Capítulo 3: La Participación de los cuerpos vulnerables Herramientas
2. El mito de la autonomía personal
Como hemos observado en el análisis del marco legal en el primer capítulo, es común el argumento que justifica el control y los límites que se imponen a las personas no-adultas por razones de protección. Al igual que sucede con las mujeres, l@s niñ@s son percibidos como frágiles por naturaleza, incapaces de gobernarse a sí mism@s, los cuales, movid@s más por pulsiones que por razones, necesitan de la coerción externa para sobrevivir. La necesidad de protección de l@s no-adult@s se percibe desde el punto
de vista de una debilidad personal, y como tal se utiliza para justificar una relación desigual y de subordinación. Este régimen de verdad formaría parte de una ideología concreta desde donde se entiende que el ser humano plenamente capaz es aquel que adquiere su independencia del resto, “capaz de valerse por sí mismo” y de esta forma, se
diferencian a aquell@s “capaces” y a l@s “discapacitados”: ya sea por cuestiones de
edad, género, o diversidad funcional.
Sin embargo, la perspectiva de esta tesis plantea que todos los seres humanos somos interdependientes, y nuestra supervivencia radica en unas adecuadas relaciones de cuidado. Todas las personas, a lo largo de la vida, pasamos por momentos de mayor o menor dependencia y vulnerabilidad: infancia, enfermedad, incapacitación, gestación, puerperio, vejez, etc. El aprendizaje, por otro lado, es también un proceso continuo y necesario a lo largo de toda la vida, no solo en las etapas iniciales. Finalmente, desde el punto de vista de esta tesis, no sería el individu@ el que es incapaz o dependiente en ciertos momentos de la vida, sino que es la sociedad la que es incapacitadora, por lo tanto, la vulnerabilidad no provendría de la persona sino de la estructura social.
Es frecuente que se malinterprete la necesidad protección como coerción y control, pero, como hemos analizado en el capítulo anterior, una protección que proviene de una relación desigual crea dependencia y es caldo de cultivo para situaciones de violencia. Una protección que no limite y dignifique a las personas no adultas debe ser concebida de manera continua a lo largo del tiempo y multidireccional, estableciendo relaciones de interdependencia y basándose en el reconocimiento mutuo de capacidades y vulnerabilidades.
Irene Comins y Vicente Martínez (2010) proponen un cambio epistemológico desde la perspectiva feminista que combine la ética del cuidado y la de la justicia, y que
“nos enseñe nuevas formas de ser hombres y mujeres, de reconocer en nosotras mismas
la vulnerabilidad y fragilidad” (Comins y Martínez, 2010:55). Quizás sea también necesario, desde nuestra posición de poder repensarnos como adultas y establecer nuevas maneras de relacionarnos con aquellas personas más jóvenes que nosotras.
Unas condiciones más justas para la infancia requieren reconocer esta doble condición por la cual las personas somos iguales y a la vez diferentes a cada momento. Pero esta reflexión exige, además, reconocer las condiciones por las cuales no solo l@s niñ@s, pero todas las personas somos vulnerables e interdependientes. Es decir, reconocer el valor de l@s niñ@s a pesar de su vulnerabilidad, sea esta o no una construcción social, implica que primero debo reconocerme a mí misma en mi vulnerabilidad intrínseca y dependiente de un entramado social, sin el cual no sería yo misma.
Judith Butler también reconoce que todos los cuerpos son precarios (Butler, 2004), y afirma que cualquier reflexión filosófica o política debería empezar por reconocer el estado de precariedad compartida al que estamos sujet@s. Somos seres corpóreos, vulnerables y sujetos a interdependencia, la cual es primordial para sostener cualquier vida humana. El reconocimiento de la precariedad y de la vulnerabilidad física del otro puede conducir a la dominación y la explotación, sin embargo, como deduce la autora (Butler, 2009), debe de haber una forma igualitaria e inclusiva de reconocer la precariedad. Nadie puede escapar de la dimensión precaria de la vida social y el hecho de saberme también vulnerable me lleva a reconocer la necesidad de la interdependencia. De esta forma, del reconocimiento de esta precariedad compartida, Butler (2004) deriva una obligación ética, la responsabilidad por las otras, el cuidado y la protección mutua. Y es que la precariedad de los cuerpos, lejos de ser algo personal es indisociable, como bien
apunta la autora, de la dimensión política, social y económica, la cual organiza, protege, o no, ciertas vidas humanas.
Desde este paradigma, se reconoce que tod@s somos seres precarias y vulnerables. No obstante, existen momentos donde nuestra existencia precaria se vuelve más obvia, como puede ser al principio de nuestra vida, durante la enfermedad, la maternidad o la vejez. Pero el reconocimiento de mi propia vulnerabilidad me impide dominar a la otra y utilizar su propia vulnerabilidad como justificación para el paternalismo y la discriminación. Deberíamos tener derecho a la vulnerabilidad y la dependencia que caracterizan ciertos momentos de nuestras vidas, deberíamos tener derecho a sentirnos seguros y todavía reconocidos en estas circunstancias. La vida es una consecución de momentos de vulnerabilidad que no se pueden separar, mi vulnerabilidad hace unos años me recuerda mi vulnerabilidad ahora, también discurre en interdependencia con las otras, en este sentido podríamos decir que las relaciones de cuidado entre adultos y no adultos no son en absoluto relaciones desiguales, son relaciones mutuas entre personas a lo largo del tiempo.
En resumen, si es precisamente la vulnerabilidad que nos caracteriza como seres humanos lo que nos expone a la discriminación y otras formas de violencia, ¿cómo compaginar el reconocimiento del cuerpo con la necesidad de cuidado e interdependencia que nos define como seres humanos pero que es especialmente obvio en ciertos momentos de la vida? ¿Es compatible la emancipación con la protección que necesitan las personas adultas? Sí, desde la perspectiva de esta tesis no solo serían compatibles sino que serían indisociables. En muchas ocasiones, como se ha venido mencionando, se utiliza la necesidad de protección y cuidado de las personas más jóvenes como fundamento para el poder y las relaciones jerárquicas. Es por esto que para nuestro caso, es tan importante el reconocimiento del cuerpo y de la vulnerabilidad personal, como reflexión que nos sitúa
al mismo nivel que las personas no adultas, solo desde la posición a la que me lleva semejante reflexión puedo ofrecer la protección y el cuidado necesarios sin caer en la explotación y la violencia.
Aquí es donde entra la propuesta de Irene Comins y Martínez Guzmán (2010), desde donde se pretende compaginar la ética de la justicia universalizable con una ética del cuidado, que promueva el reconocimiento de la diferencia como valor social y atienda las necesidades específicas de cada persona: “Entiendo que una Cultura para la Paz debe ser consciente de la dialéctica entre la necesidad de una teoría de la justicia universalizable y al mismo tiempo la necesidad de reconocer las múltiples diferencias existentes entre los seres humanos” (Comins, 2009), así como recuperar “la capacidad humana de preocupación y de cuidado de unos seres humanos por otros (Comins y Martínez, 2010:48) y poner “El énfasis en la reciprocidad, el cuidado y la interrelación”
(Comins y Martínez, 2010:48).