1.5.3 CIUDADANÍA MULTICULTURAL.
1.6 NUEVOS CAMINOS DE CIUDADANÍA
La idea de “ciudadanía”, que ha podido estar oscurecida durante décadas o simplemente usada por la doctrina en temas recónditos, ha resurgido en la actualidad con “fervorosa pasión”. Quizás los tiempos que corren han resucitado el concepto para “generar entre los miembros de las sociedades post-industriales un tipo de identidad en la que se reconozcan y que les haga sentirse pertenecientes a ellas”19.
La posición de Thomas Marshall en ―Citzenship and social class20 es una crítica a la teoría liberal individualista de la ciudadanía y aboga por una ampliación del concepto de ciudadanía. Al decir de Pérez Ledesma este autor marca un antes y un después en el tema.
Entiende que ese concepto no debe quedar limitado a la titularidad de derechos políticos sino que debe comprender una dimensión social concretada en el disfrute
19 Cortina, A. op. cit. p. 22, dónde explica el porqué: ―(…) porque este tipo de sociedades adolece
claramente de un déficit de adhesión por parte de los ciudadanos al conjunto de la comunidad, y sin esa adhesión resulta imposible responder conjuntamente a los retos que a todos se plantean.
20 Es el trabajo que se ha considerado más importante de T.H. Marshall. Es una recopilación de
una serie de conferencias dictadas en Cambridge en 1949. Fue publicado en 1950, pero hasta 1963 no obtuvo su importancia, causando verdadero revuelo en la clase política. Ver Marshall, T.H. y Bottomore, T. Ciudadanía y clase social. Linares, P. (versión). Alianza Editorial. Madrid 1998.
58 de los derechos y garantías sociales, económicas y culturales. Esta idea ayudó a impulsar el paso del Estado liberal a un nuevo modelo social de Estado de derecho21. Intentando remover obstáculos y desequilibrios económicos que se oponían a un disfrute de la libertad por parte de todos los ciudadanos, promoviendo la igualdad real.
Aunque el solo elemento de la igualdad social no puede delimitar suficientemente el concepto, la “ciudadanía social‟ unió el sentido estricto de ciudadanía como aquellos derechos de participación política con una noción genérica que incluye la totalidad de derechos y libertades que corresponden con este modelo político- social. Sin embargo, ese modelo pronto acabaría su periplo en políticas nacionales para la búsqueda de amplias medidas de bienestar y “se halla hoy desbordado por sus propios compromisos; siendo ésta una de las principales causas de su crisis como modelo político” (Ledesma, 2000; 160).
Hoy el discurso de la ciudadanía registra un nuevo cambio de rumbo, después que las infalibles leyes del mercado presentaran el cadáver del Estado social de Derecho, aparece “la ciudadanía fragmentada o la fragmentación de la ciudadanía”. Son teorías que representan intentos por redefinir sus formas de titularidad. El problema, en resumen, se centra en el papel del ciudadano en relación con la sociedad y el sistema político. Así aparece en la doctrina un debate largo, y que todavía continúa, entre las tres corrientes ideológicas más relevantes de nuestro tiempo: el liberalismo22, el comunitarismo y el republicanismo moderno23
21 Para este tema ver dos autores, uno de lengua alemana y el más prestigioso teórico del Estado
social de derecho Hermann Heller y otro italiano, el pensador y político socialista Lelio Basso, a cuyo empeño se debe el art. 3.2 de la Constitución italiana de 1947 en el que se inspira el art.9.2 de la Constitución española de 1978, puede verse su obra Il principe senza scettro. Feltrinelli. Milano 1958.
22“La democracia hacedera, la democracia posible consiste y no puede consistir, se dice, sino en
votar periódicamente y, tras ello, hacer dejación de los asuntos públicos en manos de los políticos profesionales. Éste abdica, salvo el acto ritual de cada cuatro años, de su dimensión ciudadana
59 Destaca la opinión de Pettit24 expresando que la relación más fuerte hoy día con la noción “ciudadanía” pertenece al republicanismo. Derechos e igualdad eran las notas de ciudadanía marshalliana25, elementos criticados y superados, los primeros por comunitaristas y republicanos y la segunda por concepciones que defienden la “política de la diferencia” y el “multiculturalismo”26. El modelo teórico
para recluirse en la vida privada, la tan fomentada privatización, el individualismo posesivo, la sociedad del mercado generalizado, la concepción economicista de la existencia. Por razones estratégico-políticas no se predica ya, claro está, la apatía, pero por todos los medios se la fomenta. En López Aranguren, J. L. ―Ética comunicativa y democracia‖ en Apel, K. (et al.) Ética comunicativa y democracia. Ed. Crítica. Barcelona 1991. p.211.
23 Alguna bibliografía interesante puede ser: Revista La Política nº1, primer semestre de 1996;
Ovejero Lucas, F. ―Tres ciudadanos y el bienestar‖, La Política, nº 3.1997; Giner, S. ―Las razones del republicanismo, Claves de la Razón Práctica, nº 88.1998; Thiebaut, C. ―Un debate sobre el ciudadano: comunitarios, liberales y republicanos, en Vindicación del ciudadano, Barcelona, Paidós, 1998; Béjar, H. ―El corazón de la República. Claves de Razón Práctica, nº 91.1999; Thiebaut, C. Los límites de la comunidad.Centro de Estudios Constitucionales. Madrid 1992.
24 "Las leyes políticas deben estar encauzadas o incrustadas en una red de normas cívicas,
sostenidas por hábitos de virtud cívica y buena ciudadanía-por hábitos, dígase así, de civilidad, si quieren tener alguna oportunidad de prosperar. (...) Uno de los temas recurrentes en la tradición es que la república requiere una base de civilidad generalizada; no puede nutrirse sólo de leyes". Pettit, P. Republicanismo. Una teoría sobre la libertad y el gobierno. Ed. Paidós. Barcelona 1999.
25 Además Marshall presuponía que todo ciudadano, y por tanto la ciudadanía pertenece o está
integrado en un Estado-nación determinado. Cfr. Rodríguez Tous, J. A. ―Paradojas de la ciudadanía cultural. El ejemplo catalán en García de Cortázar, F. (coord.), Los temas de nuestro tiempo nº 70. Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales. Madrid 2002. pp.51ss.
26 Cfr. Pérez Ledesma, M. op. cit. p.26s. Se empezaron a reclamar la protección activa de las
diferencias por parte del Estado, destacó la obra de Iris Marion Young: ―Polity and Group Difference: A Critique of the Ideal of Universal Citizen‖. Ethics, vol.99. nº2. 1989; allí: ―la diferenciación en grupos es un proceso inevitable y deseable en las sociedades modernas. Pero este debate fue superado pronto por una discusión más global: el multiculturalismo, seguramente solapado con el anterior.
60 global más importante de las configuraciones políticas de tipo liberal (tanto neocontractualistas como utilitaristas) se encuentra en John Rawls, en sus libros A
Theory of Justice y Political Liberalism27. Hoy el acceso a la titularidad de la
ciudadanía se plantea, sobre todo, respecto a los extranjeros e inmigrantes, siendo éste el gran reto abierto a la delimitación de su titularidad. La ciudadanía unilateral, entendida como vínculo político compacto y omnicomprensivo entre el individuo y el Estado, deja paso a la “ciudadanía multilateral”.
El punto de partida de este nuevo planteamiento se sitúa en la intervención de Charles Taylor en un seminario celebrado en Princeton en 1990 y publicado dos años después. Porque “sólo a partir del reconocimiento de la cultura particular del grupo, es posible el desarrollo de la identidad de los miembros del mismo. La sociedad ciega a las diferencias no solo es inhumana sino fuertemente discriminatoria” (Taylor, 1992: 74). El precursor de esta nueva corriente es Kymlicka, en su obra Ciudadanía multicultural. El autor ha pretendido demostrar que “resulta legítimo, y de hecho, ineludible, complementar los derechos humanos tradicionales con los derechos de las minorías” o lo que es igual, “los derechos universales asignados a los individuos independientemente de su pertenencia de grupo con los derechos diferenciados para los grupos y culturas minoritarias” (Kymlicka, 1996: 37).
Aun así, la actualidad denota un déficit de ciudadanía global que se intenta compensar en el ámbito más localista. Todo ello viene expresado en el “Informe
27 Según Llano, A. ―Humanismo cívico y ciudadanía de la familia‖ en Naval, C. op. cit. p.111, dice:
―Según Rawls la estructura de las sociedades modernas tiene que ser política, no metafísica. No se puede pretender introducir en el debate político teorías comprehensivas, que impliquen una concepción del hombre y del mundo, una visión unitaria de la vida buena. Y ello por la fundamental razón de que –al menos desde las modernas guerras de religión en Europa-no hay conciliación posible entre visiones comprehensivas que mutuamente se excluyen. Por lo tanto, tales actitudes de fondo han de ser exclusivamente objeto de las convicciones privadas, mientras que el ámbito público debe estar estructurado por normas de tipo meramente procedimental, es decir, por reglas jurídico-positivas y técnicas económicas sin contenido ético sustantivo, Se trata de la primacía de lo políticamente correcto sobre lo metafísicamente bueno.
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propuesta sobre la ciudadanía europea. Participación, derechos sociales y derechos civile”. En este informe se proponen medidas para reforzar la presencia
de las instituciones locales y regionales en la Unión Europea como una ampliación de los derechos de participación, cívicos y sociales. En este marco se propone la adquisición de la ciudadanía europea por el hecho de residir en un país de la U.E, sea cual sea la nacionalidad de origen, la cual no se pierde. De esta manera los “ciudadanos europeos”, sea cual fuera su nacionalidad tendrán los mismos derechos, incluidos los políticos, que los nacionales del país que residen.