1. Se revisó la observancia de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y la normatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac) publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León (POE), advirtiéndose incumplimientos por parte del ente público, a las obligaciones que diversos preceptos de la referida Ley le imponen, acorde con lo que se enuncia a continuación:
I. Registros Contables
a) Establecer una lista de cuentas alineadas al plan de cuentas emitido por el Conac (artículo 37 fracción II).
b) Contar con manuales de contabilidad (artículo 20).
c) Registrar en cuentas específicas de activo los bienes muebles e inmuebles (artículos 23 y 24, conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio publicadas en el POE).
d) Realizar la baja de bienes muebles e inmuebles (artículo 28, conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio y a los Lineamientos dirigidos a asegurar que el sistema de contabilidad gubernamental facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos publicados en el POE).
e) Registrar las obras en proceso en una cuenta de activo, la cual refleja su grado de avance (artículo 29)
f) Realizar los registros contables con base acumulativa, el gasto conforme a su fecha de realización y el ingreso cuando exista jurídicamente derecho de cobro (artículo 34, conforme a Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los ingresos y Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los egresos, publicadas en el POE).
g) Mantener un registro histórico de sus operaciones en los libros diario, mayor e inventarios y balances (artículo 35 y conforme a los Lineamientos mínimos relativos al diseño e integración del registro en los libros diario, mayor e inventarios y balances (registro electrónico), publicado en el POE).
h) Constituir provisiones, revisarlas y ajustarlas periódicamente para mantener su vigencia (artículo 39).
i) Expresar en los estados financieros los esquemas de pasivos, incluyendo la deuda pública (artículo 45).
j) Disponer de listas de cuentas alineadas al plan de cuentas, catálogos de bienes y las respectivas matrices de conversión con las características señaladas en el artículo 41.
k) Registrar contablemente las inversiones en bienes de dominio público (artículo 26 párrafo segundo).
II. Registros Presupuestales
a) Realizar los registros de los egresos e ingresos, considerando los momentos contables que conforme al Sistema de Contabilidad aplicable: Simplificado General en municipios con población entre 5,000 y 25,000 habitantes y Simplificado Básico en Municipios con población menor a 5,000 habitantes, sean exigidos (artículo 38 conforme a las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos, Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos y los Manuales de Contabilidad Gubernamental de los Sistemas Simplificado Básico (SSB) y General (SSG) publicados en el POE). b) Exhibir en los registros auxiliares los avances presupuestarios y contables (artículo
36).
III. Registros Administrativos
a) Llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes muebles e inmuebles, publicarlo en internet, y además registrar en un plazo de 30 días hábiles los bienes que se adquieran (artículos 23 y 27).
b) Elaborar un registro auxiliar sujeto a inventario de los bienes muebles o inmuebles bajo custodia que, por su naturaleza, sean inalienables e imprescriptibles, como lo son los monumentos arqueológicos, artístico e históricos (artículo 25, conforme a los Lineamientos para el registro auxiliar sujeto a inventario de bienes arqueológicos,
artísticos e históricos bajo custodia de los entes públicos el cual fue publicado en el POE).
c) Respaldar la contabilización de las operaciones presupuestarias y contables con la documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen (artículo 42).
d) Realizar los pagos directamente en forma electrónica, mediante abono en cuenta del beneficiario (artículo 67 párrafo segundo).
IV. Cuenta Pública
Generar cuenta pública conforme al artículo 55 con relación a los artículos 46 y 48 al acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas, las Normas y metodología para la emisión de información financiera y estructura de los estados financieros básicos del ente público y características de sus notas y el Manual de contabilidad gubernamental publicados en el POE, la cual debe contener:
a ) Información contable, con la desagregación siguiente: a.1 Estado de situación financiera;
a.2 Estado de variación en la hacienda pública; a.3 Estado de cambios en la situación financiera; a.4 Notas a los estados financieros;
a. 5 Estado analítico del activo;
b) Información presupuestaria, con la desagregación siguiente:
b.1 Estado analítico de ingresos, del que se derivará la presentación en clasificación económica por fuente de financiamiento y concepto, incluyendo los ingresos excedentes generados;
b.2 Estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos del que se derivarán las siguientes clasificaciones:
-Económica y por objeto del gasto, y -Funcional-programática;
El estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos deberá identificar los montos y adecuaciones presupuestarias y subejercicios por Ramo y/o Programa.
V. Transparencia
a) Publicar el inventario de los bienes (artículo 27 conforme al Acuerdo por el que se determina la norma para establecer la estructura del formato de la relación de bienes que componen el patrimonio del ente público).
b) Publicar para consulta de la población en general, en formatos accesibles, el contenido de la información financiera referente a la norma para armonizar la presentación de la información adicional referida en el artículo 61 de la LGCG, conforme se dispone en su artículo 62, así como la otra información mencionada en sus artículos 66, 67, 68, 69, 72, 76, 78, 79 y 81.
VI. Obligaciones sobre recursos federales transferidos
a) Incluir en la cuenta pública la relación de las cuentas bancarias productivas específicas en donde se depositaron los recursos federales transferidos (artículo 69 primer párrafo).
b) Observar para la integración de la información financiera relativa a los recursos federales transferidos lo siguiente (artículo 70):
b.1) Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido (fracción I del artículo 70).
b.2) Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda "Operado" o como se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo (fracción II del artículo 70).
b.3) Realizar en términos de la normativa que emita el consejo, el registro contable, presupuestario y patrimonial de las operaciones realizadas con los recursos federales conforme a los momentos contables y clasificadores de programas y fuentes de financiamiento (fracción III del artículo 70).
b.4) Concentrar en un solo apartado todas las obligaciones de garantía o pago causante de deuda pública u otros pasivos (fracción IV del artículo 70).
c) Informar de forma pormenorizada el avance físico de las obras y acciones respectivas y, en su caso, la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquellos erogados, así como las evaluaciones realizadas (artículo 71, conforme a los Lineamientos sobre los indicadores para medir los avances físicos y financieros relacionados con los recursos públicos federales publicados en el POE).
d) Remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de las entidades federativas, a través del sistema de información la relativa al grado de avance en el ejercicio y destino de los recursos federales transferidos, de los recursos aplicados conforme a reglas de operación y de los proyectos, metas y resultados obtenidos con los recursos aplicados (artículo 72, en relación con el 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria)
Normativa
Respuesta
Del Ente Público
"Se informa que el sistema, para llevar el control referido en la LGCG y la normatividad emitida por el CONAC, será implementado en este año, para cumplir con la normativa señala, esperando con esto evitar futuras faltas al respecto. Cabe señalar que el costo de los sistemas que cumplen en su mayoría con lo requerido, es elevado y los recursos municipales son escasos por tal motivo se ha demorado el instituirlo, sin embargo conforme a lo señalado anteriormente, se buscara la forma para lograr su implementación."
Del Titular del Ente Público en el período del 1 de enero al 30 de octubre de 2015
"Se informa que el sistema, para llevar el control referido en la LGCG y la normatividad emitida por el CONAC, fue muy complicado implementarlo debido a que el costo de los sistemas que cumplen en su mayoría con lo requerido, es elevado y los recursos municipales son escasos. Así mismo comento, que durante todo el tiempo llevamos el sistema denominado Nemotek, cumpliendo en parte con la normativa."
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
Se analizó la aclaración presentada por el Ente Público y el Extitular, la cual no solventa la observación de aspecto normativo debido a que el sistema con el que se cuenta en la actualidad no cumple con la normatividad aplicable y la problemática que se menciona del costo del sistema contable no desvirtúa el incumplimiento a los fundamentos señalados en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la normatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac).
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. INGRESOS
PRODUCTOS
Arrendamiento o explotación de bienes muebles e inmuebles
2. Se registró póliza de diario 2015120067 de fecha 30 de diciembre de 2015 por valor de $59,438.03 por concepto de renta de espacio Municipal para Antena, no localizando documentación soporte que ampare el ingreso ni el contrato de arrendamiento en el que se establezcan los derechos y obligaciones de ambas partes, incumpliendo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.
Normativa
Respuesta
Del Ente Público
"A este respecto se informa que dichos ingresos registrados provienen de depósitos detectados en las cuentas bancarias y que aparecen en las conciliaciones, y al detectarse su procedencia se tomo la decisión de incluirlos como se detallo en la póliza referida, esto para trasparentar la Cuenta Pública, evitando saldos en conciliaciones no reportados, así mismo informo que el contrato alusivo al mismo ingreso fue solicitado mediante correo electrónico y estamos en espera de que sea enviado por la empresa denominada American Tower. Mismo que se hará llegar al ser recibido por alcance al presente documento."
Del Titular del Ente Público en el período del 1 de enero al 30 de octubre de 2015
"A este respecto se informa que dichos ingresos fueron registrados en fechas fuera de mi administración, sin embargo provienen de depósitos detectados en las cuentas bancarias y que aparecen en las conciliaciones, así mismo informo que el contrato alusivo al mismo
ingreso no fue localizado ya que el mismo data, desde el año 2008 a favor de American Tower y no fue entregado por parte de la administración anterior."
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
Se analizó la aclaración presentada por el Ente Público y el Extitular, la cual no solventa la observación de aspecto normativo ya que sólo se aclara que se registraron por ser depósitos en conciliación y que el contrato es con la empresa denominada American Tower y que fue requerido por correo electrónico sin anexar evidencia de lo manifestado y que al recibirlo lo harán llegar sin adjuntarlo.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. EGRESOS
GENERAL
3. Durante el proceso de la auditoría no se localizó el padrón de proveedores, incumpliendo con el artículo 24 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y con lo establecido en el artículo 22 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, situación que igualmente fue observada en el ejercicio anterior.
Normativa
Respuesta
Del Ente Público
"Se informa que lo mencionado si fue entregado a los auditores encargados de la revisión, el cual a sugerencia de ellos mismos se complementara con datos para su mayor claridad y cubrir así con lo requerido en los artículos de la Ley y Reglamento de Adquisiciones, arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León. (Se anexa copia del mismo)."
Del Titular del Ente Público en el período del 1 de enero al 30 de octubre de 2015
"Se informa que el padrón de proveedores mencionado, se encuentra en la base de datos del sistema utilizado mismo que se denomina Nemotek, el cual se anexa CD con la integración del mismo."
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
Se analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada por el Ente Público y el Extitular, la cual no solventa la observación de aspecto normativo debido a que no se cuenta con un padrón de proveedores solo se anexa por parte del Extitular un archivo en Excel que emite el sistema Nemotek que es un reporte de beneficiarios, con los datos de nombre y en algunos casos la dirección y el Ente Público anexa un catálogo de proveedores con los datos de razón social, domicilio fiscal, R.F.C., servicio y teléfono el cual se validará en la siguiente revisión.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. General
4. Se detectaron erogaciones por $31,782.40 afectando a diversos capítulos y objeto del gasto de los cuales no se localizaron ni se exhibieron sus respectivas pólizas de cheque, ni la documentación comprobatoria en justificación de lo erogado que evidencie la correcta aplicación de los recursos en actividades propias de la función municipal, incumpliendo con lo establecido en los artículos 15 y 16 fracción 1 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 86 quinto párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las cuales se detallan a continuación:
Fecha Cheque Beneficiario Importe
18-feb-15 6009 Yessenia Alejandra Muñiz Reyna $ 10,022.40
08-jul-15 6529 Rodolfo López Gomez 2,500.00
13-jul-15 6544 Colegio de Estudios Centificos y Tecnologicos del Estado de
NL 15,960.00
02-sep-15 6782 Claudia Luz Martínez Cruz 3,300.00
Total $ 31,782.40
Económica - Monto no solventado $1,578
Respuesta
Del Ente Público
"Se informa que las facturas mencionadas, no corresponden a las fechas del periodo en el cual presido, sin embargo se toma la observación para girar las instrucciones necesarias para evitar las faltas cometidas."
Del Titular del Ente Público en el período del 1 de enero al 30 de octubre de 2015
"A este punto se informa lo siguiente:
Cheque 6009: Se entrega copia de cheque girado, edo. De cuenta del cobro del cheque mencionado y facturas correspondientes.
Cheque 6529: Se informa que corresponde a un apoyo para el pago de un mariachi para la escuela CECYTE Plantel Marín mismo que fue conseguido por ellos mismos, para los graduados de la generación correspondiente al ciclo escolar de ese año, se anexa oficio por parte del plantel.
Cheque 6544: Se anexa factura correspondiente a dicho apoyo.
Cheque 6782: Se informa que la persona es la titular de la Misión No. 7, y dicho apoyo fue para un programa, se anexan copias de facturas correspondientes."
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
Se analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada por el Ente Público y el Extitular, la cual solventa parcialmente la observación de aspecto económico por $30,204.80 faltando por solventar el importe de $1,577.60 derivado del análisis siguiente:
Se anexó el cheque 6009 del 18 de febrero de 2015 por $10,022.40, estado de cuenta donde se refleja el cobro y facturas que ascienden a un monto de $8,444.80 por concepto de compra de artículos deportivos las cuales se detallan a continuación:
Fecha Factura Importe
01/12/2014 1516 $ 1,716.80
05/12/2014 1519 3,828.00
21/11/2014 1505 1,508.00
01/12/2014 1515 1,392.00
Total $ 8,444.80
Faltando documentación comprobatoria por $1,577.60
Referente al cheque 6529 por $2,500.00 se informó que corresponde a un apoyo para el pago de un mariachi para la escuela CECYTE Plantel Marín en la graduación, anexando oficio membretado por parte del CECYTE en donde agradece el apoyo.
Así mismo del cheque 6544 por $15,960.00 se anexa factura con el folio 213 del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Nuevo León por concepto de donativo por la certificación de Microsoft plantel Marín.
Así como también del cheque 6782 por $3,300.00 se informó que la persona es la titular de la Misión No. 7 y que dicho apoyo fue para un programa, anexando las facturas.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s) Pliego Presuntivos de Responsabilidades.
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
5. Se registraron erogaciones por $192,945.34 afectando a diversos capítulos y objetos del gasto observando que la documentación comprobatoria por $134,470.89 no reúne los requisitos exigidos en las disposiciones fiscales aplicables, incumpliendo con lo establecido en el artículo 16 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 86 quinto párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; las cuales se detallan a continuación:
Fecha Cheque Beneficiario Concepto Importe
del cheque observadoImporte Cuenta
04-feb-15 5949 Lourdes Aracely
Bañuelos Adame Consumos alimentos alpersonal $ 3,064.00 $ 3,064.00 Consumos alimentos apersonal del Municipio 19-mar-15 6104 Melissa Aide Guizar
Balleza Gasolina y variascuentas 34,929.94 10,875.39 Varias Cuentas 20-feb-15 6025 Alejandro Cesar Ochoa
García Consumo de alimentosde personal 4,947.50 4,947.50 Varias cuentas 24-mar-15 6126 Lourdes Aracely
Bañuelos Adame Consumo de alimentosal personal y varios 6,100.00 6,100.00 Varias cuentas 15-abr-15 6173 Lourdes Aracely
Bañuelos Adame Apoyos en alimentosen eventos deportivos y gastos cafetería
5,257.00 5,257.00 Varias cuentas
17-abr-15 6186 Alejandro Cesar Ochoa
García Pago de apoyos enalimentación en eventos deportivos y varios
6,262.50 6,262.50 Varias cuentas
25-may-15 6361 Lourdes Aracely
Bañuelos Adame Consumo de alimentosal personal y apoyos en eventos deportivos
12,137.00 12,137.00 Varias cuentas
29-may-15 6376 Melissa Aide Guizar
Balleza Renta sala de cómputo,Reja Sala de Cultura, Manguera, Gasolina, Despensa, Arbitrajes
34,954.90 11,995.00 Varias cuentas
18-jun-15 6447 Lourdes Aracely
Bañuelos Adame Alimentos en eventosdeportivos y consumos de alimentos al personal
8,085.00 6,567.00 Varias cuentas
05-ago-15 6662 Lourdes Aracely
Bañuelos Adame Consumo alimentos alpersonal y apoyos en alimentos en eventos deportivos
11,893.00 10,905.00 Varias cuentas
04-sep-15 6793 Lourdes Aracely
Bañuelos Adame Apoyos en alimentaciónen eventos deportivos, gastos cafetería
Fecha Cheque Beneficiario Concepto Importe
del cheque observadoImporte Cuenta 11-sep-15 6843 Rosa María Flores
Lozano Tamales para el 15 deseptiembre día de la Independencia
14,560.00 14,560.00 Atención a comunidades
17-sep-15 6866 Alejandro Cesar Ochoa
García Apoyos en alimentosen eventos deportivos, consumos de alimentos al personal
10,885.50 10,885.50 Varias cuentas
06-oct-15 6963 Alejandro Cesar Ochoa
García Apoyos en alimentaciónen eventos deportivos 2,935.00 2,935.00 Apoyos en alimentación eneventos deportivos 12-oct-15 6980 Lourdes Aracely
Bañuelos Adame Consumo alimentos alpersonal y apoyos en alimentación de eventos deportivos
8,439.00 5,713.00 Varias cuentas
22-oct-15 7030 Lourdes Aracely
Bañuelos Adame Apoyo en alimentaciónen eventos deportivos y consumo de alimentos al personal
3,320.00 2,108.00 Varias cuentas
28-oct-15 7073 Alejandro Cesar Ochoa
García Apoyo en alimentaciónen eventos deportivos y comedor económico
6,711.00 6,669.00 Varias cuentas
28-oct-15 7074 Lourdes Aracely
Bañuelos Adame Consumo de alimentosal personal 4,844.00 1,002.00 Consumo de alimentos alpersonal 21-dic-15 7205 Lourdes Aracely
Bañuelos Adame Consumo de alimentosal personal y apoyos alim en eventos deportivos 3,979.00 3,979.00 Varias cuentas Total $ 192,945.34 $ 134,470.89 Normativa Respuesta
Del Ente Público
"Se informa que el monto correspondiente al cheque No. 7205, es de un negocio pequeño el cual no contaba con facturas sin embargo se le requirió su regularización por lo que se le solicito la factura que ampare las notas de dicho pago. (Se anexa copia de la misma)."
Del Titular del Ente Público en el período del 1 de enero al 30 de octubre de 2015
"Se informa que las personas mencionadas corresponden a negocios pequeños establecidos en el municipio, los cuales no cuentan con comprobantes fiscales (facturas). Y considerando que el monto que se realizan las compras no era redituable trasladarse a Apodaca a realizar las mismas, dado que sería más costoso los productos debido al traslado. Así mismo se sugirió a todos los pequeños propietarios de negocios realizaran su alta o regularización ante la SHCP, con el fin de evitar esta observación."
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
Se analizó la aclaración y se examinó la documentación presentada por el Ente Público y el Extitular, la cual no solventa la observación de aspecto normativo debido a que no se adjunto la documentación comprobatoria que reúna los requisitos fiscales exigidos en las disposiciones fiscales aplicables, aunque el Ente Publico anexo del cheque 7205 por $3,979.00 la factura con requisitos fiscales del proveedor la C. Lourdes Aracely Bañuelos