CAPÍTULO I. INMIGRACIÓN
4. Migración de Menores No Acompañados (MENA)
Desde finales de los años noventa, existe un nuevo tipo de migración: La de menores extranjeros no acompañados que cruzan el mar Atlántico o el Mediterráneo con intención de buscarse la vida en Europa, la mayoría proviene de Marruecos, África Sub-sahariana y Argelia, esto representó el 77 % del total de migrantes; de Europa el 13,4 % fueron los rumanos los más destacados, los iberoamericanos constituyeron el 2,3%, los asiáticos 0,71% y los procedentes de América del Norte el 0,05% además de un 5.25% sin determinar su procedencia. (Jiménez Álvarez, M 2005).
4.1. Perfil de los MENA que llegan a España.
Expondremos a continuación las características más relevantes de estos menores no acompañados, que logran acceder al territorio español ellas son:
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• Predomina el sexo masculino. • Suelen tener bastantes hermanos. • Proceden en su mayoría de Marruecos.
• La edad media se sitúa alrededor de los 16 años.
• Presentan una mayor madurez que la correspondiente a su edad cronológica.
• Mantienen una relación periódica con su familia de origen. • Muestran deseos de mejorar su situación personal y familiar.
• Su proyecto migratorio es muy claro: documentación para trabajar.
• Presentan una gran movilidad geográfica dentro de España, desplazándose de una comunidad autónoma a otra, así como dentro de la Unión Europea. • La opción por un determinado lugar siempre es provisional porque
dependerá de la consecución de sus objetivos.
• Suelen tener redes de compatriotas que facilitan el acceso.
• Rechazan el sistema de protección ofrecido decantándose por opciones de mayor autonomía como es el caso de los pisos.
• Tienen un bajo nivel de cualificación, habiendo estado escolarizado varios años pero sin haber terminado la educación obligatoria en su país.
• Suelen conocer algún tipo de oficio.
• Rechazan la escolarización mientras que optan por aquellas actividades formativas (talleres) que les permitan acceder a un empleo.
• Se relacionan poco con jóvenes autóctonos. • No contemplan el retorno.
• Creen conocer la legislación y el sistema de protección y hacen uso de él.
4.2. Distribución por sexo.
Bravo Rodríguez, R. Mª (2005), expone que la emigración de los MENA es fundamentalmente masculina, 89,50%, el peso relativo de la inmigración femenina por continentes es mayor en el iberoamericano con un 38%, seguido por el europeo 37% predominando las niñas rumanas, en África son las de origen marroquí las más frecuentes y en Asia tan solo un 10%.
Durante el año 2004, desembarcaron en España 1.575 menores, casi todos procedentes de Marruecos. En la mayoría de los casos fueron sus propios padres los que pagaron el billete; es muy difícil, desde la perspectiva de un país desarrollado, entender a estas familias que sufren tremendas carencias económicas, educacionales, culturales e ideológicas. La gravedad de la situación les hace creer que mandando sus hijos a Europa pueden vislumbrar un futuro mejor. (Bargach, A 2005).
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Este proceso migratorio, fue parecido al de los padres españoles que durante la Guerra Civil enviaron a sus hijos a la URSS sin saber qué sería de ellos. Al mismo tiempo que estos dramas suceden, las cadenas de televisión del hemisferio norte siguen bombardeando al Sur con todo tipo de propaganda de lujos y consumo. Frente a la complejidad del proceso, es el pensamiento científico el que ayuda a enhebrar toda esta cartografía del menor inmigrante procedente del Magreb. (Vall Combelles, O 2005).
En relación con los menores marroquíes según una investigación llevada a cabo en Tánger por Jiménez Álvarez, M (2005) y de modo muy sintético, podemos distinguir las siguientes situaciones familiares en el país de origen: 1. Existen menores que viven con su familia en un ambiente estable afectiva y
económicamente, constituyen un 10% del colectivo.
2. Otros permanecen en un ambiente familiar estable pero con dificultades económicas y pasan gran parte de su tiempo en la calle, pero no hacen de ésta un medio de vida, representan un 40%.
3. Hay algunos que se mantienen en un ambiente familiar inestable y con una situación económica precaria o muy precaria, son el 35%.
4. Por último están aquellos que hacen de la calle su modo de vida y están desarraigados de su núcleo familiar, son los llamados niños de la calle y representan un 15%.
4.3. Vías y estrategias de entrada.
La entrada al territorio español se produce de manera regular e irregular. Dentro de las normativas regulares, debemos destacar que el enfoque de la política migratoria en España es netamente laboral, por lo que las dos vías de entrada de trabajadores regulares son: la de los “contingentes” anuales para trabajadores temporeros, y la del “sistema general” para trabajadores estables.
Como complemento está el reagrupamiento familiar de los descendientes y ascendientes directos de extranjeros residentes, con restricciones o ampliaciones constantes en las sucesivas leyes de inmigración sobre los requisitos exigidos. Tras la aprobación del nuevo Reglamento de 2004, se puede decir que sólo la reagrupación familiar da lugar a una residencia ajena al trabajo; es más, puede darse trabajo sin residencia en el caso de un irregular, dado que la falta de autorización no invalida el contrato de trabajo ni los derechos que lleva anexos.
La limitación que presenta esta simplificación normativa es que durante el permiso inicial del primer año, el extranjero no puede cambiar de sector laboral
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ni de provincia de residencia para no alterar las condiciones que dieron lugar a la obtención de la autorización.
De esta forma residual, a nivel cuantitativo, está la entrada “por razones humanitarias”, la solicitud de “asilo” y obtención de la condición de “refugiado”.
Desde su regulación por la Ley 5/1984 los solicitantes de asilo pueden entrar en España sin necesidad de la documentación requerida para cruzar las fronteras, incluso quedan eximidos de sanciones si las cruzan de forma clandestina o irregular.
Además se prevé la modalidad de petición de asilo en los puestos fronterizos. Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). Sin embargo, debido a diversos motivos como el supuesto abuso en la solicitud de asilo como fórmula alternativa para conseguir una autorización de entrada o las progresivas armonizaciones de la normativa comunitaria al respecto sobre la base del convenio de Dublín, se ha ido produciendo un efecto a la baja en los criterios de concesión del mismo.
Al final se terminan relacionando los controles migratorios con los trámites de examen de una solicitud de asilo, limitando el acceso de potenciales solicitantes.
El resultado en España ha sido la reforma de la normativa de asilo (Ley 9/1994) con el objetivo de reducir el número de solicitudes “infundadas”, según el criterio de las autoridades.
Por otra parte, existe una flexibilización del sistema de control de entrada “por razones humanitarias”, para un extranjero que no reúna las condiciones de entrada en España y tampoco sea solicitante de asilo, o “por razones de interés público”.
Estas figuras se utilizan para sortear la rigidez de los requisitos de admisión de las solicitudes de asilo y permite la entrada de mujeres embarazadas, personas enfermas, menores o personas que no pueden volver al país de origen por conflictos bélicos, desastres naturales, etc.
El sistema ordinario de control de la entrada de extranjeros tiene tres pasos que, cada uno por sí, actúan como filtros sucesivos:
a) Las embajadas o consulados en el exterior, a través del procedimiento de concesión del visado.
b) Las compañías aéreas expedidoras de los billetes.
c) El control policial de los puestos fronterizos. (Aja, E y Arango, J 2006).
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En la Unión Europea, según el informe CONRED-I, se diferencian dos grupos de países, según el acceso al territorio.
En el primer grupo, están Bélgica, Dinamarca y Suiza. La forma de arribar al país es a través de la demanda de asilo y para solicitar el estatuto de refugiado se ajustan a los especificados en la Convención sobre el Estatuto de Refugiados de 1951.
En el segundo grupo, entre otros países, está España junto con Francia. Otra de las formas de acceso regular al territorio español es por los puntos fronterizos, ya que no se exige visado en la zona Schengen, tal es el caso de las/los menores procedentes de Rumanía, en relación a las adolescentes muchas de ellas están en manos de traficantes y mafias como lo han demostrado algunas operaciones policiales.
Los que acceden al territorio nacional de forma irregular y sin documentación, por lo general provienen de África Sub-sahariana y Marruecos.
Una vez detectados los menores de edad, son puestos a disposición de la administración competente en protección. La opción del asilo está muy poco solicitada.
El grupo de menores predominante en nuestro país, son los marroquíes, estos llegan solos, muchos cruzan de forma clandestina la frontera terrestre de Ceuta y Melilla, escondidos en los bajos de un camión, otros arriban en barco como polizones o en pateras cruzando el Estrecho de Gibraltar, existe una ruta, organizada por mafias que los traslada en pateras hasta Canarias, otra estrategia es la de venir acompañado por algún adulto de la familia, bien amigo de la familia, quedando después desprotegido. (Bravo Rodríguez, R. Mª 2005).
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