EL TRIENIO CONSTITUCIONAL Y LA DIPUTACION PROVINCIAL DE MADRID
3.6 Obras Públicas
Las Obras Públicas fueron otras de las actividades de la Diputación, junto al tema de Sanidad y Cultura. El 21 de abril de 1820 encomienda la Diputación las obras de alcantarillado, a parte del estado en que se encontraba, había una necesidad imperiosa de dar trabajo a tantas manos ociosas; otra obra que se atendió en esta época fue la del Canal del Manzanares, interrumpida desde la guerra de la Independencia. Se formó una comisión conjunta con el Ayuntamiento de Madrid para ponerse en contacto con el Gobierno y poder cobrar los impuestos correspondientes para cubrir los gastos. La Diputación quedó encargada de vigilar el cumplimiento de las obras, de los arbitrios se encargaría el Ayuntamiento144.
El día 25 recibía la Diputación un oficio con el nombramiento del Director de las obras del Canal; el cargo recayó en D. Pablo Sirera, las obras empezaron rápidamente porque el día 27 de ese mes se mandó una orden al Ayuntamiento para que nombrara una comisión que acompañara a la de la Diputación para hacer el reconocimiento de las obras, el Diputado encargado fue D. Antonio Martel.
Pero no sólo se ocuparon de estas obras importantes en sí; el 6 de mayo de 1820 en la sesión correspondiente, daba parte el Ayuntamiento de haber emprendido la apertura de un camino desde la Puerta de Toledo a la de Segovia,
la inspección del trabajo en este caso recayó en el Diputado Joaquín Manrique’45.
Las obras del Canal del Manzanares se realizaron rápidamente e incluso el día 9 de mayo se recibía en la Diputación otro oficio por el que el Director Sr. Sirera pedía permiso para prolongar el trabajo hasta Vaciamadrid. La Diputación dio el permiso pidiendo además el estado de las obras, los gastos y el número de hombres empleados en ellas’46.
El camino de la Puerta de Toledo estaba muy avanzado, por eso, el 19 de mayo, el Ayuntamiento solicitaba permiso para que a los obreros sobrantes se les ocupase en la composición y arreglo del de Vallecas que conduce a Madrid por la Ronda del Retiro. Ese mismo día el Presidente manifiesta la importante utilidad y necesidad de que se compusiera también el camino de Vallecas al Puente Nuevo situado sobre el río Jarama, pero el arreglo en este caso corría a cargo de la Dirección de Correos, la razón expuesta era que este Organismo llevaba muchos años percibiendo un Portazgo considerable a razón de 4 leguas y la recaudación se realizaba en la Fuente de Igares, situada en Vallecas. Para este caso se nombró otra comisión a cargo de los Diputados Linares y Rivera.
Las obras del Canal de Manzanares eran reconocidas periódicamente, así consta, entre otras cosas, por un oficio del 30 de junio de 1820 en el que se daba cuenta de su estado.
Pero no sólo era preocupación el estado del acceso a Madrid, sino también de los de su Provincia, por eso en la sesión correspondiente al 7 de noviembre de 1820 prepararon unos impuestos especiales para repasar y construir los de toda la provincia.
La recaudación de impuestos de la que, como es sabido, se encargaban los Ayuntamientos, eran el campo de batalla entre la Diputación y los municipios, pues no siempre las proposiciones de este tipo fueron recogidas por sus encargados con la prontitud que los casos requerían.
El 17 de mayo de 1821, la Diputación autorizaba a la Villa de Daganzo de Arriba a la venta de tierras de propios para que, con lo que se obtuviera, se empleara en la nueva dirección del arroyo que pasaba por allí y que tan necesario era su arreglo para los regadíos; con lo sobrante, se autorizaba al municipio de aquella villa para empedrar las calles’47.
El 2 de agosto se discutía en la sesión de ese día, el arreglo de las acequias del Jarama y también se vería la manera de arreglarías para las mejoras de los pueblos de Seseña, Ciempozuelos y San Martin de la Vega, ya que estos pueblos se quejaban constantemente de su estado y pedían un arreglo inmediato. El día 19 de abril, permitía asimismo al Ayuntamiento de Chinchón que el
sobrante de sus pósitos lo invirtiera en el empedrado de sus calles como cosa necesaria y prioritana.
Y ya mediado el año de 1822, día 22 de mayo, la Diputación autoriza al Ayuntamiento de Almonacid de Zorita a gastar 8.970 reales en la construcción de una nueva barca sobre el río Tajo y a sacar a subasta sus obras, de la barca
vieja recomendaba que se aprovecharan sus restos~48.
También los pueblos de Fuencarral, Alcobendas y San Sebastián de los Reyes fueron motivos de atención por parte de la Diputación, pues el día 23 de septiembre de 1822 se daba permiso para el arreglo de la carretera nacional de Irún por Somosierra. Los pueblos se encargarían de componer las calles por la que pasaba la citada carretera en su entrada y salida.
En realidad, cuando se leen las Actas, rara es la sesión en que la Diputación no dedicara alguna atención en recomendar a sus Ayuntamientos el arreglo de caminos y carreteras, y la reparación de sus calles, de los caminos reales, y propusiera los arbitrios correspondientes para hacer frente a los gastos. Se mandaba, por ejemplo, el 16 de octubre de 1822 que los remates de caminos y canales deberían sacarse a pública subasta y que los pliegos de condiciones los repasaría antes el Jefe Político, los diputados comisionados para esos casos y los Ayuntamientos respectivos.
3.7 Cárceles
El estado de las cárceles y la situación de los presos también fUe considerado por la Diputación Provincial de Madrid a lo largo del Trienio Constitucional. El mejorar su condición de vida ocupó muchas sesiones. Empieza a tomar el tema importancia ya en el primer momento de su instalación, el día 27 de abril de ¡820, en esa sesión se recibía un oficio que el Sr. Regente de la Audiencia Territorial dirigía a la Diputación para proceder, si daban su acuerdo, a su reforma. El Presidente, en la misma sesión, acordó que se encargará del asunto la misma comisión que tenía a su cuidado la distribución provisional de Partidos para que se llevaran al mismo tiempo ambas cuestiones y de las resoluciones se informara al Regente de la Audiencia Territorial.
Después se procedió a nombrar los diputados que formarían las comisiones para asistir a las visitas generales que había que hacer a partir de ese momento a las cárceles. Se nombró para la Audiencia Territorial a D. Antonio Martel y D. José Alonso, para Guerra y Marina a D. Francisco Fernández Gascó y D. Martín de Goicoechea, y por último, para el Tribunal Eclesiástico a D. Joaquín Manrique. Ya una vez nombrados el día 12 de mayo de 1820, empezaron a efectuarías siendo curioso que las visitas también abarcaron al Tribunal Eclesiástico, y aunque no dicen las Actas de dónde le viene el poder, lo cierto es que se nombró al Diputado Sr. Manrique para hacerlas y no existe ninguna queja por parte del Obispado’49.
Una vez realizadas, los comisionados pasaron un informe al Presidente de la Diputación con una indicación relativa al mal estado en que se hallaban las cárceles por ellos visitadas y la necesidad de una reforma urgente; se encargaron de esta cuestión los Sres. Calderón de la Barca y Radón, para que con la mayor brevedad hiciesen el reconocimiento oportuno, a fin de acordar y convenir con la Audiencia Territorial y Ayuntamiento de Madrid las medidas que fuesen más convenientes; queda constancia de que del 28 de julio al 5 de agosto las gestiones se activaron porque ese dia se solicitaba a la Diputación la aprobación del costo de las obras para mejorar la Cárcel de la Villa, se conoce el costo que figura en el Acta y fue de 12.000 real s, el Arquitecto encargado del proyecto fue D. Manuel de la Peña Padrera; la Diputación, vista la urgencia y necesidad de las mencionadas obras, acordó que se llevaran a efecto sacándolas a pública subasta y rematándolas al mejor postor con las formalidades y condiciones oportunas’50.
La visita a los presos era una orden dada por Soberano Decreto de 9 de octubre de 1813 por el que se decía que para asistir a la visita, la Diputación mandaría dos diputados para cada cárcel, la del Tribunal Civil y la de Guerra y Marina. El 21 de septiembre de 1820 fUeron designados los Sres. Bautista Carrasco y Manuel Rivera para el Tribunal de Guerra y Marina, y para el Tribunal Civil, D. José Rodón y D. Francisco Antonio Linares, también figuran las del Eclesiástico donde recayó el nombramiento en los Sres. Ramón Como y D. Miguel Calderón de la Barca.
La situación de los presos y el estado de los edificios debía de ser verdaderamente agobiante, como se puede ver en las sesiones del 25 de septiembre de 1820 y se comprende el interés de la Diputación por arreglar este estado de cosas. Fue alarmante lo que contaron los Sres. Radón y Linares, ellos quedaron asustados del mal estado en que se encontraban los encierros y calabozos de incomunicados, no tenían ni luz ni ventilación, la mayoria estaban confinados en lóbregas mansiones, se hallaban, según manifestaba el informe,
“Desprovistos absolutamente de ropa, no tenían siquiera ni un miserable jergón para descansar de la fatiga que inspira el tedio de la reclusión y de la ociosidad’ por lo que los comisionados vieron imprescindible instalar una
enfermería para socorrerlos. El problema suscitó amplia discusión, no del arreglo, que en eso estuvieron todos de acuerdo, sino en los medios que emplearían para mejorarlos o qué arbitrios convendría proponer para esa empresa. En la discusión se determinó que deberían contribuir conjuntamente el Ayuntamiento y la Diputación”’.
De la buena voluntad de la Diputación para mejorar la situación de las cárceles no hay ninguna duda, prueba de ello es que en la sesión del día 28 de abril de 1821 aprobó todos los dictámenes de la comisión y fue la Junta General de Caridad la que se hizo cargo de ello.
En las Actas de la Diputación correspondiente a este periodo del Trienio Constitucional se siguen reflejando las visitas generales a las cárceles, tanto de
la Audiencia Territorial como del Tribunal Eclesiástico y de Guerra y Marina El 7 de junio de 1821 se volvió a formar otra nueva comisión, recayendo esta vez la responsabilidad en los diputados Sres. Corona y Calderón de la Barca para la Audiencia Territorial, los Sres. Carrasco y Radón para el Tribunal Eclesiástico y como no había suficientes vocales ese día para el Tribunal especial de Guerra y Marina, se acordó que la Secretaría de la Diputación diera el oportuno aviso al Ayuntamiento de Madrid para que fuera él el que se encargase de nombrar los individuos que concurrieran a tal visita.
Las visitas no eran propuestas por la Diputación, sí la elección de los diputados, pues el día y la hora la establecían los correspondientes Tribunales.
Las Cárceles de mujeres también fueron de la atención de la Diputación, porque el 12 de diciembre de 1821 se manda un oficio al Ayuntamiento de Madrid acerca de los medios que podrían adoptarse para mantener a las reclusas de la Casa Correccional de la Galera’52. Esta Casa Correccional de la Galera estaba situada en la calle Ancha de San Bernardo, en el número 81, con una puerta principal en esa calle, y por la calle de Quiñones comprendía los números 2, 4 y 6, con una sola puerta que se llamaba de la Galera, de ahí el nombre de la Casa. Según los documentos más antiguos que obraban en el Archivo del establecimiento, no había otra reclusión para mujeres que los calabozos de la cárcel destinada a la prisión de reos de ambos sexos, hasta que en 1610, reinando Felipe III, por un Auto acordado de la Sala de Alcaldes se mandó que
con el producto de las multas que se impusieran, se construyera un cuarto en la Cárcel de la Corte que, en 1622, se empezó a llamar de la Galera. En 1722 mandó Felipe Y que se construyera una Casa-Galera, contigua al Hospicio, y en 1750 se trasladaron a la calle de Atocha a una casa perteneciente a la Junta de Hospitales. Terminada la Guerra de la Independencia se estableció la reclusión en la calle del Soldado, en el edificio que había servido de Inclusa. Extinguida en 1820 la Sala de Alcalde y establecida la Audiencia Territorial, trasladó la Casa Galera a la calle Ancha de San Bernardo, en el convento de Monserrat’53.
La situación y la falta de medios económicos para mantener las cárceles era agobiante porque, el 15 de diciembre de 1821, vuelve el diputado Linares a quejarse de la situación, que habia mejorado muy poco, y del poco caso que se hacia a los informes mandados al Gobierno para solicitar ayuda. No obstante, las visitas se fueron sucediendo y la Diputación fue poniendo todos los medios a su alcance.
El día 22 de diciembre de 1822, en su informe, los Sres. Corona y Bravo, que habían visitado la de la Audiencia Territorial, manifestaban que se hallaba entre los presos un muchacho de muy pocos años, que estaba a disposición del Juez de Primera Instancia y que había dado lugar a una fuerte discusión acerca del abuso que se podía cometer procediendo judicialmente contra unos jóvenes incapaces de delinquir por su corta edad, y según la exposición, rogaba a los Ayuntamientos que adoptaran las medidas para que fueran recogidos en las
casas de Beneficencia los muchachos que no tuvieran otro delito que la orfandad y el desamparo’54. La importancia que dio la Diputación a estas visitas fue grande, el 26 de noviembre de 1822 hubo una Real Orden en la que se hacían varias prevenciones acerca del establecimiento de Casas de Corrección y Reclusión, y avisaba que para principios del año 1823 había de empezar a regir el nuevo Código Penal.
El día 29 de enero se dio cuenta de una Real Resolución de SM. por la que se previene que la comisión encargada de proponer el arreglo de las cárceles, presidios y Casas de Corrección sirva de estímulo a toda la Nación, y mencionaba como modelo la Cárcel de la Villa. Con ello se cumplía unos de los deseos por los que más lucharon los Diputados y el Jefe Político de Madrid: el acondicionamiento de las cárceles.
3.8 Primer Presupuesto: Cementerios; Distribución y Enajenación de Propios Baldíos o Realengos
Otros tres temas sobresalen dentro de las actividades llevadas a cabo por la Diputación Provincial de Madrid en este periodo de su historia: en primer lugar, la presentación del primer presupuesto, que aparece el 3 de julio de 1821, aprobado por las Cortes, y comprende las dietas de sus Diputados, sueldos y gastos de su Secretaría y los de su Contaduría de Propios, siendo el total de 332.000 reales’55.
El segundo tema es la preocupación por el estado de los cementerios de la Provincia. El 17 de octubre de 1820, el Jefe Político, D. Miguel Gayoso de Mendoza, envía un oficio a la Diputación para que se arregle el cementerio de la Villa de Chamartin, su estado, según se manifestaba, era lamentable, por lo que fUe aprobado su arreglo.
El 2 de marzo de 1822, estando en la Presidencia D. José Martínez San Martín, la Junta Diocesana de Toledo envía un oficio por el que se dictamina que, perteneciendo los cementerios también a la salud pública, sean pagadas parte de las obras. La Diputación toma a su cargo el problema y comumca enseguida a los Ayuntamientos de la Provincia de Madrid y sobre todo al de Alcobendas que procedan a ejecutar todo tipo de obras que sean necesarias, con la mayor brevedad posible, pagando la mitad del coste con caudales públicos.
Este asunto fue tocado repetidas veces, porque el 13 de septiembre, estando en la Presidencia D. Juan Palanca, se leyó una Real Orden para que la Diputación pudiese proponer arbitrios a los Ayuntamientos y con el producto de ellos, establecer cementerios en los pueblos que no los tuvieran.
Y el tercer tema, que no por indicarlo el último es menos importante y que además ocupó también muchas sesiones por lo delicado, fue el llevar a efecto la Enajenación y Distribución de los terrenos de Propios, Baldíos o Realengos. El Decreto de tal enajenación era de 4 de enero de 1813 que las Cortes Extraordinarias habían aprobado pero que no pudo llevarse a cabo en su momento. Una vez establecido el constitucionalismo, se publicó otro Decreto el 8 de noviembre de 1820 por el que quedaba ratificado el del año 1813, y se puso en práctica el 3 de abril de 1821, siendo Presidente el Marqués de Cerralbo. Este tema no era fácil llevarlo a la práctica, porque los Ayuntamientos no colaboraban, como era de esperar’56. El Diputado Carrasco, en la sesión del 17 de noviembre de ese año, llama la atención acerca de la morosidad que manifestaban los Ayuntamientos de la Provincia en la formación de los expedientes relativos a la división y enajenación de los terrenos de Propios, Baldíos y Realengos, y hubo que obligar a los pueblos a que presentaran los informes y obligarles a realizarlos en un plazo de 20 días.
No eran años fáciles para la aplicación de todas las leyes que comprendía la Constitución de 1812, que a pesar de sus defectos, que indudablemente los tuvo, con esfuerzos y talante liberal quisieron llevar a la práctica todos los hombres que formaron la Diputación Provincial de Madrid, durante el periodo comprendido entre 1820 y 1823.
CAPITULO IV
LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DURANTE LA GUERRA CARLISTA (1834-1839)
4.1 Antecedentes
El 6 de octubre de 1832 se publicaba un Real Decreto por el cual Fernando VII habilita a su esposa Maria Cristina para el Despacho de los negocios durante su enfermedad; sus dos primeros actos, una vez investida de tales facultades, fueron un rasgo de clemencia concediendo un indulto a todos los presos de las cárceles de Madrid y demás del Reino, y otro mandando que se abrieran las Universidades Literarias el 7 de octubre’.
Siguieron después importantes cambios en cuanto a personas de relieve político se refiere y todas de talante liberal. Algunas habían ocupado cargos en la Diputación Provincial de Madrid en etapas anteriores. Entre ellas destacan, el Conde de Cartagena al que se nombró Capitán General de Galicia; el Brigadier D. José Martínez San Martín que pasó a ser Superintendente General de la Policía; y por último D. José María Puig, que ocupó el cargo de Gobernador del Consejo Real, había sido antes Consejero de Estado, conocido en Medios políticos junto con el Marqués de Zambrano, porque se negó a autorizar la
publicación del Decreto de 19 de marzo de 1830, que derogaba la Pragmática Sanción.
Estos nombramientos se pueden considerar consecuencia de una decisión política de la Reina Gobernadora para buscar el apoyo de los liberales, aunque ello le creara problemas con los carlistas y los realistas exaltados.
No obstante la vuestra del liberalismo al poder no fue tan franco y expedito como en 1820, intentos no faltaron como el Decreto de amnistía dado el 15 de octubre en favor de los liberales emigrados o perseguidos.
Muere el Rey Fernando VII, el 29 de septiembre de 1833 y los sucesivos gobiernos que nombrará la Regente María Cristina, no afectarán a las Diputaciones Provinciales hasta la llegada de Mendizábal el 14 de septiembre de 1835. Lo primero que hizo fUe conseguir la adhesión de la Milicia Nacional y procuró atraerse a D. Salustiano de Olózaga, al que nombró Gobernador Civil