2. OBJETIVO, ÁMBITO Y METODOLOGÍA
3.3. FORMAS DE GESTIÓN SU EFICACIA
3.3.4. LA GESTIÓN INSPECTORA
1. Comprobación de datos estadísticos.
La actividad inspectora se encuentra centralizada en Mérida, dentro del Servicio de Inspección Fiscal. La información del presente apartado y de los cuadros 92 a 115 del anexo estadístico se corresponde con los datos existentes en la aplicación de inspección (Aplicación de Seguimiento de expedientes de inspección) y algunos registros propios. Los datos resultaron de conformidad, aunque durante la visita de inspección se ajustaron algunos de los datos facilitados inicialmente en los estados informativos. La aplicación informática permite un seguimiento integral de las actuaciones inspectoras y el control de la tramitación de los expedientes y sus plazos, así como la elaboración de diversas estadísticas. Dicha aplicación es autónoma, no está integrada con el resto de aplicaciones de gestión y contables, salvo con la aplicación de Recaudación y Notificaciones. No está prevista la integración dentro de DEHESA.
De acuerdo con las instrucciones para la elaboración de los estados informativos, no se consideran como actas los expedientes sancionadores, incluyéndose en el importe de éstos la reducción del 30% prevista en los supuestos de conformidad y del 25% si concurren las circunstancias previstas en el artículo 188 de la LGT.
2. Análisis de las actas instruidas en el ejercicio.
ACTAS DE INSPECCIÓN INSTRUIDAS
NÚMERO IMPORTE 2013 2014 2013 2014 PATRIMONIO 0 1 0 3 SUCESIONES 872 796 6.694 5.790 TRANSMISIONES 16 7 389 418 JUEGO 0 0 0 0 TOTAL 888 804 7.083 6.211
El número de actas instruidas en la comunidad autónoma durante el ejercicio 2014 (cuadro nº 92) ascendió a 804, por un importe total de 6.211 miles de euros. En el año 2013 fueron incoadas 888 actas por un monto total de 7.083 miles de euros, lo que supone un descenso del 9,4% en el número y del 12,3% en la cuota tributaria.
El importe medio alcanzado por el total de las actas instruidas en 2014 (cuadro nº 95), se situó en 8 miles de euros, igual al alcanzado en el año anterior.
Por conceptos, en cuanto a los resultados de la actuación inspectora cabe destacar los siguientes:
En el concepto IP, se ha incoado un acta por valor de 3 miles de euros, frente a ninguna del ejercicio anterior.
En el caso del ISD se ha producido un decremento, tanto en el número (8,7%), como en el importe (13,5%), sin embargo, constituye la práctica totalidad de la actividad inspectora centrada en la comprobación de herencias no declaradas.
En cuanto al ITP se observa una disminución en el número (56,2%) pero un incremento en el importe (7,4%). Sólo se han levantado 7 actas, aunque se han revisado 1.210 hechos imponibles con beneficios fiscales.
No se han incoado actas por los Tributos sobre el Juego.
Por modelos de acta, fueron incoadas 712 actas de conformidad con una deuda tributaria de 4.544 miles de euros y 92 de disconformidad por valor de 1.667 miles de euros. Las actas de conformidad significaron el 73,1% de la deuda tributaria y las de disconformidad el 26,9%.
Durante el ejercicio no se instruyeron en el ámbito de la comunidad autónoma actas con acuerdo de las reguladas en el artículo 155 de la LGT.
La actividad inspectora desarrollada por los servicios de inspección de la AEAT en relación con el impuesto sobre el patrimonio (cuadro nº 94), se materializó en 2 actas de conformidad, con una deuda total de 23 miles de euros. Estos datos suponen el 67% de las actas y el 88,4% de la deuda descubierta por este concepto tributario.
No se han realizado actuaciones de comprobación limitada por el área de Inspección de la CAE.
3. Análisis de las actas liquidadas.
De las 842 actas susceptibles de liquidación, (cuadro nº 101), 806 instruidas en el ejercicio y 36 pendientes a 1 de enero; fueron resueltas 818, quedando 24 pendientes a fecha fin de ejercicio. El índice de actividad se situó en el 97,1% y la demora en 0,4 meses, (96,1% y 0,5 meses en 2013), no apreciándose la existencia de incidencias de relieve en el proceso de liquidación.
Respecto a las 818 actas liquidadas, 809 fueron confirmadas y 9 anuladas debido a que se interpusieron recursos de reposición, se estimaron total o parcialmente los mismos y se anularon las liquidaciones.
No se han registrado prescripciones de las actuaciones inspectoras.
4. Ratios de actividad inspectora.
Los efectivos dedicados a actividad inspectora, el personal dedicado a la inspección activa calculados convencionalmente según “inspectores normalizados” (inspectores = 1; subinspectores = 0,75) y éstos en función de los meses en los que actuaron en el año, resultaron un total de 7,1 Inspectores normalizados para el conjunto de la comunidad, igual número que en el ejercicio anterior.
RATIOS DE ACTIVIDAD INSPECTORA POR INSPECTOR NORMALIZADO
2013 2014
NÚMERO IMPORTE NÚMERO IMPORTE
Mérida 125,1 997,6 113,2 874,8
TOTAL 125,1 997,6 113,2 874,8
El número de actas por Inspector normalizado en 2014 (cuadro nº 93) fue de 113,2 por un importe de 874,8 miles de euros, lo que supone una disminución tanto en el número de actas (125,1 en 2013) como en el importe de dicho año 2013 (997,6 miles de euros). Los datos correspondientes a la CAE en 2014 superan el índice medio de las CCAA en 2013 respecto al número de actas (70,1 actas), pero es notablemente inferior en cuanto al importe (2.826 miles de euros).
5. Planes de Inspección: cumplimiento de objetivos.
En virtud de Resolución de 3 de marzo de 2014, de la Dirección General de Financiación Autonómica, se publicaron los criterios que informaban el Plan de Control Tributario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Diario Oficial de Extremadura (DOE) n° 59.
Este plan, que sigue la misma línea establecida en ejercicios anteriores, está integrado por los planes parciales de cada una de las áreas que tienen asociadas funciones de control de las obligaciones tributarias y que son: Inspección, Valoraciones, Gestión Tributaria y Recaudación.
El plan no presenta novedades relevantes, que posteriormente hayan podido ser aplicadas.
El plan no engloba objetivos cuantitativos, sin embargo es objeto de un informe de cumplimiento, que aporta datos cuantitativos de forma exhaustiva. De análisis de los mismos, se sigue que del amplio abanico de objetivos propuestos, la actuación se ha centrado en la comprobación de herencias no declaradas y en los beneficios fiscales del ITPAJD.
6. Instrumentos inspectores.
El informe del Servicio de Inspección Fiscal sobre la ejecución del Plan Parcial de Inspección Tributaria, del Plan de Control Tributario, de fecha 24 de marzo de 2015, aporta una información detallada sobre los instrumentos inspectores empleados en el ejercicio 2014.
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO.
Se han iniciado 12 expedientes en relación con este concepto (05), derivados de solicitudes de rectificación de autoliquidaciones presentadas respecto de ejercicios no prescritos, incoándose por la inspección de la DGTE un único acta.
IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS.
Las inspecciones realizadas en 2014 han sido poco numerosas sin perjuicio, de que en selección de contribuyentes se hayan revisado 1.210 hechos imponibles relativos a cumplimiento de los requisitos de exenciones y bonificaciones del artículo 45.1.8.12 del Real Decreto Ley 1/1993 (actos relativos a viviendas de protección oficial, principalmente, adquisiciones de solares para la construcción de aquéllas sobre los mismos); y en el artículo 108 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores; regularización adquisiciones sujetas y exentas de IVA que deben tributar por la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, porque no resultaba procedente la renuncia a la exención del IVA; verificación de los requisitos para la aplicación de los tipos del 3 y 2 por 100 del Decreto Legislativo 1/2006 de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Tributos Cedidos por el Estado, especialmente siempre que resulte aplicable alguna de las exenciones del artículo 20.Uno n°5 20, 21 y 22, y no se haya renunciado a la misma; y del 2 por 100 por la modalidad de AJD aplicable a las escrituras en que sí se produzca la renuncia a la exención anteriormente indicada y, finalmente, no declarantes en particular de concesiones administrativas.
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES.
Se ha procedido a la comprobación de la correcta aplicación de las reducciones en la base imponible invocadas por los interesados en relación con transmisiones lucrativas "ínter vivos" de empresas individuales, negocios profesionales o de participaciones en entidades a los que sea de aplicación la exención del apartado octavo del artículo 4 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del IP.
Sin embargo, el grueso de inspección se ha centrado en los no declarantes del concepto sucesiones del ISD.
La actuación inspectora se centró principalmente en la detección e investigación de herencias causadas en el ejercicio 2010 no declaradas, identificándose por la inspección 5.321 causantes fallecidos cuyos herederos no habían presentado declaración o autoliquidación del impuesto. Del total indicado, por parte de la Inspección se iniciaron actuaciones en relación con 192 herencias, siendo remitidas el resto a las OOGG y OOLL para la incoación de procedimientos de comprobación limitada en relación con los fallecidos que tuvieran su residencia habitual en sus respectivos distritos hipotecarios. Asimismo, y partiendo de la información suministrada por los servicios fiscales, las OOGG y OOLL, procedieron a la comprobación de la correcta aplicación de las reducciones en la base imponible invocadas por los interesados, en especial, las relativas a las transmisiones "mortis causa" de empresas individuales, negocios profesionales o de participaciones en entidades a los que sea de aplicación la exención del apartado octavo del artículo 4 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del IP.
A lo largo del ejercicio 2014, por el concepto (03) Sucesiones, se han iniciado 823 expedientes, incoándose 796 actas, de las cuales 707 fueron de conformidad, y 89 de disconformidad.
Las herramientas de selección de contribuyentes propias de la DGTE son las procedentes de la información facilitadas por las oficinas gestoras y liquidadoras, y las facilitadas por la AEAT están constituidas por el fichero de fallecidos, las Bases de Datos Centralizada (BDC) y el Zújar.
Durante 2014 no se han llevado a cabo actuaciones de Inspección derivadas de la información del Cruce IP.
No se ha detectado ningún problema en el uso de CITRIX para acceder a las bases de datos de la AEAT.
En el ejercicio 2014, la herramienta Zújar-4 se ha utilizado exclusivamente para la selección de contribuyentes por el concepto del ISD. En primer lugar, el listado del total de fallecidos en la CAE en 2010 (facilitado por la aplicación de Defunciones, que se nutre con la información facilitada por la Dirección General de los Registros y del Notariado a la AEAT), se ha cruzado con la relación de todos aquéllos cuyas herencias se declararon o autoliquidaron en las OOGG, Servicios Fiscales y OOLL de distrito hipotecario. El resultado ha sido las herencias del citado año no declaradas.
A continuación, se han obtenido de la herramienta Zújar una serie de listados conforme a los parámetros determinados respecto del total de personas fallecidas.
El resultado se ha cruzado con los listados de herencias no declaradas, obteniendo una relación de aquéllas en las que las posibilidades de que la regularización arrojase una cuota positiva eran mayores.
No ha habido actuaciones en los impuestos sobre el juego.
NÚMERO DE ACTAS INCOADAS EN 2014 POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA COMO CONSECUENCIA DE LA UTILIZACIÓN DE ZÚJAR
CONCEPTO NÚMERO IMPORTE EN MILES
DE EUROS % (*) I. PATRIMONIO - - - I. SUCESIONES y DONACIONES 789 4.916 84,90% ITP y AJD - - - JUEGO - - - TOTAL 789 4.916 79,10%
(*) Porcentaje en importe respecto del total de actas incoadas en cada uno de dichos conceptos por la Comunidad en 2014:
7. Mutua remisión de diligencias de colaboración.
En el ejercicio fueron recibidas un total de 3 diligencias, enviadas en cumplimiento de lo establecido en el artículo 167 del Real Decreto 1.065/2007, de 27 de julio, por las unidades adscritas a la Dependencia de Inspección de la AEAT, igual número que en el ejercicio 2013. Los servicios de inspección de la comunidad no remitieron a la Administración del Estado diligencias de las reguladas en el mencionado artículo, frente a una remitida en 2013. También consta la recepción durante el ejercicio de una diligencia de colaboración procedentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, no habiéndose enviado ninguna por parte de la CAE (cuadro nº 103).
El resultado de las actuaciones realizadas como consecuencia de las diligencias de colaboración recibidas de la AEAT es el que figura en el siguiente cuadro:
NÚMERO DE ACTAS INCOADAS EN 2014 POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA COMO CONSECUENCIA DE DILIGENCIAS DE COLABORACIÓN REMITIDAS POR LA INSPECCIÓN DEL
ESTADO EN 2014 Y EJERCICIOS ANTERIORES
Concepto Número
Importe (en miles de euros)
% (*)
Impuesto sobre patrimonio - - -
Impuesto sobre sucesiones y donaciones - - -
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos
jurídicos documentados 2 92 22,0%
Tributos sobre el juego - - -
TOTAL 2 92 1,48%
(*) Porcentaje en importe respecto del total de actas incoadas en 2014 en cada uno de los conceptos por la comunidad
8. Colaboración en materia inspectora con la AEAT.
Entre la CAE y al AEAT existe un voluminosos intercambio de información tributaria, principalmente de carácter masivo, y en menor medida de carácter ocasional y concreto, que se analiza en el punto 3.4.3. El suministro mutuo de información no se produce en el marco de un convenio.
La inspección del Estado únicamente ha levantado dos actas por el IP, sin que se hayan originado problemas en su tramitación por la DGTE. Una se entregó a la DGTE en 17 días naturales y otra en 6 días naturales.
9. Gestión de los recursos interpuestos.
Durante el ejercicio 2014 (cuadros nos 104 a 109), fueron interpuestos 35 recursos ante las oficinas técnicas, frente a los 11 entrados en 2013. Del total, 27 correspondían a actuaciones relativas al ISD, 2 al ITPAJD y los 6 restantes a otros aspectos referidos a la aplicación de los tributos cedidos.
La causa fundamental de los recursos la constituye la comprobación de valores y la no aplicación de determinados beneficios tributarios cuya efectividad estuviera condicionada al cumplimiento por el contribuyente de determinados requisitos con posterioridad al devengo.
El índice demora en su resolución se situó en 2,8 meses, incrementándose ligeramente respecto a los datos del ejercicio anterior (2,0 meses).
10. Procedimiento sancionador.
En relación con el procedimiento sancionador, en el año 2014 (cuadros nos 110 a 115), fueron instruidos 743 expedientes sancionadores por importe de 2.217 miles de euros, (respectivamente 721 expedientes por importe de 1.485 miles de euros en 2013), lo que supone un incremento del 3,1% en el número y del 49,3% en el importe. El 99,5% tanto del número como del importe corresponden al impuesto sobre sucesiones y donaciones. Los expedientes sancionadores liquidados durante el ejercicio fueron 745 por un total de 1.306 miles de euros, ninguno de los cuales correspondía a actuaciones inspectoras finalizadas por servicios de inspección de la AEAT en relación con el IP.