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SISTEMA DE PROMOCION Y PROTECCION DE DERECHOS DEL NIÑO PBA

FUERO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL PBA-

de nuevos órganos y dependencias para la aplicación del sistema. En este marco la Subsecretaría de Niñez y Adolescencia del Ministerio de Desarrollo Social de la provincia de Buenos Aires (ex Subsecretaría Minoridad y actual Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia) la es la Autoridad de aplicación de la ley, como lo era también en la época del Patronato.

Según la pagina oficial de la SSNyA del año 2011, para las situaciones que requieren tratamientos específicos y medidas de protección especial, la provincia cuenta con 12.500 plazas en 680 ONGs, entidades privadas y hogares oficiales, además de 840 camas de internación vinculadas a adicciones, salud mental y discapacidad, mediante convenios con Clínicas y ONGs especializadas.

Dicha Secretaria se compone por cuatro grandes áreas (Direcciones Generales Provinciales):

1) Dirección Provincial de Promoción y Protección de Derechos del Niño (ex - asistenciales) con dos direcciones de línea: Dirección de Coordinación de Servicios Zonales y Locales y Dirección de Gestión y Asistencia Técnica. 2) Dirección Provincial de Coordinación de Programas (ex Dirección de Hogares y ONGs) con dos direcciones de línea: Dirección de Programas de niñez y adolescencia y Dirección de Programas Con vivenciales 3) Dirección Provincial de Planificación y Capacitación, con su respectiva Dirección de Capacitación institucional y comunitaria. 4) Dirección Provincial de Coordinación del Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil -DCSPJ- (ex Dirección Provincial Tutelar); con dos direcciones de línea: Dirección de Institutos y Dirección de Medidas Alternativas. Asimismo de la Subsecretaria dependen directamente dos áreas: Gabinete y Dirección de Control de Aplicación de Normas Para la Promoción y Protección de la Niñez y Adolescencia. Los objetivos misiones y funciones de estas direcciones se detallan en el Decreto ministerial 282/07.

Las instituciones destinadas a la detención82 de niños y jóvenes menores de edad en la PBA, al igual que las destinadas a la atención ambulatoria para jóvenes en conflicto con la ley (Centros de Referencia) se nuclean bajo la Dirección de Coordinación de Responsabilidad Penal Juvenil. Según plantean las disposiciones vigentes la misión de esta dirección provincial es ejecutar y/o desconcentrar la ejecución de los programas, servicios y medidas restrictivas de la libertad en los municipios; ejecutar los programas, servicios y medidas de privación de libertad; acreditar las entidades no

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La excepción es el Centro Cerrado La Matanza, institución re-inaugurada en el año 2011 para alojar a la población de jóvenes entre 18 a 21 años que procedan de otros centros cerrados de la SSNyA. Dicha institución tiene la particularidad de ser co-gestionada con el Servicio penitenciario Bonaerense que según el esquema planteado se ocupa de la cuestión de “seguridad” mientras que el aspecto “tratamental” esta a cargo de la SSNyA.

gubernamentales dedicadas a la ejecución de los programas, servicios y medidas de responsabilidad penal juvenil; promover la formación de organizaciones comunitarias que favorezcan la integración social en la prevención y abordaje del delito juvenil, así como en el respeto y protección de los derechos de los niños infractores, orientándolas y asesorándolas. Además prevé fijar las pautas de funcionamiento y de supervisión de los establecimientos y/o instituciones públicos y/o privados y/o personas físicas que realicen acciones de prevención del delito juvenil, y de ejecución de medidas restrictivas de la libertad. Para ello se anuncia en el Decreto 282/07 que debe reestructurar las instituciones tutelares actuales en base a los principios de la responsabilidad penal juvenil. Los dispositivos dependientes de esta dirección que se disponen a tal fin son las siguientes:

Centros de Recepción: son establecimientos de régimen cerrado, para el cumplimiento de detención y de medidas preventivas de privación de libertad ordenadas por los Tribunales en el marco de un proceso penal. Recepcionan en primera instancia a los jóvenes aprehendidos (imputables o inimputables) por disposición judicial comunicada por oficio. Su función es la evaluación de los jóvenes a quienes se haya impuesto una medida judicial cautelar, sancionatoria restrictiva o privativa de la libertad ambulatoria o de seguridad para inimputables. El equipo técnico evaluará a los jóvenes para determinar la institución más adecuada para el cumplimiento de la medida impuesta por la autoridad judicial.

Alcaldías83: Al momento son tres, de modalidad transitoria con una capacidad de 18 plazas en total.

Centros de Contención: son establecimientos de régimen abierto, o régimen de semilibertad (art. 80 ley 13.634) para el cumplimiento de medidas cautelares o sancionatorias restrictivas de la libertad ambulatoria, ordenadas por la autoridad judicial competente.

Centros Cerrados: son establecimientos de régimen cerrado, para el cumplimiento de medidas privativas de la libertad ordenadas por la Justicia en el marco de un proceso penal.

Centros de Referencia84: son establecimientos en cada departamento judicial, de atención ambulatoria, para el cumplimiento de medidas cautelares o sancionatorias alternativas a la restricción o privación de la libertad ambulatoria, ordenadas por los tribunales competentes en el marco de un proceso penal seguido a personas menores de edad. Sus funciones son de evaluación, atención y/o derivación de los jóvenes a

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Alcaidía Nuevo Dique (12 plazas), Alcaidía Lugones (2 plazas), Alcaidía Almafuerte (4 plazas), según información de la Dirección de Institutos Cerrados a marzo de 2011. CPM

programas desconcentrados en municipios u organizaciones de la comunidad. Al momento hay veintiún Centros de Referencia85 constituidos.

Según la página del MDS en concordancia con lo expresado por el Director de SRPJ al momento de la entrevista, para el año 2011 había unos 450 jóvenes privados de la libertad por transgresiones a la ley penal alojados en centros cerrados, 110 en régimen de semilibertad (Centros de Contención) y 2200 con medidas alternativas a la privación a la libertad (Centros de Referencia).

En el capítulo siguiente se dará cuenta de cómo son visualizados estos dispositivos y medidas desde el punto de vista de los propios actores del sistema.

Servicios terciarizados de Salud: Comunidades Terapéuticas, Clínicas Psiquiátricas y Hogares para niños discapacitados.

La SSNyA ha realizado (bajo la orbita de la Dirección Provincial de Coordinación de Programas) convenios con “Comunidades Terapéuticas” cuyo objetivo es el tratamiento de adicciones y con “Clínicas Psiquiátricas”, que alojan a jóvenes con causas penales diagnosticados con problemáticas de que requieran una intervención de esta índole. Cabe aclarar que dichas instituciones son privadas y no son exclusivas

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Centro de Referencia Azul, Bahía Blanca, Dolores, Junín, La Matanza, La Plata, Lomas de Zamora, Mar del Plata, Mercedes, Moreno, Morón, Necochea, Pergamino, Quilmes San Isidro, San Martín, San Nicolás, Tandil, Trenque Lauquen, Tres Arroyos y Zarate-Campana.

Juzgados de Garantías y de Responsabilidad Penal Juvenil Ley 13.634 Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil PBA

Imponen MEDIDAS CAUTELARES y/o SANCIONATORIAS penales ambas pueden ser de modalidad…..

Dirección Coord. SRPJ -Subsecretaria de Niñez y Adolescencia- MDS Modalidad AMBULATORIA

Centros de Referencia

PRIVATIVAS o restrictivas DE LA LIBERTAD

Centros de Recepción

Centros de Contención Centros Cerrados

para jóvenes en conflicto con la ley. Además cuentan con dos instituciones especiales para niños discapacitados denominadas “Hogares para niños discapacitados”; una que aborda niños de 5 a 14 años y otra de 15 a 18 años ambas incluyen a niños atravesados por el SPPD y SRPJ.

La SSNyA tiene convenio con una clínica de internación para patologías duales, es decir para personas con problemas psiquiátricos y de adicciones en el municipio de San Pedro.

Cabe aclarar que estas instituciones alojan personas con diferentes situaciones (causas civiles de protección de personas, causas penales, voluntarias, etc.) ya que no son exclusivas del SRPJ, con lo cual las plazas se gestionan en función de la demanda de la SSNyA, y se otorgan a medida que se producen vacantes.

Comunidades Terapéuticas: Al momento del relevamiento la SSNyA tenía convenio con 19 Comunidades Terapéuticas. La mayoría de las comunidades terapéuticas86 se caracterizan por implementar la “modalidad abierta”, es decir, los niños y/o jóvenes que se reciben tratamiento en dicho dispositivo pueden abandonarlo “si así lo desean”, mientras que solo dos CT conveniadas implementan las modalidad cerrada.

La mayoría de estas instituciones se ubican en el conurbano bonaerense y solo unas pocas en el interior de la provincia, con lo cual si se detecta que un joven necesita tratamiento generalmente lo tienen que trasladar a otro distrito, quebrándose el principio de territorialidad. En el capítulo siguiente se retomará esta compleja cuestión del encierro en nombre de la salud.

Principales Programas de la SSNyA para el abordaje de niños y jóvenes

Anteriormente se mencionaron los dispositivos de la SSNyA para el cumplimiento de medidas judiciales (cautelares y sancionatorias) en el marco de un proceso penal que involucra a menores de edad.

La nueva normativa indica que la autoridad de Aplicación debe diseñar, subsidiar y ejecutar programas de promoción y protección de derechos de los niños. Además estipula que la creación de un Sistema Único de Admisión a Programas a fin de unificar criterios y practicas de abordaje, admisión, derivación etc.

Al momento la SSNyA cuenta con el Registro Estadístico Unificado de Niñez y Adolescencia87 -REUNA- que desde fines del año 2010 se fue implementado en todos

86 Según indica el director de programas actualmente solo dos comunidades terapéutica trabaja con la modalidad cerrada, es decir es un dispositivo de encierro con la particularidad de abocarse supuestamente al tratamiento de adicciones.

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En un informe donde se sistematizan algunos datos del REUNA para el primer semestre de 2011se destaca que del total de intervenciones ingresadas en el R.E.U.N.A, un 57% corresponde a acciones que se relacionan básicamente

los Servicios Zonales de la Provincia de Buenos Aires. Dicha herramienta, instalada en un servidor oficial de la provincia, tiene por finalidad registrar en forma unificada a todos los destinatarios que sean atendidos por el Estado provincial, los municipios y las organizaciones no gubernamentales, como así también el registro único de entidades no gubernamentales dedicadas a la prevención, asistencia, protección y restablecimiento de los derechos de los niños.

Si bien los usuarios del sistema deberían ser los Servicios Zonales y Locales de Promoción y Protección de los Derechos, al momento del relevamiento no estaba a disposición de los dispositivos locales. Es de destacar que en dicho servidor se registran principalmente las “Medidas de Protección de Derechos88” y “Medidas de Abrigo89” adoptadas por los Servicios Locales y/o Zonales.

A fin de poder visualizar mejor el proceso de adecuación programática se realizó un relevamiento de los principales programas de la SSNyA que incluyen entre sus destinatarios a niños y jóvenes en situación de conflicto con la ley penal.

Mediante una entrevista con el Director de Programas de Niñez y Adolescencia (a la que luego se sumó el Director de Hogares Convivenciales) se pudo relevar que, la Dirección Provincial de Programas de Niñez y Adolescencia cuenta en la actualidad con los siguientes programas90:

1) Programa de Abordaje Múltiple (PAM) cuyos objetivos son a) “instrumentar modelos de intervención interdisciplinaria que garanticen el abordaje integral de las

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