Capítulo II: Acción colectiva en la comuna de Maca Grande 33
2. Comunidad libre cercada de haciendas 35
2.2 La historia de la hacienda Sálamalag 38
La historia de Sálamalag se remonta al siglo XVIII, cuando la propiedad de la hacienda y otros fundos fue entregada a Gregorio Matheu y Villamayor, Conde de Miraflores. Hasta casi finales del siglo XIX, estas tierras estuvieron en posesión de la familia Ascásubi-‐Matheu. En 1886, Rosalino Gallo adquirió la hacienda y la heredó a su esposa e hijos, entre ellos Alejando Gallo Almeida, quien figura como propietario a partir del año 1904 (Kaltmeier, 2007, p.77). La hacienda Sálamalag fue parte del complejo de fundos que Alejandro Gallo Almeida logró acumular. Este complejo tenía una extensión de más de 50,000 has, valoradas en un millón y medio de sucres que generaban rentas anuales de treinta y seis mil (CU, 21 de diciembre de
1935, pp.401-‐402). A finales de la década de 1930, la hacienda ocupaba una extensión de 15,000 hectáreas de terrenos con una topografía poco accidentada a pesar de encontrarse sobre los 2,900 metros sobre el nivel del mar. La hacienda también tenía considerables extensiones de páramo de buena calidad con una capa vegetal que permitía el cultivo (CU, 11 de julio de 1940, p.72).
Gallo Almeida (1936) estableció que a su muerte, todas las haciendas debían conservarse y servir para financiar la creación de una Escuela de Agricultura en Quito. Esta escuela y el complejo de haciendas debían ser manejadas por la Junta Administrativa Gallo Almeida. El testamento del hacendado es muy detallado en cuanto a la formación que los estudiantes debían recibir en áreas relacionadas a la agricultura, que según Gallo Almeida era “ …el ramo que da vida y progreso a la nación” (p.18). En el testamento se contempla la contratación de profesores en el extranjero, la enseñanza de otros idiomas y el empleo de los estudiantes destacados como administradores de las haciendas. Además, considera una serie de escenarios ante posibles desviaciones del objetivo central de establecer la escuela, la cual debía operar en un plazo de cinco años. Al cabo de este tiempo y en caso de incumplimiento, la herencia pasaría a manos de sus familiares, quienes podrían dividirse las haciendas “…pero con la obligación de costear durante cincuenta años.. la conservación de diez becados en Europa o Estados Unidos” (Gallo Almeida, 1936, p.20).
Luego de varios años de apelaciones al testamento por parte de los familiares de Gallo Almeida y de problemas en la Junta Administrativa, las haciendas fueron declaradas propiedad del Estado a través de un decreto del año 1935. Este decreto dio por terminados todos los juicios por temas de herencia y nombró a la Universidad Central como administradora de los bienes y sucesora de los derechos de la Junta, con lo cual ésta se convirtió en la nueva propietaria de las haciendas. Debido a la apelación de los familiares de Gallo Almeida, el traspaso efectivo a la Universidad Central se realizó en el año de 1945, a través de un nuevo decreto ratificado por la Asamblea Constituyente (Bretón, 2012, p.142).
Con el fin de manejar las propiedades transferidas, la Universidad Central creó la Junta Gallo Almeida. Esta Junta se formó exclusivamente para la administración de las haciendas; sus funciones fueron: “… aprobar las bases generales y especiales para el arrendamiento de las propiedades que administra; calificar y aprobar la garantía y posturas que presenten los interesados en los arrendamientos..; vigilar la oportuna recaudación de las pensiones de arrendamiento…” (Junta Alejandro Gallo Almeida, 1937, pp.4-‐5). De esta forma, el
cumplimiento de lo dispuesto en el testamento de Gallo Almeida pasó a un segundo plano. Es interesante notar la diferencia sustancial entre la orientación de la Junta Administrativa Gallo Almeida y la conformada por la Universidad Central. En la primera, el objetivo de establecer la Escuela de Agricultura se mantuvo al igual que un cierto grado de preocupación por la problemática rural e indígena. En contraste, en las cláusulas de los estatutos de la nueva Junta Gallo Almeida se evidencia la orientación rentista de la Universidad Central.
Tras tomar posesión de las haciendas Gallo Almeida, la Universidad Central se convirtió en el nuevo terrateniente de la zona alta de Cotopaxi y ejerció un poder despótico, caracterizado por la ausencia de relaciones salariales, el cobro de derechos por el acceso a los recursos de la hacienda y el incumplimiento de los deberes de la reciprocidad asimétrica (Kaltmeier, 2007, p.79). Ante esta situación, muchos indígenas mitificaron la figura de Gallo Almeida y construyeron imaginarios colectivos, cargados de añoranza de los tiempos del buen patrón y de los cuidados -‐ casi de padre-‐ que asumía:
En el tiempo de Alejandro Gallo, la hacienda ha sido un mundo entero. Yo conozco el entero […] Nosotros, como no teníamos bastante terreno, trabajábamos en la hacienda. Daba suplido, daba un quintal de papas para que trabajen en la hacienda. Daba una media de cebada, cerca de un quintal de cebada para que trabajen en la hacienda. (Kaltmeier en Bretón, 2012, p. 149) En contraste, la Universidad Central fue un patrón ausente enfocado en maximizar las rentas en el corto plazo para financiar el presupuesto de la Escuela Superior e Inferior de Agronomía. En el año 1937, las rentas provenientes del arriendo de las haciendas ascendieron a $46,000 sucres, de las cuales $30,000 correspondían al valor que el arrendatario de turno pagaba por Sálamalag y anexas. Estas haciendas financiaron el 49% del total de egresos contemplados en el presupuesto de la facultad de Agronomía (CU, 15 de marzo de 1937, pp.13-‐15). En vista de la magnitud de estas rentas, los miembros del Consejo Directivo de la Universidad temían perder las haciendas ante las demandas interpuestas por los “pseudo-‐herederos”, por el incumplimiento de las cláusulas del testamento (CU, 15 de marzo de 1938, pp.227-‐228).
La Universidad Central ensayó diferentes esquemas para el manejo de las haciendas Gallo Almeida, buscando las alternativas que le reportaran los mayores beneficios económicos. En un primer momento, cuando recibió la administración de las haciendas mantuvo los arreglos existentes con los arrendatarios. Poco tiempo después, optó por la administración directa de las haciendas; esta modalidad no estuvo libre de inconvenientes como la falta de transparencia en el manejo de las cuentas y una baja producción agrícola que no cubrió las
expectativas de la Universidad Central (CU, 13 de septiembre de 1938, p.2). En el caso de la hacienda Sálamalag, los administradores fueron responsabilizados del mal estado del fundo y de la modificación de los linderos con la comuna de Maca Grande: “…los indios siguen robándose terrenos…” (CU, 4 de abril de 1938, p.324). Según la Universidad, los administradores tenían la obligación de vigilar la integridad de la hacienda y evitar cualquier tipo de levantamiento indígena; finalmente, optó por el arrendamiento de las haciendas (CU, 13 de septiembre de 1938, p.2).
La renta de las haciendas también presentó dificultades. Para el arrendamiento de hacienda Sálamalag, se solicitaba una garantía de $200,000 sucres, el pago de una renta anual de $25,000 sucres y la construcción de mejoras, entre las que se incluía una escuela (CU, 13 de septiembre de 1938, p.4). Luego de varias sesiones del Consejo Universitario para calificar las propuestas de los posibles arrendatarios, el Comandante Dueñas fue escogido como arrendatario de todo el complejo (CU, 27 de octubre de 1938, p.79). Casi diez años después, este arrendatario hizo todo a su alcance para mantenerse en Sálamalag, imponiendo dificultades para el levantamiento de inventarios y la entrega de las haciendas (CU, 8 de julio 8 de 1945, p.5).
Los linderos de la hacienda Sálamalag fueron otra fuente de conflicto entre la Universidad Central y los arrendatarios. En 1948, el arrendatario presentó un reclamo a la Universidad por no haberle entregado la totalidad de las tierras contempladas en la escritura de cesión ya que una parte se encontraba ocupada por los comuneros de Maca Grande.21 En estas escrituras, la
Universidad incluyó la extensión total de la hacienda como una estrategia para ratificar su propiedad sobre los terrenos ocupados por los indígenas; el no hacerlo – consideraban-‐ reconocía su derecho sobre la tierra. En vista de esto, el arrendatario solicitó una rebaja en la renta anual, que fue vista como una amenaza a los intereses de la Universidad y por tanto un incentivo para buscar una solución definitiva al problema de los linderos con Maca Grande (CU, 2 de diciembre de 1947, p.122).
Estos conflictos con los arrendatarios de las haciendas resultaron en la imposición de condiciones más estrictas. La Universidad Central elaboró nuevas bases para la cesión de las haciendas, que incluían la obligación del arrendatario de “impedir judicial o extrajudicialmente que terceras personas ocupen parte alguna del territorio arrendado o de
21 El recuento del conflicto de los linderos de la hacienda Sálamalag y el territorio de la comuna de Maca
las aguas que le corresponden” (citado en Bretón, 2012, p.146). Como Bretón (2012) señala, esta disposición dejó abierta la posibilidad de que los arrendatarios recurrieran a la fuerza o a cualquier otro mecanismo fuera de la ley, para resguardar los límites de las haciendas. En vista del descontento y los procesos de organización de los huasipungeros, la Universidad se deslindó de cualquier responsabilidad en relación con la forma de organización del trabajo: “la Universidad no asume responsabilidad alguna respecto al régimen de trabajo que se establece en la hacienda, como consecuencia de las relaciones entre el arrendatario y los trabajadores agrícolas…” (citado en Bretón, 2012, p.146). Por tanto, los arrendatarios estuvieron legitimados a usar la violencia y organizar autónomamente el trabajo de la hacienda -‐equivalente a mantener las relaciones de explotación con la mano de obra indígena y campesina-‐ ; ambas bases fundamentales del poder terrateniente (Bretón, 2012).22
El desentendimiento con la situación de los indígenas fue una constante durante la administración de la Universidad Central, centrada por completo en la obtención de ingresos. En contraste, la Junta Administrativa tuvo una cierta preocupación – impregnada claro de una visión racista y colonial-‐ por los indígenas. Por ejemplo, el reglamento de arrendamiento señalaba:
El arrendatario se halla obligado a tratar y manejar a la gente que trabaja en la hacienda con toda consideración, fomentando la educación moral y la cultura de la raza indígena, efecto para el cual, cuidará que las escuelas que implante respondan por su organización y eficacia a los fines que se propuso el señor Alejando Gallo Almeida […] de cuyo cumplimiento queda especialmente obligado el arrendatario. (Junta Administrativa Alejandro Gallo Almeida, 1930, pp.12-‐13)
Bajo la administración de la Universidad Central, cualquier rastro de preocupación por los indígenas desapareció: todos sus esfuerzos se enfocaron en la extracción de renta de la tierra. La Universidad no reconoció a los indígenas como sujetos con derechos; en cambio, se auto identificó con los arrendatarios, hacia quienes se sintió moralmente obligada a proteger. En efecto, tanto el arrendador como la Universidad buscaban la maximización de los beneficios en el corto plazo, lo que supuso la eliminación de los costosos aspectos de retribución
22 La evasión de la responsabilidad de la Universidad Central es muy evidente en el testimonio del
rector, que señala: “Yo desearía que no conste esta cuestión del jornal -‐el pago de sesenta centavos diarios-‐ porque el arrendador verá la cantidad que les pagará por su trabajo” (CU, 3 de septiembre de 1938, p.5).
contemplados en la economía moral. El testimonio del rector a raíz de la entrega de las haciendas Gallo Almeida es muy revelador:
La Universidad procederá en forma muy correcta, ajustando sus actos a las mejores normas de equidad, a fin de evitar la consiguiente alarma que se produciría en los arrendatarios, a quienes, corresponde también respaldar en sus intereses…. Nadie más que ellos tendrán riguroso cuidado en la conservación de estas propiedades, con mayor razón teniendo asuntos económicos que les incumbe respaldarlos; en esta forma se respaldarán tanto los intereses de la Universidad como de los señores arrendatarios. ( CU, 21 de diciembre de 1935, p.401) En este contexto resulta lógica la posición tomada por la Universidad con respecto a las demandas indígenas y al hecho de que no haya un solo pronunciamiento del Consejo Universitario a favor de los sectores campesinos. Las pocas peticiones de intervención hechas por los indígenas para mediar en conflictos con los arrendatarios fueron ignoradas. Llama la atención el trámite a la denuncia de abusos cometidos por el Comandante Dueñas en contra de los indígenas de Rumiquincha, en la cual se convoca al arrendatario para esclarecer el asunto sin la intervención de la parte afectada. (CU, 14 de noviembre 14 de 1939, p.330)
En 1961, casi veinticinco años después de que la Universidad Central asumiera la administración de las haciendas del legado Gallo Almeida, se discutió por primera vez la necesidad de imponer medidas de protección a favor de los indígenas y campesinos que trabajaban en los fundos. En un ambiente previo a la reforma agraria y con la coyuntura de un rector socialista, el Consejo Universitario limitó la capacidad de los arrendatarios para disponer de la mano de obra de las haciendas, y estableció a la Universidad como fiscalizadora de las relaciones laborales:
…no podrán despedir a los trabajadores de las haciendas sin intervención de la Universidad; .. la Universidad, por medio de la Facultad de Agronomía, vigilará las condiciones de trabajo y procurará el mejoramiento de los trabajadores; ….para los casos de jubilación, se entregará terrenos a los trabajadores, según disponga la Facultad de Agronomía, …los arrendatarios no podrán aumentar el número de huasipungueros. (citado en Kaltmeier, 2007, p.82)
Con estas disposiciones, la Universidad Central reconoció finalmente a los indígenas como sujetos y limitó el poder casi soberano de los arrendatarios, que les facultaba para disponer sobre todos los aspectos de la vida de los indígenas dentro o fuera de la hacienda. Kaltmeier (2007) plantea el concepto de poder casi soberano para referirse al poder total ejercido por el hacendado al margen del Estado, sin posibilidad de ser disputado por las figuras del teniente
político o del cura (pp.75-‐80). Retomando a Foucault y Agamben, señala que el poder soberano se caracteriza por el derecho a matar, concebido en el sentido más amplio como "afectar y limitar las posibilidades de vida" de sujetos “reducidos al concepto de vida despojada”, el cual se desarrolla a partir de la figura del homo sacer del derecho romano: "…que puede ser matado porque está fuera de la ley o antes de la institucionalidad de la ley" (Kaltmeier, 2007, p.75). Kaltmeier (2007) considera que el poder casi soberano se da en un contexto rural caracterizado por ser uno de los márgenes más importantes donde el estado de excepción es permanente: "…el orden normal, la ley, fue suspendido por el arrendatario y la población indígena permanece al margen del status de ciudadanía" (p.80).
La Universidad Central dio por terminada la “experiencia” terrateniente en el año de 1969, cuando “… se comprendió que la Universidad no tenía la función de administrar haciendas, de ser latifundista, sino de impartir cultura y conocimientos” (citado en Kaltmeier, 2007, p.92). Más allá de las explicaciones o justificaciones oficiales, la realidad es que en pleno desarrollo de la reforma agraria, la administración del complejo hacendatario se complicó. En el año de 1972, la Universidad inició la parcelación de las haciendas y entregó Sálamalag, la primera hacienda en ser redistribuida en un proceso que tardaría casi una década para concretarse en los otros fundos. Esta demora no sorprende en vista de la estrategia rentista de la Universidad Central, que como señala Kaltmeier (2007) buscó minimizar los impactos de la reforma Agraria hasta cuando le fue posible (p.90).
Antes de cerrar esta sección, hay que señalar que las haciendas Gallo Almeida entraron en un proceso de deterioro durante las casi tres décadas que fueron controladas por la Universidad Central. Tanto la administración directa como el arrendamiento, condujeron una explotación que buscó la maximización de la producción agropecuaria en el corto plazo. Esto resultó en un sobre aprovechamiento de las tierras del páramo, bosques y agua. Los informes sobre el estado de Sálamalag del año 1940, indican que dejo de ser una propiedad de primera clase para convertirse una hacienda abandonada (CU, 11 de julio de 1940, p.72).