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a Simple Simple Simple: siendo ésta la excepción, recogida únicamente para los casos siguientes: Simple

MINISTERIO CANTIDAD EN

DA PORCENTAJE DEFENSA NACIONAL 421.726.569.000 41,71% EXTERIORES 304.082.800.000 30,08% ENERGÍA Y MINAS 26.368.795.000 2,61% RECURSOS HÍDRICOS 7.845.277.000 0,78% INDUSTRIA Y PROMOCIÓN DE LAS INVERSIONES 2.038.802.000 0,20% COMERCIO 10.538.816.000 1,04% URBANISMO, MEDIO AMBIENTE Y TURISMO 5.784.069.000 0,57% TRANSPORTES 19.345.233.000 1,91% OBRAS PÚBLICAS 5.547.020.000 0,55% SANIDAD, POBLACIÓN Y REFORMA HOSPITALARIA 195.011.838.000 19,29% HÁBITAT Y URBANISMO 10.675.181.000 1,06%

SUBTOTAL MINISTERIOS ANTERIORES 1.008.964.400.000 99,79%

RESTO MINISTERIOS 2.102.709.943 0,21%

TOTAL GENERAL 1.011.067.109.943 100,00%

25. PRÓXIMAS REFORMAS EN EL SECTOR DE LAS COMPRAS PÚBLICAS

En diciembre 2009, una Comisión Interministerial dio el visto bueno a la reforma del Código

de Compras Públicas (Code des Marchés Publics) que está a la espera de aprobación en

Consejo de Ministros para su próxima entrada en vigor. La reforma introduciría:

Un porcentaje preferencial nacional del 20-25 % (Ver apartado 8: TASA PREFERENCIAL) en las licitaciones públicas a favor de las empresas argelinas.

• La prohibición de excluir de las licitaciones a empresas argelinas mediante la fijación de criterios financieros y técnicos muy elevados. Por lo tanto, las licitaciones serán

redactadas teniendo en cuenta las capacidades técnicas y financieras de las empresas argelinas.

Al respecto, cabe recordar que el Acuerdo de Asociación de la UE con Argelia dispone lo siguiente:

Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Argel 49494949

Artículo 46

1. Las partes fijan como objetivo una liberalización recíproca y progresiva de las compras pú- blicas.

2. El Consejo de Asociación tomará las medidas necesarias para la puesta en marcha de las disposiciones del párrafo 1.

Mediante Instrucción de 21 de diciembre de 2009, el Primer Ministro argelino, Ahmed Ouyahia, señaló que son mercados públicos todas las contrataciones realizadas por entes públicos, administraciones centrales o locales, establecimientos públicos, empresas propie- dad del estado o aquellas en las que el estado tiene participaciones. A partir de dicha defini- ción, Ouyahia concretó las pautas a seguir por los integrantes del ejecutivo argelino dando como plazo máximo finales de febrero del presente año para la presentación de textos re- glamentarios que materialicen dichas directrices.

Las líneas establecidas son:

• Limitar el recurso a los estudios de ingeniería extranjeros para la preparación de ex- pedientes de mercados públicos, de reformas y modernización de servicios públicos y de ampliación de capital de empresas públicas a grandes proyectos para los que la empresa local aún no esta preparada. Con esta medida el Primer Ministro pretende reducir las divisas transferidas al extranjero (entre 4.000 y 11.000 millones de dólares en los últimos cuatro años) así como la puesta a disposición de extranjeros de infor- mación sobre la económica nacional y diversos sectores del estado.

• A partir del 1 de enero de 2.010, todo solicitante (nacional o extranjero) de una licita- ción pública, así como los posibles subcontratados, deberán firmar una declaración de integridad (ANEXO I).

• El Ministerio de Finanzas deberá llevar a cabo una revisión de textos reglamentarios en materia de mercados y gasto público, así como adoptar medidas de control de la financiación pública y reforzar el papel de la Inspección General de Finanzas Inspección General de Finanzas Inspección General de Finanzas Inspección General de Finanzas (IGF) para que realice una labor de control activa y “defensiva” cada vez que resulte apro- piado.

• La Caja Nacional de Equipamiento y DesarrolloCaja Nacional de Equipamiento y DesarrolloCaja Nacional de Equipamiento y DesarrolloCaja Nacional de Equipamiento y Desarrollo (CNED), dependiente del Ministerio de Finanzas, deberá a corto plazo reforzar su papel informando sobre la validez de proyectos encargados a estudios de ingeniería extranjeros; y, a medio y largo plazo, tomar el mando en la realización de los estudios para proyectos en mercados públi- cos. Con carácter obligatorio, desde 01.01.2010, todo organismo público deberá de- positar una copia de cada estudio realizado en el marco de los programas públicos ante la Caja Nacional de Equipamiento y Desarrollo.Caja Nacional de Equipamiento y Desarrollo. Caja Nacional de Equipamiento y Desarrollo.Caja Nacional de Equipamiento y Desarrollo.

Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Argel 50505050 Por otra parte, dentro del marco de control del gasto público en ‘grandes proyectos’ esta- blecido en la Ley de Finanzas 2010, nace la Orden Interministerial nº 14, de 24 de eneroOrden Interministerial nº 14, de 24 de eneroOrden Interministerial nº 14, de 24 de eneroOrden Interministerial nº 14, de 24 de enero del presente año. Dicha Orden fija, dentro del sector de transportes, los criterios de elegibili- dad para que un proyecto sea considerado como incluido dentro de la definición de los ‘grandes proyectos’ del Estado.

En virtud de dicho instrumento legal, se considera ‘gran proyecto’:

• Todo aquel cuyo gasto previsto sea superior a 20 mil millones de dinares (unos 200 millones de euros).

• Todo proyecto, aún con un gasto inferior a 20 mil millones de dinares, que satisfaga necesidades en el campo del medio ambiente, de la salud pública y la agricultura, que sea declarado como tal por los servicios competentes del Ministerio de Finanzas y considerado sobre la base de un expediente de evaluación (‘dossier de maturation’) tal y como dicho expediente ha sido definido por el Decreto Ejecutivo de 19986 relati- vo a los gastos de equipamiento del Estado.

Del mismo modo, la Orden incluye:

- Dentro del concepto de maduración de un proyecto o programa de equipamiento pú- blico <<el conjunto de estudios que permitan asegurar que el proyecto contribuirá al desarrollo económico y social nacional, regional o local y que los trabajos de realiza ión del proyecto se llevarán a cabo dentro de unas condiciones de gastos y plazos óptimas>> (artículo 6).

- Dentro del marco de su regulación <<la naturaleza y la complejidad de los proyectos en cuestión: ferrocarriles, construcción de nuevas líneas, programas regionales de acondicionamiento ferroviario, electrificación de líneas, metros, tranvías, teleféricos y funiculares, creación de líneas nuevas de metro o tranvía, ampliación de infraestruc- turas, equipamiento de ciudades con terreno accidentado, con fuertes pendientes, medios de transporte con cable, etc; así como aeropuertos, construcción de nuevas terminales o ampliación de capacidades aeroportuarias, otras infraestructuras o equi- pamientos de asistencia a la navegación aérea o de meteorología.>> (Anexo).

6 El artículo 9 del Decreto Ejecutivo 98-227 recoge los elementos que debe contener el dossier técnico de eva- luación, a saber:

- Exposición de motivos.

- Ficha técnica que contenga la consistencia física, el coste en dinares/divisas, el registro del vencimiento de realización y de pagos.

- Estudio de factibilidad y los estudios de impacto.

- La estrategia de realización y la elección llevada a cabo dentro del respecto a los objetivos de desarrollo. - La coordinación intersectorial necesaria.

- Un informe de evaluación destacando la comparación entre las diferentes variantes - Los resultados de las licitaciones.

Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Argel 51515151 Según estas nuevas directrices legales toda rererere----evaluación al alza del 15%evaluación al alza del 15%evaluación al alza del 15%evaluación al alza del 15%7 del gasto de del gasto de del gasto de del gasto de un gran proyecto superior a los 20 mil millones de dinares será sometida al juicio del un gran proyecto superior a los 20 mil millones de dinares será sometida al juicio del un gran proyecto superior a los 20 mil millones de dinares será sometida al juicio del un gran proyecto superior a los 20 mil millones de dinares será sometida al juicio del Consejo de Ministros

Consejo de Ministros Consejo de Ministros Consejo de Ministros.

Esta medida materializa la determinación del Estado argelino de seguir de cerca el proceso de evaluación y de ejecución de proyectos de gran envergadura que requieran grandes gas- tos.

7 Entendido como incrementos en el precio inicial presupuestado por la empresa por razones que pueden surgir una vez comienzan las labores de construcción (por ejemplo: condiciones desfavorables del terreno que obliguen a realizar labores previas de acondicionamiento etc..)

Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Argel 52525252 26. ANALISIS DE LAS ÚLTIMAS ATRIBUCIONES DE LICITACIONES.

Fuente: elaboración propia a partir de estudio de BOMOP

Además de las atribuciones arriba explicadas, existen dos atribuciones de licitaciones con carácter internacional.

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