INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
JUNTA DIRECTIVA
ACUERDO Nº 2012-018 ASUNTO: Declarar de interés público y utilidad social la finca
1-270752, para la construcción del túnel de trasvase, del Proyecto de Mejoramiento Ambiental del Área Metropolitana, San José.
Considerando:
1º—Que conforme lo solicitó la Unidad Ejecutora AyA-JBIC mediante memorando Nº UE-JBIC-2012-027 de fecha 09 de enero del 2012, es necesario adquirir un lote con un área de doscientos cincuenta metros cuadrados correspondiente al plano sin catastrar levantado por el topógrafo del AyA Ingeniero Rodrigo Koyin NG, necesario para construir un camino público, ya que el actual será empleado para realizar obras en la entrada del túnel de trasvase que es parte integral del Proyecto de Mejoramiento Ambiental del Área Metropolitana de San José. La construcción del túnel estará iniciando en las cercanías de Hatillo ocho, en la colindancia con el Distrito de Mata Redonda y requiere efectuar modificaciones a la circulación vial pública existente según propuesta del diseño geométrico dada por la Unidad Técnica de Ingeniería de la Unidad Ejecutora AyA-JBIC. Según justificación técnica UE- JBIC-2011-980 de fecha 16 de diciembre del 2011 “(…) para la construcción del túnel es imprescindible la utilización de esta área la cual permite el espacio necesario para las obras de circulación vial previstas en el diseño geométrico, de tal forma que se efectué una permuta de cambio de terreno con la Municipalidad de San José. Por lo mencionado anteriormente no existe la posibilidad de utilizar otros terrenos diferentes al indicado (…) De no comprarse el terreno indicado, sería físicamente muy difícil y oneroso económicamente ubicar las estructuras y montar los equipos que se requieren para la construcción del túnel”.
2º—Que el lote descrito es parte de la finca que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad, del partido de San José, Sistema de Folio Real Nº 1-270752-submatrícula 002- 004-005-006, con un área total según Registro de 1743.59 metros cuadrados, propiedad de Cocaleca Comercial S. A., cédula jurídica 3-101-203846, Daniel Alberto Brenes Sanabria, cédula de identidad Nº 1-1051-0702, Ricardo Alberto Brenes Sanabria, cédula de identidad Nº 1-1191-0846, Silvia Lucía Brenes Sanabria, cédula de identidad Nº 1-1356-0589. La misma no tiene plano inscrito registralmente y un medio de la finca se encuentra afectada por un derecho de usufructo que es propiedad de María Antonia Sanabria Astorga, cédula de identidad Nº 1-0489-0495.
3º—Que mediante oficio UE-JBIC-2011-913 de fecha 22 de noviembre del 2011 el AyA le manifestó al Departamento de Desarrollo de Obra Pública de la Municipalidad de San José lo que a continuación se transcribe “(…) el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados AyA, está desarrollando el Proyecto Mejoramiento Ambiental del Área Metropolitana de San José (…) este proyecto incluye dentro de sus componentes la construcción de un túnel de trasvase (…) iniciando en las cercanías de Hatillo Ocho, en colindancia con el Distrito de Mata Redonda, hasta el sector de Bajo Torres. En el inicio del túnel se construirán obras permanentes del Cabezal de Entrada, para lo cual se requiere efectuar modificaciones a la circulación vial pública existente, según se muestra en la propuesta del diseño geométrico que se adjunta, es por esta razón que de la forma más atenta le solicito la Viabilidad Técnica a esta propuesta y ratificar el carácter público de la calle existente (…) El propósito final de AyA consiste en efectuar una reunión de fincas privadas y públicas en un solo plano catastral (…) debiéndose en este proceso reubicar el camino público existente (…) con el fin de tener el espacio propicio para las obras, para lo cual el AyA se compromete a realizar el traslado de la calle en nuestra propiedad y poniéndola a disposición de la Municipalidad (…) reiteramos nuestra solicitud para contar con el dictamen técnico de circulación pública vehicular, según la propuesta de manejo geométrico indicado”. En respuesta a esta solicitud, el señor Alcalde de la Municipalidad de San José, Johnny Araya Monge, mediante oficio ALCALDIA-8636-2011 de fecha 19 de diciembre del 2011 le transcribe al AyA el oficio Nº 2044-SM, en el que detalla el acuerdo 5, artículo IV, de la sesión ordinaria 87, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central de San José, del 13 de diciembre del año dos mil once que en lo que interesa dice “…Acójase y apruébese moción suscrita por el señor Alcalde Araya Monge, que dice: Considerando: (…) El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (…) presenta ante este Despacho solicitud formal para obtener el Dictamen Técnico de circulación Pública vehicular- sitio de entrada del túnel para aguas residuales (…) se hace necesario efectuar una reunión de fincas privadas y públicas en un solo plano catastral, de tal forma que el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, se establezca como propietario registral, debiéndose en este proceso reubicar el camino público existente con el fin de contar con el espacio adecuado para las obras arriba mencionadas.
Se compromete asimismo el Instituto a realizar el traslado de la calle, poniéndola a disposición de la Municipalidad, dejándola en iguales o mejores condiciones que las actuales. Por tanto,
El Concejo Municipal una vez analizada la propuesta, y tratándose de un proyecto de gran trascendencia e impacto en el Mejoramiento Ambiental de la Ciudad de San José y siendo que la propuesta no afecta los intereses de la Municipalidad, ni de terceros, acuerda autorizar al señor Alcalde Municipal a que se dé la viabilidad técnica solicitada de manera que el Instituto pueda continuar con un proyecto que traerá gran beneficio a los habitantes del Cantón Central de San José” Acuerdo firme definitivamente aprobado.”
4º—Que del análisis legal realizado a la finca 1-270752-002- 004-005-006, el cual consta en el memorando UE-JBIC-2012-026 de fecha 6 de enero del 2012, se concluye que no existe impedimento legal alguno para realizar los trámites administrativos de expropiación, por lo que una vez hecha la declaratoria de interés público podrá adquirirse el lote parte de la finca 1-270752 por acuerdo directo con los propietarios y con la renuncia del derecho de usufructo que sobre este lote goza la usufructuaria. Según dicho estudio, la finca no tiene anotaciones y tiene los gravámenes de servidumbre trasladada citas de inscripción 0317-00007613-01- 0901-001 y servidumbre trasladada citas de inscripción 0386- 00002637-01-0906-001 que de conformidad con lo señalado por la Unidad Técnica de Ingeniería de la Unidad Ejecutora AyA-JBIC, mediante memorando UE-JBIC-2011-980 de 16 de diciembre del 2011, concluye que de la inspección realizada en el sitio se verifica que en la actualidad no existen en el terreno dichas servidumbres por lo que no afectan las obras a construir para el proyecto.
5º—Que la Unidad Técnica del Departamento de Ingeniería de la Unidad Ejecutora AyA-JBIC mediante memorando UE-JBIC- TUNEL 006-270752 del 16 de diciembre del 2011 valoró el terreno así:
2.7 Topografía predominante. Superficie plana 3. Características del terreno.
3.1 Descripciones. - Forma: Trapezoidal - Situación: Esquinero - Frente: 10 m. - Fondo: 28 m. - Relación frente-fondo: 3 - Topografía: Plana
- Nivel del Terreno: A nivel de acera - Vista Panorámica: No Califica - Restricciones o afectaciones: No hay.
- Accesos: Calle pública en mal estado.
- Uso actual: Solar con presencia de
forraje y zacatal.
- Mejoras en edificaciones: No presenta. 3.2 Área:
- Según levantamiento topográfico de Acueductos y Alcantarillados: 250 m²
4. Valoración del terreno.
4.1 Metodología. Para la valoración del terreno se utilizó el método de mercado, para ello se monitoreo el entorno y compararon valores comerciales de terrenos en venta (como referencia) con el terreno (sujeto) a valorar. Además, se tomó como respaldo de comparación el monto de la plataforma de valores Homogéneos de la Municipalidad de San José utilizando el valor de Treinta y cinco mil colones por metro cuadrado del mapa de zonas homogéneas 101-08-U15, la cual fue actualizada el 6 de octubre del 2011, La Gaceta Nº 194, según se muestra en el Anexo Nº 5.
4.2 Lote tipo en la zona. - Área: 350 m2
- Frente: 10 metros - Costo/m²: ¢35.000,00
4.3 Costo por metro cuadrado. (Considerando factores valorizantes y desvalorizantes).
2. Características de la zona.
2.1 Descripción. El terreno se ubica en una zona mixta comercial, servicios y vivienda El sector donde se ubica el inmueble a adquirir es de características semiurbanas, clase media baja, y se localiza cerca del límite del distrito de Hatillo ocho y el distrito Mata Redonda, donde el río María Aguilar constituye el límite entre ambos. Las calle de acceso posee una superficie de rodamiento de lastre y están en mal estado de conservación no existen ni acera ni cordón y caño. Es una zona con un relieve topográfico con leve pendiente hacia el río María Aguilar, cuenta solamente con servicio de transporte privado, existen centros comerciales a no menos de quinientos metros, no hay escuelas, ni templos religiosos a una distancia menor de un kilómetro.
Las viviendas en la colindancia cercana son de clase media baja, en regular estado de ornato, principalmente construidas en mampostería de bloque de concreto. 2.2 Área. Según levantamiento topográfico de AyA: 250 m2
2.3 Clasificación (uso de Suelo). Uso Suelo Mixto, Comercial, Servicios y Habitacional.
2.4 Densidad de construcciones. Existen edificaciones tipo de vivienda residencial solamente en la colindancia Este. 2.5 Tipo de construcciones predominantes en la zona.
Vivienda de categoría Clase Media Baja. 2.6 Servicios públicos.
- Sistema de agua potable: Si - Alcantarillado sanitario: No
- Alcantarillado pluvial: No
- Sistema eléctrico: Si Aéreo (soportado por postes de
concreto)
- Sistema telefónico: Si Aéreo (soportado por postes de
concreto)
- Alumbrado público: Si Aéreo (soportado por postes de
concreto y con lámparas de
mercurio)
- Transporte público: No
- Servicios municipales: Si Recolección de basura
- Obras anexas: No Calle acceso superficie
rodamiento lastre
- Facilidades comerciales: Si Centros comerciales,
restaurantes, bancos en un
perímetro de 1 000 m.
- Área total de terreno a comprar : 250,00 m² - El monto total del inmueble es de: ¢10.000.000,00 Valor total en letras: diez millones de colones 00/100 5. Observaciones.
- Plano de catastro. Este avaluó se realiza al área considerada de 250 m2 segregada conforme al plano de catastro realizado por
Topografía de Acueductos y Alcantarillados, que es parte de la finca Folio Real 1-00270752-002-004-005-006-007, con un área según registro de 1743,59 m2.
De conformidad con el oficio Nº DRyS-817-2011, Anexo-2 del Departamento de Regulación y Seguimiento de la Municipalidad de San José, indica que una vez declarado de interés público el plano de doscientos cincuenta metros cuadrados y diez metros de frente como mínimo cumpliendo de esta forma con la normativa de regulación de Uso de Suelo en la zona, se le daría el visto bueno de aprobación o visado para catastrar.
Además para estos efectos en nota de la Alcaldía de San José Nº 8636-2011, Anexo-2, dirigida a la Unidad Ejecutora AyA-JBIC, se tiene también la aprobación al diseño geométrico por parte del Consejo de la Municipalidad de San José según acuerdo 5, artículo IV de la sesión ordinaria 87 del 13 de diciembre del 2011,para la nueva circunvalación vial en el sitio de la entrada del túnel que permitiría realizar la reubicación de la calle pública municipal existente, de tal forma que no afecte intereses municipales ni de terceros.
ANEXO 5