9. La “Consulta Popular”, El Retorno
9.2. La “Consulta Popular” Democracia y Participación
La sustitución del Presupuesto Participativo Estatal por la Consulta Popular en el año de 2003 obedece a una lógica que no puede ser disociada de la tradicional bipolarización política del Estado y que en la ultima década de la historia opuso la centro-izquierdista Frente Popular a la coalición de centro-derecha que actualmente domina el poder Ejecutivo y Legislativo en el Estado.
Solamente en este contexto es posible se entender la génesis de las divergencias que hacen ser tan disímiles los procesos de participación patrocinados por ambos gobiernos en el Estado en los últimos años.
Economía y Estadística Sigfried Emanuel Heuser (FEE).
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Ni todas las municipalidades formaron los COMUDES en tiempo hábil para la definición de prioridades con visas a la Consulta Popular, sendo que en estos casos fue designada una Comisión Provisoria Municipal para organizar todo el proceso “participativo” en el ámbito Municipal. En muchos casos, las Asambleas Públicas Municipales no fueron realizadas en 2003, y cuándo lo fueron, mal publicitadas, contaran con poca participación popular.
143 Documento del PPP, In www.ppp.rs.gov.br.
144 En el documento del PPP son citados básicamente entidades de clase del empresariado, en una
brutal diferenciación de los apoyos con que contaba el proceso del PPE/RS, basados en asociaciones populares y de clase de trabajadores. El documento cita entre otros: el Sindicato do Centro de Formação de Condutores (SCFC), Federação do Comércio do RS (FECOMERCIO), Associação Riograndense de Transporte Intermunicipal de Passageiros (RTI), Sindicato das Estações Rodoviárias do RS, Associação Gaúcha de Concessionárias de Rodovias (AGCR), Brasil Telecom, Federação das Indústrias do RS (FIERGS), Associação Gaúcha de Supermercados.
La metodología aplicada por la Consulta Popular refleja de esta forma una visión de la sociedad y de la política que privilegia ampliamente la representación electoral por sobre la participación ciudadana en instancias de decisión política explícitas.
Esto sobresale en la propia nomenclatura del proceso, que bautizado con el nombre de “Consulta”, pasa la idea que se puede traducir como “decisiones previas sobre las cuales se pide una opinión”.
Pero es un hecho que no se pide la colaboración de nadie, siquiera de la propia Asamblea Legislativa Estatal, para la elaboración del reglamento de la Consulta Popular. Lo único que la Asamblea aprueba son algunos artículos que transfieren la reglamentación al Gobernador del Estado.
Es de esta forma que, sin consultar a nadie, la Ley de la Consulta Popular es impuesta por Decreto, en un acto autocrático que demuestra que los principios democráticos que la misma pretende salvaguardar no son verdaderamente una prioridad de este gobierno.
Esto se torna aún más grave si llevamos en cuenta que, aquellos que criticaban la “ilegalidad” del Presupuesto Participativo, afirmando que el mismo debía ser votado y reglamentado por la Asamblea Legislativa o por las Cámaras de Concejales, son los mismos que patrocinan ahora esta verdadera aberración, creando por Decreto un supuesto mecanismo de participación que se llama “Consulta Popular” sin consultar a nadie, ni mismo al Parlamento.
Otro grave problema del mecanismo de la “Consulta Popular” se refiere a su financiamiento, ya que solamente 40% del presupuesto destinado a inversiones puede ser posible de votación en la Consulta. Pero esto no es lo más grave. Peor que esto es el hecho denunciado por un diputado de la oposición145, que, basado en un Decreto publicado en el Diario Oficial del Estado del día 17 de junio de 2003, afirma que, de los 337 millones de reales destinados a la Consulta del año de 2003, 172 millones están vinculados a secretarías y órganos del gobierno. O sea, que las personas tendrían que votar en programas ya existentes, lo que limitaba, obviamente, la autonomía de la ciudadanía en decidir el presupuesto.
Otra observación que podemos deducir de esta información es que de los 337 millones de reales destinados al proceso, 172 millones ya estaban
comprometidos. O sea, la población gaúcha realmente pudo decidir solamente sobre la destinación de 165 millones de reales.
Es importante recordar que este dinero es básicamente la misma cantidad de recursos que la población de Porto Alegre tiene a su disposición para decidir en su proceso participativo, recordando que el Presupuesto del Estado del Rio Grande do Sul es cerca de diez veces mayor que el de la Capital.
De la misma forma es bastante complicado suponer que la “Consulta Popular” fortalece la participación ciudadana. Esto por variados aspectos.
A pesar del optimismo del vicegobernador del Estado, Antonio Hohlfeldt, responsable por el proceso de la Consulta Popular, al afirmar que la población puede, potencialmente, participar tres veces dentro del proceso (en la Asamblea Municipal, Asamblea Regional y en la Consulta Popular) si comparada con la única vez que participa en el proceso del PPE/RS (en la Asamblea Pública Municipal), podemos verificar que esta participación no tiene calidad, es precaria y claramente vinculada a las determinaciones de los representantes políticos y de entidades que componen los COREDES Y COMUDES.
Esto empieza por la composición de la Comisión Estatal responsable por la realización del proceso. De ella hacen parte el vicegobernador, siete miembros del gobierno, cuatro miembros de los COREDES (Consejos Regionales de Desarrollo), uno de la FAMURS (Federación de las Asociaciones de Municipalidades del Rio Grande do Sul), uno de la AGM (Asociación Gaúcha de Municipalidades) y uno de la UVERGS (Unión de los Concejales del Rio Grande do Sul). De estos, solamente los COREDES no son necesariamente compuestos por representantes electos por el voto o funcionarios de confianza del Gobierno. Pero como vimos en capítulos anteriores, los COREDES se encuentran prácticamente en su totalidad instrumentados o presididos por representantes de la clase política en detrimento de la sociedad civil organizada, ya que la participación popular solamente se puede dar a través de alguna organización representativa de la comunidad, vedada la participación directa del ciudadano común.
Una análisis superficial de los números de la participación popular entre la primera versión del Presupuesto Participativo Estatal y la Consulta Popular apuntaría a una "espectacular" victoria de la última sobre la primera, si de esto se
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tratase la cuestión146.
En cuanto en la primera versión del PPE/RS participaran 188 mil ciudadanos, en la primera versión de la Consulta Popular participaran 434 mil electores.
No en tanto la mayoría de las personas participaron solamente de la última fase de proceso, el de la Consulta en sí. Cerca de 350 mil personas votaran en las obras que encontraban prioritarias en el día 06 de agosto de 2003. Muchas de ellas, se diga de paso, sorprendidas por el llamado a la “participación ciudadana” por algún empleado de alguna Alcaldía o miembro del COMUDE cuando transitaban en la vía pública, o convidadas a votar en urnas que se trasladaban a su local de trabajo, bajo los ojos complacientes del patrón, o de un prócer político de la localidad147.
Pero es un hecho que, en las Asambleas Públicas Municipales, organizadas por los COMUDES, y las Asambleas Públicas Regionales, organizadas por los COREDES, participaron menos de 100 mil personas. O sea, en las instancias de deliberación donde, de alguna forma, existía la posibilidad de la proposición de demandas verdaderamente populares, la participación fue mucho más reducida si comparada con las Asambleas Públicas Municipales del PPE/RS, dónde, más allá de votar, se generaban las demandas de la población.
No en tanto, la participación en estas instancias de deliberación se puede afirmar que fueron de mala calidad. En buena parte de las municipalidades gaúchas los COMUDES no fueron creados en tiempo hábil para convocar a la población a participar del proceso. Cuándo el COMUDES estaba instalado, el proceso fue confuso y controlado por la clase política.
El diputado Raul Pont, en el discurso en la Tribuna de la Asamblea Legislativa del Estado148, relata un ejemplo del grado de desorganización en que fueron hechas muchas de las Asambleas Públicas Municipales.
En Novo Hamburgo, gran ciudad de la Región Metropolitana de Porto Alegre, había sido divulgado por la Comisión Provisoria del COMUDE local que habría un sólo local de votación. Posteriormente fueron cuatro los locales.
La Asamblea Pública Municipal estaba marcada para las 19 horas,
Legislativa en 06/08/2003.
146 De hecho, el tono oficial apuntaba con este argumento a una pretendida superioridad de la
“Consulta Popular” por sobre el Presupuesto Participativo Estatal.
147 Hechos presenciados por el autor en salida de campo en su ciudad de origen, Tres Coroas, RS. 148
pero desde el medio día los funcionarios de la municipalidad ya estaban votando en una urna. Cuando se inicia la votación, a las 19 horas, ya habían sido depositados 113 votos en la urna. Así la Asamblea Pública Municipal de Novo Hamburgo tira como prioridades la seguridad y la educación.
Para culminar este “brillante proceso”, el COREDE del Valle de los Sinos, donde Novo Hamburgo está circunscrita, al momento de la elaboración de los proyectos para ser incluidos en la lista final para ser votada en la Consulta, ignora completamente las demandas de esta municipalidad. O sea, que más allá de toda la desorganización que pueda existir, las Asambleas Públicas Municipales no deciden nada, pues finalmente serán los COREDES los que definirán si las prioridades establecidas en los COMUDES serán o no acogidas.
Lo que podemos concluir, a partir de este episodio, es que este proceso, extremamente burocratizado, establece la imposibilidad de construirlos en espacios diferentes, con públicos diferentes y con delegaciones distintas un presupuesto equilibrado y democrático. Es casi obvio que, al final, irá prevaleciendo la voluntad del grupo que puede determinar cuáles obras podrán ser o no votadas por los electores en la Consulta. En este caso, los COREDES.
Al final, podemos deducir que las más de 350 mil personas que participaran en la Consulta Popular en el día 06 de agosto de 2003 votaran en obras decididas, sin la efectiva participación popular, en un mecanismo creado mucho más para contabilizar votos que para establecer prioridades y hacer crecer la participación ciudadana y la conciencia política de los gaúchos.
Otro cuestionamiento válido se refiere a la fiscalización de las obras decididas. En un proceso que se encierra en la votación, es imposible reunir los electores para prestar cuentas de los actos administrativos y fiscalizar el cumplimiento o no de la voluntad expresa en la Consulta. Esto porque la Ley de la “Consulta” establece que la fiscalización será hecha por órgano sin participación popular, siendo su composición la representación indirecta de las entidades que ya están comprometidas en el proceso.
Es por esto y otros motivos, que explicitaré en el capítulo siguiente, que puedo, sin medo de cometer error, afirmar que el proceso de participación ciudadana conocido en su tiempo como Presupuesto Participativo Estatal, a pesar de sus limitaciones, era un proceso ampliamente superior y más democrático que aquello que actualmente se encuentra en vigor en el Estado del Rio Grande do Sul.
La Consulta Popular, de la forma en que fue diseñada, representa un grave retroceso a la construcción y formación de la ciudadanía, a su participación en la decisión y fiscalización del espacio público y también a la creación de políticas públicas eficaces y capaces de retroalimentar las virtudes de la participación y de la Democracia, virtudes estas sin las cuáles la tarea de construcción de sociedades más justas y igualitarias se tornarán inefectivas.
10.Presupuesto Participativo Estatal X Consulta Popular. Potencialidades y