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GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS

In document 4.ECONOMÍA Y HACIENDA (página 37-47)

1 GASTOS DE PERSONAL Se incluirán a este capítulo los gastos siguientes:

2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS

Se incluirán en este capítulo los recursos presupuestarios destinados a atender los gastos corrientes en bienes y servicios, necesarios para el ejercicio de las actividades de los Entes del Sector Público Administrativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria que no originen un aumento de capital o patrimonio público.

Se imputarán a este capítulo los gastos originados por adquisición de bienes que reúnan alguna de las características siguientes:

a) Ser bienes fungibles.

b) Tienen una duración previsiblemente inferior al ejercicio presupuestario. c) No ser susceptibles de inclusión en el inventario.

d) Ser, previsiblemente, gastos reiterativos.

No podrán imputarse a este capítulo los gastos destinados a satisfacer cualquier tipo de retribución por trabajos realizados por el personal dependiente los Entes del Sector Público Administrativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, cualquiera que sea la forma de esa dependencia.

Asimismo, se aplicarán a este capítulo los gastos en bienes de carácter inmaterial que puedan tener carácter reiterativo, no sean susceptibles de amortización y no estén directamente relacionados con la realización de las inversiones.

20 Arrendamientos y cánones

Incluye, entre otros, el arrendamiento de terrenos, edificios y locales, el alquiler de equipos informáticos y de transmisión de datos, el alquiler de maquinaria y material de transporte, así como también, en su caso, los gastos concertados bajo la modalidad de “Leasing” siempre que no se vaya a ejercitar la opción de compra. Los pagos correspondientes a estos gastos deber ser satisfechos directamente al tercero por parte de la Administración. Se desglosa en los siguientes conceptos:

200 Arrendamientos de terrenos y bienes naturales

Se imputarán a este concepto los gastos por arrendamiento de solares, fincas rústicas y otros. 202 Arrendamientos de edificios y otras construcciones

A este concepto se imputarán los gastos de alquiler de edificios, museos, almacenes, garajes, etc, incluidos los servicios conexos (calefacción, refrigeración, agua, alumbrado, seguros, limpieza, etc). También se incluyen los gastos de comunidad y el Impuesto de Bienes Inmuebles cuando quede reflejado en el contrato con cargo al arrendatario.

203 Arrendamientos de maquinaria, instalaciones y utillaje

Se incluirán en este concepto los gastos de alquiler de este tipo de bienes incluidos los gastos de alquiler del equipo empleado en conservación y reparación de inversiones.

204 Arrendamientos de medios de transporte

Gastos de alquiler de cualquier medio de transporte de personas o mercancías. No se incluirá en este concepto aquellos gastos que consistan en la contratación de un servicio.

205 Arrendamientos de mobiliario y enseres

Gastos de alquiler de mobiliario, equipos de oficina, material, etc. 206 Arrendamientos de equipos para procesos de información

Alquiler de equipos informáticos, ofimáticos, de transmisión de datos, sistemas operativos, aplicaciones de gestión de base de datos y cualquier otra clase de equipos informático y de software.

Se incluirán en este concepto los gastos relativos a las renovaciones de licencias de uso de todo tipo de software ya en propiedad y adquisición de dominios de Internet para alojamiento de páginas web.

208 Arrendamientos de otro inmovilizado material

Gastos de alquiler de inmovilizado material no incluido en los conceptos precedentes. 209 Cánones.

Cantidades satisfechas periódicamente por la cesión de un bien, el uso de la propiedad industrial y la utilización de otros bienes de naturaleza material o inmaterial.

21 Reparaciones, mantenimiento y conservación

Se imputarán a este artículo los gastos de mantenimiento, reparaciones y conservación de los bienes reflejados en el artículo 20 con el mismo orden de conceptos presupuestarios.

Comprende gastos tales como:

• Conservación y reparación de inmuebles propios y arrendados.

• Tarifas por conservación, vigilancia o revisión de maquinaria, instalaciones, elementos de transporte, equipos de oficina, etc.

• Mantenimiento o gastos análogos de todo tipo de equipos de proceso de información, transmisión de datos, instalaciones telefónicas, etc, incluyendo gastos de asistencia por incidencias en todo tipo de software en propiedad.

• Mantenimiento o reposición de elementos accesorios pertenecientes a infraestructuras complejas (carreteras, puertos, aeropuertos, etc).

Como norma general, se imputará este artículo las reparaciones que no supongan un incremento en la vida útil, capacidad, rendimiento o eficiencia del bien reparado o conservado. En caso contrario, se imputará al capítulo 6.

Por conceptos, se efectuará el siguiente desglose: 210 Infraestructura y Bienes naturales

Se imputarán a este concepto los gastos por reparación y adecuación de terrenos, fincas y otros bienes naturales.

212 Edificios y otras construcciones

A este concepto se imputarán los gastos de conservación y reparación de inmuebles y otras construcciones, ya sean propias o arrendados, y de las instalaciones que puedan considerarse como inherentes al edificio, conducción de agua, instalación eléctrica, y la adquisición de los elementos necesarios para efectuar estas reparaciones directamente.

213 Maquinaria, instalaciones y utillaje

Se incluirán en este concepto los gastos por tarifas de mantenimiento, revisión y conservación en máquinas e instalaciones del edificio, incluso ascensores, instalaciones musicales, higiénicas, calefacción, aire acondicionado.

Gastos de reparación y conservación de maquinaria especializada (tractores, gruas móviles, maquinaria de centros de salud y residencias, aparataje quirúrgico, radiología, electromedicina, etc). Gastos de restauración, conservación, mantenimiento, adquisición de piezas, instalaciones de seguridad, etc.

214 Elementos de transporte

Gastos de conservación y reparación de elementos de transporte, que son aquellos que por cualquier medio transportan personas o cosas en el exterior de las instalaciones.

215 Mobiliario y enseres

Gastos de mantenimiento y conservación de muebles, material de oficina (fotocopiadoras y similares), plantas ornamentales, elementos de ornamentación, etc.

216 Equipos para procesos de información

Gastos de reparación de todo tipo de equipos para el proceso de la información (ordenadores, impresoras, escaners, etc), instalaciones telefónicas, etc.

También se incluirán en este concepto los gastos derivados de la contratación del mantenimiento correctivo (solución de incidencias, de errores o caídas de sistemas) de aplicaciones informáticas propiedad de la Administración, entendiendo que se refiere a mantenimiento para su correcto funcionamiento y no a ampliaciones o mejoras de las citadas aplicaciones, que se imputarían al capítulo 6.

219 Otro inmovilizado material

Gastos de mantenimiento y reparación que no se puedan imputar a ninguno de los conceptos anteriores.

22 Material, suministros y otros

Gastos de esta naturaleza, clasificados según los siguientes conceptos: 220 Material de oficina

Se imputarán a los gastos de esta naturaleza desglosándolos en los siguientes subconceptos:

00. Ordinario no inventariable

Material de oficina no inventariable (papel, sobres, sellos, tarjetas identificativas, repuestos de material de oficina, impresos, carpetas, etc.)

01. Prensa, revistas, libros y otras publicaciones

Adquisición de libros y otro tipo de documentos, en cualquier soporte y que no pasen a formar parte de fondos de bibliotecas que se aplicarían al capítulo 6.

Suscripciones a publicaciones periódicas (revistas, periódicos, etc) y Gastos o cuotas por consultas a bases de datos documentales.

02. Material informático no inventariable

Material utilizado para el normal funcionamiento de los equipos informáticos, ofimáticos y de transmisión de datos, como por ejemplo, soportes de memoria externos (pen-drives), discos duros externos (salvo que, por su importe de adquisición, puedan considerarse inventariables, en cuyo caso se imputarían al capítulo 6), paquetes de software estándar, etc.

221 Suministros

Gastos de agua, gas, electricidad y otros servicios o abastecimientos según la clasificación en subconceptos que sigue:

00. Energía eléctrica 01. Agua

02. Gas 03. Combustible

Se imputarán a estos subconceptos anteriores los gastos de este tipo, salvo en el caso de que este tipo de gastos estén comprendidos dentro del importe a abonar por edificios y dependencias alquiladas por la Administración. En el subconcepto de combustible, se incluirán los lubricantes, aditivos y análogos utilizados en automóviles y demás vehículos, medios de transporte y otra maquinaria que los consuma, así como los destinados a calefacción.

04. Vestuario.

Prendas obligatorias que por imposición legal, convenio, acuerdo o contrato, el personal funcionario o laboral deberá estar dotado para el desempeño de sus funciones.

05. Alimentación.

Adquisición de todo tipo de productos alimenticios destinados a la alimentación de personas alojadas o atendidas en dependencias propiedad de la Comunidad Autónoma de Cantabria (albergues, residencias de mayores, guarderías, hospitales, centros recreativos, etc). También se puede imputar a este subconcepto los gastos de alimentación de animales en centros dependientes de la Administración.

06. Productos farmacéuticos y material sanitario.

Gastos de medicinas, material fungible de laboratorio, material higiénico para curas y socorro, alcohol, reactivos para análisis de sangre, productos higiénicos de primera necesidad, etc.

08. Suministros de material deportivo, didáctico y cultural.

Ropa deportiva, botas, equipamiento deportivo, arcillas colas y otros materiales y suministros que no sean imputables al concepto de acción social del personal al servicio de la Administración.

10. Lenceria.

Comprende la adquisición y reposición de ropa, mantas, colchones, lenceria en general y cualquier otro de naturaleza análoga.

11. Suministros de repuestos de maquinaria, utillaje y elementos de transporte

Incluye repuestos de vehículos como baterías, neumáticos, herramientas y utillaje, adquisición de recambios y material específico, linternas especiales para vehículos, adhesivos para rotulación, placas de matrícula.

Repuestos para helicópteros, máquinas de talleres y de laboratorios. Material de ferretería, fontanería, albañilería, herramientas, etc. Entretenimiento de monturas y bastes.

12. Suministros de material electrónico, eléctrico y de comunicaciones.

Repuestos y suministros para el servicio de telecomunicaciones, radio, material telefónico, grabadoras, baterías, bobinas grabadoras, redes de telefonía.

Repuestos de equipos de iluminación.

Repuestos para telefax, teléfonos fijos y móviles, red de datos, seguridad, etc.

99. Otros suministros.

Gastos de comunidad que no estén incluidos en el precio del alquiler y que no sean susceptibles de imputación a otros conceptos de suministros, así como las cuotas de participación en edificios de servicios múltiples.

Adquisición de material fotográfico, cartográfico, rótulos, escudos, artículos de limpieza, pequeño material para actuaciones de emergencia, bengalas, insecticidas y raticidas, recarga de extintores, planchas y tintas para imprenta, material de microfilmación.

Material de diverso consumo y reposición de carácter periódico no incluido en los subconceptos anteriores.

Artículos de aseo y limpieza cuando no estén incluidos en el precio de los contratos suscritos con empresas de servicios.

222 Comunicaciones

Gastos asociados a cualquier tipo de comunicación, agrupados en los siguientes subconceptos:

00. Servicios de telecomunicaciones

A este subconcepto, se imputarán los gastos de telefonía fija, móvil, fax, Internet y gastos de instalación de conexiones y centralitas.

01. Postales y mensajería.

Gastos de sellos, tarifas postales, burofax y telegramas.

99. Otras

223 Transportes

Gastos de transporte de mercancías, documentos, animales, mobiliario, equipamiento de todo tipo, ya sea por vía terrestre, marítima o aérea que se abone a cualquier ente público o privado. También se incluirán en esta partida todos los gastos facturados por transporte urgente.

Se excluyen de este concepto los servicios de alquiler de vehículos con conductor que deberán abonarse con cargo al concepto 227 y los gastos sociales de transporte de personal que se imputará al capítulo 1 y cualquier desplazamiento de personal funcionario o laboral de la Comunidad Autónoma de Cantabria relacionado con el desempeño de sus funciones, que se imputará al artículo 23.

224 Primas de seguros

Gastos por seguros de vehículos, edificios y locales, otro inmovilizado y otros riesgos excepto seguros de vida, accidente o responsabilidad civil del personal al servicio de esta Administración que se incluirán en el Capítulo 1.

Se abren los siguientes subconceptos:

00. Edificios y locales

01. Responsabilidad civil tripulantes y helicóptero del Gobierno de Cantabria 02. Seguro accidentes de espeleosocorristas

03. Vehículos 99. Otros riesgos

225 Tributos

Se incluyen los gastos destinados al pago de tasas, contribuciones especiales e impuestos. Se abren los siguientes subconceptos:

00. Estatales 01. Autonómicos 02. Locales

226 Gastos diversos

Se incluyen en este concepto todos aquellos gastos de naturaleza corriente que no tengan cabida en otros conceptos del Capítulo 2.

Se imputarán este tipo de gastos desglosándolos en los siguientes subconceptos:

01. Atenciones protocolarias y representativas.

A este subconcepto se imputan los gastos que se produzcan como consecuencia de actos de protocolo y representación que las autoridades de los Entes del Sector Público Administrativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria tengan necesidad de realizar en el desempeño de sus funciones, siempre que dichos gastos sean beneficiosos o útiles para la Administración y que no existan créditos presupuestarios más adecuados para su imputación.

Se incluirán en este subconcepto los gastos derivados de visitas oficiales de todo tipo de personalidades (autonómicas, nacionales o extranjeras), inserción de esquelas en medios de prensa y envíos de detalles protocolarios en caso de fallecimiento de empleados de la Administración o personalidades relevantes.

No podrá abonarse con cargo a este subconcepto ningún tipo de retribución al personal dependiente del departamento pagador, cualquiera que sea la forma de dependencia o relación.

02. Publicidad y propaganda.

Gastos de divulgación, y cualquier otro de propaganda y publicidad, conducente a informar a la Comunidad de la actividad y los servicios de los Entes del Sector Público Administrativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como campañas divulgativas dirigidas a los ciudadanos.

Se incluirán en este subconcepto los gastos que ocasione la inserción de publicidad en todo tipo de Boletines y diarios oficiales.

Incluye los gastos de adquisición de objetos con el logotipo de la Entidad u Organismo, etc, para su distribución entre una pluralidad de personas, con el fin de publicitar la actividad de la entidad.

Las campañas de sensibilización y concienciación ciudadana que sean susceptibles de producir efectos en varios ejercicios se imputarán al artículo 64.

03. Jurídicos, contenciosos.

Gastos producidos por litigios judiciales , actuaciones, procedimientos en que son parte los Entes del Sector Público Administrativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Se incluyen los gastos por honorarios de letrados, procuradores y profesionales del Derecho en asuntos propios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En el caso de pagos ocasionados por procedimientos de responsabilidad patrimonial por funcionamiento anormal de los Servicios Públicos, se podrán imputar dichos pagos a esta partida si no existe concepto presupuestario adecuado a la naturaleza del gasto.

06. Reuniones, conferencias y cursos.

Gastos derivados de la organización y celebración de festivales, conferencias, congresos, seminarios, convenciones, exposiciones y cursos, por parte de los Entes del Sector Público Administrativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, incluyendo alquiler de salas, azafatas, traductores, comidas y material asociado a los eventos anteriores.

Gastos derivados de visitas institucionales, reuniones, grupos de trabajo en que participen empleados o altos cargos de un Organismo o departamento para tratar o coordinar aspectos relacionados con el desempeño de las funciones propias o necesarias para el normal funcionamiento de los departamentos u Organismos Públicos.

En el caso de gastos derivados de invitaciones a personalidades regionales, nacionales o extranjeras que no se deriven de ninguno de los eventos anteriores, se imputarán al subconcepto 226.01.

Gastos de manutención, alojamiento y restaurante que no se abonen directamente al conferenciante o profesorado externo y que se contraten directamente con el establecimiento o compañía que preste el servicio formando parte directamente del coste total de la organización del curso.

Los gastos de transporte, hotel y restaurante de empleados de la Administración sólo se imputarán a este subconcepto, si como consecuencia de la celebración de reuniones y conferencias no puede imputarse al artículo 23.

Asimismo, se imputarán a este subconcepto los gastos que tienen por objeto aportaciones de los Entes del Sector Público Administrativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria a cursos, congresos, seminarios, etc, instrumentados generalmente mediante un convenio, en el cual la Administración se obliga a pagar una cantidad con la contrapartida que en todos los medios de propaganda se haga constar que el Organismo o departamento de la Administración Autonómica colabora con la inclusión de su logotipo, la entrega de un informe o la adquisición de un número determinado de ejemplares de la edición realizada, etc.

Se incluirán, también, los gastos de grupos de trabajo o comisiones necesarias para el normal funcionamiento del servicio, incluyendo grupos de expertos o comisiones de valoración.

07. Oposiciones y pruebas selectivas.

Se imputarán todo tipo de gastos relacionados con la celebración de todo tipo de pruebas selectivas de personal (alquiler de aulas y salas, de material, pago a expertos independientes, etc), excepto las dietas y asistencias a tribunales que se imputarán al artículo 23.

09. Actividades culturales, deportivas, sociales y de ocio

Se imputarán a este subconcepto los gastos relativos a adquisición de materiales de todo tipo relacionados con la realización de actividades culturales, deportivas, sociales y de ocio en centros, residencias, albergues, bibliotecas, museos y otras instalaciones que dependan de los Entes del Sector Público Administrativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria o de otros entes públicos y privados que la Comunidad Autónoma de Cantabria financie.

16. Imprevistos.

Créditos destinados a cubrir, con carácter excepcional, gastos corrientes no previstos en el presupuesto.

20. Deporte Escolar.

Se imputan a este subconcepto todos los gastos relacionados con el fomento del deporte escolar (selecciones autonómicas, uniformes, material deportivo, etc).

99. Otros

Se incluirán en este subconcepto todos los gastos relativos a este concepto y que no tengan cabida en los subconceptos anteriores.

227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales

Se incluyen en este concepto todos aquellos gastos que se correspondan con actividades que siendo competencia de cualquier órgano o departamento de los Entes del Sector Público Administrativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria se ejecuten mediante contrato de servicios con empresas externas o profesionales independientes.

Se imputarán este tipo de gastos desglosándolos en los siguientes subconceptos:

00. Limpieza y aseo

Se incluirán en este subconcepto los gastos de esta naturaleza, incluidos los gastos de recogida de basuras y residuos, servicios de desratización, desinsectación y desinfección y otros servicios higiénicos contratados con terceros.

01. Seguridad.

Gastos de seguridad en edificios administrativos concertados con compañías especializadas y el mantenimiento de los medios de autoprotección (detectores, extintores, circuitos cerrados de TV, etc).

02. Valoraciones y peritajes

Se incluyen los gastos por indemnizaciones a peritos, intérpretes y traductores, trabajos de peritación y valoración, depósito y deslinde que no sean aplicables a proyectos de inversión, en cuyo caso se imputarían a los conceptos correspondientes del Capítulo 6.

04. Custodia, depósito y almacenaje

Gastos por mantenimiento de bienes, documentación y productos de diversa índole en condiciones adecuadas para garantizar su buen estado o adecuado funcionamiento posterior.

05. Procesos electorales y consultas populares

Gastos que la Administración debe asumir como consecuencia de la celebración de procesos electorales de cualquier ámbito y que serán atendidos por el correspondiente estado de gastos de la Consejería competente en materia de Presidencia del Gobierno.

Asimismo, se imputarán los gastos que se ocasionen por la celebración de procesos electorales sindicales.

06. Estudios y trabajos técnicos.

Gastos de estudios, trabajos técnicos y de laboratorio, informes y trabajos estadísticos, apoyo técnico en materias de alta cualificación o de otro carácter que sean encomendados a empresas especializadas, profesionales independientes, Universidades, Colegios Profesionales o expertos que no estén directamente relacionados o no sean aplicables a proyectos y programas de inversión en cuyo caso figurarán en el Capítulo 6.

Servicios relacionados con las nuevas tecnologías (mantenimiento operativo de páginas web, servicios de asistencia en herramientas ofimáticas y mantenimiento de software propios). Asistencias técnicas de cualquier ámbito que por no disponer de medios adecuados la Administración debe necesariamente contratar a empresas o profesionales externos.

Informes, dictámenes y honorarios profesionales.

Se incluirán dotación de premios literarios, de investigación y estudio, participación en exposiciones, foros y otros eventos de carácter cultural, artístico, científico, técnico, jurídico y económico relacionados con la actividad del departamento.

Encuadernación de libros.

Grabación de documentación de registros oficiales.

Servicios de prevención de incendios, servicios de predicción meteorológica incluidos los servicios de los colaboradores recogiendo este tipo de datos.

Servicios de noticias cualesquiera que sea su formato y frecuencia.

Elaboración en soportes audiovisuales (CD, DVD, etc) de presentaciones, películas, etc, relacionados con las funciones del departamento.

09. Actividades culturales, deportivas, sociales y de ocio.

Se imputarán a este subconcepto los gastos relativos a la contratación de profesionales o empresas externas que presten servicios para la realización de actividades culturales, deportivas, sociales y de ocio en centros, residencias, albergues, bibliotecas, museos y otras instalaciones

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