19. T urismo y trAnsportEs
19.5. Quejas archivadas por traslado al Defensor del
20.1.3. Novedades legislativas en el ámbito de la Comunidad
con la vivienda acogida a la protección pública 20.1.4. Colaboración con el Diputado del Común en la
investigación de las quejas. 20.2. Ayudas para el fomento del alquiler
20.3. Falta de contestación a solicitudes de ayuda en materia de vivienda
20.3.1. Solicitudes de ayuda al alquiler y a la compra 20.3.2. Solicitudes de ayuda para la autoconstrucción 20.3.3. Emisión de certificados necesarios para la
inscripción registral de transmisiones de viviendas de titularidad pública
20.4. Resolución de adjudicaciones en régimen de alquiler por circunstancias sobrevenidas
20.5. Obras ilegales en viviendas de titularidad pública cedidas en régimen de alquiler
20.6. Problemas de financiación
20.7. Escasez de viviendas de titularidad pública destinadas al alquiler
20.8. Desperfectos detectados en viviendas acogidas a la protección pública
20.9. Errores en la captura de datos, y problemas derivados de la nueva aplicación contable instalada a nivel de la Comunidad Autónoma Canarias
20.10. Solicitudes de subvención tramitadas al amparo de la resolución del director del ICV de 28 de febrero de 2008 (Hipoteca Joven Canaria) 20.11. Reposición de viviendas de titularidad pública 20.12. Subrogación de viviendas adjudicadas en régimen
de alquiler
20.13. Estado de las resoluciones del Diputado del Común en el Área de Vivienda
20.14. Resoluciones más significativas del Diputado del Común en el Área de Vivienda
20.1. Introducción
20.1.1. Consideraciones generales
Que la crisis económica que estamos travesando ha afectado con especial encono a los grupos más desfavorecidos de la sociedad es una obviedad, que no puede llevarnos por ello a exponerla ante las instituciones encargadas de gestionar los recursos públicos. Es preciso, por tanto, insistir en que, desde las distintas administraciones públicas, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, se preste en estos momentos una especial atención a la protección social de dichos grupos.
Aunque la limitación de los presupuestos de las adminis- tra ciones y la escasez de recursos económicos con que las mismas cuentan, que es otra consecuencia directa de la actual crisis, en ningún caso podemos admitir que tales circunstancias supongan un merma de los derechos consagrados en la Constitución.
Así, tal y como desde distintos ámbitos de la sociedad se viene reclamando, ante la presente crisis es preciso reforzar el estado social, de manera que la actual coyuntura no suponga un recorte de las partidas presupuestarias de las áreas sociales, sino, al contrario, un reforzamiento de las mismas.
Dentro del ámbito de la protección social, es evidente que el reconocimiento del derecho de disfrutar de una vivienda digna y adecuada y el fomento de su efectivo ejercicio suponen un reto que han de ir afrontando y superando los poderes públicos. De esta forma, se ha de desterrar la idea de que el disfrute de una vivienda, que reúna las debidas condiciones, sea un privilegio o una mera mercancía de lujo, cuando lo cierto es que es derecho social. Además, su garantía es un fundamento, a veces ineludible, para la efectividad de otros derechos constitucionales, tales como el derecho a la intimidad personal o familiar, a la educación en igualdad de oportunidades, etc.
La modificación de las ventajas fiscales para la compra de una vivienda, que ha entrado en vigor a partir de enero
de 2011 y que supone la eliminación de incentivos para un gran número compradores, ha tenido un efecto claro en los seis últimos meses de 2010; por un lado, se ha notado cierto incremento en el número de transmisiones y, por otro, se aprecia que continúan a la baja los precios, porque, por una parte, muchas operaciones previstas para el ejercicio 2011 se pueden haber adelantado al año 2010 y, por otra, porque existía el temor en el mercado de que las eliminación de las referidas ventajas fiscales fuera a suponer una caída de la demanda en el presente año.
Así, según datos del Instituto Nacional de Estadística, en el año 2010, se produjo un aumento del 4,6 % en el número de transmisiones de viviendas respecto al año anterior, de manera que se ha invertido la tendencia de los ejercicios precedentes en los que las caídas alcanzaron cifras del 24,9% y 28,6 % respectivamente.
En cualquier caso, es unánime la opinión de los expertos respecto a que la eliminación de las referidas desgra- vaciones fiscales supone una modificación importante del actual escenario inmobiliario. Aunque es evidente que dicha medida va a suponer un obstáculo para muchas personas cuya aspiración era hacerse con la propiedad de una vivienda, está por ver que la misma suponga una reactivación del mercado del alquiler, pues si bien se desincentiva la compra, se mantienen las ayudas para las rentas más bajas.
20.1.2. Taller XXV Jornadas de coordinación de Defensores del Pueblo
Con el título “Impacto de la crisis económica en el sector de la vivienda y su repercusión sobre las familias y las personas”, el Diputado del Común participó en taller de trabajo, al efecto organizado por el Defensor del Pueblo de la región de Murcia, preparatorio de las XXV Jornadas de coordinación de Defensores del Pueblo, celebradas en la Rioja durante los días 27-29 de septiembre de 2010, que tuvo como motivo central el impacto de la crisis económica en el ejercicio de los derechos de las personas.
En el marco de los trabajos realizados, se efectuó, por parte de los participantes, una evaluación de las medidas que, en materia de vivienda, se han adoptado por las distintas administraciones, tendentes a paliar los efectos de la crisis económica.
Con posterioridad, en la reunión de defensores autonómicos, que tuvo lugar en Logroño en el mes de septiembre de 2010, se aseveraron, entre otras, las siguientes conclusiones:
a) Debe reforzarse la efectividad y extensión del derecho a la vivienda, con atención específica a colectivos con especial necesidad, y garantizando que el suelo cumpla su verdadera función social tutelada constitucionalmente.
b) En los procesos de adjudicación de las viviendas protegidas se debe garantizar la publicidad, concurrencia y transparencia, estableciendo un baremo basado en criterios objetivos y en cupos de colectivos preferentes. Asimismo, debe reforzarse la inspección de la Administración para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a los adquirentes o arrendatarios de viviendas protegidas y sancionar las conductas infractoras.
c) Debe procurarse un crecimiento racional de los núcleos urbanos, evitando procesos de segregación parcial vinculados a la marginalidad, y se debe favorecer la utilización de las viviendas ya construidas. En este sentido, los planes urbanísticos y de vivienda deberían priorizar la reutilización del parque de viviendas existente, favoreciendo la reforma interior, la conversión de viviendas libres no absorbidas por el mercado, en viviendas protegidas y, muy especialmente, el alquiler de vivienda.
20.1.3. Novedades legislativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, relacionadas con la vivienda acogida a la protección pública
Mediante el Decreto 47/2010, de 6 de mayo, se modificó el Decreto 135/2009, de 20 de octubre que regula las actuaciones del Plan Canario de Vivienda para el periodo 2009-2012, así como otras normas en materia de vivienda. La citada modificación viene obligada, por dos circunstancias: una, por la promulgación del Real Decreto 1961/2009, de 19 de diciembre, por el que se introducen nuevas medidas transitorias en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación (que afectan al Plan Canario), y mediante el que se pretende promover el marco adecuado para que las viviendas que no absorba el mercado libre puedan ofrecerse en venta o en arrendamiento protegidos a los ciudadanos que no puedan adquirirlas como viviendas libres. Dicha medidas inciden, principalmente, en las normas de carácter coyuntural que, incluidas en las disposiciones transitorias del Plan Estatal, fueron concebidas para hacer frente a las especiales circunstancias económicas y sociales del momento, de tal manera que, entre otras medidas, se amplía el tiempo de vigencia inicialmente previsto para la aplicación de aquéllas. Por otro lado, además, el Decreto 135/2009, en atención a las específicas circunstancias de la Comunidad Autónoma de Canarias, incluyó, también, en sus Disposición Transitoria Primera, una serie de medidas, igualmente de carácter coyuntural, cuya finalidad era la poner en el mercado un mínimo de 2.000 viviendas en alquiler, articulando para ello ayudas cuya vigencia, inicialmente establecida hasta el 31 de diciembre de 2009, hubo de ampliarse, a la vista de la realidad, hasta el 31 de diciembre de 2010.
El número de quejas tramitadas por el Diputado del Común, cuyo origen son los problemas relacionados con la vivienda, se mantiene en misma cantidad que en los ejercicios anteriores. Así, durante el año 2010, han sido 182 los expedientes de queja tramitados en esta área, mientras que en el ejercicio 2009 sumaron un total 192.
Del total de expedientes archivados en el año 2010, un 40 % lo han sido por solución, o por encontrarse el asunto planteado en vías de solución. Destaca, asimismo, el número de expedientes tramitados cuyo motivo de archivo fue el no apreciarse vulneración del ordenamiento jurídico en la actuación administrativa, que sumó un 30% del total. De nuevo existe gran disparidad en las causas de las reclamaciones interpuestas. El mayor número de EQ tramitados está motivado por asuntos relacionados con distintos problemas derivados de las diferentes líneas de ayuda establecidas para el fomento del mercado de alquiler.
20.1.4. Colaboración con el Diputado del Común en la investigación de las quejas
Administraciones a las que se ha recordado su deber legal de colaborar con el Diputado del Común en el ejercicio 2010:
- Consejería de Bienestar Social Juventud y Vivienda: (EQ: 0397/2009; 1327/2008; 1904/2008; 0474/2009;
0745/2009; 0813/2009; 0829/2009; 1119/2009; 1200/2009; 1089/2009; 0903/2008; 1457/2008; 0395/2010; 1187/2009; 1233/2009; 1269/2009; 1393/2009; 1540/2009; 0163/2009; 0397/2009; 1382/2009)
- Instituto Canario de la Vivienda: EQ 0209/2010 - Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma:
EQ 1422/2008