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Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

In document Sumario. Poder Legislativo (página 135-151)

RESOLUCIÓN N.° 324/SSHI/18

Buenos Aires, 23 de agosto de 2018

VISTO:

Los Decretos Nros. 363/GCABA/15 y su modificatorio 386/GCABA/17, 196/GCBA/12 y su modificatorio 383/GCBA/16 y la Resolución Nº 112/SSHI/2018, su modificatoria 115/SSHI/18 y su ratificatoria 2018-536-MHYDHGC, la Solicitud de Gasto N° DOCFI-2018-22899255-SSHI, el Expediente N° 2018-22840376-SSHI, y

CONSIDERANDO:

Que conforme los términos del Decreto N° 363/GCABA/15 y su modificatorio 386/GCABA/17, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión en la órbita del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano;

Que mediante el Decreto 386/GCBA/2017 ,se otorgó a la Subsecretaria de Hábitat e Inclusión Social, entre otras responsabilidades primarias, la de, Planificar, diseñar, coordinar y supervisar políticas, estrategias y acciones tendientes a la inclusión social y a mejorar la calidad del hábitat en villas, núcleos habitacionales transitorios y complejos habitacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 196/GCABA/12 se creó el "Programa de Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y la inclusión", modificado por Decreto Nº 383/GCBA/16 con el objeto brindar apoyo técnico y económico a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) que promuevan iniciativas en procesos participativos de gestión del hábitat, la inclusión social y la ampliación de ciudadanía;

Que por Resolución Nº 2018-112-SSHI, su modificatoria Resolución N° 2018-115-SSHI y su ratificatoria 2018- 536-MHYDHGC se reglamentó el mencionado Programa, estableciendo los requisitos que deberán cumplimentar las referidas instituciones; Que por el Expediente citado en el Visto tramita el proyecto "Tejer para emprender" (Programa n°25 y actividad n°60 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera), presentado por OSC Asociación Civil Contribuir al Desarrollo Local (CUIT N° 30-71053120-6), cuyo presupuesto asciende a la suma de pesos doscientos once mil doscientos cincuenta ($ 211.250), identificado como RE-2018-22843598-SSHI; Que en el mencionado proyecto, se llevará a cabo en los barrios denominados Barrio Inta, Cildañez, Soldad, por un plazo de ejecución de cinco meses (5), y será destinado a un total de treinta personas con un rango etario mayores a dieciocho años;

Que la Dirección General de Inclusión Social dependiente de esta Subsecretaria, mediante IF-2018-22855474-DGISOC en el orden N° 6, constató el cumplimiento de los requisitos institucionales y determinó la viabilidad del proyecto;

Que el objetivo del proyecto es capacitar durante 4 meses a diferentes grupos de tejedoras tanto en técnicas de tejido, diseño textil, plan de negocios y emprendedursimo con fin de ampliar el horizonte de oportunidades de comercialización de sus productos. Este proceso pretende empoderar a los grupos en la generación de organización interna y generación de ingresos sostenibles en el marco del concepto de comercio justo;

Que, en orden N° 8 se encuentra la solicitud de gasto N° DOCFI-2018-22899255-SSHI, acreditando el respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 386/GCBA/2017,

EL SUBSECRETARIO DE HÁBITAT E INCLUSIÓN RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el proyecto denominado "Tejer para emprender", presentado por la OSC Asociación Civil Contribuir al Desarrollo Local (CUIT N° 30-71053120-6) el cual ha sido identificado en el expediente como RE-2018-22843598-SSHI.-

Artículo 2º.- La pertinente solicitud de gasto cuenta con respaldo presupuestario, emitida a través del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera.-

Artículo 3º.- Notifíquese. Pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese. De Marco

RESOLUCIÓN N.° 325/SSHI/18

Buenos Aires, 23 de agosto de 2018

VISTO:

Los Decretos Nros. 363/GCABA/15, y su modificatorio 386/GCABA/17, 196/GCABA/12 y su modificatorio 383/GCABA/16, y las Resoluciones Nº 112/SSHI/2018, su rectificatoria 115/SSHI/18, y la Ratificatoria N° 2018-536- MHYDHGC, Resolución 2018-187-SSHI, la solicitud de gasto N° DOCFI- 2018-15153280-SSHI, EE-14096352-SSHI, el Acta Acuerdo N° 22499641-DEGRAL, EE PSOC 2018-20110513-SSHI y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme los términos del Decreto N° 363/GCABA/15 y su modificatorio 386/GCABA/17, la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, tiene entre sus responsabilidades primarias "Planificar, diseñar, coordinar y supervisar políticas, estrategias y acciones tendientes a la inclusión social y a mejorar la calidad del hábitat en villas, núcleos habitacionales transitorios y complejos habitacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que, mediante el Decreto N° 196/GCABA/12 se creó el "Programa de Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y la inclusión", modificado por Decreto Nº 383/GCABA/16 con el objeto brindar apoyo técnico y económico a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) que promuevan iniciativas en procesos participativos de gestión del hábitat, la inclusión social y la ampliación de ciudadanía;

Que, el mencionado Decreto fue reglamentado por Resolución N° 2018-112-SSHI y su rectificatoria Resolución N° 2018-115-SSHI, ratificada por el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano GC mediante Resolución N° 2018-536-MHYDHGC;

Que por Resolución 2018-187-SSHI se aprobó el proyecto denominado "Puesta en Valor de Espacio Público Plaza Seca" (Programa N° 19 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera) presentado por la Cooperativa de Trabajo 2 de Abril limitada, CUIT N°30-70946934-3 en el marco del referido Programa;

ANEXO

Que, en el Acta Acuerdo de Inclusión Social suscripta oportunamente y registrada en la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires bajo el Nº 2018-22499641-DGGRAL, se estableció en la cláusula segunda inciso a) que corresponde realizar un pago del treinta POR CIENTO (30%) del subsidio al momento de la firma del Acta Acuerdo;

Que, en consecuencia, corresponde que se ordene el primer pago del subsidio acordado, que asciende a la suma de pesos DOSCIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS QUINCE CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 206.415,56); Que, en orden N° 6 se encuentra la solicitud de gasto N° DOCFI-2018-15153280-SSHI, acreditando el respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto vigente;

Que, en el Orden 52 se halla vinculada al Expediente mencionado ut-supra, la factura N° 002- N° 00000005 correspondiente a ese primer pago;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE HÁBITAT E INCLUSION RESUELVE

Artículo 1°.- Ordenase el pago de la primer cuota del subsidio acordado a favor de la Cooperativa de Trabajo 2 de Abril Ltda (CUIT N°30-70946934-3-6), por el Acta Acuerdo registrada bajo el Nº 2018-22499641-DEGRAL, cuyo monto asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS QUINCE CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($206.415,56).-

Artículo 2°.- La presente encuentra respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto vigente.-

Artículo 3°.- Notifíquese. Pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese. De Marco

RESOLUCIÓN N.° 326/SSHI/18

Buenos Aires, 23 de agosto de 2018

VISTO:

Los Decretos Nros. 363/GCABA/15, y su modificatorio 386/GCABA/17, 196/GCABA/12 y su modificatorio 383/GCABA/16, y la Resolución Nº 112/SSHI/2018, su modificatoria 115/SSHI/18 y su ratificatoria Resolución 536/MHYDHGC/18, la Resolución 128/2018/SSHI y 234/2018/SSHI, la solicitud de gasto N° DOCFI- 2018-14427621-SSHI, el Acta Acuerdo N° 17961812-2018,PSOC Nº 18660965/SSHI/2018, el Expediente N° 12386335/SSHI /2018, y:

CONSIDERANDO:

Que conforme los términos del Decreto N° 363/GCABA/15 y su modificatorio 386/GCABA/17, la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, tiene entre sus responsabilidades primarias "Planificar, diseñar, coordinar y supervisar políticas, estrategias y acciones tendientes a la inclusión social y a mejorar la calidad del hábitat en villas, núcleos habitacionales transitorios y complejos habitacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que mediante el Decreto N° 196/GCABA/12 se creó el "Programa de Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y la inclusión", modificado por Decreto Nº 383/GCABA/16 con el objeto brindar apoyo técnico y económico a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) que promuevan iniciativas en procesos participativos de gestión del hábitat, la inclusión social y la ampliación de ciudadanía;

Que, el mencionado Decreto fue reglamentado por la Resolución Nº 112/SSHI/2018, su modificatoria 115/SSHI/18, y ratificado por Resolución N° 536/MHYDHGC/18; Que, por Resolución N° 128/SSHI/2018 fue aprobado el proyecto denominado "Puesta en Valor "Plaza patio de Juegos Los Angelitos" (Programa n°19 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera) en el marco del "Programa de Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y la Inclusión", presentado por la Cooperativa de Trabajo,"Las Palmas Limitada", (CUIT N° 30-71562560-8);

Que el Acta Acuerdo de Inclusión Social fue suscripta y registrada en la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires bajo el Nº 17961812-2018;

Que en dicho instrumento se establece en la Cláusula Segunda inciso b) que corresponde que se ordene el segundo pago del subsidio acordado, una vez certificado el avance del 50%, que asciende al CUARENTA POR CIENTO (40%) del monto total, esto es PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVENTA Y DOS ($677.092).

Que por Resolución 234/SSHI/2018 se ordenó el pago de la primera cuota del Subsidio a la Cooperativa de Trabajo "Las Palmas Limitada", (CUIT N° 30-71562560-8);

Que, en orden N°9 se encuentra la solicitud de gasto N° DOCFI-2018-14427621-SSHI, acreditando el respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto vigente;

Que, en Orden 63, obra la Factura emitida por la Cooperativa de Trabajo "Las Palmas Limitada", (CUIT N° 30-71562560-8), por el monto acordado;

Que en orden 62, y mediante NO-2018-22906097-DGHABITAT el Director General de Hábitat certificó el avance de obra del cincuenta por ciento (50%);

Que, en orden 60, luce la póliza de Seguro de la Cooperativa de trabajo "Las Palmas Ltda".

Por ello y en uso de sus facultades,

EL SUBSECRETARIO DE HÁBITAT E INCLUSION RESUELVE

Artículo 1°.- Ordénase el Pago de la Segunda cuota del subsidio acordado a favor de la Cooperativa de Trabajo, "Las Palmas Limitada", (CUIT N° 30-71562560-8) por el Acta Acuerdo registrada bajo el Nº 17961812-2018 cuyo monto asciende a la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVENTA Y DOS ($677.092).

Artículo 2°.- La presente encuentra respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto vigente.-

Artículo 3°.- Notifíquese. Pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese. De Marco

RESOLUCIÓN N.° 327/SSHI/18

Buenos Aires, 24 de agosto de 2018

VISTO:

Los Decretos Nros. 363/GCABA/15, y su modificatorio 386/GCABA/17, 196/GCABA/12 y su modificatorio 383/GCABA/16, y las Resoluciones Nº 112/SSHI/2018, su rectificatoria 115/SSHI/18, y la Ratificatoria N° 2018- 536-MHYDHGC, Resolución 204-SSHI, la solicitud de gasto N° DOCFI- 16313547-SSHI, EE- 20227931-PSOC, el Acta Acuerdo N° 21565554-DEGRAL, EE N° 2018-16136643-SSHI y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme los términos del Decreto N° 363/GCABA/15 y su modificatorio 386/GCABA/17, la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, tiene entre sus responsabilidades primarias "Planificar, diseñar, coordinar y supervisar políticas, estrategias y acciones tendientes a la inclusión social y a mejorar la calidad del hábitat en villas, núcleos habitacionales transitorios y complejos habitacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que, mediante el Decreto N° 196/GCABA/12 se creó el "Programa de Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y la inclusión", modificado por Decreto Nº 383/GCABA/16 con el objeto brindar apoyo técnico y económico a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) que promuevan iniciativas en procesos participativos de gestión del hábitat, la inclusión social y la ampliación de ciudadanía;

Que, el mencionado Decreto fue reglamentado por Resolución Resolución N° 2018-112-SSHI y su rectificatoria Resolución N° 2018-115-SSHI, ratificada por el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano GC mediante Resolución N° 2018-536-MHYDHGC; Que por Resolución 2018-204-SSHI se aprobó el proyecto denominado "Puesta en valor Espacio Público Cancha del Fondo Etapa 2" (Programa N° 19 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera) presentado por la Cooperativa de Trabajo Ciudad Luz limitada, CUIT N° 30-70884114-1-6 en el marco del referido Programa;

Que, en el Acta Acuerdo de Inclusión Social suscripta oportunamente y registrada en la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires bajo el Nº 2018-21565554-DGGRAL, se estableció en la cláusula segunda inciso a) que corresponde realizar un pago del treinta POR CIENTO (30%) del subsidio al momento de la firma del Acta Acuerdo;

Que, en consecuencia, corresponde que se ordene el primer pago del subsidio acordado, que asciende a la suma de pesos SEISCIENTOS NOVENTA MIL ($ 690.000,--);

Que, en orden N° 5 se encuentra la solicitud de gasto N° DOCFI-2018-16313547-SSHI, acreditando el respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto vigente;

Que, en el Orden 48 se halla vinculada al Expediente mencionado ut-supra, la factura N° 0001-Cpte. Nro.: 00000001 correspondiente a ese primer pago;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE HÁBITAT E INCLUSION RESUELVE

Artículo 1°.- Ordenase el pago de la primer cuota del subsidio acordado a favor de la BO-2018-5449-DGCCON

Cooperativa de Trabajo CIUDAD LUZ LIMITADA (CUIT N°30-70884114-1), por el Acta Acuerdo registrada bajo el Nº 2018-21565554- DEGRAL, cuyo monto asciende a la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA MIL ($690.000.--)

Artículo 2°.- La presente encuentra respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto vigente.-

Artículo 3°.- Notifíquese. Pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese. De Marco

RESOLUCIÓN N.° 328/SSHI/18

Buenos Aires, 24 de agosto de 2018

VISTO:

Los Decretos Nros. 363/GCABA/15 y su modificatorio 386/GCABA/17, 196/GCABA/12 y su modificatorio 383/GCABA/16, la Resolución Nº 112/SSHI/2018, su modificatoria 115/SSHI/18 y su ratificatoria Resolución 536/MHYDHGC/18, la Resolución N° 182/2018/SSHI, la solicitud de gasto N° DOCFI-2018-16713766-SSHI, el Acta Acuerdo N° 21518266-2018, PSOC EE- 2018-20332316-SSHI, el Expediente N° EX-2018-16701825-DGHABITAT, y

CONSIDERANDO:

Que conforme los términos del Decreto N° 363/GCABA/15 y su modificatorio 386/GCABA/17, la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, tiene entre sus responsabilidades primarias "Planificar, diseñar, coordinar y supervisar políticas, estrategias y acciones tendientes a la inclusión social y a mejorar la calidad del hábitat en villas, núcleos habitacionales transitorios y complejos habitacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que mediante el Decreto N° 196/GCABA/12 se creó el "Programa de Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y la inclusión", modificado por Decreto Nº 383/GCABA/16 con el objeto brindar apoyo técnico y económico a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) que promuevan iniciativas en procesos participativos de gestión del hábitat, la inclusión social y la ampliación de ciudadanía;

Que, el mencionado Decreto fue reglamentado por la Resolución Nº 112/SSHI/2018, su modificatoria 115/SSHI/18, y ratificado por Resolución N° 536/MHYDHGC/18; Que, por Resolución N° 2018-182-SSHI fue aprobado el proyecto denominado "Puesta en Valor de Cancha de Piqui Voley - Villa 15" (Programa n°19 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera) en el marco del "Programa de Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y la Inclusión", presentado por la Cooperativa de Trabajo "Ciudad Luz Limitada" (CUIT N° 30-70884114-1);

Que el Acta Acuerdo de Inclusión Social fue suscripta y registrada en la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires bajo el Nº 21518266-2018;

Que en dicho instrumento se establece en la Cláusula Segunda inciso a) que corresponde que se ordene el primer pago del subsidio acordado, una vez firmado éste, que asciende al TREINTA (30%) del monto total, esto es PESOS TREINTA MIL ($ 30.000);

Que, en orden N° 5 se encuentra la solicitud de gasto N° DOCFI-2018-16713766-SSHI, acreditando el respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto vigente;

Que, en Orden 50, obra la Factura emitida por la Cooperativa de Trabajo "Ciudad Luz Limitada" (CUIT N° 30- 70884114-1), por el monto acordado.

Por ello y en uso de sus facultades,

EL SUBSECRETARIO DE HÁBITAT E INCLUSIÓN RESUELVE

Artículo 1°.- Ordénase el pago de la primer cuota del subsidio acordado a favor de la Cooperativa de Trabajo "Ciudad Luz Limitada" (CUIT N° 30-70884114-1), por el Acta Acuerdo registrada bajo el Nº 21518266-2018 cuyo monto asciende a la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000).-

Artículo 2°.- La presente encuentra respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto vigente.-

Artículo 3°.- Notifíquese. Pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese. De Marco

RESOLUCIÓN N.° 329/SSHI/18

Buenos Aires, 24 de agosto de 2018

VISTO:

Los Decretos Nros. 363/GCABA/15 y su modificatorio 386/GCABA/17, 196/GCABA/12 y su modificatorio 383/GCABA/16, las Resoluciones Nros. 112/SSHI/2018, su modificatoria 115/SSHI/18 y su ratificatoria 536/MHYDHGC/18, RESOL 2018-241-SSHI, RESOL-2018-313-2018-241-SSHI, la solicitud de gasto N° DOCFI-2018-19344174-2018-241-SSHI, el Acta Acuerdo N° 21161069-2018,PSOC Nº 2018/19809551/SSHI el Expediente N° EX-2018-18907591-DGHABITAT, y

CONSIDERANDO:

Que conforme los términos del Decreto N° 363/GCABA/15 y su modificatorio 386/GCABA/17, la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, tiene entre sus responsabilidades primarias "Planificar, diseñar, coordinar y supervisar políticas, estrategias y acciones tendientes a la inclusión social y a mejorar la calidad del hábitat en villas, núcleos habitacionales transitorios y complejos habitacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que mediante el Decreto N° 196/GCABA/12 se creó el "Programa de Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y la inclusión", modificado por Decreto Nº 383/GCABA/16 con el objeto brindar apoyo técnico y económico a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) que promuevan iniciativas en procesos participativos de gestión del hábitat, la inclusión social y la ampliación de ciudadanía;

Que el mencionado Decreto fue reglamentado por la Resolución Nº 112/SSHI/2018, su modificatoria 115/SSHI/18 y ratificado por Resolución N° 536/MHYDHGC/18;

Que por Resolución N° RESOL-2018-241-SSHI fue aprobado el proyecto denominado "Puesta en Valor Pavimento Alegre Etapa 2" (Programa n°19 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera) en el marco del "Programa de Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y la Inclusión", presentado por la Cooperativa de trabajo "Santa Ana Ltda." (CUIT N°30-71207270-5);

Que el Acta Acuerdo de Inclusión Social fue suscripta y registrada en la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires bajo el Nº 21161069;

Que en dicho instrumento se observó una diferencia en los importes descritos en letras y números, correspondientes a la cláusula segunda incisos a), b) y c) razón por la cual resulta necesario realizar una addenda al mismo para aclararlo;

Que, en orden N° 7 se encuentra la solicitud de gasto N° DOCFI-2018-19344174-SSHI, acreditando el respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto vigente;

Que por Resolución RESOL-2018-313-SSHI se ordenó el pago de la primer cuota del subsidio acordado a favor de la Cooperativa de trabajo "Santa Ana Ltda." (CUIT N°30-71207270-5);

Que, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal Procedió mediante Providencia N° 2018-22917350-DGTALMHYDH a devolver el presente actuado toda vez que no coinciden el monto de la resolución en letras con el monto en números. Asimismo, no coincide el monto expresado en la factura con el monto del acta acuerdo.

Por ello y en uso de sus facultades,

EL SUBSECRETARIO DE HÁBITAT E INCLUSIÓN RESUELVE

Artículo 1°.- Derógase la Resolución Nº 2018-313-SSHI.-

Artículo 2°.- Notifíquese. Pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese. De Marco

RESOLUCIÓN N.° 330/SSHI/18

Buenos Aires, 27 de agosto de 2018

VISTO:

Los Decretos Nros. 363/GCABA/15, y su modificatorio 386/GCABA/17, 196/GCABA/12 y su modificatorio 383/GCABA/16, y las Resoluciones Nros.: Nº 112/SSHI/2018, su modificatoria 115/SSHI/18, y su ratificatoria 536-MHYDHGC, Resolución 2018-259-SSHI, la solicitud de gasto N° DOCFI- 2018-20213521-SSHI el Acta Acuerdo N° 21827418, el Expediente N°20160566/SSHI/2018, y

CONSIDERANDO:

Que conforme los términos del Decreto N° 363/GCABA/15 y su modificatorio 386/GCABA/17, la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión, dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, tiene entre sus responsabilidades primarias "Planificar, diseñar, coordinar y supervisar políticas, estrategias y acciones tendientes a la inclusión social y a mejorar la calidad del hábitat en villas, núcleos habitacionales transitorios y complejos habitacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; BO-2018-5449-DGCCON

Que mediante el Decreto N° 196/GCABA/12 se creó el "Programa de Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y la inclusión", modificado por Decreto Nº 383/GCABA/16 con el objeto brindar apoyo técnico y económico a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) que promuevan iniciativas en procesos participativos de gestión del hábitat, la inclusión social y la ampliación de ciudadanía;

Que el mencionado Decreto fue reglamentado por Resolución Nº 112/SSHI/2018 su modificatoria 115/SSHI/18 y su ratificatoria 2018-536-MHYDHGC;

Que por Resolución N°259/SSHI/18 se aprobó el proyecto denominado “Manos de Mujer“ (Programa n°25 y actividad n°60 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera) presentado por la OSC Minu Asociación Civil, (CUIT N°30-70864001-4);

Que el Acta Acuerdo de Inclusión Social fue suscripta y registrada en la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires bajo el Nº21827418;

Que en dicho documento se establece en la Cláusula Segunda inciso a) que una vez firmado éste, corresponde realizar el pago de la primera cuota que asciende al sesenta

In document Sumario. Poder Legislativo (página 135-151)