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LIC MARÍA CONCEPCIÓN MENDIETA SANTOS

In document ORDINARIO I N D I C E (página 79-81)

DISTRITO DE TORREON

LIC MARÍA CONCEPCIÓN MENDIETA SANTOS

(RÚBRICA) 13 JUL Y 10 AGO

JUZGADO PRIMERO DEL RAMO CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O

ANTE EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TORREÓN CON RESIDENCIA EN TORREÓN, COAHUILA, mediante instancia recibida en fecha 08 de Junio del 2018, comparecieron SONIA DÍAZ RAMÍREZ Y GLORIA DENISE DÍAZ RAMÍREZ, a denunciar el fallecimiento de APOLINAR ROBERTO DÍAZ HERNÁNDEZ, quien falleció el día 29 de Diciembrede2014y por reunir los requisitos de ley se radicó el Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de dicha persona, bajo el expediente 403/2018, ordenándose integrar las secciones del presente juicio, manifestando las denunciantes que el lazo que las une con el de cujus es el de hijas, se ordenó la notificación a los presuntos herederos para que justifiquen sus derechos a la herencia, así como al AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA ADSCRIPCIÓN, para los efectos legales correspondientes, y así mismo se ordenó publicar Edictos por dos veces, con un intervalo de diez días, en la Tabla de Avisos de este Juzgado, en el Periódico Oficial del Estado y en El Portal Electrónico del Poder Judicial del Estado, mediante los cuales se convoca a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del autorde la sucesión, para que se presenten en el juicio a deducirlos según corresponda, según lo dispuesto por el artículo 1088 del Código Procesal Civil del Estado.

A T E N T A M E N T E,

TORREÓN, COAHUILA DE ZARAGOZA, A 03 DE JULIO DE 2018. SECRETARIA DE ACUERDO DEL JUZGADO PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TORREÓN

LIC. MARÍA CONCEPCIÓN MENDIETA SANTOS

(RÚBRICA) 13 JUL Y 10 AGO

JUZGADO SEGUNDO DE RAMO CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O

Dentro de los autos del expediente número 458/2014 relativo al juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por JAIME IBARRA VARELA, en contra de JORGE ENRIQUE CARRILLO CALDERÓN Y JOSÉ SANTOS CUELLAR, por auto de fecha veinte de junio de dos mil dieciocho, el C. Juez Segundo de Primera Instancia en Materia civil del Distrito Judicial de Torreón, señaló las DOCE HORAS DEL DÍA VEINTE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO, para que tenga verificativo en el local de éste Juzgado la audiencia de remate del bien inmueble hipotecado consistente en:

Casa habitación construida sobre el lote 54, de la manzana 30, del fraccionamiento La Merced II, de esta ciudad, con una superficie de 128.00 metros cuadrados y con las siguientes medidas y colindancias;

Al norte 8.00 metros con lote numero 24; Al sur 8.00 metros con calle Azuay; Al oriente 16.00 metros con lote 55; Al poniente 16.00 metros con lote 53;

Inscrito en el Registro Público de la propiedad de esta ciudad de Torreón, Coahuila, bajo la partida 7639, foja 168, libro 19 -C, Sección I de fecha 26 de diciembre de 1987.

Sirve de base para el remate, la cantidad de $298,000.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.), valor fijado por el perito valuador designado en autos, siendo postura legal la que alcance a cubrir las dos terceras partes de dicha cantidad.

En solicitud de postores publíquense edictos por dos veces de siete en siete días, en un periódico de los de mayor circulación que se edite en esta ciudad y en el Periódico Oficial del Estado.

SE CONVOCAN POSTORES

TORREÓN, COAHUILA, 04 DE JULIO DE 2018

LIC. GEORGINA ONTIVEROS CASTRUITA

SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA

INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TORREÓN

(RÚBRICA) 13 JUL Y 7 AGO

JUZGADO PRIMERO DEL RAMO CIVIL. TORREÓN, COAHUILA.

E D I C T O

En el expediente 625/2017, relativo al juicio ordinario civil, promovido por ELODIA ORTIZ GARCÍA en contra de MARGARITA DE LA FUENTE DE SMITH, CELIA DE LA FUENTE DE SEPÚLVEDA, JOSEFINA DE LA FUENTE DE FARIAS, MERCEDES DE LA FUENTE DE STOFFEL HOY DE COMEAU y DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE ESTA CIUDAD, se ha dictado una sentencia con fecha dieciocho de junio de dos mil dieciocho, que copiado en su parte conducente dice: -

PUNTOS RESOLUTIVOS:

PRIMERO. Este juzgado resultó competente para conocer y fallar en la presente causa. SEGUNDO. Fue procedente la vía propuesta y tramitada. TERCERO. La parte actora ELODIA ORTIZ GARCÍA, justificaron los elementos constitutivos de su acción de usucapión, conforme a las consideraciones expuestas en el cuerpo de esta resolución, mientras que la demandada MARGARITA DE LA FUENTE DE SMITH, CELIA DE LA FUENTE SEPÚLVEDA, JOSEFINA DE LA FUENTE DE FARIAS, MERCEDES DE LA FUENTE DE STOFFEL HOY DE COMEAU y DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE ESTA CIUDAD, no comparecieron a juicio, en consecuencia: CUARTO. Se declara que la parte actora ELODIA ORTIZ GARCÍA, ha adquirido mediante la usucapión y, por ende, se han convertido en propietario respecto al siguiente bien: Lote 11 de la manzana 72 de la Colonia Lázaro Cárdenas de esta ciudad, una superficie de 200.00 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias; Al Norte mide 10.00 metros y colinda con lote número 01; Al Sur mide 10.00 metros y colinda con Calle Huelguistas de Cananea; Al Oriente mide 20.00 metros y colinda con lote 12; Al Poniente mide 20.00 metros y colinda con Calle 21 de Mayo. Inscrito ante el Registro Público de la Propiedad de esta ciudad a favor de MARGARITA DE LA FUENTE DE SMITH, CELIA DE LA FUENTE DE SEPÚLVEDA, JOSEFINA DE LA FUENTE DE FARIAS, MERCEDES DE LA FUENTE DE STOFFEL HOY DE COMEAU, bajo la partida número 55, foja 61, volumen 191, sección I de fecha dieciséis de noviembre de mil novecientos cincuenta y en la partida número 4, folio 22, volumen 400, sección I de fecha diecisiete de diciembre de mil novecientos setenta y tres. QUINTO. Una vez que cause ejecutoria ésta sentencia, inscríbase en el Registro Público de esta ciudad y la misma sírvale de título de propiedad a la parte actora, debiendo expedirse a la misma las copias certificadas que sean necesarias para que se dé cumplimiento a lo anterior. SEXTO. No se hace especial condenación en costas procesales en esta instancia. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE, ello de conformidad con el artículo 211 Fracción V del Código Procesal Civil en el Estado. Así definitivamente juzgando lo resolvió y firma el licenciado CARLOS SANTIAGO CHARLES LOZOYA, Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Torreón, con sede en esta ciudad, quien actúa con la licenciada MARÍA CONCEPCIÓN MENDIETA SANTOS, Secretaria que autoriza y da fe de sus actos.- DOY FE.

A T E N T A M E N T E,

Torreón, Coahuila de Zaragoza, a 25 de Junio de 2018. EL SECRETARIO DE ACUERDO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA

In document ORDINARIO I N D I C E (página 79-81)