TÍTULO I Capítulo
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR LA QUE SE ADICIONAN Y REFORMAN DIVERSAS
DISPOSICIONES DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL. HONORABLE ASAMBLEA:
La que suscribe Diputada LETICIA QUEZADA CONTRERAS, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la IV Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, Apartado C, BASE PRIMERA, fracción V inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 36 y 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como los artículos 85 fracción I y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración del Pleno de esta Soberanía, la Iniciativa con proyecto de decreto por la que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, bajo la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El procedimiento administrativo, es la materialización de los actos de la administración pública, es la forma en que los Órganos de Gobierno se comunican con sus gobernados y la forma suprema de expresar las funciones de gobierno.
Doctrinalmente, entendemos que el Procedimiento Administrativo, es: todo el conjunto de actos señalados en la Ley, para la producción del acto administrativo, así como la ejecución voluntaria y la ejecución forzosa. Ya sean internas o externas(9).
En otras palabras, el procedimiento administrativo es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin. El procedimiento tiene por finalidad esencial la emisión de un acto administrativo, a decir por la Ley de Procedimientos Administrativos Española, de 1958. La Ley que rige el Procedimiento Administrativo en el Distrito Federal fue publicada el 21 de diciembre de 1995, y responde a la dinámica de unificación y publicidad que incorporó la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 1994.
La Ley en comento, ha sido reformada en 2004 y en 2006, y dichas reformas han incorporado mayor certeza jurídica a los promoventes. No obstante y sin prejuzgar respecto a los esfuerzos de esta y otras legislaturas, es conveniente reconocer que aun falta brindar mayor sencillez en la forma en que el promovente o solicitante puede acercarse a la administración pública y requerirle la emisión de un acto de autoridad (en lato sensu).
Actualmente el dinamismo de las relaciones humanas, ha sido benéficamente impactado por los medios electrónicos, que brindan herramientas para estar
9ACOSTA Romero, Miguel, Teoría General del Derecho
Administrativo, Primer Curso. Edit. Porrúa, 13ª. Edic. México, 1997, Pág. 881.
comunicados desde cualquier parte del mundo en forma instantánea. En la actualidad las nuevas tecnologías son ocupadas por millones de cibernautas en el mundo, y esta realidad es incorporada a nuestro derecho en forma paulatina. En virtud, de que el Derecho debe regular situaciones de hecho, es necesario reconocer y fortalecer nuestro sistema jurídico.
En la Administración Pública Federal a partir de las reformas a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 19 de abril de 2000, se incluye un Título Tercero A, De la Mejora Regulatoria, título que incorpora la identificación de usuarios mediante el Registro de Personas Acreditadas y la creación de la Comisión de Mejora Regulatoria, en aras de la simplificación y revisión de la gestión gubernamental.
En los Estados de la República, se han incorporado los medios electrónicos en las disposiciones que regulan sus procedimientos administrativos, tal es el caso de: la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, la Ley del Procedimiento para los Actos de la Administración Pública del Estado de Baja California, la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Colima, el Código Administrativo del Estado de México, la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Coahuila de Zaragoza, la Ley sobre el Uso de Medios Electrónicos y Firma Electrónica para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, la Ley de Gestión Empresarial y Reforma Regulatoria del Estado de Sinaloa, la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Sonora. Todas las mencionadas son disposiciones vigentes. En el Distrito Federal, muchos han sido los esfuerzos para incidir en esta materia, recordemos la denominada Revolución Administrativa. Que fue un programa iniciado el pasado 01 de enero de 2004, conformado ‘‘por una serie de acciones y principios, consistentes en el conjunto de cambios radicales a Leyes, Reglamentos, Acuerdos, Lineamientos, diversas normas menores, procedimientos y prácticas administrativas, cuyo objetivo es que a través de la Simplificación Administrativa, la Reorganización de Áreas y el cambio de los modelos de atención ciudadana, se garantice la ágil y oportuna atención a los ciudadanos que solicitan trámites y servicios a cargo de la Administración Pública del Distrito Federal y se rige por los principios de buena fe, confianza al ciudadano, legalidad, honradez, imparcialidad y calidad’’10.
Dicho Programa ha ido incrementando paulatinamente su impacto a diversas áreas de la Administración Pública,
concretamente a las que tienen que ver con la simplificación en trámites administrativos. Por mencionar, algunos que ya se realizan vía electrónica: solicitud de copias certificadas de acta de nacimiento, trámites funerarios, sistema de información geográfica, apertura y regularización de establecimientos mercantiles, por mencionar.
La Secretaría de Finanzas ha hecho un esfuerzo por simplificar la forma de pago e incrementar la recaudación, gracias al denominado Formato Universal de Pago y a la obtención de la línea de captura para el pago de tramites, servicios y sanciones administrativas, es posible realizar 81 tipos de pago distintos, entre los que se puede mencionar: las licencias de conducir, los trámites vehiculares, las multas relacionadas con la revista vehicular, las multas por verificación extemporánea, las multas por vehículos contaminantes, la venta de hologramas a verificentros, respecto al Registro Civil se puede pagar: las copias certificadas de actas de nacimiento, matrimonio, defunción, reconocimiento, la búsqueda de datos, la celebración de actas, tales como: El registro de acta de nacimiento (a domicilio), el registro de acta de nacimiento (fuera de jurisdicción), la celebración de matrimonio (en oficina de Registro Civil), celebración de matrimonio (a domicilio), la celebración de matrimonio (a domicilio y fuera de jurisdicción), el divorcio administrativo, el cambio de régimen patrimonial, También se incluyen en este listado la inscripción de actos ocurridos en el extranjero o fuera del D.F. ( tales, como: la inscripción de nacimiento, ocurrido en el extranjero, inscripción de matrimonio, ocurrido en el extranjero, la inscripción de divorcio, ocurrido en el extranjero; la inscripción de sentencia judicial, (tales, como: la inscripción de sentencia judicial de divorcio, la inscripción de sentencia judicial de rectificación de acta, la inscripción de sentencia judicial de tutela, la inscripción de sentencia judicial de adopción, la inscripción de sentencia judicial de presunción de muerte, la inscripción de sentencia judicial de declaratoria de ausencia, la inscripción de sentencia judicial, la inscripción de defunción (ocurrida fuera del D.F. o en el extranjero), por mencionar.
Aunado a lo anterior, existen en la actualidad diversas disposiciones que han tenido que ser reformadas o bien acuerdos administrativos que han incorporado la substanciación del procedimiento en forma electrónica, el ejemplo más simbólico lo constituye el INFOMEXDF (www.accesodf.org.mx), sistema electrónico que permite tener acceso a la información pública en una forma sencilla. La misma Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, brinda otro ejemplo de cómo los medios electrónicos son parte de los actos administrativos en la actualidad:
LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO