4. FORMAS DE GESTIÓN SU EFICACIA
4.2. Gestión tributaria
4.2.1. Impuesto sobre el Patrimonio
La gestión liquidatoria del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) ha supuesto 87 liquidaciones complementarias por un importe de 40 miles de euros.
No se han realizado en 2013 actuaciones sobre posibles no declarantes del IP en el área de Gestión. Es deseable que dentro de los correspondientes PCT se prevean actuaciones comprobatorias en vía de gestión respecto del IP a partir del DATECO IP e información complementaria que pueda facilitar la AEAT o específicamente solicitarse a la misma.
4.2.2. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
En el conjunto de Oficinas se han reducido las entradas (-2,1%) y los despachos han aumentado (3,7%) en consecuencia la demora se sitúa en 10,1 meses frente a los 9,1 meses de 2012 (17,9 meses en OOGG y 2,7 meses en OOLL). Destaca el empeoramiento de la situación de pendencia en las oficinas gestoras, así como el hecho de que no se hagan expedientes sancionadores, presumiblemente por escasez de recursos y como resultado del establecimiento implícito de prioridades.
Con respecto al ejercicio anterior se produce un decremento del 8,8% en los recursos presentados. La relación entre el número de recursos presentados y el de liquidaciones complementarias practicadas alcanza el 21,6% (19,7% en 2012).
Los aspectos más significativos en relación con las actuaciones de revisión de autoliquidaciones en vía de gestión son la ausencia de controles sistemáticos de tipo informático y el hecho de que no se accede en prácticamente ningún caso a las BBDD tributarios de la AEAT para comprobación de bienes y patrimonios.
4.2.3. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
En conjunto, la gestión total de autoliquidaciones del ITPAJD ha incrementado los despachos un 1,6% mientras que las entradas se reducen (-1,8%) por lo que la demora media pasa de 4,7 meses en 2012 a 4,1 meses en 2013 (4,8 meses en OOGG y 2,2 meses en OOLL).
Las liquidaciones complementarias practicadas en 2013 se redujeron en un 10,5% en el número de liquidaciones y en un significativo 28,6% en el importe de la deuda liquidada, destacando negativamente la OG de Zaragoza debido a que desde septiembre de 2013 se cuenta con dos técnicos de gestión menos y los que están se turnan para apoyar en las tareas de asistencia al contribuyente, al igual que ocurre en la gestión del ISD.
Con respecto al ejercicio anterior se produce un decremento del 16,4% en la entrada de recursos. La relación entre el número de recursos presentados y el de liquidaciones complementarias practicadas alcanza el 5,7% (6,1% en 2012), 4,9% en las OOGG y 6,4% en las OOLL.
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Sobre la utilización de las escrituras públicas electrónicas (EPE), no se ha producido un desarrollo reglamentario en relación con su gestión y presentación, sin perjuicio de la existencia de un convenio entre la Diputación General de Aragón (DGA) y el Consejo General del Notariado que hace referencia a la remisión de estas EPE, algo que convendría normalizar, más aun teniendo en cuenta que las únicas que se remiten se refieren a expedientes tramitados directamente a instancias de las notarías exclusivamente. Además, en Aragón no está prevista la remisión de fichas resumen que podrían ser de utilidad para un mayor control automatizado de las autoliquidaciones presentadas y, en su caso, avanzar en la presentación de borradores de declaración generados a partir de los datos contenidos en la declaración informativa notarial, al tiempo que facilitan las labores de control automatizado sobre las autoliquidaciones presentadas.
4.2.4. Tributos sobre el Juego
Se ha mantenido el número de salas operativas de bingo pero ha caído la recaudación un 5,5% y el número de cartones vendidos (-3,4%), continuando así la tendencia descendente de años anteriores.
Las autorizaciones para la explotación de máquinas recreativas han disminuido un 0,2%. Las autoliquidaciones presentadas han supuesto una disminución del 15% en el número y de 19,1% en el importe respecto a 2012. El concepto de apuestas, presenta datos recaudatorios positivos, debido principalmente al incremento de las apuestas deportivas.
La Administración autonómica tenía previsto el desarrollo del denominado Servicio de Respuesta Inmediata para gestionar telemática y conjuntamente las declaraciones de alta y baja de las máquinas y el pago del impuesto, y facilitar la obtención un censo único de máquinas compartido por los dos Departamentos que tienen competencias sobre el juego. No obstante, durante 2013 no se ha producido ningún avance en este proyecto.
4.2.5. El control de las Oficinas Liquidadoras
La importancia de la gestión realizada por dichas Oficinas puede apreciarse si se tiene en cuenta que el 45,0% de las declaraciones del ISD se presentan en las mismas (44,5% en 2012), así como el 23,7% de las relativas a ITPAJD (25,5% en 2012), A su vez, los ingresos recaudados por las OOLL suponen el 19,0% de la recaudación por ISD (23,3% en 2012), el 25,3% del ITP y el 23,0% de AJD (24,2% y 25,2% respectivamente en 2012).
La facultad de coordinación, supervisión e inspección de la gestión realizada por las OOLL es una de las principales herramientas de control establecidas en el convenio suscrito con el Colegio de Registradores.
Una debilidad de control particularmente reseñable es la que ya se reflejó en el Informe de esta Inspección correspondiente al ejercicio de 2012 y que consiste en que las liquidaciones practicadas por las OOLL sólo se registran en la contabilidad de la DGA cuando son ingresadas o cuando son objeto de apremio a través de la aplicación PROA
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del Colegio de Registradores. La existencia de dos sistemas informáticos limita la homogeneidad de actuaciones, la integración de la información y las posibilidades de control.
Se giraron en 2013 por la DGTDGA visitas “ordinarias” a las veinticinco OOLL de Aragón y en las actas correspondientes se reflejan principalmente constataciones de hechos y de datos estadísticos y rara vez valoraciones respecto de la eficacia de la gestión desarrollada o de su regularidad.
4.2.6. Relaciones con otras Comunidades y entre Oficinas Gestoras o Liquidadoras
No se han detectado problemas de relieve en la aplicación de puntos de conexión y las reclamaciones de fondos y expedientes cursadas durante 2013 han sido escasas, en gran parte por la eficacia del cierre registral establecido con carácter general y en la Comunidad de Aragón.
4.2.7. Relaciones con el Tribunal Económico Administrativo Regional
De acuerdo con los datos proporcionados por el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), el plazo medio de remisión por parte de la CAA, de los expedientes sometidos al procedimiento general recibidos en 2013 ha sido de 90 días (105 días en 2012). Se trata de un plazo muy elevado, que se ha reducido en 2013 y es superior al plazo medio de las diversas CCAA (88 días en 2013) y supera de forma notable el plazo de un mes fijado en el art. 235.3 de la Ley General Tributaria (LGT).
El número de reclamaciones económico-administrativas que han tenido entrada en el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) relativas a los tributos cedidos gestionados por la Comunidad se ha visto reducido desde las 759 presentadas en 2012 hasta las 626 del ejercicio 2013.
En un 53,0% de las reclamaciones despachadas en el ejercicio se dictó resolución estimatoria total o parcial (54,5% en el ejercicio precedente). Sobre estos porcentajes de estimación tiene un peso significativo el relativo a las reclamaciones en materia de comprobación de valor (72,9% de las reclamaciones estimadas).
4.3. VALORACIONES
En el conjunto de la Comunidad se experimentó, en comparación con 2012, un descenso del 4,5% respecto al ejercicio anterior en el número de valoraciones realizadas (-22,3% en 2012). El incremento obtenido entre el valor comprobado y el declarado fue del 54,3%. La demora media en el proceso valorador pasa a situarse en 13,6 meses (15,4 meses en 2012).
Se ha observado la existencia de una diferencia importante entre los datos que ofrece la aplicación de gestión tributaria PINETA acerca de los expedientes enviados a comprobación de valor y los datos estadísticos de la aplicación VALI relativos a los expedientes pendientes de valoración. Cabe reseñar el esfuerzo hecho en el servicio de Valoraciones por depurar la cifra de pendientes de valoración en la aplicación VALI hasta
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conciliar con los expedientes reales en la oficina de Zaragoza y no en las de Huesca y Teruel, a las que debe extender la dirección funcional el Jefe de servicio de Valoraciones.
Se ha desarrollado efectivamente el sistema de Precios medios de mercado (PMM) en conjunción con el de Coeficientes multiplicadores del Valor Catastral (CMVC), de forma que se pretende que el sistema de dictamen de peritos sea residual, en cuanto a la frecuencia de su utilización. Se ha realizado un esfuerzo por consolidar un sistema que ofrezca una certidumbre y transparencia suficiente al contribuyente, al tiempo que permita reducir de forma importante la conflictividad existente en la materia, aunque habrá que esperar para ver la incidencia de la aplicación de la nueva estructura de comprobación de valor en dicha conflictividad. Los desarrollos realizados en la aplicación que se presenta en el portal tributario para las consultas de valor son todavía insuficientes para facilitar el acceso a la información por los contribuyentes.
En relación con el procedimiento de “propuesta de liquidación con acuerdo” en los que, como se indicó en el informe de 2012, los acuerdos se producen con posterioridad a la realización del hecho imponible, hay que señalar que se ha utilizado por primera vez en 2013 con escasos resultados prácticos en cuanto a la modificación de las bases, pero resulta, sobretodo, extraña la utilización de esta figura en un año en el que se empieza a consolidar la extensión de los métodos objetivos de valoración.