6. Discusión
6.3 Estudio de la opinión sobre el tipo de custodia
6.3.1 El médico en la custodia compartida como garantía de la salud integral del menor
El papel del médico en la custodia compartida debe ser “garantizar la salud integral del menor”, nunca será garantizar “el interés del menor” porque este no es un problema del médico, pues la función del pediatra es la de analizar aquellas circunstancias que determinan la salud integral del menor. Es verdad que cuando analiza ese hecho tendrá que diferenciar, desde el punto
(ideas acerca de la separación, sentimientos de abandono, estrategias de afrontamiento, son variables que determinan el estado del menor), los aspectos sociales (cambios en las redes de apoyo, de domicilio, colegio, amigos,…), y de forma destacada el nivel de conflicto parental. La conflictividad entre los progenitores se relaciona con dificultades en el ajuste emocional del menor, afectando más que la propia ruptura en sí.
246 La psicoterapia tiene eficacia similar a la terapia farmacológica pero sin sus efectos secundarios. 247 Ibid., 148
6.3 Estudio de la opinión sobre el tipo de custodia. 153 de vista del concepto de la salud, como se estructura y se interpreta el interés del menor y hasta que punto una intervención puntual en el desarrollo del menor puede ser más contraproducente que una intervención mucho más mantenida.
El médico en este proceso de resolución de conflictos no puede actuar como un mediador encargado de ver quien tiene más razón de los padres en los planteamientos que le hacen, sino que tiene que analizarlo desde la perspectiva de un profesional que evalúa la salud y analiza y
determina que es lo mejor para el menor desde el punto de vista de su salud.
El pediatra al tomar decisiones en situaciones de conflictos, debe considerar en primer lugar, la edad del menor. Así, si estamos ante un niño pequeño con inmadurez física y emocional, las decisiones y acciones serán tomadas por los padres conjuntamente con el pediatra buscando siempre su bienestar y su desarrollo óptimo. Sin embargo para el niño escolar y adolescente se debe tomar más en consideración la capacidad del menor para decidir.
Hay conflictos en que colisionan el derecho a la intimidad del menor y el de los padres a ejercer la patria potestad. Otras veces es el derecho a la autonomía en la decisión del menor (consentimiento libre y voluntario) el que se enfrenta con la opinión de sus padres.
También puede ocurrir que las decisiones de los padres vayan contra los intereses del menor, a juicio del médico, o que existan discrepancias de criterio entre ambos padres, separados o no.
La mayoría de todos estos conflictos se podrán resolver sin dificultades recurriendo a nuestros conocimientos clínicos y habilidades comunicacionales. Pocas veces el conflicto puede llegar a bloquear la toma de una decisión y obligar a diferirla para realizar un análisis más detenido o incluso compartido (por ejemplo, con un comité de ética asistencial) o derivarlo hacia la vía judicial. Pero en esos pocos casos en que hay una duda legal, al profesional se le genera una “desazón o incertidumbre” ante la decisión que tiene que tomar. Acostumbrados a trabajar en un ámbito de incertidumbre clínica, las incertidumbres legales las toleramos peor, puesto que en este campo podemos sentirnos más ignorantes.
Entre las situaciones marcadas por esta incertidumbre se encuentran248: La ausencia de criterios
científicos claros e incontestables, la posibilidad de más de una interpretación sobre la respuesta adecuada a la luz de valores contrapuestos, y la existencia de equilibrio entre diferentes opciones terapéuticas.
Aunque ya hemos dado algunas indicaciones especificas al describir los dilemas mas frecuentes con los que el pediatra se enfrenta, tenemos que resaltar que el principio ético de respetar y salvaguardar la vida nos impone el deber moral de cuidar la salud de los demás, y nos
involucra en el uso de los medios necesarios para lograr ese objetivo.
Puede aparecer conflicto entre el médico y los familiares cuando éstos se niegan a procedimientos indispensables para el diagnóstico (ej. padres que se niegan a una punción lumbar para descartar una meningitis) y/o un tratamiento certero (padres que se niegan a transfusiones necesarias para la vida del menor). Considerando que la negativa a un procedimiento, que los padres consideran arriesgado, obedece a un miedo o arrebato emocional del familiar, el médico tendrá que agotar todos los recursos de comunicación para convencerles de que para lograr la salud del niño es preciso aceptar cierto riesgo, en los casos en que la ecuación beneficio-riesgo sea clara y que, por tanto, debe ser asumido.
En definitiva, en la mayoría de los conflictos para su resolución, el pediatra debe aplicar el sentido común, no alejarse de las indicaciones clínicas y recordar que la decisión de los padres se debe basar siempre en el “interés legitimo del menor”, y el riesgo asumido ser proporcional al beneficio que se espera de la aplicación del tratamiento.
No existe excesiva bibliografía que aborde, de forma específica, los conflictos y dilemas que se presentan en niños en situación de custodia compartida, pues como hemos visto la custodia compartida supone un porcentaje muy bajo con respecto a la custodia monoparenteral. Sin embargo
en nuestro estudio los 3 dilemas mas importantes que hemos encontrado en hijos de padres divorciados son: Acusaciones mutuas de abuso/maltrato tras fin de semana, problemas de confidencialidad y exigir al medico exploraciones complementarias no indicadas.
Ya hemos descrito en capítulos anteriores algunos de los conflictos identificados y las estrategias y herramientas que puede utilizar el pediatra en la resolución de estos conflictos, por lo que podremos resumir que:
1. La separación o divorcio genera gran ansiedad en el niño pero no necesariamente es traumática. Los padres deben salvaguardar que los vínculos afectivos con el menor no se vean dañados.
2. El contacto continuado de ambos progenitores con el menor, a pesar de la separación y/o divorcio, es la mejor garantía para el desarrollo del niño y la custodia compartida favorece este contacto.
3. Los pediatras encuestados consideran que la mejor modalidad de custodia es la compartida. 4. Los problemas derivados de la separación o divorcio de los padres, incluso en la modalidad
6.3 Estudio de la opinión sobre el tipo de custodia. 155 condicionan la salud del niño.
5. Ante determinados conflictos que exceden de la capacidad de resolución del pediatra
deben intervenir otros profesionales, e incluso en interés del menor, recurrir a los procedimientos que la legislación y la justicia establezca.
6. El pediatra debe enfrentarse a los posibles conflictos y dilemas éticos con estrategias que le permitan abordar de forma satisfactoria las situaciones generadas, siendo herramientas útiles la formación ética del profesional, la información y las habilidades de comunicación con padres y niños.
7. La aplicación de los principios éticos se constituye en una vía para humanizar la atención a la salud del menor y cumplir con la justicia social.
6.3.2 ¿Qué pasa si tienen la tutela del niño los 2 progenitores?.
• En el caso que fuese un matrimonio normal el pediatra actuaría con un papel de mediador pero buscando el interés del niño desde el punto de vista de su salud integral.
• Si es un divorcio con custodia compartida con 2 frentes no conciliables. Se deberán establecer estrategias para gestionar el conflicto igualmente desde la visión de un profesional medico y no desde un mediador social.
• ¿Qué hacer si discrepan los criterios de padres divorciados?.
Cuando el médico prescriba un tratamiento al niño, bastará la conformidad de uno de ellos. Si la decisión es urgente y no admite demora, el pediatra actuará sin necesidad de Consentimiento informado “en beneficio del menor”. Si la urgencia lo permite, consultará al Juez de Guardia o a través del Fiscal. Si no es un problema urgente, pondrá el caso en manos del Juez para que decida.
En nuestro estudio, tanto los resultados de la revisión bibliográfica como la opinión de los médicos encuestados coinciden en que el divorcio en la modalidad de la custodia compartida es más efectivo para proteger la relación del hijo con ambos progenitores, al mejorar su calidad de vida, impedir el desarrollo del SAP y mantener una adecuada estructura familiar a pesar de la ruptura de la pareja.