SEGUNDA PARTE
LA CALIFICACIÓN DE MINUSVALÍA
Brevemente introduciremos tres términos que suelen utilizarse colo- quialmente de forma indistinta aunque no son equivalentes en la califi cación de minusvalías. Según la Clasifi cación Internacional de defi ciencias, Discapa- cidades y Minusvalías de la OMS:
• Defi ciencia es
[…] toda pérdida o anormalidad, permanente o temporal, de una estruc- tura o función psicológica, fi siológica o anatómica. La defi ciencia supone un trastorno orgánico, que produce una limitación funcional que se ma- nifi esta objetivamente en la vida diaria. Se puede hablar de defi ciencias físicas, sensoriales, psíquicas y de relación.
• Discapacidad es “la restricción o ausencia, debida a una defi - ciencia, de la ca pacidad de realizar una actividad en la forma, o dentro del margen considerado normal para un ser humano”. Puede ser temporal o permanente, reversible o irreversible. Es una limitación funcional, consecuencia de una defi ciencia, que se manifi esta en la vida cotidiana. La discapacidad no es un atributo de la persona sino un estado que puede afectarle física, psíquica o sensorialmente.
• Minusvalía es
la situación desventajosa en que se encuentra una persona determina- da, como consecuencia de una defi ciencia o discapacidad que limita, o impide, el cumplimiento de una función que es normal para esa persona, según la edad, el sexo y los factores sociales y culturales.
La califi cación del grado de minusvalía depende fundamentalmente de la defi ciencia que presenta el individuo y del grado de disca pacidad que ésta le produce. Las pautas de valoración no se fundamentan en el alcance de la defi ciencia sino en su efecto sobre la capacidad para llevar a cabo las actividades de la vida diaria (AVD), es decir, en el grado de discapacidad que ha originado la defi ciencia. Es importante señalar que dia gnóstico de la en- fermedad no es un criterio de valoración en sí mismo.
La califi cación de minusvalía se hace en términos de grados, y el gra- do de minusvalía se expresará en porcentajes. Se concede la “califi cación de minusvalía” cuando el grado de limitación funcional alcanza un 33%. Para esta medición se establecen una serie de baremos que se pueden c lasifi car en dos tipos:
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1. Baremos referidos a factores médicos y psíquicos (disca pacida- des sensoriales, físicas y psíquicas).
2. Baremos referidos a factores de tipo social. Con una puntuación máxima del 15% que se sumará a la valoración c línica siempre que ésta supere el 25% de discapacidad. Como puede verse, exis- te una primacía de los factores clínicos sobre los sociales. La califi cación legal de minusvalía es el documento ofi cial que acre- dita que una persona precisa de más a poyos que la mayoría. Se tra ta del documento administrativo que facilita el acceso a determinados derechos y benefi cios reservados a la persona con discapacidad.
La acreditación del grado de minusvalía se efectuará mediante reso- lución o certifi cado expedidos por el IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente. La valoración y trámites se efectúan en los Centros de Valoración y Orientación de Disca pacitados existentes en cada provincia y cuy a gestión depende de los diferentes gobiernos de las Comunidades Autónomas.
Existen unas normas generales, establecidas en los anexos de RD 1971/1999 y recogidas en el Manual de Valoración de las situaciones de min- usvalía (IMSERSO 2000), para proceder a la determinación de la discapacidad. APLICACIONES DEL CERTIFICADO DE MINUSVALÍA
A continuación enumeraremos brevemente los benefi cios a los que da derecho la posesión de dicho certifi cado:
• Prestaciones económicas:
o Prestación familiar por hijo a cargo (250 € trimestrales si se trata de un menor de 18 años con un grado de discapacidad igual o su- perior al 33%; 357,70 € mensuales si se tra ta de los hijos mayo- res de 18 años con una minusvalía superior al 65%, ascendiendo a 536,60 € mensuales si obtienen un grado de 75% y precisan tercera persona) Esta prestación es independiente de los ingresos familiares. (Cuantías vigentes año 2012).
o Pensión no contributiva en el caso de mayores de 18 años (14 mensualidades por un importe entre 357,70 € y 536,60 € en fun- ción del grado de minusvalía, teniendo en cuenta los ingresos fa- miliares. (Cuantías vigentes año 2012).
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• Aplicaciones de carácter laboral: Reserva puesto en ofertas pú- blicas de empleo, subvenciones a empresas contra tantes, ayuda empleo autónomo, Centros Especiales de empleo, Renta activa de inserción social, Renta garantía de ciudadanía. Adaptación de puesto de trabajo, fl exibilización horaria.
• Aplicaciones educativas o formativas: becas escolares, elección de colegio, reducción tasas universitarias, adaptación selectividad. • Aplicaciones de carácter municipal: tarjeta de aparcamiento para
personas con movilidad reducida, exención de impuesto de cir - culación de vehículos, servicio de ayuda a domicilio, ayudas para eliminación de barreras, adquisición de prótesis, adaptación de vehículo a motor.
• Reducción impuestos: deducción IRPF, reducción impuesto de su- cesiones y donaciones, reducción impuesto de ma triculación de vehículo.
• Vivienda: adaptación y eliminación de barreras arquitectónicas. • Asistencia farmacéutica gra tuita para menores de 18 años con
minusvalía igual o superior al 33% y mayores de 18 años con minusvalía igual o superior al 65%.
• Ocio y tiempo libre: descuento cines, museos, piscinas, viajes. • Libro familia numerosa: Las que tengan dos hijos siendo uno min-
usválido o la que tengan dos hijos y ambos padres sean minusvá- lidos o uno de ellos con un grado igual o superior a 65%.
• Ingreso en centros: de discapacitados físicos, de discapacitados psíquicos, centros ocupacionales, Centros Específi cos de Enfer- mos Mentales (CEEM), Centros de Rehabilitación e integración Social de Personas con Enfermedad Mental (CRIS).