Como se ha señalado en el apartado 5.2.1., el PTP cuenta con un estudio de evaluación conjunta de impacto ambiental en el que se establecen los criterios para la implantación de bodegas. Estos criterios se recogen tanto en la propia propuesta de modificación como en los siguientes apartados. El único aspecto no recogido es:
- Que la bodega deberá resolver de forma adecuada sus necesidades de servicios básicos y concretamente el abastecimiento de agua (bien de manera autónoma o suministrándose de la red general, pero en todo caso costeando las obras necesarias para tal fin) y el saneamiento (deberá contar con los medios necesarios para el tratamiento completo de las aguas residuales evitando la contaminación de las aguas superficiales o acuífero subterráneo).
6.2.
P
ROPUESTA DE ADECUACIÓN DE LOS OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE LAMODIFICACIÓN
Los objetivos y estrategias de la modificación, como ya se ha apuntado en apartados anteriores, pretenden la compatibilidad entre los recursos naturales del territorio y la implantación de instalaciones bodegueras, por lo que no se considera necesario introducir otros desde el punto de vista ambiental.
6.3.M
EDIDAS A INCORPORAR AL DESARROLLO Y APLICACIÓN DE LA MODIFICACIÓNTras el análisis e identificación de los posibles impactos derivados de las determinaciones propuestas en la modificación, se establecen una serie de medidas de protección necesarias para la futura implantación de bodegas con el fin de conseguir un adecuado nivel de calidad ambiental. La aplicación de medidas correctoras deberá definirse de forma exhaustiva en los proyectos específicos que desarrollen la implantación de las bodegas.
En todo caso, y a modo de referencia, en este documento se señalan una serie de recomendaciones que deberán ser contempladas tanto en la redacción de los futuros proyectos de bodegas como de los documentos de planeamiento municipal. Debe entenderse como un compendio, de carácter muy general, de medidas que garanticen la mejor adecuación medioambiental posible de esta actividad en el ámbito del Área Funcional, para evitar o reducir el coste ambiental de la futura implantación de bodegas en el territorio:
• Mantenimiento de los escasos restos de vegetación natural, de esta forma se garantizará el equilibrio global de la zona y la diversidad biológica. Bosques y matorrales y pastizales xerófilos (hábitat 6220*). Se respetarán los ejemplares arbóreos y arbustivos que no sean incompatibles con el proyecto de bodega.
• Priorizar la utilización de suelos ya artificializados para la calificación de suelo (urbano o urbanizable) para la actividad económica general o específica para bodegas.
• Priorizar la recuperación de suelos contaminados antes de recalificar suelo no urbanizable.
• Evitar la segregación y dispersión urbana para reducir la generación de movilidad. • Evitar, en lo posible, la artificialización en zonas donde haya riesgo frente a las
avenidas de 100 años de periodo de retorno y que actualmente no presenten desarrollos.
• Minimización de producción de residuos.
• Ahorro de recursos naturales en los sistemas urbanos. • Fomentar la movilidad sostenible.
• Limitar para el 2010 las emisiones totales de gases de efecto invernadero.
• De forma previa a la redacción de los proyectos de implantación de bodegas se deberán realizar estudios detallados de su incidencia en el medio natural con el fin de determinar con más precisión el posible impacto ambiental y establecer las medidas correctoras oportunas para cada caso concreto.
• Estudio de afecciones que la implantación de las bodegas puedan ocasionar al sector primario y en su caso programa de compensaciones.
• Definición de las servidumbres que generen las actuaciones (carreteras, urbanizaciones, etc.) y regulación de los usos y actividades en estas zonas.
• Desarrollar medidas correctoras concretas y un programa de vigilancia que garantice su cumplimiento, de acuerdo con los criterios de esta modificación.
• Diseño de las actuaciones de manera que la afección al dominio público-hidráulico sea mínimo.
• Los proyectos de bodegas contarán con un Proyecto de Restauración Ambiental y Paisajística que recoja un análisis de las áreas afectadas por las obras y actuaciones complementarias, tales como: instalaciones auxiliares, vertederos o escombreras de nueva creación, zona de extracción de materiales a utilizar en las obras, red de drenaje de las aguas de escorrentías superficiales, accesos y vías abiertas para la obra, etc.
• El Proyecto recogerá además las actuaciones que deban realizarse para la integración paisajística de la bodega y las edificaciones complementarias, con especial atención a las medidas de diseño para su adaptación a las formas topográficas, a los bordes de los cauces o la vegetación existente.
• Proyectos de revegetación.
• Con carácter general, la ubicación de instalaciones auxiliares temporales y permanentes se situarán en zonas alteradas o sin interés, evitándose aquellas zonas de especial valor ambiental: por presentar vegetación de interés, por ser zonas de alta calidad paisajística o visualmente frágiles, por estar en cauces de drenaje natural, en áreas hidrogeológicamente vulnerables, por presentar suelos de alta capacidad agrológica, por constituir áreas de refugio para la fauna, en zonas forestales importantes, etc.
• La implantación de los captadores solares será admisible siempre que sea compatible con el grado de protección que pueda tener el edificio y/o el entorno que les sirva de soporte.
• La transformación en bodegas será admisible siempre que la misma sea compatible con el grado de protección que pueda tener el edificio y su entorno vinculado.