• No se han encontrado resultados

1.1 RELACIONES ENTRE EL ESTADO Y LA CULTURA

1.1.2 INSTITUCIONALIDAD ESTATAL DE LA CULTURA

Algunas prácticas culturales han estado asociadas a los Estados modernos, institución que ha privilegiado el desarrollo de ciertas prácticas respecto de otras12, dependiendo de los intereses y representaciones de quienes detentan el poder estatal, para ello se han diseñado una serie de organizaciones públicas estatales, encargadas de definir políticas y acciones que permitan el desarrollo de una u otra práctica, entonces encontramos, ministerios, direcciones o institutos encargados de administrar acciones en cultura, dentro de territorios

11Al respecto, Miralles (2013) señala cómo “…esa idea que entiende la cultura como “varita mágica”

susceptible de provocar enormes plusvalías susceptibles de incidir en el desarrollo. Un uso que, en su intensificada reiteración, y en ausencia del respeto de una lógica cultural específica, plantea el riesgo de acabar convirtiéndose en un abuso que, en última instancia, cuestione la posibilidad de un círculo virtuoso: la cultura genera plusvalías capitalizables en aras del desarrollo económico, urbano y social; pero si los beneficios de dicho desarrollo no se reinvierten retroalimentando el subsistema de lo cultural, el círculo virtuoso se convierte en círculo vicioso, y el desarrollo deviene insostenible. (pág. 5)

12Como se puede evidenciar en cortes como las de Luis XIV en Francia, Jorge I en Inglaterra, y algunos

principados en Alemania, donde existían orquestas ligadas a las cortes de los reyes, y tanto los músicos como los directores eran considerados funcionarios del rey, siendo este tipo de expresiones objeto de intervención por parte de las administraciones estatales, para su sostenimiento, y manutención. Para mayor información se recomienda revisar la investigación de Hernán Vásquez (2009), “Música y Política. Análisis de una relación en una introducción y tres movimientos. F. J. Haydn, R Wagner y D Shostakovich”.

específicos y bajo unos lineamientos jurídicos. Dichas organizaciones, como actores sociales, deben responder a cierto tipo de demandas e intereses entablados por la sociedad, por lo tanto, para dar respuesta a dichas necesidades, los Estados realizan acomodamientos organizacionales, para ajustar las competencias, los recursos, los alcances, visiones y misiones, que permitan dar cuenta a los nuevos contextos que se presentan.

Con la definición de cultura brindada por la UNESCO, se amplía el campo de intervención estatal sobre la cultura y es necesario plantear nuevas tecnologías administrativas y maneras de abordar el fenómeno cultural; en ese sentido, esta organización reconoce la necesidad de que los Estados incrementen tanto su presupuesto, como la formación del personal competente en temas de gestión cultural con el ánimo de garantizar el desarrollo cultural de los Estados, por lo tanto mediante la Declaración de México sobre las Políticas Culturales de 1982, la UNESCO invita y vincula a los países miembros a emprender acciones de intervención en este campo, centradas en la configuración de un sector administrativo propio de la cultura, desde el cual se administre y planifiquen políticas culturales, con el fin de desplegar y fortalecer el sector cultural, para garantizar los derechos culturales de las poblaciones y agenciar el desarrollo social.

Sin embargo, es claro tener en cuenta que la cultura no es un campo exclusivo de administración y producción del Estado, su rol debe estar asociado más al reconocimiento, protección, gestión y garantía de las prácticas y los derechos culturales, por lo tanto:

“la cultura no admite ningún tipo de intervención hegemónica por parte del Estado que signifique una intromisión en la libertad de creación. Por el contrario, sus funciones están relacionadas con el liderazgo en el diseño de las políticas, la asignación transparente de los dineros públicos, la promoción de estímulos, el apoyo a la circulación de los bienes y servicios culturales entre los diferentes sectores sociales y regiones, la generación de contextos y condiciones que fortalezcan la diversidad cultural, entre otras”. (Rey G. , 2010, pág. 35)

Por lo anterior, la participación como principio es fundamental en las planificación del acciones emprendidas por el Estado en cultura, ya que sin este principio muchos de los imaginarios por parte de los funcionarios podrían caer en visiones hegemónicas y dominantes de lo que ellos consideran como cultura, favoreciendo los intereses de ciertos actores en detrimento de otros tipos de prácticas, por ello, es necesario generar espacios de participación donde se conocerte mediante el dialogo la planificación de las políticas culturales del cada sociedad.

En consecuencia, el Estado deberá garantizar los espacios de concertación y de definición políticas, basados en los principios de equidad e igualdad, lo que supone un ejercicio de democracia cultural, en palabras de la UNESCO (1982) esto representa que "la cultura procede de la comunidad entera y a ella debe regresar. No puede ser privilegio de élites ni en cuanto a su producción ni en cuanto a sus beneficios. La democracia cultural supone la más amplia participación del individuo y la sociedad en el proceso de creación de bienes culturales, en la toma de decisiones que conciernen a la vida cultural y en la difusión y disfrute de la misma...es preciso descentralizar la vida cultural, en lo geográfico y en lo administrativo, asegurando que las instituciones responsables conozcan mejor las preferencias, opciones y necesidades de la sociedad en materia de cultura. Es esencial, en consecuencia, multiplicar las ocasiones de diálogo entre la población y los organismos culturales."(pág. 2)