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GERENTE DE DESARROLLO SOCIAL A Descripción de Funciones

ORGANO DE LÍNEA

PROGRAMAS SOCIALES

8.4.4.1. GERENTE DE DESARROLLO SOCIAL A Descripción de Funciones

1. Planificar y promover el desarrollo social en la provincia en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales, de manera concertada con las municipalidades distritales de la provincia.

2. Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de niños y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores. Así como de los derechos humanos en general, manteniendo un registro actualizado

3. Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad.

4. Regular las acciones de las Defensorías Municipales de los Niños y Adolescentes - DEMUNA, adecuando las normas nacionales a la realidad local.

5. Ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demás programas de apoyo alimentario con participación de la población y en concordancia con la legislación sobre la materia, cuando la municipalidad distrital no pueda asumir dicha función.

6. Establecer canales de comunicación y cooperación entre los vecinos y los programas sociales.

7. Contar con un registro actualizado de organizaciones juveniles de la provincia, así como

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de su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del gobierno local.

8. Monitorear el cumplimiento de protección, participación y organización de los vecinos con discapacidad, acorde a las necesidades y normatividad.

9. Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planificación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo.

10. Promover y concertar la cooperación pública y privada en los distintos programas sociales locales. 11. Promover el desarrollo integral de la juventud para

el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del gobierno local.

12. Resolver administrativamente los conflictos entre vecinos y fiscalizar el cumplimiento de los acuerdos de las juntas de propietarios de edificios y de las juntas vecinales de su localidad, con facultad para imponer sanciones por dichos incumplimientos, luego de una obligatoria etapa de conciliación extrajudicial.

13. Promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local.

14. Focalizar y diagnosticar los puntos críticos de extrema pobreza en la Provincia.

15. Coordinar periódicamente con los Ministerios correspondientes para la recepción de Fondos de Transferencia para Proyectos y Programas Sociales de lucha contra la pobreza.

16. Remitir información a los Órganos de Control sobre la ejecución de Fondos de los Proyectos y Programas Sociales.

17. Elaborar, ejecutar, los proyectos de inversión pública del eje social.

18. Emitir resoluciones gerenciales en temas de su competencia.

19. Elaborar Manuales de Procedimientos y directivas para los principales servicios o procedimientos administrativos a su cargo, tomando en consideración la demanda e impacto de los servicios o procedimientos administrativos.

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20. Definir indicadores de gestión que permitan evaluar el avance que se logre en el desempeño de la Unidad Orgánica, así como efectuar su seguimiento y, en función a dichos resultados, reevaluar y proponer modificaciones a los objetivos, políticas y estrategias establecidas si fuera necesario.

21. Utilizar técnicas estadísticas para establecer, controlar y verificar la capacidad de los procesos y las características de los servicios a su cargo. 22. Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo

costeado en coordinación con la Gerencia de quien depende; disponiendo el uso adecuado de los recursos económicos, materiales, maquinarias y equipos asignados a la Unidad Orgánica.

23. Planificar, concertar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas a la promoción, constitución, reconocimiento de aquellas organizaciones que corresponden a su competencia y llevar el registro de las organizaciones sociales de base de la provincia. 24. Orientar y asesorar a los vecinos y comunidades en

asuntos de su competencia.

25. Capacitar, asesorar y apoyar a las Juntas Vecinales, Juntas Comunales y a la Junta de Delegados Vecinales - Comunales.

26. Recepcionar y canalizar las inquietudes y propuestas vecinales, ante las áreas correspondientes.

27. Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo; disponiendo el uso adecuado de los recursos económicos, materiales, maquinarias y equipos asignados a la división orgánica.

28. Determinar el costo de las diferentes actividades que desarrolla la División Orgánica.

29. Determinar el costo de los procedimientos administrativos, por los servicios que presta la Municipalidad, en los asuntos de su competencia. 30. Cumplir con las demás funciones propias de su

competencia que le asigne la Gerencia Municipal.

B. Responsable de:

 La responsabilidad es inherente a las funciones del cargo que desempeña.

C. Depende de:

 Orgánica y administrativamente de la Gerencia Municipal.

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 Normativamente y funcionalmente del Concejo Municipal.

D. Ejerce Autoridad sobre:

1. Jefe de Programas Sociales.

2. Jefe de Unidad Local de Empadronamiento.

3. Jefe de Juventud, Deporte y Promoción del Empleo.

E. Requisitos Mínimos del Cargo

 Título Profesional, colegiado y habilitado en la carrera de Antropología, Sociología, Economía, Administración o carreras afines.

 Conocimiento de gestión pública.

 Experiencia general mínima de dos años.

 Experiencia en la especialidad mínimo de un año.

8.4.4.2. JEFE DE PROGRAMAS SOCIALES

A. Descripción de Funciones

1. Dirigir el empadronamiento y actualización de los beneficiarios del programa integral de nutrición – PIN y PAAM, programa del vaso de leche.

2. Programa y controla la distribución y redistribución de alimentos.

3. Verifica que los almacenes del programa se encuentren en óptimas condiciones.

4. Coordinar con las instituciones educativas, y red de salud (centros de salud y postas) para el acondicionamiento adecuado de los alimentos (PIN, P.V.L y PAAM).

5. Realizar pruebas y control de la calidad de los alimentos que ingresan al almacén del programa. 6. Conformar y coordinar para las adquisiciones de

alimentos.

7. Promover la participación de la comunidad organizada para la obtención de alimentos.

8. Participar en la programación de actividades técnicas administrativas, en reuniones y comisiones de trabajo relacionado con el programa de vaso de leche.

9. Controlar los almacenes, y elaborar acta de entrega.

10. Realizar visitas de supervisión a los comités para asegurar la preparación y entrega adecuada de la ración correspondiente a los beneficiarios.

11. Realizar reportes mensuales y trimestrales sobre el avance de los programas sociales, a la gerencia de

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12. Regular la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA), intervenir cuando estén en conflicto sus derechos a fin de hacer prevalecer sus intereses, promoviendo el fortalecimiento de los lazos familiares.

13. Regular La Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad (OMAPED), facilitar y promover la adecuada concertación entre las necesidades de los vecinos con discapacidad y las instituciones que ofrecen servicios, promoviendo así su integración e inclusión.

14. Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo; disponiendo el uso adecuado de los recursos económicos, materiales, maquinarias y equipos asignados a la división orgánica.

15. Determinar el costo de las diferentes actividades que desarrolla la División Orgánica.

16. Determinar el costo de los procedimientos administrativos, por los servicios que presta la Municipalidad, en los asuntos de su competencia. 17. Otras funciones propias de su competencia que le

asigne la Gerencia de Desarrollo Social.

B. Responsable de:

 La responsabilidad es inherente a las funciones del cargo que desempeña.

C. Depende de:

 Gerente de Desarrollo Social.

D. Ejerce Autoridad sobre:

1. Asistente Administrativo. 2. Especialista de DEMUNA. 3. Especialista de OMAPED. 4. Registrador Civil.

E. Requisitos Mínimos del Cargo

 Título Profesional, colegiado y habilitado en la carrera de Antropología, Sociología, Economía, Administración o carreras afines.

 Conocimiento de gestión pública.

 Experiencia general mínima de dos años.

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8.4.4.3. Asistente Administrativo de la División de Programas

Sociales

A. Descripción de Funciones

1. Recepcionar, orientar, informar y atender a las comisiones, autoridades, personas internas y externas que concurran a la oficina a indagar sobre la situación de sus expedientes aplazados o en trámite.

2. Coordinar, controlar y organizar la agenda diaria del Jefe de acuerdo a lo disposiciones generales; programando y/o concertando la realización de las mismas, así como confeccionar, organizar, actualizar y controlar los registros, guías telefónicas, directorios y documentación respectiva.

3. Atender y efectuar llamadas telefónicas, registrándolas de ser el caso, consecuentemente consensuar reuniones de trabajo autorizadas por el Jefe, e informar oportunamente las ocurrencias que se presenten.

4. Recibir, registrar, revisar, clasificar, organizar, numerar, fechar, foliar los expedientes y firmar los cargos de recepción, y viceversa hacer firmar los cargos de entrega. Así también realizar el control y seguimiento de los mismos.

5. Preparar la documentación clasificada para la firma respectiva del Jefe.

6. Intervenir con criterio propio en la redacción de documentos administrativos de acuerdo a las indicaciones impartidas por el Jefe.

7. Orientar sobre la aplicación de normas técnicas de documentos trámites, archivos y usos de los sellos, así también realizar el control de los mismos.

8. Prestar apoyo secretarial especializado, incluyendo el manejo de computadoras.

9. Atender y orientara los servidores públicos y público en general sobre consultas y gestiones que realizan. 10. Coordinar la distribución de materiales de oficina. 11. Atender y realizar llamadas telefónicas, recibir y

enviar documentos mediante el sistema de fax y otros medios de comunicación.

12. Velar por la conservación y buen uso de mobiliarios, materiales y equipos a su cargo.

13. Llevar el registro de control de llamadas telefónicas que efectúan los servidores públicos.

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14. Llevar el registro de documentos que ingresan y egresan al despacho de la Jefatura.

15. Mantener limpio y ordenado la oficina del Jefe y la oficina donde trabaja.

16. Cumplir estrictamente con el reglamento interno de trabajo y el código de ética de la municipalidad. 17. Conocer las sanciones administrativas aplicables a

su cargo y funciones por las faltas disciplinarias que pueda cometer.

18. Velar celosamente todo el acervo documentario existente en la oficina del Jefe y su oficina, evitando a su vez la infidencia.

19. Otras funciones inherentes al cargo que le asigne el Jefe de Programas Sociales.

B. Responsable de:

 La responsabilidad es inherente a las funciones del cargo que desempeña.

C. Depende de:

 Jefe de Programas Sociales.

D. Ejerce Autoridad sobre:

 No ejerce autoridad sobre el personal

E. Requisitos Mínimos del Cargo

 Título de Secretariado Ejecutivo Computarizado.

 Conocimiento especializado en el área

 Conocimiento de Computación (Word, Excel, Power Point e internet).

 Experiencia en Secretariado

8.4.4.4. Especialista de DEMUNA de División de Programas

Sociales

A. Descripción de Funciones

1. Estudiar, analizar e informar sobre expedientes diversos de carácter legal, en concordancia con el Código del Niño y Adolescente, OMAPED.

2. Intervenir en diligencias judiciales en defensa de los niños y adolescentes, presentando denuncias ante las autoridades competentes, por abusos, maltratos, faltas y delitos en contra de ellos.

3. Absolver consultas legales y orientar a las familias en conflicto, vigilando, alertando y previniendo sobre situaciones de riesgo, en defensa activa de los derechos del niño y del adolescente, concordándolos con las disposiciones legales vigentes.

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4. Formular e informar sobre proyectos de convenios, contratos y similares, relacionados con la protección del niño y adolescente.

5. Recomendar y orientar a las familias y comunidad en general sobre los pasos que deben seguir, para que se cumplan los derechos que la ley señala a favor de los niños y adolescentes.

6. Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas, siempre que no exista procesos judiciales previos.

7. Cumplir las disposiciones relativas a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como el Código de Ética de la Función Pública a fin de que realmente logre cumplir sus funciones con integridad y valores éticos que contribuyan al desempeño eficaz, eficiente y diligente de las tareas asignadas.

8. Cumplir con la Ley Nº 27007 y sus modificatorias, que faculta a las defensorías a realizar Conciliaciones Extrajudiciales con Título de Ejecución;

9. Promover y organizar talleres, seminarios, charlas y todo tipo de eventos relacionados a la promoción y prevención de los derechos del niño y del adolescente. 10. Las demás que le asigne el Jefe de Programas

Sociales y, que sean de su competencia.

B. Responsable de:

 La responsabilidad es inherente a las funciones del cargo que desempeña.

C. Depende de:

 Jefe de Programas Sociales.

D. Ejerce Autoridad sobre:

 No ejerce autoridad sobre el personal

E. Requisitos Mínimos del Cargo

 Título Profesional de Abogado colegiado y habilitado.

 Experiencia mínima de dos años en el ejercicio de cargos similares.

 Conocimiento actualizado en la especialidad.

8.4.4.5. Especialista de OMAPED de División de Programas

Sociales

A. Descripción de Funciones

1. Promover el desarrollo integral de las personas con discapacidad física o mental y el adulto mayor,

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rehabilitación, seguridad social, orientados a mejorar su calidad de vida en el medio social en que vive. 2. Fomentar conciencia y sensibilidad sobre la realidad

social de las personas con discapacidad física o mental y del adulto mayor en el seno de la familia, comunidad y sociedad en general.

3. Prevenir su deterioro precoz a través de actividades deportivas y recreativas.

4. Implementar mecanismos de difusión para que las personas discapacitadas, el adulto mayor y sus familias tomen mayor interés sobre su salud, seguridad social, educación, etc., mediante campañas de información educativa.

5. Promover actividades culturales, educativas, recreativas y deportivas a favor de las personas discapacitadas y el adulto mayor, que estimulen conductas positivas que mejoren su calidad de vida. 6. Promover cursos de capacitación en materias

diversas para las personas con discapacidad física o mental, que le permita acceder a algún trabajo o formar su propia empresa de producción o prestación de servicios.

7. Velar por el cumplimiento de la Ley Nº 27050 General de la Persona con Discapacidad, reinserción socio laboral, comunal, verificación de accesibilidad y señalización en las instituciones Públicas y Privadas. 8. Cumplir con lo prescrito en la Ley Nº 28683

relacionado con la atención preferencial en lugares donde existe afluencia de público.

9. Otras que le asigne el Jefe de Programas Sociales.

B. Responsable de:

 La responsabilidad es inherente a las funciones del cargo que desempeña.

C. Depende de:

 Jefe de Programas Sociales.

D. Ejerce Autoridad sobre:

 No ejerce autoridad sobre el personal

E. Requisitos Mínimos del Cargo

 Título Profesional de Psicólogo colegiado y habilitado.

 Experiencia mínima de dos años en el ejercicio de cargos similares.

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8.4.4.6. Registrador Civil

A. Descripción de Funciones

1. Registrar y expender las partidas de nacimiento, matrimonio y de defunción a solicitud de los interesados.

2. Publicar las Ordenanzas y otras Resoluciones Municipales referidas a los Estados Civiles.

3. Revisar los expedientes que se acojan a las inscripciones extraordinarias.

4. Realizar rectificaciones y reconocimientos de actos. 5. Atender y orientar al público en materia de su

competencia.

6. Controlar, ejecutar y llevar los libros de actas matrimoniales y divorcios según corresponda.

7. Elaborar planes de trabajo correspondientes a su área.

8. Preparar informes mensuales de los nacimientos y defunciones, los mismos que deberá remitir a RENIEC y las instancias correspondientes.

9. Remitir en forma mensual los datos estadísticos de nacimientos y defunciones al área de salud.

10. Llevar el registro de los estados civiles.

11. Tramitar las rectificaciones registrales de competencia administrativa conforme a las normas sobre la materia.

12. Verificar que la municipalidad cuente con la certificación emitida por la Dirección Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia, antes de tramitar alguna solicitud de divorcio.

13. Tramitar, las solicitudes de divorcios que se presenten en virtud a las disposiciones contenidas en la ley 29227 y su Reglamento el D.S. 009-2008-JUS. 14. Verificar que el último domicilio conyugal de los

recurrentes, o el lugar de celebración de su matrimonio haya sido dentro de la jurisdicción, a efecto de establecer la competencia de la Municipalidad en dicha tramitación, debiendo de rechazar cualquier solicitud que no se ajuste a estas disposiciones.

15. Verificar que las solicitudes de divorcio que se interpongan, cuenten con todos los requisitos para el efecto establecidos en el art. 6) del D.S. 009-2007- JUS, el artículo 113 de la Ley 27444 y otros solicitados en el TUPA, otorgando visto bueno a

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legalidad, conforme a lo solicitado en el art.11 del Reglamento de la Ley 29227.

16. Llevar adelante de forma personal la Audiencia Única de Divorcio establecida en el artículo 12 del Reglamento de la ley 29227, velando porque ésta se realice en un ambiente privado y adecuado, debiendo además consignar claramente en el acta la voluntad de los cónyuges de ratificarse en su decisión de separación, y otros aspectos que estime importantes. 17. Informar al despacho de alcaldía, cuando el

procedimiento esté expedito para la emisión de la Resolución de Alcaldía que declara la separación convencional, velando porque la misma sea emitida dentro del plazo de 05 días conforme a lo establecido en el artículo 12° del Reglamento de la ley 29227. 18. Tramitar las solicitudes de Divorcio Ulterior, que se

tramiten al amparo de la ley 29227, velando por la emisión de la Resolución de Alcaldía que declara la Disolución del Vínculo Matrimonial, dentro del plazo de 05 días conforme a lo establecido en el artículo 13 del Reglamento de la ley 29227.

19. Otras funciones de su competencia que le asignen el Jefe de Programas Sociales.

B. Responsable de:

 La responsabilidad es inherente a las funciones del cargo que desempeña.

C. Depende de:

 Jefe de Programas Sociales.

D. Ejerce Autoridad sobre:

 No ejerce autoridad sobre el personal

E. Requisitos Mínimos del Cargo

 Título profesional universitario que incluye estudios relacionados con la especialidad.

 Experiencia en el área mínimo dos años.

 Experiencia en conducción de personal.

8.4.4.7. JEFE DE UNIDAD LOCAL DE EMPADRONAMIENTO

A. Descripción de Funciones

1. Administrar el Padrón General de Hogares y ponerlo a disponibilidad de los programas sociales, la unidad formuladora – UF y la Oficina de Programación e inversiones - OPI.

2. Establecer la clasificación socioeconómica de los potenciales usuarios.

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4. Planificación, ejecución y conducción operativa de la aplicación de la Ficha Socioeconómica Única - FSU en su jurisdicción.

5. Atención de pedidos de aplicación de la Ficha Socioeconómica Única - FSU.

6. Control de calidad de la información recogida mediante la FSU en su jurisdicción.

7. Administración de reclamos por registro incorrecto. 8. Seguimiento de la aplicación de la FSU en la

jurisdicción

9. Formulación de recomendaciones para mejorar el desempeño del SISFOH

10. Participación y colaboración en las actividades de capacitación definidas por el nivel nacional.

11. Ejecución de estrategia de comunicaciones definida por el nivel nacional

12. Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo; disponiendo el uso adecuado de los recursos económicos, materiales, maquinarias y equipos asignados a la división orgánica.

13. Determinar el costo de las diferentes actividades que desarrolla la División Orgánica.

14. Determinar el costo de los procedimientos administrativos, por los servicios que presta la Municipalidad, en los asuntos de su competencia. 15. Otras funciones propias de su competencia que le

asigne la Gerencia de Desarrollo Social.

B. Responsable de:

 La responsabilidad es inherente a las funciones del cargo que desempeña.

C. Depende de:

 Depende directamente del Alcalde.

D. Ejerce Autoridad sobre:

 No ejerce autoridad sobre el personal

E. Requisitos Mínimos del Cargo

 Profesional titulado en la carrera de Estadística, economía o afines.

 Conocimiento en Gestión Pública.

 Experiencia General mínimo de dos años.

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8.4.4.8. JEFE DE CULTURA, DEPORTE Y PROMOCIÓN DEL

EMPLEO

A. Descripción de Funciones

1. Elaborar, coordinar, administrar, ejecutar y controlar los planes, proyectos y programas integrales de cultura, deporte y promoción del empleo.

2. Planear, organizar, dirigir y controlar las actividades, culturales, deportivas y recreativas que fomenten la participación activa de la comunidad en el distrito.

3. Coordinar y mantener estrecha colaboración y comunicación con las organizaciones e instituciones públicas y privadas relacionadas con la cultura, el deporte y la promoción del empleo. 4. Promover los derechos ciudadanos de los jóvenes

con un enfoque de género que contribuya a la generación de oportunidades laborales y creación de una nueva mentalidad democrática, participativa y crítica, a través de la formación y capacitación para el trabajo y la implementación de iniciativas productivas.

5. Promover en el sector empresarial el acceso al