto de gastos haya tenido el BDE B.P. para la tramitación de la solicitud de préstamo, realización de estudios, movilización de personal, gastos administrativos y otros efectuados con ocasión del análisis del crédito, reconociendo adicionalmente el interés legal vigente (si supera los treinta días) a la fecha que se efectué el pago total de esos valores.

1.6 Desembolsos

En todo contrato se determinará el período de disponibilidad del crédito, con la fijación de los plazos para solicitar el primero y último desembolso. Los clientes para todos los desembolsos presentarán la solicitud suscrita por su representante legal y deberán cumplir con los requisitos establecidos en el contrato y normas internas del banco.

1.6.1. Requisitos para la entrega del primer desembolso

a) El contrato de financiamiento o línea de crédito deberá encontrarse legalizado

b) La entidad prestataria o beneficiaria deberá abrir la cuenta “CN”, crédito nacional, en el Banco Central del Ecuador, para la operación del financiamiento

c) Cumplir con los requisitos reglamentarios y condiciones especiales que se hubieren establecido en el contrato de financiamiento y servicios bancarios o convenio de financiamiento e informe de evaluación

Los desembolsos que efectúe el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P. se realizarán de acuerdo con los valores asignados a cada una de las categorías de inversión, que constan en el informe de evaluación.

1.6.2. Condiciones previas para todos los desembolsos3

a. Solicitud de desembolso firmada por el representante legal del prestatario, beneficiario o ejecutor o por el funcionario delegado expresamente para hacerlo, acompañada de la documentación de sustento especificada en el contrato o convenio de financiamiento o línea de crédito y en el informe de evaluación

b. Que el prestatario, beneficiario o ejecutor certifique la vigencia de los seguros y las garantías entregadas por el o los contratistas, por el anticipo así como por el fiel cumplimiento del contrato;

c. Que el prestatario, beneficiario o ejecutor cumpla con los requisitos contables para el manejo de las cuentas relacionadas con la ejecución del proyecto objeto del contrato;

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d. Que no se haya producido alguna de las causales de suspensión o de terminación del contrato;

e. Que el prestatario, beneficiario o ejecutor demuestre que cumple con los compromisos de asistencia técnica; y, f. Que el prestatario beneficiario o ejecutor se encuentre

cumpliendo con las demás estipulaciones generales constantes en el contrato o convenio de financiamiento o informe de evaluación.

1.6.3. Suspensión de desembolsos4

Serán causales para suspender los desembolsos de un crédito, los siguientes:

a. El incumplimiento de los requisitos establecidos para el primero o siguientes desembolsos;

b. La falta de presentación del informe de fiscalización y de avance del proyecto;

c. La utilización de los fondos de financiamiento en un objeto distinto al previsto en el convenio o contrato;

d. La retención injustificada de fondos desembolsados por el BDE B.P. o la falta de justificación por más de 60 días, de la utilización de los recursos desembolsados;

e. La mora en el pago de un dividendo del préstamo otorgado por el BDE B.P.; y,

f. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales y condicionantes establecidas en el contrato o convenio de financiamiento.

4 Codificación de Normas Internas del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., Art. 2.1.72.

1.6.4. Ampliaciones de plazo para entrega de desembolsos

El prestatario, beneficiario o ejecutor deberá presentar al BDE B.P. las solicitudes para la entrega de los desembolsos dentro de los plazos establecidos en el contrato o convenio pertinente. En el caso de que no se solicite dentro de los plazos establecidos contractualmente, la Gerencia de la Sucursal Zonal podrá aprobar la ampliación de plazo por pedido del prestatario, beneficiario o ejecutor; o considerando la última acta de seguimiento, mediante un informe técnico jurídico elaborado por la Sucursal.

1.6.5. Diferimiento en el cumplimiento de Requisitos

La Gerencia de la Sucursal Zonal, por pedido del prestatario, beneficiario o ejecutor, propondrá a la Gerencia de División de Crédito, para su autorización, el diferimiento del cumplimiento de requisitos para la entrega de los desembolsos, en el pedido se deberá presentar la reprogramación de los requisitos y cronograma para su cumplimiento. No se podrá diferir el cumplimiento de requisitos relacionados a temas ambientales ni los referentes a la propiedad de terrenos donde se implementarán los proyectos, sean estos presentación de escrituras o la declaración de utilidad pública. Una vez que se cuente con la autorización de la Gerencia de División de Crédito, todo diferimiento de cumplimiento de requisitos será aprobado por la Gerencia de la Sucursal Zonal.

1.6.6. De la Corresponsabilidad

Se requerirá a la entidad beneficiaria o prestataria el cumplimiento de la corresponsabilidad del financiamiento que se establezca en el informe de evaluación respectivo.

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Con el propósito de realizar un seguimiento detallado a las corresponsabilidades que se instauren para los diferentes gobiernos autónomos descentralizados dentro de los financiamientos otorgados por el BDE B.P., en todo informe de evaluación, acto administrativo de aprobación y contrato o convenio de financiamiento que corresponda se incluirá información sobre dicha política.

1.7 Forma de Pago, Recuperación y Garantías

Para la recuperación del crédito a las entidades prestatarias se realizará mediante el débito automático de rentas, bajo las siguientes modalidades:

a. Pignoración de las rentas necesarias para satisfacer el pago de la totalidad de las obligaciones contraídas por la entidad b. Retención automática de las cuentas, por medio del

convenio de débito automático de los recursos de la o las cuentas corrientes que la entidad prestataria mantenga en el Banco Central del Ecuador, a ser suscrito a favor del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P.

c. Inclusión del servicio de la deuda en el Capítulo Deuda Pública Interna por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, en representación del Estado ecuatoriano, cuando el prestatario sea este último

d. Adicionalmente, el BDE B.P., según el tipo de proyecto y prestatario, podrá requerir otras garantías, como hipoteca, prendas, emisión de títulos de deuda o fideicomiso mercantil, sea como garantía total del crédito o como garantía de cumplimiento de condicionantes. También puede constituirse en garantía una fiducia pública.

1.8 Terminación del contrato 5

• El contrato de crédito termina normalmente, con el pago total del crédito dentro del plazo respectivo. Podrá terminar anticipadamente, por acuerdo de las partes en los siguientes casos:

a. Que el prestatario haya cubierto la totalidad de su deuda antes de su vencimiento, en cuyo caso se realizará la reliquidación respectiva de intereses y comisiones; o,

b. Que el prestatario voluntariamente hubiera renunciado a la totalidad o parte del crédito y esta renuncia hubiera sido aceptada por el BDE B.P., evento en el cual se realizará la reliquidación respectiva de intereses y/o de comisiones o costos.

• Son causas para que el BDE B.P. pueda dar por terminado unilateralmente el contrato de financiamiento préstamo, las siguientes:

a. Que no se haya solicitado o tramitado el primer desembolso o se haya incurrido en retrasos, que implican un desfase del cronograma de trabajo que rebase del 30% de los plazos establecidos en el contrato o en el plazo de prórroga.

b. Que el prestatario, beneficiario o ejecutor reiteradamente incumplan las obligaciones previstas en el contrato de financiamiento préstamo.

c. La extinción de la personería jurídica del prestatario, beneficiario o ejecutor.

d. La falta de capacidad para administrar o ejecutar el proyecto, que se colija del Informe de Supervisión del BDE B.P.

e. La falta de capacidad legal o financiera de la prestataria, beneficiaria o ejecutora, para cumplir con las obligaciones contraídas con el BDE B.P.; y,

f. La falta de pago por parte del prestatario de dos o más dividendos del préstamo.

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Capítulo II:

Ciclo del Proyecto

2.

(21)

23

En el ciclo de vida de un proyecto se distinguen tres etapas sucesivas: formulación o preinversión, inversión y administración, operación y mantenimiento. En la primera, se preparan los estudios del proyecto; en la segunda ejecuta; y, en la tercera etapa se inicia la operación y se brinda el servicio a la comunidad.

PLANIFICAC IÓN

PROYECTO

ACCIÓN DECISIÓN PREINVERS IÓN FUNCIONAMIENTO O & M INVERSIÓN PARTICIPACIÓN

2. Capítulo II:

(22)

24

2.1 Etapa de preinversión

Es la etapa en la cual se preparan y evalúan los proyectos con el objeto de maximizar los beneficios y minimizar los costos a lo largo de su período de diseño, para lo cual se realizaran los estudios técnicos, económicos, financieros, ambientales y de gestión del servicio que permitan obtener bienes y/o servicios con rentabilidad económica y social.

2.1.1 Fase de la etapa de preinversión

La decisión sobre la conveniencia de ejecutar un proyecto involucra una serie de fases previas sucesivas. La ventaja de realizar el estudio por fases es la de optimizar recursos, ya que si en una fase se llega a la conclusión de que el proyecto no es viable, su análisis concluye, evitando gastos innecesarios.

Las fases de la preinversión son las siguientes: • Identificación del proyecto

• Diseño del perfil del proyecto • Estudio de prefactibilidad • Estudio de factibilidad • Diseños definitivos

2.1.1.1 Identificación del proyecto

La identificación de un proyecto surge como consecuencia de la identificación de las necesidades insatisfechas de la comunidad, de políticas de acción institucional, de un plan general de desarrollo, de la existencia de otros proyectos en estudio o en ejecución, de inventario de recursos naturales, etc.

En el análisis preliminar de un proyecto, se deben identificar: • El o los problemas a resolver,

• Magnitud del problema, • Población afectada, • Posibles soluciones,

• Dimensionamiento, objetivos y metas; y, • Capacidad financiera.

2.1.1.2 Estudio de nivel de perfil

En base a la información secundaria y objetiva se conceptualizará el problema en términos técnicos, económicos, financieros, ambientales, de gestión del servicio y participación ciudadana.

El énfasis está en identificar beneficios y costos pero sin incurrir en mayores gastos de investigación para medirlos.

El perfil busca una clara identificación de las metas y objetivos del proyecto, posibles soluciones y criterios para la elaboración de los términos de referencia de prefactibilidad, de ser el caso. Si el estudio a nivel de perfil arroja resultados desfavorables se tomará la decisión de postergar su ejecución o abandonar definitivamente la intención de ejecutar el proyecto.

En aquellos que involucran inversiones pequeñas o cuya característica muestra la conveniencia de su implementación, cabe avanzar directamente a las fases de factibilidad o diseño definitivo.

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25

2.1.1.3 Estudio de prefactibilidad

En esta etapa se identificarán alternativas de solución6 y se analizarán,

en detalle, cada una de éstas en los aspectos técnico, económico, financiero, ambiental, comunitario, de gestión del servicio y legal.

El énfasis en esta etapa es medir, con mayor afinamiento, los beneficios y costos identificados en la etapa de perfil.

Deberá incorporar un diagnóstico y un análisis de la oferta y la demanda que defina el déficit que está relacionado con la tipología, naturaleza y categoría del proyecto.

En esta fase se deben descartar las alternativas que no sean viables, de manera que en la etapa de factibilidad se disponga únicamente de las posibles.

Los términos de referencia para el estudio de factibilidad deben quedar perfectamente definidos al final de esta fase.

2.1.1.4 Estudio de factibilidad

Sobre la base de las recomendaciones hechas en el informe de prefactibilidad se deben definir aspectos técnicos del proyecto, tales como, localización, tamaño, tecnología, cronograma de ejecución y fecha de puesta en marcha.

En esta fase corresponde estudiar la conveniencia y viabilidad de llevar a cabo el proyecto, en base a la valoración de los beneficios y costos pertinentes a las alternativas seleccionadas, entre las que se incluirá la situación sin proyecto.

6 Solución: forma o camino que se sigue para obtener un resultado o producto final a partir de condiciones iniciales que sean significativamente distintas.

Alternativas: procedimiento para obtener un determinado producto a partir de condiciones iniciales similares. Una misma solución puede tener varias alternativas.

Se deberá asegurar que la alternativa seleccionada corresponda a una solución técnica de mínimo costo o que éstos sean inferiores a los beneficios que generan, a través del cálculo de indicadores de rentabilidad económica VANE (Valor Actual Neto Económico) y TIRE (Tasa Interna de Retorno Económica).

Se debe profundizar el análisis y el estudio de las variables de mayor incidencia en el proyecto, a fin de minimizar la incertidumbre en la variación de costos y beneficios.

Con la etapa de factibilidad finaliza el proceso de aproximaciones sucesivas en la preinversión de proyectos. Al final de esta fase se prepararán los términos de referencia para el estudio de diseños definitivos de la alternativa seleccionada.

En los casos en los que, por la naturaleza propia del proyecto o por su magnitud, no se justifique realizar esta fase del estudio, se podrá iniciar directamente el diseño definitivo.

2.1.1.5 Diseños Definitivos

Éstos corresponden a la fase final de la etapa de preinversión y comprenden la ingeniería de detalle de la alternativa seleccionada, ya sea en la de factibilidad o prefactibilidad según la complejidad del proyecto. Cada una de las fases de la preinversión según su nivel de análisis deberá considerar los aspectos técnico, económico, financiero, ambiental, de gestión del servicio y el componente comunitario; sin embargo, es importante detallar la documentación necesaria que se requeriría en los diseños definitivos ya que la misma permitirá la construcción de la obra. A continuación se presenta un listado de los documentos que deberían incluirse según la dimensión del proyecto, salvo ligeras variaciones por la particularidad del mismo:

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a. Información general:

• Del área de influencia del proyecto

• Diagnóstico y evaluación de la situación actual de los servicios: • Operacional

• Ambiental

• Participación ciudadana • Gestión del servicio • Económica

• Financiera

• Oferta, demanda y determinación del dimensionamiento y selección de la alternativa óptima.

b. Información técnica:

• Concepción técnica del proyecto. • Ingeniería básica y complementaria. • Criterios y elementos de diseño. • Reajuste de las bases de diseño.

• Diseño hidráulico, sanitario y estructural de los diferentes componentes del sistema.

• Costos, presupuestos y cronogramas de ejecución.

• Presupuesto de construcción general y para cada componente del proyecto (por etapas, de ser el caso), en los cuales se deberán incluir los correspondientes a la afectación a propiedades particulares (expropiaciones) y a valores comunitarios.

• Costos del proyecto por componentes, incluidos los comunitarios y de gestión del servicio.

• Análisis de precios unitarios, fórmulas polinómicas y cuadrillas tipo, por componentes, con sus respectivas especificaciones técnicas. • Costos anuales (por componente) de administración, operación y

mantenimiento en la situación con proyecto. • Programación de obras.

• Planos de construcción (estructurales, de instalaciones eléctricas,

sanitarias y de otros detalles). Memoria técnica descriptiva del proyecto.

• Documentos y bases de licitación; y, • Manual de operación y mantenimiento.

c. Información ambiental

• Evaluación de impacto ambiental (la situación existente en el área de influencia del proyecto e identificación de impactos ambientales durante la construcción y operación del proyecto).

• Plan de manejo ambiental (descripción de medidas correctivas durante la construcción y operación).

d. Información Económica:

• Metodología de evaluación económica utilizada.

• Costos del proyecto a precios de eficiencia, incluyendo los siguientes elementos:

• Costo total de la obra civil, equipos, medidas ambientales, fiscalización, participación ciudadana, fortalecimiento institucional y gestión del servicio (sin reajuste ni escalamiento), contingencias y expropiaciones (se tomará en cuenta el costo de los terrenos);

• Costos de operación y mantenimiento (por componente) incrementales. (Sin y con proyecto).

• Beneficios económicos, de ser el caso, con un resumen metodológico del cálculo utilizado y el soporte técnico.

Los costos y beneficios corresponderán a los causados a lo largo de la vida útil del proyecto

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27

e. Información financiera:

• Estudio financiero que contenga el esquema y los niveles de recuperación de los costos de operación y mantenimiento, así como de inversión del proyecto (tarifas, tasas, contribuciones, etc.).

f. Información de participación ciudadana:

• Información sobre participación de la ciudadanía en la identificación del proyecto y selección de la alternativa óptima. (Formas de participación, su representatividad, nivel de aceptación del proyecto, entre otros aspectos)

• Identificación de posibles grupos afectados.

• Propuesta de participación ciudadana (acciones a ejecutar y costo).

• Aspectos jurídicos relacionados con la organización comunitaria.

g. Información del componente de gestión de los servicios

El estudio incluirá los aspectos jurídicos, administrativos, financieros, comerciales y operativos de la entidad / prestador y del servicio; deberá presentar el modelo de gestión, calificado como óptimo, que se implementará para la sostenibilidad técnica y financiera del servicio. En el caso de proyectos de equipamiento urbano adicionalmente se incluirá el estudio del Plan de Negocio que justifique la sostenibilidad financiera del proyecto y el repago de la inversión.

2.1.2 Recomendaciones generales

• Con la finalidad de orientar a los funcionarios responsables del manejo de proyectos en sus distintas fases, es conveniente que se revisen las presentes guías, a fin de disponer de criterios técnicos que les permitirá contratar estudios integrales, complementar y/o actualizar proyectos existentes.

• El proceso de fases secuenciales de la preinversión constituye un marco teórico para un proyecto ideal; en la práctica, la situación particular de cada uno de ellos podría, en muchos casos, simplificar aspectos de los procesos convencionales.

• Cuando la información de un proyecto a nivel de perfil dispone de elementos que le permiten un alto grado de certidumbre para avanzar directamente a la factibilidad o diseño definitivo, se puede prescindir de las fases intermedias.

• Cuando se cuenten con estudios de “factibilidad o diseño definitivo”, cuyos datos requieren ser actualizados, se podrán complementarlos con estudios específicos del área de influencia, sin necesidad de desarrollar las fases previas.

• En el caso de que a nivel de perfil se detecte la necesidad evidente de rehabilitar un servicio o equipamiento existente, se podrá realizar directamente el diseño definitivo.

• En proyectos de vías urbanas se debe contar con la infraestructura de servicios básicos.

• Para proyectos de fortalecimiento institucional y de catastros prediales urbanos y rurales se podrá pasar directamente del diagnóstico realizado, a nivel de perfil de proyecto para su implementación.

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Términos de referencia

Los términos de referencia son indispensables para definir el alcance de los estudios y diseños, es decir de la preinversión, ya que constituyen un requerimiento detallado de lo que se espera al final de la consultoría y que constituye la información básica de las materias y/o actividades, que permitan la consecución de los objetivos planteados.

Los términos de referencia se elaborarán, dependiendo de los estudios existentes, en uno de los momentos siguientes:

1. Cuando se cuente con el perfil del proyecto (T/R para prefactibilidad) 2. Cuando se cuente con la prefactibilidad del proyecto (T /R para

factibilidad)

3. Cuando se cuente con la factibilidad del proyecto (T /R para los diseños definitivos)

A continuación se presenta el detalle de la información básica de las materias y/o actividades que deben contemplarse en los términos de referencia:

1. Antecedentes generales;

2. Identificación y definición de problemas; 3. Objetivos generales y específicos; 4. Actividades que lo conforman:

• Diagnóstico completo de la situación actual,

• Análisis de la oferta y demanda actuales y proyección futura, • Análisis de la localización, tamaño y momento óptimo de la

inversión según corresponda,

• Análisis de alternativas de proyectos, incluida la optimización de la situación actual,

• Identificación y medición de costos y beneficios de cada alternativa de proyecto, según corresponda.

• Evaluación técnica - económica y financiera de cada alternativa de proyecto,

• Selección de la mejor alternativa.

5. Cronograma de actividades y fuentes de financiamiento (según corresponda) y especificación del tipo de jornada de trabajo (completa, parcial, etc.),

6. Productos esperados;

7. Estudios ambientales del proyecto; 8. Manuales de operación y mantenimiento;

9. Manejo del componente de participación comunitaria; y,

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PERFIL

PREFACTIBILIDAD

PRODUCTOS ESPERADOS

FACTIBILIDAD

DISEÑOS DEFINITIVOS

Seleccionar la alternativa óptima

Establecer al menos una

alternativa viable Documentación completa que permita ejecutar y operar el proyecto

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2.2 Etapa de Inversión o Ejecución o Implementación

Constituye la fase en la que se materializa el proyecto, en base a los documentos de sustento (memorias de cálculo, diseños, especificaciones técnicas y planos), generados en la preinversión.

La inversión debe cumplir con la característica de ser una intervención limitada en el tiempo que implique la aplicación de recursos con el fin de ampliar, mejorar y modernizar la prestación de bienes o servicios.

En el proceso de inversión de proyectos financiados por el BDE B.P. se tienen los siguientes pasos fundamentales:

• Financiamiento y/o concesión del crédito • Ejecución de los proyectos

• Inicio de operación, etapa de funcionalidad

En cada uno de estos pasos intervienen tres actores principales: el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., las entidades prestatarias y el sector privado o público.

• El rol del BDE B.P. se circunscribe a otorgar el financiamiento, realizar los desembolsos y efectuar el seguimiento del financiamiento. Además, de prestar el servicio de asistencia técnica para optimizar la gestión de las entidades prestatarias y de los servicios objeto del financiamiento.

• El rol de las entidades beneficiarias del financiamiento, se circunscribe a administrar los recursos del financiamiento, contratar las obras, bienes y servicios, ejecutar la inversión, ya sea en forma directa (administración directa) o indirecta, con el apoyo del sector privado o público y poner en marcha el proyecto.

• El rol del sector privado o público es el de intervenir como ejecutores y proveedores de bienes y servicios.

2.2.1 Financiamiento y/o concesión de crédito

Se refiere al conjunto de acciones, trámites y demás actividades destinadas a la obtención de los fondos necesarios para financiar la inversión.

En caso de que las entidades requieran financiamiento del BDE B.P deberá incluirse su aporte a la ejecución del proyecto, el mismo que será definido en el respectivo informe de evaluación; además, cuando existan diferentes fuentes de financiamiento, aparte del crédito solicitado, deberá adjuntarse la correspondiente certificación presupuestaria de la entidad aportante, con el fin de garantizar la disponibilidad de los recursos ofrecidos.

2.2.2 Ejecución del proyecto

Comprende el conjunto de actividades para la materialización del proyecto, tales como compra del terreno, contratación y construcción de la obra física, adquisición e instalación de maquinaria y equipo, instalaciones varias, etc. (conforme a lo establecido en los presupuestos y contenidos del informe de evaluación).

En el caso particular de los proyectos financiados con recursos del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., una vez notificada la concesión del financiamiento, la entidad prestataria y/o beneficiaria inicia el proceso de contratación de obras, bienes y servicios requeridos para la ejecución del proyecto.

La modalidad de ejecución por administración directa requerirá, en forma previa, la aprobación del BDE B.P. y depende de la capacidad técnica, administrativa y operativa de la entidad y de las características propias del proyecto y sector.

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31

La fiscalización de los proyectos será realizada por contratación pública o por administración directa. En este último la Entidad deberá justificar al BDE B.P. que dispone de los recursos humanos suficientes y calificados para esta actividad. Cuando la ejecución del proyecto se realice por administración directa, la fiscalización, en forma obligatoria, deberá realizarse por contratación pública.

El Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., realiza el seguimiento del financiamiento, que tiene por objeto controlar la debida utilización de los recursos.

El Banco de Desarrollo del Ecuador B.P. podrá verificar el avance de la construcción antes de realizar los desembolsos

2.3 Etapa de funcionalidad del proyecto

En todo proyecto que financia el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., se considera como etapa de funcionalidad el período que inicia desde la fecha de suscripción del acta entrega recepción provisional hasta la presentación del acta entrega recepción definitiva.

Durante este período el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P. realizará los seguimientos que considere pertinentes y establecerá alertas a la Entidad Prestataria, Asignataria o Ejecutora respecto a la funcionalidad u operación del proyecto, así como de la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, las cuales deberán ser superadas antes de la suscripción del acta entrega recepción definitiva, si hasta ese momento no se superan los inconvenientes presentados se procederá a recuperar a través de la pignoración de rentas los recursos entregados por concepto de último desembolso.

Se establecerá un plazo máximo de hasta noventa (90) días contados desde la fecha prevista para la suscripción del acta entrega recepción definitiva para que la Entidad Prestataria, Asignataria o Ejecutora solucione

los inconvenientes y el proyecto entre en plena funcionalidad, caso contrario el BDE B.P. podrá declarar de plazo vencido el financiamiento por no cumplirse con el objeto final del financiamiento.

La administración, operación y mantenimiento de los servicios o de los sistemas de correspondiente a la última fase del ciclo del proyecto. Es de responsabilidad de las entidades, comprometerse a que la infraestructura física, equipos y otros activos de los sistemas o servicios correspondientes a las obras ejecutadas sean administrados, operados y mantenidos de acuerdo con normas técnicas generalmente aceptadas, a partir de la fecha del Acta de Recepción final de la obra, indistintamente del modelo de gestión que se adopte.

Las entidades deberán tomar las medidas necesarias para que se cubran todos los costos que demanden las actividades mencionadas.

2.4. Modalidades de Gestión

A fin de garantizar la gestión del servicio, resultado del financiamiento será necesario definir el modelo de gestión apropiado a las características administrativas, financieras, operativas del proyecto.

A continuación se describe algunas alternativas de modelos de gestión que están establecidas en la normativa vigente.

El Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, COOTAD en su artículo 275 dispone: Modalidades de gestión.- Los gobiernos autónomos descentralizados regional, provincial, distrital o cantonal podrán prestar los servicios y ejecutar las obras que son de su competencia en forma directa, por contrato, gestión compartida, por delegación a otro nivel de gobierno o cogestión con la comunidad y empresas de economía mixta.

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2.4.1 Gestión Directa:

El COOTAD Art. 276: Gestión institucional directa. - Es la que realiza cada gobierno autónomo descentralizado a través de su propia institución, mediante la unidad o dependencia prevista en la estructura orgánica que el órgano de gobierno cree para tal propósito.

Artículo 277.- Creación de empresas públicas. - Los gobiernos regional, provincial, metropolitano o municipal podrán crear empresas públicas siempre que esta forma de organización convenga más a sus intereses y a los de la ciudadanía; garantice una mayor eficiencia y mejore los niveles de calidad en la prestación de servicios públicos de su competencia o en el desarrollo de otras actividades de emprendimiento (…).

Artículo 278.- Gestión por contrato. - En la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, los gobiernos autónomos descentralizados observarán las disposiciones, principios, herramientas e instrumentos previstos en la Ley que regule la contratación pública.

2.4.2 Gestión Delegada:

Artículo 279.- Delegación a otros niveles de gobierno. - Los gobiernos autónomos descentralizados regional, provincial, metropolitano o municipal podrán delegar la gestión de sus competencias a otros niveles de gobierno, sin perder la titularidad de aquellas. Esta delegación requerirá acto normativo del órgano legislativo correspondiente y podrá ser revertida de la misma forma y en cualquier tiempo.

Para esta delegación las partes suscribirán un convenio que contenga los compromisos y condiciones para la gestión de la competencia. Ningún nivel de gobierno podrá delegar la prestación de servicios públicos que le hubiere delegado otro nivel de gobierno.

Los gobiernos autónomos descentralizados podrán recibir delegaciones de servicios públicos desde el gobierno central para lo cual, este último, entregará la asignación económica necesaria para la prestación del servicio.

Artículo 280.- La gestión compartida entre los diversos gobiernos autónomos descentralizados.- Para ejecutar obras públicas que permitan dar cumplimiento a competencias y gestiones concurrentes, dos o más gobiernos autónomos descentralizados del mismo o de distinto nivel de gobierno podrán celebrar convenios de cogestión de obras.

Los convenios establecerán los términos de coparticipación de cada una de las partes, el financiamiento de la obra, las especificaciones técnicas y la modalidad de fiscalización y control social. Los procesos contractuales y formalidades del convenio observarán lo establecido en la ley.

Artículo 281.- La cogestión de los gobiernos autónomos descentralizados con la comunidad. - En los casos de convenios suscritos entre los gobiernos autónomos descentralizados con la comunidad beneficiaria se reconocerá como contraparte valorada el trabajo y los aportes comunitarios. Esta forma de cogestión estará exenta del pago de la contribución especial por mejoras y del incremento del impuesto predial por un tiempo acordado con la comunidad.

Artículo 282.- Prestadores de economía mixta. - Los gobiernos autónomos descentralizados regional, provincial, metropolitano o municipal podrán delegar la gestión para la prestación de servicios públicos o para el desarrollo de otras actividades o emprendimientos, a prestadores de economía mixta, siempre que la selección del socio se realice mediante concurso público de acuerdo con la ley que regula los prestadores públicos. Exceptuase la dotación de los servicios públicos de agua y riego los cuales sólo pueden ser prestados por entidades públicas, comunitarias o en alianza público comunitaria.

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33

En los prestadores de economía mixta en que participan los gobiernos autónomos descentralizados, deberá el sector público poseer al menos el cincuenta y un por ciento del paquete accionario del prestador. El directorio del prestador que se constituya estará integrado en la forma prevista en su estatuto y en la Ley de Prestadores Públicas. La presidencia corresponderá al titular del ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado o su representante, independientemente de su porcentaje de aportes al capital social del prestador.

2.4.3 Formas de Gestión Mancomunada

Artículo 285.- Mancomunidades y consorcios.- Los gobiernos autónomos descentralizados regionales, provinciales, distritales, cantonales o parroquiales rurales y los de las circunscripciones territoriales indígenas, afroecuatorianas y montubias podrán formar mancomunidades entre sí, con la finalidad de mejorar la gestión de sus competencias y favorecer sus procesos de integración, en los términos establecidos en la Constitución y de conformidad con los procedimientos y requisitos establecidos en este Código.

Artículo 289.- Prestadores en mancomunidad o consorcios. - Los gobiernos autónomos descentralizados mancomunados o que conformaren consorcios, podrán crear prestadores públicos de acuerdo con la ley que regula los prestadores públicos, para dar cumplimiento a las finalidades de la mancomunidad o consorcio. Los estatutos sociales del prestador determinarán la forma de integración del directorio y los aportes que realizará cada gobierno autónomo descentralizado. Los gobiernos autónomos descentralizados mancomunados o que constituyan consorcios, podrán crear prestadores públicos a través del acto normativo legalmente expedido por los gobiernos autónomos descentralizados que deseen conformar el prestador en comunidad, de acuerdo con la ley que regula a los prestadores públicos.

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34

Capítulo III:

FORTALECIMIENTO

INSTITUCIONAL

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35

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados requieren realizar esfuerzos que les permitan generar condiciones favorables para desarrollar satisfactoriamente su gestión institucional. En este marco se insertan los proyectos de fortalecimiento institucional como una herramienta para potenciar sus capacidades internas y en consecuencia dotar de mejores servicios a la comunidad.

El fortalecimiento institucional es un conjunto de acciones coordinadas que permiten mejorar la capacidad de gestión de los gobiernos autónomos descentralizados, en las áreas técnica, financiera, organizativa, comercial, operativa, de planificación y provisión de servicios.

Propósito

El objetivo del fortalecimiento institucional en general es el mejoramiento de los servicios, la generación de mayores recursos y/o la racionalización del gasto. Este propósito se logra a través de un plan de fortalecimiento institucional (PFI) que partiendo de un análisis integral de la entidad plantea acciones prioritarias para:

• Mejorar los ingresos, racionalizar y reducir los gastos. • Mejorar la gestión integral de los servicios.

• Mejorar el catastro urbano y/o rural.

• Generar mayor capacidad financiera, administrativa, operativa y comercial.

• Contribuir al proceso de desarrollo local a través del fortalecimiento de los gobiernos autónomos descentralizados para que asuman nuevos roles.

• Apoyar el desarrollo de nuevos modelos de gestión de los servicios. • Apoyar la autocosteabilidad y sostenibilidad de los proyectos que

permitan recuperar la inversión y sus costos de administración, operación y mantenimiento.

3. Capítulo III:

Fortalecimiento

Institucional

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36

En este plan se describirán los objetivos, en los términos de los beneficios que se esperan “ganar” con la inversión o de los problemas que se desean eliminar o prevenir.

En concordancia con los objetivos, deben establecerse metas medibles y posibles de eficiencia como las que se señalan a continuación:

• Ampliación de la cobertura de los servicios. • Mejoramiento de la calidad de los servicios.

• Aumento de la productividad de la empresa o unidades responsables de los servicios. Reducción de pérdidas en la provisión de los servicios.

• Reducción del déficit operacional de los servicios.

• Incremento de los ingresos por concepto de venta de servicios o bienes.

• Reducción de gastos innecesarios mediante supresión de cargos, el cambio de procesos, etc.

• Otras.

Como regla primaria, en fortalecimiento institucional todo aquello que no contribuya de manera demostrable al mejoramiento de los servicios, la generación de mayores recursos o la racionalización del gasto, no debería ejecutarse.

Los tipos de proyectos de fortalecimiento institucional, que puede ser financiado son los siguientes:

3.1 Fortalecimiento Institucional - Racionalización de Personal

• Financiamiento para el pago de compensaciones y/o

indemnizaciones para optimización y/o reducción de personal de servidores públicos y trabajadores, conforme leyes y normativa vigente.

3.2 Fortalecimiento Institucional – Gestión de Servicios

• Financiamiento para el desarrollo e implementación de Planes de Fortalecimiento Institucional para la Gestión administrativa, financiera, comercial, operativa de los servicios a cargo de la Entidad.

3.3 Fortalecimiento Institucional – Planes de Desarrollo y

Ordenamiento Territorial

• Financiamiento para la elaboración y/o actualización de Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial

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38

léxico básico

Anexos

--

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Léxico Básico

Actividades: acciones necesarias de un proyecto para obtener, a partir

de un conjunto de insumos o recursos, los componentes y el producto del proyecto en un período determinado.

Beneficiarios: población objetivo hacia la cual se orienta un proyecto,

programa o plan.

Beneficio: impacto positivo generado por un proyecto, programa o plan. Componente: constituye una parte de un proyecto, expresado como

trabajo terminado.

Costo: egresos y recursos que se destinan para la realización de un

proyecto, programa o plan. Dentro de éstos se incluyen los impactos negativos que un proyecto pueda generar sobre la población afectada.

Efectividad: relación entre los recursos destinados y el impacto

obtenido por un proyecto, pro grama o plan. La mayor efectividad se alcanza al hacer un uso óptimo de los recursos disponibles, alcanzando los impactos esperados de la inversión. Este concepto involucra las definiciones de eficiencia y eficacia.

Eficacia: relación entre los productos y los impactos obtenidos por un

proyecto, programa o plan. La eficacia se consigue al concentrar con oportunidad los esfuerzos de un proyecto, programa o plan en los recursos, las actividades, los componentes y los productos que realmente deban llevarse a cabo para el cumplimiento de los objetivos formulados.

Eficiencia: ésta se alcanza al hacer un uso óptimo de los recursos

disponibles, de una manera apropiada, al menor costo posible, alcanzando los productos esperados de la inversión.

Léxico Básico

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40

Ejecución: etapa dentro del ciclo del proyecto durante la cual se realizan

las inversiones del proyecto.

Evaluación Ex-Ante: proceso de análisis que efectúa el Banco del Estado,

previo a un financiamiento para los proyectos de preinversión, inversión o fortalecimiento institucional y establece condicionantes que deberán cumplirse en la etapa de ejecución del crédito y/o del funcionamiento de proyecto.

Evaluación Ex-Post: análisis de resultados que se realiza después de

haber concluido la ejecución del proyecto y se concentra en las áreas de eficiencia, efectividad, efectos y propósito.

Impacto: cambio logrado en la situación de la población como resultado

del producto de un proyecto.

Indicador: relación entre variables específicas que permite expresar

los resultados asociados con los componentes, productos o impactos esperados de un proyecto o programa y medirlos a través de las metas.

Meta: magnitud del indicador que permite cuantificar o dimensionar los

componentes, productos e impactos de un proyecto, programa o plan. Su medición debe hacerse en términos de tiempo, cantidad y, si es posible, calidad.

Monitoreo: procedimiento empleado para comprobar la efectividad

y eficiencia del proceso de ejecución de un proyecto, mediante la identificación de los aspectos limitantes y/o ventajosos, recomendando medidas correctivas para optimizar los resultados deseados.

Operación: etapa dentro del ciclo del proyecto durante la cual se

perciben los beneficios derivados de todas las inversiones realizadas durante la ejecución. En algunos casos, la etapa de inversión se realiza simultáneamente con la operación.

Plan de Desarrollo: análisis de la problemática económica, social,

territorial y ambiental -a nivel nacional, provincial o municipal- a partir del cual se define una estrategia de solución a seguir a mediano o largo plazo. Esta estrategia incluye la definición de los objetivos y metas del plan, las políticas generales y sectoriales y el plan de inversiones para el período analizado.

Población Objetivo: grupo o grupos a los cuales se les pretende solucionar

el problema o necesidad a través de un plan, programa o proyecto. Esta población hace parte de la población afectada; sin embargo, no siempre es igual, ya que éstos son los individuos directamente beneficiados.

Producto: resultado concreto que los componentes deben generar para

alcanzar su objetivo más inmediato.

Programa: estrategia de acción cuyas directrices determinan los medios

que articulados gerencial mente permiten dar una solución integral a los problemas. Como estrategia, un programa contiene los objetivos y metas, el conjunto de proyectos elegibles y el plan de inversiones. Los programas se definen en términos de objetivos de carácter multisectorial.

Proyecto: unidad operacional que vincula recursos, actividades y

componentes durante un período determinado y con una ubicación definida, para resolver problemas o necesidades de la población, forma parte integral de un programa. Los proyectos son las unidades a través de las cuales se materializan y ejecutan los planes y programas.

Sector de financiamiento: es el campo de financiamiento que involucra

características comunes.

Vida útil del proyecto: período de tiempo en el cual el proyecto

genera todos los beneficios para los cuales fue concebido. Corresponde generalmente a la etapa de operación del proyecto.

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41

Anexo No. 1 Contratación Pública

La Constitución de la República en su Art. 288, establece que las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social.

Ámbito de Aplicación

La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP), establece y determina los principios y normas que regulan los procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, que realicen entre otros: 1. Los Organismos y dependencias de las Funciones del Estado; 2. Los Organismos Electorales; 3. Los Organismos de Control y Regulación; 4. Las entidades que integran el Régimen Seccional Autónomo; 5. Los Organismos y entidades creados por la Constitución o la Ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado; 6. Las personas jurídicas creadas por acto legislativo seccional para la prestación de servicios públicos.

Principios de la LOSNCP

Las contrataciones que realicen las entidades del sector público, observarán ineludiblemente los principios establecidos en el Art. 4 de la LOSNCP, esto es, legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, concurrencia, transparencia, publicidad; y, participación nacional.

Contrataciones financiadas con Préstamos y Cooperación Internacional

La LOSNCP en el Art. 3 dispone que, las contrataciones que se financien, previo convenio, con fondos provenientes de organismos multilaterales de crédito de los cuales el Ecuador sea miembro, o, en las contrataciones que se financien con fondos reembolsables o no reembolsables provenientes de financiamiento de gobierno a gobierno; u organismos internacionales de cooperación, se observará lo acordado en los respectivos convenios.

Anexo No. 1 Contratación Pública

Referencias

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