• No se han encontrado resultados

Ministerio de Cultura

In document Sumario. Poder Legislativo (página 112-135)

RESOLUCIÓN N.º 4345/MCGC/18

Buenos Aires, 1 de agosto de 2018

VISTO:

Los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 126-MHGC-15, la Resolución N° 1016/MEFGC/18, y el EX-2018-03643323- -MGEYA-DGFYEC

CONSIDERANDO:

Que por el EX-2018--03643323-MGEYA-DGFYEC y la Resolución N° 808-MCGC-18, tramitó y se aprobó el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a FERNANDEZ BITAR, MARCELO DANIEL, DNI N° 92.021.080, para prestar servicios como ASISTENTE ARTISTICO CULTURAL EN LA PROGRAMACIÓN DE ROCK EN USINA DEL ARTE, para la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales, dependiente del Ministerio de Cultura;

Que la señora Directora General de Festivales y Eventos Centrales tramita la presente Cláusula Modificatoria de los Honorarios a percibir por el contratado, en función de las actividades que dicha persona desarrollará, razón por la cual resulta necesario modificar el Instrumento Contractual oportunamente suscripto a los fines de adecuarlo al servicio requerido.

Por ello; y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 126-MHGC-15 y la Resolución N° 1016/MEFGC/18,

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la Cláusula Modificatoria de Aumento de Honorarios del contrato oportunamente aprobado por Resolución N° 808-MCGC-18, correspondiente a la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I IF-2018-20714391-DGTALMC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución.

Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a la Cláusula Modificatoria mencionadas en el Anexo I que se aprueba por el Art. 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente.

Artículo 4º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2018.

Artículo 5º. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

ANEXO

BO-2018-5449-DGCCON

RESOLUCIÓN N.º 4401/MCGC/18

Buenos Aires, 3 de agosto de 2018

VISTO:

Los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA-15, la Resolución F.C N° 126-MHGC-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, y el EX-2018-04877102- -MGEYA-DGFYEC, y

CONSIDERANDO:

Que por el EX-2018-04877102-MGEYA-DGFYEC y la Resolución N° 775-MCGC-2018, tramitó y se aprobó respectivamente, el Contrato de Locación de Servicios perteneciente a BACUCCU MARÍA EUGENIA, DNI 30.993.680, para prestar servicios como PRODUCTORA DEL CICLO DE GASTRONOMIA EN LA USINA, para la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales, dependiente del Ministerio de Cultura;

Que la Señora Directora General de la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales tramita la presente Cláusula Modificatoria de los Honorarios a percibir por el contratado, en función de las actividades que dicha persona desarrollará, razón por la cual resulta necesario modificar el Instrumento Contractual oportunamente suscripto a los fines de adecuarlo al servicio requerido;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N° 182-GCABA15, la Resolución FC N° 126-MHGC-15, y la Resolución N° 1016-MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la Cláusula Modificatoria de Aumento de Honorarios del contrato oportunamente aprobado por Resolución N° 775-MCGC-2018, correspondiente a la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo IF-2018-20961641-DGTALMC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución.

Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente a Cláusula Modificatoria mencionadas en el Anexo I que se aprueba por el Art. 1° de la presente, en una Orden General de Pago.

Artículo 3º.- A los efectos del cobro deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente.

Artículo 4º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2018.

Artículo 5º.-Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 4509/MCGC/18

Buenos Aires, 8 de agosto de 2018

VISTO:

Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15,la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-1016-MEFGC-18, y el EX-2018- 20939662 -MGEYA-DGTALMC y;

CONSIDERANDO:

Que el Director General de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2018;

Que la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;

Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales;

Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N ° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18, ;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo IF-2018-21722084-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.

Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2018.

Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría, cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 4540/MCGC/18

Buenos Aires, 9 de agosto de 2018

VISTO:

Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18 y el EX-2018- 20942674 -MGEYA-DGTALMC y;

CONSIDERANDO:

Que el Director General de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2018;

Que la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;

Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales;

Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, y la Resolución FC N° 665-MEFGC-18;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo IF-2018-21791867-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.

ANEXO

Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2018.

Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría, cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 4543/MCGC/18

Buenos Aires, 9 de agosto de 2018

VISTO:

Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18 y el EX-2018-20234304- -MGEYA-DGTALMC y;

CONSIDERANDO:

Que, Unidad de Ministro del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2018;

Que, se ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;

Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales;

Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13; y N ° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665-MEFGC-18;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665-MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo IF N° 2018-21790106 - DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

ANEXO

Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.

Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2018.

Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría, cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.° 4612/MCGC/18

Buenos Aires, 14 de agosto de 2018

VISTO:

El Decreto N° 638-2007 y su modificatorio Decreto N° 117-2017, el Decreto Nº 363-2015 y su modificatorio Decreto N° 215-2018, la Resolución N° 446-2016-MHGC y su modificatoria Resolución N° 214-2017-MHGC, la Resolución Nº 698-MHGC-2008 y su modificatoria Resolución N° 2227-MHGC-2008, el E.E. Nº 19822569-DGDCC-2018, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 638-07 y su modificatorio, se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso;

Que por Decreto Nº 363-2015 y sus modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 7° del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2015, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno;

Que por Resolución N° 446-MHGC-2016 y su modificatoria, se estableció que el excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo 7° y 8° del Decreto N° 363-15, podrán ser administrados como Suplemento de Gabinete;

Que la Resolución Nº 698-MHGC-2008, y su modificatoria, aprueban la metodología de los trámites administrativos tendientes a la contratación de personas bajo el régimen de locación de servicios y las designaciones en la plantas de gabinete;

ANEXO

Que la Dirección General de Desarrollo Cultural y Creativo dependiente de este Ministerio, solicita la designación a partir del 1 de mayo y hasta al 31 mayo de 2018, de la señora Sol Natalia Socolosky CUIL Nº 27-28642020-1 con cuatro mil novecientos treinta seis (4.936) Unidades Retributivas Mensuales y a partir del 1º de junio de 2018 con dos mil cuatrocientas sesenta y ocho (2.468) Unidades Retributivas Mensuales; y la designación del señor Jorge Panayotidis, CUIL Nº 20-16782945-8 con tres mil quinientas sesenta y cuatro (3.564) Unidades Retributivas Mensuales desde el 1 de mayo y hasta el 31 de mayo de 2018, y a partir del 1º de junio de 2018 con seis mil treinta dos (6.032) Unidades Retributivas Mensuales, ambos como Personal de Planta de Gabinete;

Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, ha tomado la debida intervención de su competencia.

Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1º del Decreto N° 638-2007 y su modificatorio Decreto N° 117-2017;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Desígnase a la señora Sol Natalia Socolosky, CUIL Nº 27-28642020-1, como Personal de Planta de Gabinete de la Dirección General de Desarrollo Cultural y Creativo perteneciente al Ministerio de Cultura con cuatro mil novecientas treinta seis (4.936) Unidades Retributivas Mensuales, a partir del 1 de mayo y hasta el 31 mayo de 2018, y con dos mil cuatrocientas sesenta y ocho (2.468) Unidades Retributivas Mensuales a partir del 1º de junio de 2018, en las condiciones establecidas por el artículo 7º del Decreto Nº 363/2015 y sus modificatorios.

Artículo 2°.- Desígnase al señor Jorge Panayotidis CUIL Nº 20-16782945-8 como Personal de Planta de Gabinete de la Dirección General de Desarrollo Cultural y Creativo perteneciente al Ministerio de Cultura con tres mil quinientas sesenta y cuatro (3.564) Unidades Retributivas Mensuales a partir del 1 de mayo de 2018 y hasta el 31 de mayo de 2018, y con seis mil treinta dos (6.032) Unidades Retributivas Mensuales a partir del 1º de junio de 2018, en las condiciones establecidas por el artículo 7º del Decreto Nº 363/2015 y sus modificatorios.

Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, a la Dirección General de Desarrollo Cultural y Creativo y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido archívese. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 4614/MCGC/18

Buenos Aires, 14 de agosto de 2018

VISTO:

Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18 y el EX-2018-20547134- -MGEYA-DGFYEC y;

CONSIDERANDO:

propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2018;

Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales;

Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665-MEFGC-18;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665- MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I IF-2018-22054818- -DGTALMC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución.

Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

Artículo 3º.-A los efectos del cobro deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.

Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2018.

Artículo 6º.- Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales, quien deberá publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro

RESOLUCIÓN N.º 4615/MCGC/18

Buenos Aires, 14 de agosto de 2018

VISTO:

ANEXO

Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18 y el EX-2018-19846999- -MGEYA-DGFYEC, y

CONSIDERANDO:

Que, la señora Directora de la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2018;

Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio; Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales;

Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en los Decretos Nº 224-GCABA-13, N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665-MEFGC-18;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-13, y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución FC N° 665-MEFGC-18;

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I IF-2018-22060896- -DGTALMC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución.

Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.

Artículo 3º.-A los efectos del cobro deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

In document Sumario. Poder Legislativo (página 112-135)