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Objetivo 1: Contextualizar territorial, jurisdiccional, y funcionalmente la acción minera en

8. RESULTADOS Y PRODUCTOS

8.1. Objetivo 1: Contextualizar territorial, jurisdiccional, y funcionalmente la acción minera en

El presente escrito tiene como fin un análisis espacio temporal de la acción minera en el páramo de cruz verde, municipio de Choachí Cundinamarca, a partir del año 2011, a la luz de la territorialidad, jurisdiccionalidad y funcionalidad (Izquierdo A. , 2006).

El objetivo es contextualizar el caso en estudio permitiendo tener un panorama amplio que estará compuesto por múltiples aspectos como los físico - geográficos, así como por los aspectos normativos y de administración pública, sobre la cual integraremos las principales contradicciones normativas y acciones jurisdiccionales y funcionales, que en conjugación a un análisis social y contextual permiten comprender de manera más general qué ha confluido en el territorio y cuáles han sido los hechos más importantes en el espacio tiempo que enmarca el problema de la acción minera en el páramo de cruz verde, ilustrado de manera general a continuación.

55 Ilustración 3

Esquema de lo Jurídico y Funcional. Complementado por mapa conceptual normativo en anexos.

La contextualización está sustentada en diferentes referentes teóricos que nos aportarán un marco de análisis para los acontecimientos del fenómeno en investigación.

Es importante la definición de Raffestin, citado por (Vargas, 2012), quien afirma que “… el territorio está conformado por el medio físico-natural y el estudio epistemológico del espacio apropiado por el ser humano y en consecuencia, los ordenamientos territoriales son el resultado de la semiotización de un espacio que ha sido convertido progresivamente en territorio, es decir, el conjunto de los signos, estructuras y la relación entre la sociedad y el espacio terrestre-natural permiten la formación de un territorio…”

Añadiendo a lo anterior, Giménez, citado por (Bustos & Molina, 2012), presenta tres dimensiones que permiten desentrañar los componentes, relaciones y tensiones de un territorio particular.

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La primera dimensión, tiene que ver con la vinculación del ser humano dentro de un territorio en el que hace uso de los recursos naturales, considerados como cualquier elemento de la naturaleza y que a su vez, deben comprenderse como bienes culturales o formas objetivadas de la cultura. En la segunda dimensión, el territorio adquiere importancia cuando los actores del mismo lo enlazan a su vida en los contextos políticos, económicos, es decir, se transcribe en un escenario de poder. En la tercera dimensión, el territorio es entendido como distribución de prácticas culturales, rituales y las diversas formas lingüísticas.

Estas dimensiones son vistas a la luz de la contextualización de las principales acciones de minería llevadas a cabo en el páramo de cruz verde. Respecto a la primera dimensión se trata de analizar el páramo como un espacio ecológico cuyo significado no se limita a una concepción de territorio como espacio físico geográfico sino que trasciende a la idea de naturaleza y cultura desde una mirada que no parte de una concepción de los hechos relatados de manera antropocéntrica, limitada a aspectos meramente económicos. La segunda dimensión permite partir de un análisis desde la juridisccionalidad y funcionalidad que se forma y opera en el territorio a partir del ejercicio de unas funciones legales y unas relaciones de poder adquiridas que derivan en la manifestación de decisiones, acciones y omisiones sobre la problemática en cuestión. Por último, la tercera dimensión se enlaza sobre la importancia social y cultural que se yuxtapone sobre intereses puestos en el desarrollo de la dimensión anterior y que da la entrada a la participación ciudadana ejercida en el territorio en defensa del páramo frente a la acción minera.

Con base en estos referentes podemos ubicar las condiciones físico-geográficas y naturales que conforman el territorio del Páramo de Cruz Verde, las cuales permiten considerar la primera dimensión de dicho territorio. En este sentido, este lugar se encuentra ubicado en la vereda Agua Dulce perteneciente al municipio de Choachí (Cundinamarca), por lo que presenta unas condiciones particulares de riqueza natural que vinculan las diferentes actividades de la población. Cabe mencionar algunos de los elementos que componen este ecosistema y destacan su valor ecológico y ambiental. Por una parte, la vegetación en el páramo3, cobra singular importancia

debido a su capacidad de absorber y retenedor agua, además de regular las fuentes hídricas,

3 De los géneros Calamagrostis, Agrostis y Festuca y las plantas arrosetadas, entre las que sobresalen diversas

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protegiendo el suelo de los rayos solares, considerando que los suelos de los ecosistemas de páramo son grandes sumideros de carbono, el principal gas de efecto invernadero causante del calentamiento global. Gracias a las bajas temperaturas, propias de estas alturas, a su humedad y a las bajas tasas de mineralización de la materia orgánica, estos valiosos ecosistemas capturan el CO2, sirviendo como reguladores del cambio climático (Rangel, 2000).

Por otra parte, con respecto a la fauna, dicho territorio comprende gran diversidad de mamíferos, aves, reptiles y anfibios, muchos de ellos protegidos por estar declarados especies en vía de extinción, como el oso de anteojos y el Venado.

Además, debido a su geología perteneciente a la formación Guadalupe, en sus suelos presenta gran cantidad de arenisca dura, material de importancia para la fabricación de materiales de construcción como el cemento. Lo anterior describe tan solo algunas las razones para proteger el territorio de las actividades económicas extractivas como la minería.

Teniendo en cuenta que históricamente, gracias a las condiciones físicas, naturales y geográficas, este territorio ha sido abordado por la población a través de la agricultura y el turismo como actividades económicas y culturales, resulta problemático el hecho de que por intereses particulares de agentes externos, actualmente exista la posibilidad de convertirse en objeto de explotación y usufructo de parte de tales agentes.

Es en este punto cobra importancia considerar los escenarios de poder, el ejercicio económico y las relaciones políticas presentes en el territorio objeto de estudio. El territorio que se plantea a partir de la relación de poder, la organización y ejercicio del Estado en el manejo del territorio es aquel en el que se configura realidades sociales, ambientales, económicas y culturales, evidenciando en la realidad geográfica la supremacía de unos sobre otros en la medida en que se decide, sobre asuntos tal vez de conveniencia o afectación.

“El territorio está relacionado con la idea de dominio o gestión dentro de un espacio determinado; está ligado a la idea de poder público, estatal o privado en todas las escalas” (Correira de Andrade, 1996)

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Las relaciones con el territorio son múltiples debido a que el territorio es una serie de variadas interpretaciones lógicas, estructuras y dinámicas, que dan como resultado relaciones entre individuos, comunidades, el estado y actores privados; estas interacciones están mediadas por relaciones de poder o de legalidad en una división administrativa con un sustento legal y estricto; que en este caso el territorio puede brindar, en un espacio nacional, regional o local, con el fin último de construir espacios propicios para el desarrollo y para el caso, sobre el medio ambiente, quienes en este caso están permeados por un Estado que ejerce un control y un poder, con una serie de mediaciones jurisdiccionales que en ocasiones hacen que se pierda las nociones de los territorios en sus fronteras.

“En el espacio concurren y se sobreponen distintas territorialidades locales, regionales, nacionales y mundiales, con intereses distintos, con percepciones, valoraciones y actitudes territoriales diferentes, que generan relaciones de complementación, de cooperación y de conflicto” (Montañez & Delgado, 1998).

La concepción de territorio descrita anteriormente remite a lo jurisdiccional que habla de un espacio delimitado ya sea de manera político – administrativa, como es el caso del municipio de Choachí, o técnico – administrativa, para el caso de la Agencia Nacional Minera, Corporinoquía y Municipio, divisiones que necesariamente tienen en el marco de sus funcionalidades, responsabilidades y competencias que las distintas entidades deben ejercer.

La existencia de órganos jurisdiccionales dotados de competencias locales, regionales, nacionales y mundiales, produce resultados jurídicos de cooperación y de conflicto como consecuencia de la falta de coordinación entre los mismos. En este sentido, la protección de los ecosistemas se ha desarrollado desde diversas jerarquías normativas comenzando por los tratados internacionales basados en la protección por el medio ambiente y el desarrollo mundial. La Constitución Política de Colombia garante de la protección del medio ambiente al punto de denominarse como una Constitución verde. Esta reconoce en su Artículo 80 al Estado como el encargado de planificar “el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución” o el Articulo 58 que garantiza la propiedad privada, la utilidad pública y el interés social y consagra que la propiedad es una función social que implica obligaciones y le es inherente una función ecológica. Artículo que merece especial importancia dentro del presente análisis, debido a que las exploraciones mineras dentro del Páramo Cruz Verde

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se dieron a partir de la celebración de un contrato privado con el propietario de un predio o finca ubicado en la zona de intervención, sin tener en cuenta que el ejercicio de la propiedad privada encuentra límites en el derecho de todas las personas a gozar de un medio ambiente sano. La Ley 99 de 1993, expresa la protección de zonas de páramos, concepto que ratificado la Corte Constitucional mediante sentencia C-339 de 2002) donde se estipula que en los ecosistemas de páramos no se podrán adelantar actividades de exploración o explotación de minerales.

Si bien se destacan los avances normativos y de política pública en materia de acción minera en áreas protegidas o contiguas, a su vez se presentan retos en su implementación, cada día más notorios como es el caso de las actividades de minería en zonas de páramo y que ahora han dejado en entre dicho el ejercicio de delimitación de estos ecosistemas, generando consecuencias sociales y económicas, puesto que la acción misma de delimitar concede permitir ciertas actividades económicas, que desconocen su realidad como ecosistema.

Además de la desarticulación entre normas de carácter ambiental y ordenamiento territorial, está también el ejercicio de las autoridades mineras y ambientales, que dentro de una jurisdicción y acorde a funciones asignadas realizan acciones sobre las actividades mineras, como la otorgación de contratos y licencias, en base a estudios técnicos, económicos, sociales y ambientales, bajo principios de desarrollo sostenible y por encima de la especificidad territorial. No obstante, estas autoridades parecieran no tener en cuenta el ámbito local de pretensión, debido que, al otorgar concesiones mineras, actúa por encima de la conservación de los recursos hídricos, la economía tradicional agrícola, ganadera y de turismo y en general las relaciones que se desarrollan en el territorio de Choachí.

La ordenación, que corresponde a los Municipios y Distritos se constituye en un determinante estipulado en el Artículo 10 de la Ley 388 de 1997 sobre ordenamiento territorial, pero que se ha convertido en la ausencia de un ordenamiento ambiental en el esquema de ordenamiento territorial (EOT), que no contiene delimitaciones y menos directrices ambientales, lo cual es una contradicción respecto a la regulación que debería ejercer el Municipio y que está declarada en la Constitución frente a la facultad de orden legal que tiene la autoridad minera para regular la industria.

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Se evidencia la falta de coordinación interna entre las autoridades ambientales nacionales y las regionales, por un lado, las corporaciones autónomas, que actúan como máximas autoridades ambientales regionales, encargadas de otorgar licencias, permisos, autorizaciones y concesiones para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales; por otra parte, el Ministerio del Medio Ambiente rector de la política y la normatividad ambiental y la Agencia Nacional Minera quien administra los recursos minerales del Estado e igualmente otorgamiento de títulos, seguimiento y control de la exploración y explotación minera, funciones claramente definidas, pero en el ejercicio, descoordinadas entre sí, teniendo en cuenta que tanto la autoridad ambiental y la administración municipal no intervinieron al momento de otorgar los títulos mineros, siendo su actuación posterior a los mismos pese a encontrarse en su territorio, lo que dificulta el control y seguimiento de actividades económicas como la minería. Contradicción que es explicada desde la posición, de que las autoridades nacionales; son quienes deben ejercer su regulación, al ser una actividad pública de interés nacional, obteniéndose como resultado un cruce de competencias a pesar de enmarcase dentro de una jerarquía normativa.

En el páramo de cruz verde se dio una nula intervención de la administración municipal antes y durante la ocupación de la empresa Cosargo, una clara omisión del Municipio en la apertura, permanencia y abandono temporal de las actividades de la empresa, situándose como una administración Municipal que a pesar de ser encargada de promover el bienestar y la calidad de vida en el municipio y pese a gozar de autonomía para excluir actividades que ponen en riesgo el bienestar de sus habitantes, no fue partícipe del otorgamiento de los títulos mineros dentro de su territorio y tampoco de la suspensión de la actividad minera en zona de páramo, incluso apelando al principio de precaución y principio de prevención ambiental ante la afectación, el daño, el riesgo o el peligro que enfrenta el medio ambiente y que fueron reclamadas por la ciudadanía, donde solo la Procuraduría delegada para asuntos ambientales fue quien declaró su cierre temporal, debido a que las autoridades inicialmente involucradas como la ANLA, Corporinoquia y Municipio de Choachí, se declararon sin soporte técnico y administrativo para hacerlo a pesar de que las autoridades deben actuar con inmediatez frente a los problemas que les corresponde resolver en esa materia ambiental.

Lo anterior podría explicar y permitir comprender por qué las actividades mineras se han desarrollado en ecosistemas estratégicos para la conservación ambiental y se ha privilegiado la

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acción minera por parte del Estado, incluso por encima de otras actividades productivas y traspasando los derechos fundamentales y colectivos de la ciudadanía, convirtiéndose en causante de conflictos sociales, ambientales, económicos y culturales durante la configuración del territorio. Por último, para la tercera dimensión, se parte del concepto de territorialidad como "el grado de control de una determinada porción de espacio geográfico por una persona, un grupo social, un grupo étnico, una compañía multinacional, un Estado o un bloque de estados" (Montañez, 1997: 198). La misma se refiere al "conjunto de prácticas y sus expresiones materiales y simbólicas capaces de garantizar la apropiación y permanencia de un determinado territorio por un determinado agente social, o Estado, los diferentes grupos sociales y las empresas" (Montañez & Delgado, 1998).

Este concepto nos permite integrar la forma en que se han relacionado en el espacio y en el tiempo las acciones de los actores involucrados y sus implicaciones o efectos en el territorio en la jurisdiccionalidad y funcionalidad de las entidades, así como una descripción de los modos de vida de los campesinos y la comunidad que habita la vereda de Agua Dulce.

Muy cercana al concepto anterior de territorio es importante destacar la connotación cultural del mismo, o de paisaje cultural, en el que el estado del territorio refiere a la manera en que se han venido dando las relaciones entre la naturaleza y los grupos humanos, que en este caso en particular, Choachí en su vereda de Agua Dulce a través del desarrollo de actividades agropecuaria y de turismo, evidenciamos que marca también una diferencia importante con el tipo de transformaciones e intervenciones que se dan con la minería, que es lejana tanto a la realidad actual del territorio, así como a las actividades económicas tradicionalmente realizadas en el mismo, y que han cimentado una identidad cultural y una relación particular entre el territorio biofísico y sus usos socio-económicos.

Por eso en esta ocasión la defensa del ambiente está también entrelazada con la defensa de una cultura, de un modo de vida campesino que para su desarrollo requiere un ambiente sano o con ciertas características que sustenten la vida y provean los recursos para las actividades agropecuarias. De nuevo aquí nos encontramos con otro caso en el que el “boom” de la minería en el país ha promovido el traslado o inicio de esta actividad en escenarios y ecosistemas que nunca antes habían sido impactados por esta actividad, y que en sí mismo poseen valores enormes para

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la vida y el abastecimiento de agua. Aquí entendemos que se ubica la defensa comunitaria o veredal del territorio, que vino a propiciar toda una respuesta masiva en medios frente a la indiferencia de algunas instituciones y autoridades ambientales.

En ese sentido no hay que pasar por alto la cercanía de Choachí con Bogotá, y que como parte de los municipios vecinos al oriente de la capital, tiene muchas mejores probabilidades de hacer visibles o importantes los acontecimientos que allí ocurren por la cercanía al centro del país en términos de los poderes tanto económicos, como lo pueden ser los medios de comunicación, así como las instituciones, que a pesar de todo, siguen teniendo actuaciones mucho más robustas en las zonas centrales o andinas del país.

Ejemplo de eso es que este hecho fue comunicado por El Tiempo el 1 de febrero en una columna de Salomon Kalmanovitz títulada Minería en Choachí; por la revista Semana el 16 de febrero con una columna titulada “Minería una amenaza para Choachí” y el 26 de febrero informó “Proyecto minero en Choachí queda en suspenso” en relación a la sorprendentemente rápida reacción de la Agencia Nacional de Minería.

Complementando los análisis realizados desde una perspectiva territorial y teniendo presente la confrontación de intereses hay que mencionar varios elementos que permiten entender la manera en que se ha venido dando su desarrollo.

En primer lugar, hay que ubicarse en una coyuntura histórica en términos de ampliación o si se permite el término colonización de territorios tradicionalmente no mineros, y sobre todo de territorios que poseen grandes cualidades en términos ecológicos y ambientales como lo son los páramos.

Es decir, hay en el país una presión de grandes intereses económicos para el desarrollo de la minería, para la cual lamentablemente el país no ha estado preparado, tanto por flaquezas técnicas y legales en el andamiaje estructural del país. Cabe mencionar, por ejemplo, los acuerdos bilaterales que protegen la inversión extranjera, que, por un lado, responden a la necesidad de brindar una efectiva protección al inversor extranjero. Sin embargo, por otro lado, ponen en riesgo a los países receptores de capital, al carecer de un sistema legal apto por no tener una clara preponderancia del poder administrativo sobre el judicial, es decir, sistemas deficientes de protección de derechos, instituciones políticas débiles, entre otras. Situación que amplifica por la

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baja capacidad de implementación y cumplimiento de las regulaciones y de las maneras en que acorde a la ley se debe realizar una actividad.

En vista de esta situación es también necesario mencionar las respuestas y organización de la ciudadanía para enfrentar estos hechos, sobre todo y en particular en los páramos. Respuestas ciudadanas como la que se ha dado en Santurbán, Pisba, entre otros páramos refleja que por una parte si ha habido asignaciones irregulares, por decir lo menos, de títulos o exploraciones mineras en estos ecosistemas estratégicos del país, pero que a la vez la ciudadanía ha venido respondiendo al desafío organizándose y exigiéndole al Gobierno Nacional el cumplimiento de la normativa ambiental y la satisfacción de todos los criterios técnicos, que en estos casos se ven severamente