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Fuentes de agua para almacenamiento húmedo 1) Generalidades

CAPITULO VII. ALMACENAMIENTO HÚMEDO EN ÁREAS DE COSECHA APROBADAS Y CONDICIONALMENTE APROBADAS

C. Fuentes de agua para almacenamiento húmedo 1) Generalidades

con los siguientes requerimientos de diseño, construcción y operación:

a) Deben existir barreras efectivas que impidan la entrada de aves, animales y plagas.

b) Los tanques de almacenamiento y sus instalaciones deben ser de un material inocuo y de fácil limpieza. Este requerimiento incluye:

i. La construcción de los tanques debe ser de tal manera que facilite su limpieza e inspección, provistos de drenaje y fabricados de materiales no tóxicos y de resistentes a la corrosión; y ii. La plomería debe estar diseñada e instalada de manera que permita ser limpiada y

desinfectada bajo un programa regular, de acuerdo a los procedimientos de operación. c) El diseño de los tanques de almacenamiento, dimensiones y construcción debe permitir que se

mantenga un espacio libre adecuado entre los moluscos bivalvos y el fondo del tanque.

d) Los contenedores de moluscos bivalvos, si son utilizados, deberán ser diseñados y construidos permitiendo el libre flujo del agua a todos los moluscos dentro del contenedor.

2) Edificios. Cuando se utiliza un edificio para la actividad de almacenamiento húmedo:

a) Los pisos, paredes y techos deberán estar construidos en cumplimiento con las disposiciones aplicables del Capítulo XI; y

b) Los sistemas de iluminación, plomería, agua y de disposición de aguas residuales deberán estar instalados en cumplimiento con las disposiciones aplicables del Capítulo XI.

3) Operación en tanque al aire libre. Cuando el almacenamiento húmedo se realice en tanques a cielo abierto o en una estructura diferente a un edificio, los tanques deberán estar cubiertos. La cubierta de los tanques deberá:

a) Prevenir la entrada de aves, animales y plagas; y

b) Permanecer cerrados mientras el sistema se encuentre en operación excepto durante los periodos de carga y descarga de los tanques o para su limpieza.

C. Fuentes de agua para almacenamiento húmedo. 1) Generalidades

a) A excepción de los pozos, la calidad del agua de fuentes superficiales antes de ser tratadas deberán cumplir, al menos, con las especificaciones bacteriológicas para una clasificación de

CONTROL DE EMISIÓN

Elaboró : Revisó : Autorizó:

Nombre

M en C José Alejandro Barreiro Isabel Biól. Luis Ignacio Sánchez Córdova

Hidrobiol. Mario Castillo Chávez

Ing. Aldo Verver y Vargas Duarte

MVZ Guillermo Arroyo Gómez Lic. Alvaro Israel Pérez Vega

Cargo-Puesto Lideres Nacionales del Proyecto de

Moluscos Bivalvos y Marea Roja

Director Ejecutivo de Programas Especiales

Gerente de Seguimiento de Programas

Comisionado de Operación Sanitaria

Firma

Fecha Junio 2013 Junio 2013 Junio 2013

Restringida y no deberá ser utilizada como una fuente el agua clasificada como Prohibida o Condicionalmente Restringida cuando se encuentre en la Condición de “Cerrada”.

b) Cualquier pozo utilizado como fuente de agua para almacenamiento húmedo deberá cumplir con los requerimientos establecidos en el Capítulo XI.02 (con la excepción del contenido de sal). c) Exceptuando cuando la fuente de agua es un área de cosecha clasificada como Aprobada, un

programa de muestreo del agua suministrada deberá ser incluida en los procedimientos de operación del procesador y el agua deberá ser analizada de acuerdo al programa establecido. d) Los resultados de las muestras de agua y otros análisis para determinar la conveniencia de la

fuente de agua suministrada deberán ser mantenidos al menos por dos años.

e) La desinfección u otros tratamientos del agua tales como la adición de sal no pueden dejar residuos a menos que sean Generalmente Reconocidos como Seguros (GRAS) y no interfieran con la sobrevivencia, calidad o actividad de los moluscos bivalvos durante el almacenaje húmedo. f) El agua desinfectada que entra a los tanques de almacenamiento húmedo deberá tener niveles

no detectables de coliformes fecales en una prueba de NMP en 100 ml de agua de mar.

g) Cuando el análisis de laboratorio de una muestra de agua desinfectada que entra en los tanques muestra cualquier resultado positivo de coliformes fecales, inmediatamente se deberá implementar un muestreo diario hasta que el problema sea identificado y eliminado.

h) Cuando se elimine el problema mencionado en el punto anterior, la efectividad de las medidas correctivas aplicadas deberá ser verificada al día siguiente de la corrección a través de la toma de tres (3) muestras de agua desinfectada en un periodo de 24 horas.

i) Para el agua que es desinfectada por un tratamiento de luz ultravioleta, la turbidez no deberá exceder de 20 unidades nefelométricas de turbidez (UNT’s) medidas de acuerdo con los Standard

Methods for the Examination of Water and Wastewater, APHA.

j) Los equipos de desinfección para el agua de proceso suministrada deberán ser limpiados y darles mantenimiento tan frecuentemente como sea necesario para asegurar el tratamiento efectivo del agua.

2) Sistemas de Flujo Continuo.

a) Si el sistema es de flujo continuo, y el agua proviene de un área de cosecha clasificada como: i. Aprobada puede ser usada, sin ser desinfectada, en los tanques de almacenamiento húmedo

siempre que el agua utilizada de la costa cercana para abastecer el sistema cumpla con los criterios bacteriológicos de una clasificación aprobada durante todo el periodo de tiempo en que los moluscos bivalvos permanezcan en almacenamiento húmedo; ó

ii. Condicionalmente Aprobada en la condición de “cerrada”, Restringida o Condicionalmente Restringida en la condición de “abierta”, puede ser utilizada si la fuente de agua es continuamente sujeta a desinfección y es muestreada y analizada diariamente después de ser desinfectada.

b) Cuando es utilizada una fuente de agua clasificada como Condicionalmente Aprobada en la condición de “cerrada”, Restringida o Condicionalmente Restringida en la condición de “abierta”, se deberá realizar un estudio para demostrar que el sistema de desinfección puede de manera

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M en C José Alejandro Barreiro Isabel Biól. Luis Ignacio Sánchez Córdova

Hidrobiol. Mario Castillo Chávez

Ing. Aldo Verver y Vargas Duarte

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Gerente de Seguimiento de Programas

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consistente producir agua que al ser analizada da resultados negativos de coliformes fecales bajo las condiciones normales de operación. El estudio deberá:

i. Incluir cinco juegos de tres muestras de cada unidad o equipo de desinfección tomadas por cinco (5) días consecutivos a la salida de la unidad de desinfección o a la entrada de al menos uno de los tanques de almacenamiento húmedo que está siendo surtido por el sistema de desinfección;

ii. Incluir una muestra diaria por cinco días consecutivos de la fuente de agua antes de la desinfección;

iii. Utilizar métodos reconocidos por el PMSMB para analizar las muestras si se van a determinar niveles de coliformes fecales;

iv. Requerir que todas las muestras de agua desinfectadas sean negativas para la determinación de coliformes fecales; y

v. Ser repetido si cualquier muestra de agua desinfectada durante el estudio da un resultado positivo para coliformes fecales.

c) Una vez aprobado para su uso, el sistema de agua deberá ser muestreado diariamente para demostrar que la desinfección del agua da resultados negativos para la determinación de coliformes fecales.

d) Cuando se localiza una fuente de agua diferente a la aprobada entre la entrada de un sistema de almacenamiento húmedo de circulación continua y la instalación en tierra entonces la autoridad sanitaria estatal deberá realizar verificaciones periódicas de la integridad del sistema para asegurar que la fuente de agua diferente a la aprobada no se infiltra a las tuberías que llevan el agua aprobada.

3) Sistemas de Recirculación de Agua.

a) Se deberá demostrar, a través de un estudio, que la desinfección por el sistema de recirculación puede consistentemente producir agua que al ser analizada da resultados negativos de coliformes fecales bajo las condiciones normales de operación. El estudio deberá cumplir con los requerimientos establecidos en la Sección C. (2) (b) arriba mencionado.

b) Una vez aprobado para su uso, el sistema de proceso de recirculación de agua deberá ser muestreado semanalmente para demostrar que la desinfección del agua da resultados negativos para la determinación de coliformes fecales.

c) Cuando más del 10% de la composición del volumen del agua de proceso en el sistema de recirculación proviene de un área de cosecha con una clasificación diferente de Aprobada, se deberá tomar un juego de tres muestras de agua desinfectada y una muestra de la fuente de agua antes de la desinfección dentro de un periodo de 24 horas para confirmar la capacidad del sistema para producir agua de proceso libre de coliformes fecales.

d) Cuando se utilice luz ultravioleta como desinfectante del agua, cada vez que se requiera cambiar una lámpara ya sea porque se haya fundido o como parte del servicio al equipo, lámparas nuevas se deberán instalar y las viejas lámparas deberán ser desechadas y muestras semanales de agua de proceso desinfectada deberán ser tomadas y analizadas.

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Ing. Aldo Verver y Vargas Duarte

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Director Ejecutivo de Programas Especiales

Gerente de Seguimiento de Programas

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