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Fuerzas políticas, gubernamentales y legales (P)

Capítulo III: Evaluación Externa

3.3 Análisis del Entorno PESTE

3.3.1 Fuerzas políticas, gubernamentales y legales (P)

Política fiscal. La estabilidad de la macroeconómica peruana es debida, en gran medida, a las políticas fiscales aplicadas por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

El Perú ha logrado buenos resultados que lo llevan a estar en un sitial importante dentro de Sudamérica, es así que en mayo de 2012 El Comercio publicó que el MEF proyectó una expansión de 6% para los años 2013 al 2015 en la economía local; mientras que, en una proyección más amplia, auguró que el crecimiento anual podría ubicarse entre 6% y 6.5% hasta el 2015. Asimismo, se prevé para este año una inflación acumulada de 2.8% y de 2.0% para el 2013, ambos dentro del rango meta del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). Entre otras proyecciones, el Gobierno mantuvo su pronóstico de superávit fiscal de este año en un 1,0% del Producto Bruto Interno (PBI) y lo redujo a 1,1% del PBI para el 2013 desde el 1.4% calculado anteriormente. De otro lado, el MEF elevó la proyección de superávit comercial para este año a US$8,249 millones desde 5,390 millones de dólares. (“MEF mantiene una proyección de crecimiento de 6% para los próximos dos años”, 2012, 31 de mayo)

A fin de afrontar los efectos de la crisis económica internacional que se produjo a finales del 2008, el MEF implementó un Plan de Estímulo Económico que permitió sobrellevar los efectos de la crisis financiera gracias a la fuerte posición fiscal y a los

mayores ingresos provenientes de las exportaciones por los altos precios de los commodities. El Gobierno peruano ha logrado acumular reservas, sin la necesidad de incrementar los impuestos. Es posible afirmar que el Plan de Estímulo Económico peruano fue mucho más disciplinado que aquellos implementados por otros países y tuvo además mayor efecto social.

En junio de 2012 el diario Gestión publicó que el gobierno peruano oficializó mediante un Decreto de Urgencia, un nuevo Plan de Estímulo Económico de S/. 2,072 millones de Nuevos Soles, con la finalidad de contrarrestar los posibles efectos de la crisis externa, mediante la inyección de dinero para agilizar la inversión y el gasto público,

vías vecinales y la Red Vial Nacional. (“Oficializan plan de estímulos por S/.2,000 millones para contrarrestar la crisis externa”, 2012, 26 de junio)

Regulaciones Gubernamentales. La legislación y supervisión bancaria son factores

críticos a considerar a fin de evitar que el sistema financiero sea vulnerable. En Perú, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) es el organismo encargado de la regulación y supervisión de los sistemas financieros, de seguros y del Sistema Privado de Pensiones (SPP), así como de prevenir y detectar el lavado de activos y financiamiento del terrorismo; su objetivo primordial es preservar los intereses de los depositantes, de los asegurados y de los afiliados al SPP.

La SBS (2012) decidió que el sistema financiero peruano estaría normado por las recomendaciones sobre la legislación y regulación bancaria, emitidos por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, publicados en Junio de 2006, en el documento

“Convergencia internacional de medidas y normas de capital”, también conocido como el Nuevo Acuerdo de Capital o Basilea II, en el cual se establecieron los siguientes pilares: requerimiento de capital (Pilar 1), principios del proceso de revisión supervisora (Pilar 2), y disciplina de mercado (Pilar 3). Desde el 2009, el Comité de Basilea trabajó otro conjunto de reformas con el objetivo de fortalecer la regulación, la supervisión y la gestión de riesgos del sistema financiero, de manera que el sector pueda enfrentar de manera positiva los diferentes escenarios de la crisis económica mundial, al cual denominó Basilea III; tales reformas fueron publicadas en el 2010 en los documentos: “Basilea III: un marco regulatorio global para los bancos y sistemas bancarios más resistentes” y “Basilea III: marco internacional para la medición, estándares y monitoreo de riesgos de liquidez”.

La SBS (2012) terminó la implementación del Pilar 1 del marco regulatorio de Basilea II por el cual, desde julio de 2010, las empresas del sistema financiero peruano se han

nuevo reglamento para la supervisión consolidada de los conglomerados financieros y mixtos fue aprobado por la SBS mediante Resolución 11323-2010, mediante el cual se agregan mejoras en los requerimientos y composición del patrimonio efectivo, exigiendo un capital mínimo no solo al conglomerado en su conjunto, sino también a cada grupo consolidable; también se mejoraron las exigencias de límites de concentración tanto para el grupo

consolidable del sistema financiero como para el de seguros. La norma ha permitido proteger los intereses de los ahorristas y asegurados, mediante una supervisión más adecuada de los riesgos inherentes a los conglomerados. Tales mejoras fueron parte de la implementación de Basilea II.

Desde la implementación de tales regulaciones, el sector financiero peruano ha logrado una posición sólida, estable y cuenta con buenas previsiones para enfrentar los embates de la crisis internacional. Por su parte la SBS, ha logrado importantes

reconocimientos gracias a su exitosa gestión de supervisión y regulación; en el 2010, el FMI y el Banco Mundial afirmaron el buen nivel de supervisión alcanzado por el Perú en

reconocimiento a su buen nivel de supervisión y colocándolo como uno de los mejores países de Latinoamérica. (Caretas, 2011)