1. En fecha 1 de enero de 2009, entró en vigor la Ley General de Contabilidad Gubernamental
(en adelante LGCG), la cual, en su numeral 1, tiene por objeto establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización; refiriendo además que es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los estados, los ayuntamientos de los municipios, las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales y los órganos autónomos federales y estatales.
Al efecto, cabe precisar que conforme al régimen transitorio del decreto por el que se expidió la LGCG, se determinó que el sistema de contabilidad que regula, se sujetaría a un proceso gradual para su implementación, al respecto, y con la finalidad de esclarecer las fechas límite para el cumplimiento del citado proceso, el Consejo Nacional de Armonización Contable (en adelante Conac), emitió el Acuerdo de Interpretación Sobre las Obligaciones Establecidas en los Artículos Transitorios de la LGCG.
El 12 de noviembre de 2012 y 9 de diciembre de 2013, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, decretos de reforma a la LGCG, los cuales entraron en vigor el primer día del año siguiente al de su publicación; no obstante ello, se dispuso en sus preceptos transitorios diversas fechas para que los entes públicos cumplieran las exigencias previstas en los preceptos adicionados o modificados.
En el 2013 el Conac, decidió establecer nuevos plazos para cumplir con lo señalado en los artículos cuarto transitorio, fracción III, y séptimo transitorio del referido decreto, según consta en el Acuerdo 1 aprobado por dicho Consejo, en su reunión del 3 de mayo de 2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 16 de mayo de 2013, en su primera sección; así como en el Acuerdo por el que se determina la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Conac, publicado el 8 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación.
Considerando los acuerdos y disposiciones transitorias antes referidas, se revisó la observancia de la LGCG, advirtiéndose incumplimientos por parte del ente público, a las
obligaciones que diversos preceptos de la referida Ley le imponen, acorde con lo que se enuncia a continuación:
I.Registro y control patrimonial de los activos fijos
a) Elaborar un registro auxiliar sujeto a inventario de los bienes muebles o inmuebles bajo su custodia que, por su naturaleza, sean inalienables e imprescriptibles, como lo son los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos (artículo 25).
b) Llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes muebles e inmuebles, publicarlo en internet; además registrar en un plazo de 30 días hábiles los bienes que se adquieran (artículos 23 y 27).
II.Registro contable de las operaciones
a) Realizar los registros contables con base acumulativa, el gasto conforme a su fecha de realización y el ingreso cuando exista jurídicamente derecho de cobro (artículo 34).
b) Realizar los registros en las etapas del presupuesto de egresos en aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado y del ingreso en estimado, modificado, devengado y recaudado (artículo 38).
c) Respaldar la contabilización de las operaciones presupuestarias y contables con la documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen (artículo 42 primer párrafo).
III.Disposición de la Información financiera
a) Incluir en la cuenta pública la relación de los bienes que componen su patrimonio (artículo 23 último párrafo).
IV.Obligaciones sobre recursos federales transferidos
a) Incluir en la cuenta pública la relación de las cuentas bancarias productivas específicas en donde se depositaron los recursos federales transferidos (artículo 69). b) Observar para la integración de la información financiera relativa a los recursos
1) Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda "Operado" o como se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo.
Normativa
Respuesta
En respuesta al Derecho de Audiencia enviado en oficio ASENL-AEGE-D3-PE01-1875/2014 del 26 de septiembre de 2014, comenta el C. Dr. Gustavo Juan Alarcón Martínez, Contralor General de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, en el oficio número CTG- DCASC-664/2014 del 27 de octubre de 2014, lo siguiente:
l. Registro y control patrimonial de los activos fijos
a) El plan de cuentas implementado contempla un registro auxiliar sujeto a inventario de los bienes artísticos, culturales y científico (No. de cuenta 124715301). Referente a los monumentos arqueológicos, aún no se cuenta con un detalle en contabilidad por dicho concepto, sin embargo, actualmente la Dirección de Patrimonio, responsable de determinar el patrimonio cultural del Estado está llevando a cabo las labores necesarias para el reconocimiento y control de dichos activos.
b) Actualmente la Dirección de Patrimonio efectúa el levantamiento físico del inventario de los bienes muebles e inmuebles del Gobierno del Estado, una vez concluida dicha labor el detalle del inventario podrá ser publicado en internet. Hoy en día la adquisición de bienes sujetos a inventario son registrados en un plazo no mayor a 30 días hábiles.
Es importante mencionar que según el acuerdo emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable publicado el 16 de mayo de 2013 en lo que respecta a la meta de "Realizar los registros contables con base en las reglas de Registro y Valoración del Patrimonio", se amplía el plazo al 31 de diciembre de 2014.
II. Registro contable de las operaciones
a) Actualmente los registros contables de las operaciones correspondientes al gasto son en base acumulativa conforme a la fecha en que se realizan. Los ingresos se registran cuando exista jurídicamente el derecho de cobro o bien cuando se lleve a cabo la percepción del recurso, según corresponda, de acuerdo a lo publicado y aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable el 8 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación.
b) Actualmente los registros se llevan a cabo de acuerdo a las etapas del presupuesto de egresos e ingresos según corresponda.
c) La contabilización de las operaciones presupuestales y contables se amparan con la documentación original que comprueba y justifica lo registros que se efectúan. III. Disposición de la Información Financiera
a) Actualmente la Dirección de Patrimonio está llevando a cabo un inventario físico para estar en condiciones de incluir en la cuenta pública la totalidad de bienes que componen el Patrimonio del Gobierno del Estado.
IV. Obligaciones sobre recursos federales transferidos
a) En la cuenta pública se presenta un anexo con el listado de las cuentas bancarias productivas y específicas en las que fueron depositados los recursos federales transferidos a la Entidad.
b) La documentación comprobatoria del egreso no se canceló con la leyenda "Operado", donde se identifique el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo, sin embargo, derivado de su observación se han girado las instrucciones respectivas para tomar las acciones conducentes.
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
De acuerdo con las manifestaciones vertidas por la administración de Gobierno del Estado, esta observación se solventa parcialmente, ya que actualmente la Dirección de Patrimonio está llevando a cabo un inventario físico para estar en condiciones de incluir en la cuenta pública la totalidad de bienes que componen el Patrimonio del Gobierno del Estado.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.
Concluir con el proceso de implementación de todas las disposiciones establecidas por la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la normativa emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable en el sistema existente, que le permita cumplir al 100%.
Se dará seguimiento a esta observación en la Cuenta Pública de 2014.
2. El Consejo Estatal de Armonización Contable del Estado de Nuevo León (CEACNL)
presidido por el C. Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, omitió celebrar las dos sesiones ordinarias señaladas en el acuerdo celebrado el 31 de julio del 2011 que señala en su artículo segundo que será el encargado de coadyuvar a los poderes del estado, los organismos autónomos, los organismos descentralizados y desconcentrados y fideicomisos públicos en el proceso de implementación de los acuerdos aprobados en el
Consejo Nacional de Armonización Contable, en relación con la difusión y aplicación de las normas contables y lineamientos que emita dicho Consejo, con el fin de lograr su adecuada armonización y facilitar los registros y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos, en los términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, incumpliendo con el artículo décimo del citado acuerdo.
Normativa
Respuesta
En respuesta al Derecho de Audiencia enviado en oficio ASENL-AEGE-D3-PE01-1875/2014 del 26 de septiembre de 2014, comenta el C. Dr. Gustavo Juan Alarcón Martínez, Contralor General de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, en el oficio número CTG- DCASC-664/2014 del 27 de octubre de 2014, lo siguiente:
Derivado de su observación se han tomado las medidas conducentes para llevar a cabo a la mayor brevedad posible las Sesiones del CEACNL en los términos establecidos en el Acuerdo que rige el funcionamiento de dicho Consejo.
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
De acuerdo con las manifestaciones vertidas por la administración de Gobierno del Estado, esta observación se solventa parcialmente, ya se que tomaran las medidas necesarias para llevar acabo las sesiones del Consejo Estatal de Armonización Contable del Estado de Nuevo León (CEACNL), este Órgano Técnico Superior de Fiscalización y Control Gubernamental dará seguimiento a esta observación en el ejercicio 2014.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. ACTIVO
Efectivo
Efectivo y Equivalentes de Efectivo Bancos/Tesorería y Otros $923,511
3. Al comparar los saldos de las cuentas de bancos propiedad de la Unidad de Integración
Educativa registradas en Gobierno del Estado, contra las mismas operaciones contables registradas en bancos de la Unidad de Integración Educativa, se determinó una diferencia de $11,513 no aclarada, como se detalla a continuación:
Cuenta bancaria Bancos Saldo según GENL Saldo según UIE Diferencia
651809681 Mercantil del Norte, S. A. $ 16,967 $ 22,390 $ (5,423)
173073335 BBVA Bancomer, S. A. 771 325 446
65501999277 Santander México, S. A. 104 790 (686)
678993916 Mercantil del Norte, S. A. 13 0 13 (1)
651809690 Mercantil del Norte, S. A. (5,355) 508 (5,863)
Total $ 12,500 $ 24,013 $ (11,513)
(1)Cuenta no reconocida por la UIE.
Esta observación ya fue mencionada en la revisión correspondiente al ejercicio 2012.
Control Interno
Respuesta
En respuesta al Derecho de Audiencia enviado en oficio ASENL-AEGE-D3-PE01-1875/2014 del 26 de septiembre de 2014, comenta el C. Dr. Gustavo Juan Alarcón Martínez, Contralor General de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, en el oficio número CTG- DCASC-664/2014 del 27 de octubre de 2014, lo siguiente:
Se llevará a cabo el análisis correspondiente en cada una de las cuentas para definir su correcto registro.
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
De acuerdo con las manifestaciones vertidas por la administración de Gobierno del Estado, esta observación no solventa debido a que el Gobierno del Estado de Nuevo León no justifica la diferencia que existe en las cuentas contables de bancos entre Gobierno del Estado de Nuevo León y la Unidad de Integración Educativa.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.
Recomendamos se elaboren las conciliaciones de las operaciones realizadas entre Gobierno del Estado de Nuevo León y la Unidad de Integración Educativa.
Bancos/Tesorería y Otros, Fondos con Afectación Específica y Depósitos de Fondos de Terceros $3,356,867
4. Observamos 29 cuentas contables registradas en Bancos/Tesorería y Otros; Fondos con
total de $352,645, por lo que requieren de análisis y depuración para ser aclarados, como se presenta a continuación:
Cuenta contable Cuenta bancaria Nombre del bancos Saldo
acreedor 1116000061 885397965 Banco Mercantil del Norte, S. A. $ 129,197
1116000531 890 Banco Mercantil del Norte, S. A. 104,910
1116022031 811387086 IXE Banco FID. 984 41,949
1112000020 51066537 Banco Mercantil del Norte, S. A. 29,760
1112008080 143987213 BBVA Bancomer, S. A. 13,008
1112000200 200895297 Banco Mercantil del Norte, S. A 9,328 1113000090 651809690 Banco Mercantil del Norte, S. A 5,355
1112008020 180209651 BBVA Bancomer, S. A. 4,551
1115008550 184872274 BBVA Bancomer, S. A. 4,039
1112000100 51385136 Banco Mercantil del Norte, S. A 3,168
1112008090 147194684 BBVA Bancomer, S. A. 2,197
1112006040 47570005541 Banco Nacional de México, S. A. 1,428 1112000120 524310375 Banco Mercantil del Norte, S. A 1,324
1113002010 16000000247 Banco Santander México, S. A. 741
1112010050 101116328 Banca Afirme, S. A. 395
1112006010 1170096181 Banco Nacional de México, S. A. 315
1116022021 811379821 IXE Banco FID. 984 232
1112010060 101121305 Banca Afirme, S. A. 161
1112010100 103118328 Banca Afirme, S. A. 160
1116046010 Fid. 948 Invex, S.A. 106
1112002020 52160003425 Banco Santander México, S. A. 96
1113000030 569696388 Banco Mercantil del Norte, S. A 96
1115010320 103117097 Banca Afirme, S. A. 55
1112010040 101110095 Banca Afirme, S. A. 52
1116000101 878429242 Banco Mercantil del Norte, S. A. 8
1116000501 890771019 Banco Mercantil del Norte, S. A. 6
1116000521 890770991 Banco Mercantil del Norte, S. A. 6
1116046021 Fid. 1346 Invex, S.A. 1
1116046021 890770982 Banco Mercantil del Norte, S. A. 1
Total $ 352,645
Esta observación ya fue mencionada en la revisión correspondiente al ejercicio 2012.
Respuesta
En respuesta al Derecho de Audiencia enviado en oficio ASENL-AEGE-D3-PE01-1875/2014 del 26 de septiembre de 2014, comenta el C. Dr. Gustavo Juan Alarcón Martínez, Contralor General de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, en el oficio número CTG- DCASC-664/2014 del 27 de octubre de 2014, lo siguiente:
El saldo de naturaleza contraria se debe a un desfase en el registro del ingreso. La Dirección de Administración Financiera lleva a cabo disposiciones de efectivo depositado y reflejado en las cuentas bancarias para cubrir necesidades pero dichos depósitos no son aún registrados en contabilidad, lo cual ocasiona el saldo negativo en las cuentas de bancos.
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
De acuerdo con las manifestaciones vertidas por la administración de Gobierno del Estado, esta observación se solventa parcialmente, debido a que no se establece ningún procedimiento para que los ingresos se registren en la contabilidad oportunamente y así evitar que las cuentas contables de bancos presenten saldos contrarios a su naturaleza deudora.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.
Se recomienda que se establezca un procedimiento de registro contable de los ingresos en las cuentas de bancos con la finalidad de que estas presenten los saldos en forma correcta.
Bancos/Tesorería y Otros, Inversiones Temporales (hasta 3 meses), Fondos con Afectación específica, Depósitos de Fondos de Terceros $4,859,077
5. Al revisar las conciliaciones bancarias de 357 cuentas, observamos 94,208 partidas en conciliación no correspondidas con antigüedad superior a tres meses, incumpliendo con lo establecido en el artículo 34 y 35 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental,48 segundo párrafo de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León. La antigüedad en días y en importes en miles de pesos es la siguiente:
Antigüedad en días Cargos del banco Créditos del banco Cargos nuestros Créditos nuestros 91 - 120 $ 11,681 $ (5,142) $ 159 $ (12,701) 121 - 150 18,318 (4,575) 13,214 (22,768) 151 - 180 15,463 (3,361) (1,085) (21,779)
Antigüedad en días Cargos del banco Créditos del banco Cargos nuestros Créditos nuestros 181 - 210 19,616 (5,921) 712 310,242 211 - 240 7,850 (14,097) 13,224 (18,337) 241 - 270 15,470 (2,234) 3,466 (6,089) 271 - 300 48,856 (1,140) 0 (23,300) 301 - 330 22,380 (2,391) 0 (16,271) 331 - 360 14,329 (7,350) 1,253 (18,547) 361 - 457 232,530 (17,740) 42,605 (149,633) Total $ 406,493 $ (63,951) $ 73,548 $ 20,817
La antigüedad en días en cantidad de partidas es la siguiente:
Normativa
Respuesta
En respuesta al Derecho de Audiencia enviado en oficio ASENL-AEGE-D3-PE01-1875/2014 del 26 de septiembre de 2014, comenta el C. Dr. Gustavo Juan Alarcón Martínez, Contralor General de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, en el oficio número CTG- DCASC-664/2014 del 27 de octubre de 2014, lo siguiente:
Se compensaron 74 mil partidas de las 94 mil que fueron observadas mismas que fueron conciliadas del 1 de enero al 7 de octubre de 2014, por lo que respecta a las partidas pendientes de conciliar se sigue llevando a cabo un trabajo de análisis y seguimiento para su respectiva conciliación.
En el Anexo 7 se adjunta disco compacto con soporte relacionado con esta observación.
De acuerdo con las manifestaciones vertidas por la administración de Gobierno del Estado, esta observación se solventa parcialmente ya que al 7 de octubre de 2014 se compensaron 74 mil partidas quedando pendientes de conciliar 20,208, además se esta llevando acabo un análisis y seguimiento para poder compensar las partidas restantes.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Cuentas por Cobrar
Bienes o Servicios a Recibir
Anticipos a Proveedores por Adquisición de Bienes y Prestación de Servicios a Corto Plazo $75,308
6. En esta cuenta se registran los anticipos otorgados a Dependencias, Organismos, funcionarios y proveedores, observando que incluye partidas con antigüedad de 90 días hasta un año por $16,529, además se observa requiere de depuración ya que presenta partidas con saldo negativo, lo cual es contrario a su naturaleza, incumpliendo con los artículos 34 y 35 de la Ley general de Contabilidad Gubernamental y 48 segundo párrafo de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.
A continuación se presenta la integración de los saldos con antigüedad:
No. de deudor
Nombre Dic-12 Ene-
mzo 13
Abr-jun 13 Jul-sept 13 Importe
9879 Comisión Federal de Electricidad $ - $ 9,833 $ - $ - $ 9,833
17315 Mayoreo de Plumas, S. A. de C. V. 1,995 1,995
17621 Instituto de Control Vehicular 13,585 (31,190) 24,026 6,421
52006 Secretaria del Trabajo 491 984 1,475
52020 Patronato Cruz Verde Monterrey, A. C. 600 600 1,200
52034 H. Tribunal Superior de Justicia 218 218
52037 S.D.N. Dirección General 1,432 1,432
70798 Sedena - Dir. Gral. Fcas. Vest 1,618 1,618
70860 María de los Ángeles Garza Benavides 15 15
71014 Fernando José de Silva Garza (91) 50 46 5
71689 Eduardo Barenque Villela (9,530) (9,530)
8810331 Dggar Servicios, S. A. de C. V. 1,078 1,078
90000080 Aeropuertos y Servicios Auxiliares 479 479
90057172 Isssteleon 80 67 140 287
90057461 Lorena Torres Vázquez 3 3
Total $ 3,964 $ (18,803) $ 3,062 $ 28,306 $ 16,529
Respuesta
En respuesta al Derecho de Audiencia enviado en oficio ASENL-AEGE-D3-PE01-1875/2014 del 26 de septiembre de 2014, comenta el C. Dr. Gustavo Juan Alarcón Martínez, Contralor General de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, en el oficio número CTG- DCASC-664/2014 del 27 de octubre de 2014, lo siguiente:
En el anexo 9 se adjunta oficio No DCP-038/2014 enviado por la Dirección de presupuesto y control presupuestal de la Secretaria de Finanzas y Tesoreria General del Estado con la finalidad de atender esta observación.
En alcance al oficio DPCP-035/2014 de fecha 21 de octubre del presente, me permito enviar las respuestas a las observaciones No. 9, l0, 14 Y 76, mismas que son de nuestra competencia.
. Observación 9 :
Con referencia a los anticipos otorgados a las diversas Dependencias, Organismos, Funcionarios y Proveedores, y de acuerdo a sus observaciones, me permito señalar que se está analizando y depurando la relación de anticipos en coordinación con las diferentes áreas de esta Secretaría involucradas en este proceso, para que en el corto plazo, esta observación quede subsanada. En tal sentido, el análisis realizado a las partidas con saldos negativos, han permitido su reclasificación, presentando actualmente un saldo positivo. En el caso de Eduardo Barenque Villela, el monto señalado por (9,530), ya fue reclasificado contablemente en la cuenta que le corresponde (se adjunta copia de reclasificación contable realizada en el Sistema).
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
De acuerdo con las manifestaciones vertidas por la administración de Gobierno del Estado, esta observación se solventa parcialmente ya que únicamente anexan corrección del saldo negativo a nombre de Eduardo Barenque Villela por un importe de ($9,530) y del resto de los saldos sigue en proceso de análisis y depuración.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Deudores Diversos
Deudores Diversos Otros $1,783
7. Esta cuenta incluye $400 para fondo fijo utilizado por la Unidad de Integración Educativa, amparado con la Orden de Pago 659953 de fecha 4 de febrero del 2011, observando que
en la contabilidad de la Unidad de Integración Educativa al 31 de diciembre de 2013, no se tiene registrado este Fondo ni la cuenta por pagar a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.
Esta situación ya fue mencionada en el ejercicio 2012 y no ha sido aclarada.
Control Interno
Respuesta
En respuesta al Derecho de Audiencia enviado en oficio ASENL-AEGE-D3-PE01-1875/2014 del 26 de septiembre de 2014, comenta el C. Dr. Gustavo Juan Alarcón Martínez, Contralor General de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, en el oficio número CTG- DCASC-664/2014 del 27 de octubre de 2014, lo siguiente:
En el Anexo 17 se adjunta oficio No.DPCP-035/2014 enviado por de la Dirección de Presupuesto y Control Presupuestal de la Secretaria de Finanzas y Tesorería General del Estado con la finalidad de atender esta observación.
Observación 17:
Al respecto, es importante precisar que dicho Fondo de Caja Chica, en nuestros registros esta contabilizado con fecha 10 de febrero de 2011 y se cuenta con la documentación respectiva consistente en Póliza, Orden de Pago y el Compromiso de Adeudo ( se anexa copia).
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
De acuerdo con las manifestaciones vertidas por la administración de Gobierno del Estado, esta observación no se solventa, debido a que no se presenta ningún documento soporte que aclare la situación actual ya que en los registros de la Unidad de Integración Educativa este importe no esta registrado.