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Los Derechos del Agricultor como Integración en la

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Los derechos del agricultor.

En 1989, la conferencia de la FAO aprueba una resolución en que define a los derechos del agricultor como: "los derechos que provienen de la contribución

7 Los seres vivos no deben ser patentados y se impone una revisión de las normas de la OMC sobre los

derechos de propiedad intelectual de modo que los países puedan prohibir el patentamiento de la vida, sostuvieron expositores y participantes en el seminario sobre "últimos sucesos de la OMC: perspectiva de los países en desarrollo, organizado en Septiembre en Ginebra por la Red del Tercer Mundo. Esta posición coincide con un movimiento a nivel mundial y que reclama "No a las patentes sobre la Vida". (Martin Khor).

pasada, presente y futura de los agricultores a la conservación, mejora y disponibilidad de los recursos fitogenéticos, particularmente de los centros de origen/diversidad." (FAO,1989).

El origen, el ascenso y las dificultades de los derechos del agricultor.

El hecho de que el concepto haya emergido desde un foro y negociación internacional y no desde las comunidades indígenas o instancias gubernamentales de fomento a la producción agrícola nacionales puede ser una razón por la cual las comunidades no estén presionando a las instituciones correspondientes, lo que se traduce en una notoria falta de voluntad política para instrumentar estos derechos. Los estados-nación no han reconocido derechos por el aporte de los campesinos e indígenas, tampoco han sido representantes de las comunidades partícipes de las negociaciones.

Las negociaciones en torno a la revisión del CIRF.

En 1993, la Conferencia de la FAO por conducto de la resolución 7/93, pide al Director General (de la FAO) que proporcione un foro destinado a las negociaciones entre los gobiernos para la adaptación del Compromiso Internacional, en armonía con el Convenio sobre Diversidad Biológica; también para la cuestión del acceso en condiciones concertadas a los recursos fitogenéticos incluidas las colecciones ex -situ, no comprendidas en el convenio y para conseguir que se hagan realidad los derechos del agricultor. Resolución 7/93 (FAO,1995;12).

El proceso de negociación no ha logrado marcarse a los tiempos establecidos para su conclusión, la pugna por el control de los recursos agrícolas no ha encontrado vías satisfactorias de solución. En las negociaciones celebradas a fines de 1996 y en Mayo de 1997 se observó que las cuestiones relativas al ámbito llegaron a acuerdos que se formalizaron con una redacción en términos muy generales. Se establece en el artículo 3, ámbito. "el compromiso refiere a los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura". (Martínez Gómez, 2000).

La negociación no se limita al foro, con frecuencia hay influencia de los resultados de otros foros y de reuniones informales donde participan representantes de gobiernos, funcionarios de la secretaría de la FAO, representantes de la industria de semillas y de organizaciones no gubernamentales (ONGs), lo local y lo global se entremezclan. Los discursos de los representantes también se elaboran conforme a sus intereses profesionales, políticos y a los de sus gobiernos. La confrontación de los discursos de los actores se va formalizando en textos que contienen los equilibrios alcanzados en las reuniones y los textos están sujetos a una constante revisión, susceptibles de cambio por parte de los actores y de las redes que se conforman para impulsar o defender la persistencia de propósitos comunes.

Hay representantes que son protagonistas en las negociaciones mientras que otros asumen un papel pasivo y con ello se sujetan a los acuerdos emanados de las negociaciones. Los discursos orales de los representantes se modifican en el transcurso de la reunión, no todo lo que se dice queda en los informes, persiste lo que estima pertinente la secretaría de la FAO cuyos borradores son modificados por los comités de redacción. (Martínez Gómez, 2000).

El análisis del discurso orales y escritos conjuntamente con los análisis de las situaciones en que estos se dan sólo son el medio principal para poder describir y analizar las negociaciones internacionales en torno a los recursos genéticos agrícolas. Las discusiones en la comisión de la FAO incluyen propuestas que son de ámbitos macros, es un foro multilateral donde se ventilan los problemas estructurales y coyunturales que se generan a nivel internacional.

La postura de Estados Unidos con respecto a la revisión del CIRF.

El representante del gobierno de Estados Unidos ha sido un actor clave en todo el proceso de negociaciones en la materia. El gobierno es parte de los países miembros de la Comisión, pero no forma parte del CIRF ni se ha adherido al Convenio sobre Biodiversidad, no obstante sus opiniones y liderazgo en las negociaciones se ven reflejadas en los informes y demás textos de la Comisión.

En cuanto a los derechos del agricultor el gobierno de los Estados Unidos propone:

(Artículo 12): Los Estados y las Organizaciones Regionales de Integración Económica (ORIE), que son parte del Compromiso adoptarán medidas para promover las actividades de los agricultores encaminadas a la conservación y la utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura mediante el establecimiento o el fortalecimiento de mecanismos, en popular a: sistemas nacionales de germoplasma, a programas de conservación y el mejoramiento del germoplasma autóctono, a iniciativas para promover la utilización de cultivos que en la actualidad no son de uso general y la investigación sobre actividades que contribuyan a combatir la erosión de las tierras cultivables (FAO;1997(a);D10).

La postura de Estados Unidos en este aspecto, también tiene diferencias con la de los Europeos. La propuesta que la Comunidad Económica Europea que presentó el 11 de Diciembre de 1997 señala: (Artículo 12): Los gobiernos que se adhieren al presente Compromiso reconocen la enorme contribución que han aportado y seguirán aportando los agricultores de todas las regiones del mundo, en particular los de los centros de origen y de diversidad de plantas cultivadas, a la conservación y el mejoramiento de los recursos fitogenéticos, que constituyen la base de la producción alimentaria y agrícola en el mundo entero, la cual a su vez es el fundamento de las medidas apropiadas que son necesarias para que continúe la labor de conservación, ordenación y mejoramiento de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura.

Las posturas regionales.

Es interesante observar las diferencias en las posturas con respecto al artículo 12, "Los derechos del agricultor" de los grupos Latinoamericano, Asiático y Africano entre sí, y con respecto a la postura que presentaron como grupo de los 77, en el cuadro siguiente se observan las diferencias:

Diferencias en las propuestas con respecto al artículo 12 "Los derechos del agricultor" entre el grupo de los 77 y los grupos regionales.

Cuadro No.3: Comparación de Posturas Regionales sobre Derechos del Agricultor.

Grupo de los 77 Grupos regionales

Asegurar la obtención del consentimiento fundamentado previo de los agricultores y las comunidades locales interesados antes de llevar a cabo la recolección de recursos vegetales y exigir cuando proceda con arreglo a la legislación nacional, la divulgación del origen de los recursos fitogenéticos utilizados en la obtención de variedades vegetales.

Esta disposición no se incluye en la propuesta del grupo Latiniamericano y del Caribe y sí en el grupo de Asia y el Cercano Oriente. En otros términos más amplios se señala por parte del grupo de África, Japón y Corea no lo incluyen.

Examinar, evaluar y si procede, modificar los sistemas de derechos de propiedad intelectual, la tenencia de la tierra y la legislación sobre semillas, a fin de asegurar que estén en armonía con las disposiciones del artículo 12.

Esta disposición no está en el grupo Latinoamericano y en los demás grupos sí está expresado en otros términos.

Reconocer y proteger el derecho tradicional de los agricultores y sus comunidades a mantener, utilizar, intercambiar, compartir y comercializar sus semillas y cualquier otro material de reproducción vegetal, incluso el derecho a reutilizar las semillas conservadoras en las fincas.

Esta redacción se encuentra en los grupos de Asia, Cercano Oriente y Africa. En caso del grupo Latinoamericano queda en los siguientes términos: ...incluso el derecho a reutilizar las semillas conservadas en las fincas en virtud de lo dispuesto en el Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales.

Esta disposición no quedó establecida en los mismos términos por parte del grupo de los 77, ni tampoco de los otros grupos regionales.

El grupo Africano aestableció como primer punto: Las partes en el presente Compromiso protegerán los derechos del agricultor a su sistema de vida, a la tierra, y a la diversidad biológica y promoverán el ejercicio de tales derechos de conformidad con las leyes nacionales apropiadas y las disposiciones del presente compromiso.

Fuente: FAO, 1997. Revisión del CIRF. Texto negociado y texto refundido de los artículos 3,11 y 12 procedentes de las negociaciones durante la séptima reunión ordinaria. Continuación de las negociaciones para la Revisión del CIRF, Octubre, 1997. Cuarta Reunión Ordinaria. Comisión de Recursos Genéticos para la Alimentación y la agricultura. CGRFA/IUND/4 Rev. 1 Add. 1. Roma, Italia.

Las negociaciones vistas por las ONGs.

RAFI es una organización que ha participado en casi todas las reuniones previas y posteriores a la constitución de la Comisión de Recursos Fitogenéticos de la FAO. Su participación ha aportado ideas que han sido incorporadas en los textos de las negociaciones; tiene permanentes contactos con organizaciones no gubernamentales que trabajan con proyectos de apoyo a los productores agrícolas, el mejoramiento del medio ambiente y a favor de un mejor uso del germoplasma agrícola.

Para RAFI el trabajo de las ONGs durante los últimos cincuenta años ha tenido pocos logros efectivos, el resultado que observa de sus luchas durante este lapso lo resume y especifica señalando que su labor se ha dirigido a constituirse en una industria parásita que se alimenta de los peores errores del capitalismo, afirma que "las cosas no van bien en el mundo". "Todas las partes de la vida han sido pirateadas y patentadas y las leyes de la naturaleza y la sociedad han sido silenciadas". Agrega que son las ONGs las únicas que pueden jugar una función importante de lado de la gente cooperando dentro de la estrategia del tercer sistema (RAFI,1997;164).

Una mezcla de sentimientos encontrados también se observa de las lecturas de GRAIN, la otra ONG veterana encargada sobre las negociaciones sobre el germoplasma agrícola. Se desprende de sus comunicados que no obstante la cantidad de eventos celebrados en 1996 en donde ha habido una creciente participación de ONGs cuyos logros son desalentadores. (GRAIN,1997). Reitera también su fe en que las organizaciones civiles incrementen y mejoren su acción en las negociaciones para rectificar el sentido de las mismas. En su reporte "Derechos de Propiedad intelectual y Biodiversidad: Los Mitos Económicos", propone que las organizaciones civiles y los gobiernos de los países en la "revisión del Artículo de TRIPs 27.3 se debería suprimir la obligación de establecer normativas para proteger la propiedad intelectual de obtenciones vegetales y de

cualquier otra forma de vida, bien sea a través de patentes o a través de un sistema sui generis" (GRAIN,1999;16).