Para analizar lo sucedido en septiembre y octubre de 2005 tanto en Ceuta y Melilla como al otro lado de la frontera, en Marruecos, es preciso hacer referencia al contex- to social de las dos ciudades autónomas españolas del norte de África. Obviamente el marco legal que rige es el mismo que en el resto del país, pero el contexto social, los antecedentes históricos y su localización geográfica dificultan su puesta en práctica. Además, por el hecho de que estas ciudades son fronteras, en toda su extensión, exis- te una duda sobre el estatuto legal de las franjas de terreno donde están situados los perímetros fronterizos que separan el territorio español del marroquí.
El panorama legal y social condiciona la vida de estas ciudades, así como los intentos de los migrantes (magrebíes, subsaharianos y asiáticos) de alcanzar su sueño de una vida mejor en Europa, itinerario que tiene en estas dos ciudades una escala decisiva y que está plagado de irregularidades a ambos lados de la frontera. Desde que el Gobierno impuso la exigencia de visado a los ciudadanos marro- quíes en 1991, Ceuta y Melilla se han convertido en dos cuellos de botella donde los conflictos en que se ven implicados quienes intentan cruzar la frontera, aunque sea sólo para comerciar, están a la orden del día.
Las reformas de la Ley de Extranjería de los últimos años han establecido dis- tintas formas de aplicar sanciones a quienes intentan o logran cruzar los períme- tros fronterizos de estas ciudades cuyos límites, sin embargo, son muy opacos. Las fórmulas aplicables en estos lugares son el retorno (si la persona ni siquiera tras- pasa el control aduanero), la devolución (si es interceptada en la zona fronteriza) o la expulsión (si entra en territorio español).
En todo caso, las garantías son muy exigentes en los tres supuestos: en el retor- no y la devolución hay asistencia jurídica y de intérprete, pero el procedimiento es rápido y no hay fase de alegaciones; en cambio, en la expulsión existen todos estos derechos y también una fase de alegaciones y más posibilidades de defensa.
Conviene tener presente también que las autoridades españolas tienen el obstácu- lo para la expulsión de la inexistencia de convenios con la mayor parte de los países de origen de los extranjeros y que, además, no pueden identificar a las personas que llegan sin pasaporte. En cambio, los ciudadanos marroquíes son devueltos de inmediato a su país si cruzan de manera irregular a territorio español en virtud del acuerdo de 1992. GRÁFICO 14
PATERAS DETENIDAS POR LA POLICÍA ESPAÑOLA (1999-2005)
A consecuencia de ello, los ciudadanos de la mayor parte de países del África subsahariana y de Asia permanecen durante meses en ambas ciudades autónomas, sin documentación para trabajar o cruzar a la península y sin poder ser expulsados. Ningún Gobierno ha sido capaz de promover una solución efectiva para estas situa- ciones que son especialmente graves, al estar estas personas condenadas a la pre- cariedad y a una provisionalidad muy prolongada.
567 740 942 1.020 1.060 807 475 0 200 400 600 800 1.000 1.200 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005
A esta situación se ha unido en el último año la mejora de las relaciones entre Madrid y Rabat, que obedece en gran medida al interés del Gobierno español, pre- sionado por la Unión Europea, por endurecer las políticas de control de fronteras. Ante la imposibilidad de ejecutar en muchos casos su expulsión, impedir el acceso al territorio europeo de las personas del África subsahariana se ha convertido en un objetivo prioritario para España y la Unión Europea.
Uno de los más importantes avances en el intento de externalizar las fronteras europeas ha sido la celebración de reuniones bilaterales entre las autoridades españolas y las marroquíes, en las que lo prioritario para el Gobierno español es lograr la colaboración marroquí en el control de los flujos migratorios. Uno de estos encuentros tuvo lugar en septiembre de 2005 y es muy importante destacar- lo, porque coincidió con la crisis humanitaria que se examina a continuación.
Hasta esas fechas los subsaharianos se concentraban principalmente en tres zonas a la espera de poder cruzar a Europa: en la zona de El Aaiún para partir en patera hacia Canarias, en los montes próximos a Melilla y en los bosques fronterizos con Ceuta.
Los intentos de atravesar las fronteras o de realizar las travesías se preparan de manera concienzuda, con la participación de numerosas redes de tráfico de perso- nas que se lucran más cuanto más restrictivas son las políticas de inmigración espa- ñola y comunitaria. En los montes próximos a Melilla y en los bosques fronterizos con Ceuta, las personas se organizan por comunidades, en condiciones de gran pre- cariedad, que afecta especialmente a las mujeres y a los menores no acompañados.
Toda esta organización se quebró en los días previos a la cumbre hispano- marroquí de septiembre de 2005. Estos inmigrantes son plenamente conscientes de GRÁFICO 15
INMIGRANTES DETENIDOS POR LA POLICÍA ESPAÑOLA (1999-2005)
3.569 15.195 16.670 19.176 15.675 11.781 18.517 0 2.000 4.000 6.000 8.000 10.000 12.000 14.000 16.000 18.000 20.000 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005
que no pueden intentar cruzar las fronteras de manera masiva, al contrario, deben hacerlo en pequeño número para no llamar la atención y tener éxito. Sin embargo, desde finales de agosto se produjeron intentos masivos de entrada en Ceuta y Melilla.
En todo caso, respondiese o no este cambio en la estrategia para atravesar las vallas de Ceuta y Melilla a una provocación o a la desesperación de estas personas desencadenó una auténtica crisis humanitaria que conmovió a la sociedad españo- la durante semanas por las imágenes de los humildes trapos y vestimentas atrapa- dos en los alambres de espino de las vallas, de las personas heridas y de los cadá- veres de los inmigrantes. Oficialmente se reconoció la muerte de 14 personas, aunque las organizaciones que trabajan allí hablan de 21. Ni el Ejecutivo español ni la Unión Europea han realizado una investigación suficiente, ni han presionado al régimen de Rabat para que investigue y castigue a los culpables.
La cumbre hispano-marroquí se celebró en este contexto de crisis humanita- ria y con una atención mayor de los medios de comunicación. El Gobierno español anunció como una de las soluciones la aplicación del acuerdo bilateral de 1992 (permite la expulsión y devolución casi inmediata de los ciudadanos marroquíes que ingresan de manera irregular en territorio español) a los nacionales de terce- ros países que llegasen procedentes de Marruecos. El 6 de octubre se devolvió GRÁFICO 16
SOLICITANTES DE ASILO ARGELINOS EN ESPAÑA (1995-2005)
1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 1995 1996 1997 1998 1.710 1.620 1.530 1.440 1.350 1.260 1.170 1.080 990 900 810 720 630 540 450 360 270 180 90 0 266 108 273 1.595 1.342 326 231 334 682 988 406 FUENTE: OAR.
a Tánger a 73 personas, en su mayor parte originarios de Malí y Costa de Marfil, que acababan de saltar la valla y fueron detenidos en Melilla.
Entre las irregularidades cometidas, se constató la aplicación de un artículo del Reglamento de Extranjería ya derogado, no recibieron asistencia jurídica real, ya que una misma abogada atendió en una tarde a las 73 personas, además de a otras 30, y el auto judicial que autorizó el internamiento de estas 73 personas, paso pre- vio necesario para toda expulsión, establecía que fueran conducidas a Fuerte- ventura y en lugar de ello fueron devueltas a Tánger desde Algeciras.
Por la información que recopiló, CEAR consideró, además, que no habían tenido la posibilidad de solicitar asilo en España (según ACNUR2
, cuatro de los componentes de este grupo lo habían pedido en Marruecos) y que se aplicó el pro- cedimiento de devolución cuando correspondía incoar un expediente de expul- sión, que ofrece más garantías, ya que todos ellos residían en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI).
En Tánger se produjo la reclusión de estas 73 personas en pésimas condiciones y con un desconocimiento absoluto de su destino. Ante esta situación, varias orga- nizaciones no gubernamentales, como CEAR, exigieron que se reparase esta actua- ción arbitraria. Además, varios miembros de la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) se desplazaron a Melilla para veri- ficar qué había sucedido con la asistencia jurídica, imprescindible en estos casos3
. Por su parte, el Defensor del Pueblo del Consejo de Europa, Álvaro Gil-Robles, consideró “difícilmente comprensible” que el Gobierno español ordenara esta deportación y recordó que las “órdenes de expulsión colectivas” están prohibidas GRÁFICO 17
SOLICITANTES DE ASILO ARGELINOS EN ESPAÑA EN 2005 104 53 91 30 65 7 44 7 5 0 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100 110
ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO-
SEPTIEMBRE
OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE
por la legislación internacional. Incluso el secretario general de Naciones Unidas, Kofi Annan, se pronunció el 14 de octubre en Salamanca sobre esta polémica y rei- teró que ninguna persona que desea solicitar asilo puede ser expulsada.
También la adjunta primera del Defensor del Pueblo, María Luisa Cava de Llano, aseguró en noviembre en el Congreso de los Diputados que el Gobierno cometió una “radical incorrección” al abrir un procedimiento de devolución y no de expulsión. Además, informó de que la delegación de ACNUR en Rabat había reconocido como refugiados a tres de los 73 inmigrantes devueltos a Marruecos, todos ciudadanos marfileños4
.
A consecuencia de esta reacción, se interpusieron varios recursos, con los que se buscaba la efectividad del Estado de Derecho y salvar la integridad de las perso- nas expulsadas. La Federación de Asociaciones de SOS Racismo del Estado Español y CEAR presentaron ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Melilla un recurso para la protección de los derechos fundamentales de estas personas en el que se pidió, además, como medida cautelar y urgente, el regreso de las 73 personas a Melilla porque, vistos los antecedentes, su vida corría peligro.
Al mismo tiempo, CEAR, gracias al trabajo de su delegación en Andalucía, presentó otro recurso ante el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo. El fundamento nuclear de todos estos recursos era que la devolución a Marruecos de estas personas, además de estar plagada de irregu- laridades, ponía en riesgo su vida e integridad (derecho fundamental de toda persona reconocido en el artículo 15 de la Constitución) y violaba al mismo tiempo varios tratados internacionales ratificados por España, como el artícu- lo 3 de la Convención contra la Tortura o la Carta Europea de Derechos Funda- mentales.
GRÁFICO 18
SOLICITANTES DE ASILO EN ESPAÑA ORIGINARIOS DE ÁFRICA (1995-2005)
1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 1.640 1.541 1.850 3.360 3.239 2.702 2.794 2.907 4.201 3.851 2.678 1996 1995 4.500 4.000 3.500 3.000 2.500 2.000 1.500 1.000 500 0 FUENTE: OAR.
Después de su presentación, el recurso ante el Tribunal Europeo sigue su trámite ordinario en Estrasburgo. En Melilla, se denegó la medida cautelar solicitada, aunque se recurrió esa decisión. A principios de marzo de 2006, el magistrado titular del Juz- gado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de esta ciudad desestimó el recurso de CEAR y SOS-Racismo presentado contra la Delegación del Gobierno, ya que señaló que la devolución de estas personas está prevista en el artículo 1 del convenio de 1992 y, además, rechazó la tesis de que la expulsión puso en “serio riesgo” la vida de los sub- saharianos5
. Frente a la anterior decisión se presentó el correspondiente recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con la intención de buscar un nuevo pronunciamiento que valore los hechos en toda su dimensión.
GRÁFICO 19
SOLICITANTES DE ASILO NIGERIANOS EN ESPAÑA EN 2005
227 51 73 53 71 57 73 60 61 0 50 100 150 200 250
ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO-
SEPTIEMBRE
OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE
FUENTE: BOLETINES DE LA OAR. ELABORACIÓN PROPIA.
GRÁFICO 20
SOLICITANTES DE ASILO NIGERIANOS EN ESPAÑA (1995-2005)
726 1.029 1.668 1.445 1.350 843 187 255 373 276 139 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 0 100 200 300 400 500 600 700 800 900 1.000 1.100 1.200 1.300 1.400 1.500 1.600 1.700 1.800 FUENTE: OAR.
Unos días después de la presentación del recurso, las 73 personas, que habían permanecido casi un mes recluidas en Tánger, fueron deportadas a sus países de origen a pesar de que algunas habían solicitado asilo en Marruecos. El resto de las personas detenidas en este reino padeció lo que sucede desde hace años con los extranjeros en tránsito. Algunos son detenidos en las inmediaciones de los perí- metros fronterizos de Ceuta y Melilla y otros son interceptados por la Guardia Civil en la frontera y devueltos al país vecino a través de las vallas de manera irregular, por lo que los propios inmigrantes llaman “la puerta pequeña” (como ya se ha señalado, son numerosos los testimonios de que algunos agentes de la Guardia Civil les impiden solicitar asilo cuando lo desean).
Cuando llegan a manos de los gendarmes marroquíes son recluidos en la comisaría más próxima a la frontera y luego son trasladados a Tetuán, en el caso de Ceuta, y a Nador, en el de Melilla, donde, después de unos días hacinados en las cárceles, son juzgados, sin intérprete, por entrada irregular en Marruecos.
Así lo establece desde noviembre de 2004 la primera Ley de Extranjería marro- quí. Juzgados y condenados sin defensa alguna, les obligan a subir a un autobús y les conducen a la frontera con Argelia, donde los abandonan a su suerte. Si en ese momen- to sobornan a los gendarmes, les dejan marchar y regresan a Nador o Tánger, la mayo- ría de las veces andando, para volverlo a intentar. Si no tienen dinero, son entregados a la policía argelina, cuyos miembros, según la mayoría de los testimonios recogidos, les roban, maltratan y les dejan ir para hacer el mismo camino de vuelta. Todo este camino de ida y vuelta está jalonado por los malos tratos que sufren estas personas.
CUADRO 9
INMIGRANTES DETENIDOS EN 2005 EN ESPAÑA
DETENIDOS PATERAS Gran Canaria 1.347 107 Lanzarote 329 26 Fuerteventura 2.271 69 Tenerife 768 17 Cádiz 1.375 56 Málaga 748 31 Almería 1.853 124 Granada 2.678 70 Ceuta 224 49 Melilla 188 18
FUENTE: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. EL PAÍS, 6 DE ENERO DE 2006. P. 26.
El lugar habitual para el abandono de los inmigrantes por parte de Marruecos era, hasta la crisis de septiembre y octubre de 2005, Oujda, casi en el Medi- terráneo. Sin embargo, el hecho de ser un lugar de fácil acceso para los periodistas y las personas comprometidas, que empezaron a seguir en esa fecha a los convoyes de autobuses para confirmar lo que ya se sabía, modificó la actuación de las autori- dades de este país. A esta circunstancia se unieron numerosas redadas contra la población negra en todo Marruecos, que supuso la detención de muchas personas de origen subsahariano, incluso algunas que residían legalmente, como los estu- diantes, por el afán del régimen de demostrar a la UE su eficiencia como “gendar- me” de su frontera sur.
Por tanto, los inmigrantes empezaron a ser trasladados en autobuses al terri- torio ocupado del Sáhara Occidental, muy lejos de Ceuta y Melilla, donde el control militar es mayor y el ejército cuenta con instalaciones de grandes dimensiones en todos los pueblos, en las que fácilmente podían ubicar y ocultar a los detenidos, fuera del foco de los periodistas y de las personas que los seguían.
Pero estos traslados no lograron despistar a quienes querían documentar esta vulneración de los derechos humanos: periodistas y personas comprometidas no cejaron en su empeño de seguir a los convoyes y de enviar noticias directas de lo que estaba ocurriendo También los teléfonos móviles que llevaban los detenidos desempeñaron un papel importante a lo largo de toda esta crisis, ya que permitían encontrarlos si se desconocía su paradero.
Finalmente, las personas detenidas y trasladas al sur de Marruecos no fueron abandonadas a su suerte en el desierto ya que estaban en el punto de mira y el régi- men marroquí se vio forzado a pedir por primera vez a los países de origen que los repatriaran. Varios grupos de personas fueron abandonados antes de que se toma- ra esta decisión en distintos lugares, todos ellos al pie del inmenso desierto del Sáhara: en Smara, una zona minada próxima al muro construido por el ejérci- to marroquí durante la guerra contra el Frente Polisario, y en la frontera con Mauritania.
CUADRO 10
CADÁVERES RECUPERADOS DE LOS NAUFRAGIOS DE LAS PATERAS
2005 2004
Patrones de patera detenidos 140 283
Naufragios 2 14
Cadáveres recuperados 24 81
Personas rescatadas 329 339
FUENTE: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. EL PAÍS, 6 DE ENERO DE 2006. P. 26.
Ante esta situación, CEAR, con la información de que disponía, decidió enviar tres equipos de emergencia para reforzar el trabajo que otras personas y entidades ya ha- bían realizado sobre el terreno, en condiciones muy difíciles y durante mucho tiempo.
2.3. A FONDO: LAS MISIONES DE CEAR EN MARRUECOS,