LA PRIMERA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MADRID
2.2 Vicisitudes del período 1.813 a 1.814.
La historia de la Diputación desde su primer período de actuación va unida a la historia de España, pues casi todos los sucesos que más influencia tuvieron se desarrollaron en la capital, y a ellos no pudieron ser ajenos ni el Ayuntamiento ni la Diputación de Madrid.
Firmado el Tratado de Valen~ay entre Napoleón y Femando VII el 8 de diciembre de 1813, prepararon los españoles la llegada del monarca con entusiasmo. El Duque de San Carlos, José Miguel de Carvajal, llegó a Madrid el 14 de enero de 1814 y la Diputación se preparó para recibirle. Por el silencio de los oficios conservados se observa que su llegada era esperada con reservas, el pueblo recordaba el papel que había hecho el Duque de Bayona. Fue sin duda alguna el segundo acto oficial de la Diputación, el primero como se recordará fue su presentación al pueblo de Madrid el 2 de septiembre de 1813.
Al Duque de San Carlos, en los días que tardó en presentar sus credenciales, el pueblo le tomó por blanco de sus burlas 15, “trasluciendo que traía alguna misión secreta”, como en verdad era. Cantábanle coplas amargas y en los periódicos y hasta en tratos se le hacía alusiones satíricas y a veces excesivamente punzantes, que le ponían de mal humor como es de suponer.
15 Lafuente. e. c. PP. 245. Así se expresa este historiadory se comprende la situación de rechazo a estos personajes que tan nefasta intervención tuvieron en 1808, coincide con Lafuente el Marqués de Vil-Urrutia Pp. 136, con su obra “Fernando Vn Rey
De otra manera trató el pueblo a D. José de Palafox, que llegó pocos días después, en esta ocasión la Diputación y el Ayuntamiento en representación del pueblo de Madrid le regalaron un escudo con el recuerdo de su gloriosa defensa de Zaragoza 16-
La Regencia del Reino hacía su entrada el día 5 de enero, esta vez sí que los habitantes de Madrid experimentaron gran regocijo, como consta en los periódicos de la época; por fin al cabo de seis años recuperaba Madrid la capitalidad. Se le destinó a la Regencia para alojamiento el Palacio Real. Una vez instalada la Regencia en Palacio, el Duque de San Carlos se presentó a ella y le comunicó la misión que traía del Rey de no ratificar el Tratado de Valan9ay; sin duda alguna manifestaría su asombro y le fue mostrado el Decreto de 1 de enero de 1811. En este Decreto no se reconocerá por libre al Rey, ni se le prestará obediencia hasta que en el seno del Congreso Nacional preste el juramento que se le exige en el artículo 173 de la Constitución 17 -
Todo esto creó una fuerte inquietud como vemos por los diversos tumultos en que se ve envuelta la Capital y por los bandos de la Diputación solicitando serenidad al pueblo de Madrid.
16 LA.A. núm. 244, pp.6. En la sesión de estos días la actividad del Municipio era intensay no llegó ningún homenaje a D. Joséde Palafox, héroe de la Independencia. sin embargo, mantuvo su reserva con otros personajesmuyafines al monarca,
17 Elarticulo 173 de la Constitución de 1812 específica que el Rey en su advenimiento al
trono y si friere menor cundo entre a gobernar el reino, prestará juramento ante las Cortes bajo la fórmula siguiente . No es de extratiar la sorpresa de la regencia puesto
Uno de los tumultos que pudo tener graves consecuencias fue el ocurrido en los aledaños de la Puerta del Sol, la noche del 20 de enero de 1814 18 Los documentos municipales informan que eran un “grupo de díscolos”; el hecho es que publican bandos 19 de protección del orden y de la propiedad para que la
situación no se repita. Todos ellos firmados por el Jefe Político, D. Joaquín García Domenech y es uno de los ejemplos de la actividad de la reciente Institución. Estos bandos estaban avalados por ella, todos eran para poner coto
a los robos que continuaban y al malestar social que se agravaba por momentos, y todo a su vez por la inseguridad política de la Regencia que cumplía órdenes del Rey Femando VII.
Hubo que establecer rondas de vecinos, las cuales llegaron con el tiempo a establecer la Milicia Vecinal, es de suponer que eta Milicia estuvo pagada por la Diputación igual que pagó después la que actuó en los sucesos de Trienio Constitucional, como así nos consta en las Actas.
El problema de los tumultos y la inquietud llegó a ser tan grande y las rondas mandadas organizar por la Diputación tan importantes, que el Gobierno tuvo
18 Pérez Garzón, oc. PP. 81, cuenta la intervención de la Milicia Nacional en los tumultos que hubo en Madrid, al enterarse el pueblo de que el Rey no ratificaba la Constitución como requisito imprescindible para accederaltrono.
que emitir un Reglamento de Policía y Seguridad Interior20 paraMadrid y su Distrito; este Reglamento se conserva en el Archivo de la Villa 21 -
En la organización de la Milicia, la Diputación empleó casi todo el dinero de que disponía, y la escasez de fondos le llevó a pedir una vez más al Ayuntamiento otros 15.000 reales 22 el 8 de febrero, dinero que le fue concedido el 111 con la misma diligencia que otras veces y después de una sesión extraordinaria. Hay otro oficio 23 pidiendo 40.000 reales con fecha de 29 de
marzo, pero esta vez el Ayuntamiento demora su entrega, ya que sus arcas estaban vacías; en el oficio da respuesta de las razones del retraso y recomienda la fecha del 2 de mayo, fecha prevista de la llegada del Rey a Madrid.
Pero la actividad de la Diputación no sólo se centraba en la organización de la Milicia, de por sí importante, ni en peticiones de dinero.
El 29 de marzo24 el Presidente escribe al Ayuntamiento un oficio enviándole 24 prospectos, anunciando la publicación de un periódico dos veces por semana e invitando a la suscripción; el Municipio contesta afirmativamente y ruega haga
20 AV.S. 2-171-124,enorme seria la necesidad de establecer rondas, dada la situación de inseguridad ciudadana que el Capitulo 10 de este reglamento dice “Todo ciudadano español en el ejercicio de sus derechos, caso, viudo o soltero desde la edad de 30 años hasta la de SO cumplidos está obligado al servicio de la Milicia Nacional Local”.
21 Lafuente oc. pp. 255, comenta también el reglamento de la Milicia Nacional, este Reglamento fue puesto a las Cortes para reformary mejorar nuestra legislación civil y
criminal.
22 AV.S. 2-390-41. 23 AVS. 2-390-41.
24 A.V.S. 2-390-43, está incluido el oficio como documentación importante, porque se reconoce bien la firma del primer Presidente, en otros oficios no se distingue tan clara, en el Libro de Actas del Ayuntamiento núm.
una suscripción a su nombre. Si se observa las relaciones entre el Ayuntamiento
y la Diputación fueron excelentes y siempre con ánimo de cooperar, como se comprueba por los documentos consultados.
En el prospecto 25 anunciando su salida conocemos el título: “Periódico de la
Diputación Provincial de Madrid” estaba prevista su publicación desde principios de abril y su salida serían los lunes y jueves, pero por los acontecimientos en que se vio envuelto Madrid no fue así; sin embargo sí se sabe el precio que tendría de “tres cuartos el ejemplar”, y las librerías encargadas de su distribución, “Librería Sojo”, en la calle de Carretas, la de “Minutria” en la calle de Toledo y una tercera, “Villa”, en la Plazuela de Santo Domingo.
El periódico iba dirigido a todos los vecinos de Madrid y su Provincia, así como a los españoles en general “para que conozcan las disposiciones, noticias,
atribuciones y las contrataciones y en general todo lo relativo al comercio”.
Tendrá también un resumen de las Cortes, un extracto de las sesiones de la Diputación, los Decretos y Reglamentos que hubiere y el estado de cuentas, los repartimientos de contribuciones; sin faltar las noticias de acontecimientos políticos y en general cualquier cosa que interesara a la Provincia. Se preveía que el periódico iba a llenar un hueco en la información que hasta ahora no había sido ocupado.
25 A.VS. 2-39043, por su interés para esta Memoria está fotocopiado e incluido como
El retraso de la entrada del Monarca en Madrid, creaba inquietud a los liberales, sabían de los desmanes de los absolutistas contra las libertades por las que tanto habían luchado. El pueblo hacía desaparecer las enseñas y lápidas de las plazas constitucionales al paso del monarca y no obstante, Madrid se preparaba para recibir con los honores que la ocasión requeria al Rey, eso sí, un poco inocentemente y con una buena dosis de fe, como lo demuestran las Actas de esos días 26, y es de suponer también lo haría la Diputacion.
El Rey se encamina desde Valencia a Madrid, acompañado de los infantes, y de la pequeña corte de Valan9ay, pero su paso por los pueblos no podía ser más triste; los fanáticos absolutistas iban destruyendo todo emblema constitucional
27 Triste fue par Madrid el recordar la noche del 10 al 11 de mayo, cuando los
Diputados se hallaban en sesión permanente. Los absolutistas iban casa por casa, barrio por barrio encarcelando a todos aquellos que habían intervenido de
una manera o de otra, en preparar y apoyar la Constitucion.
Algo cambiaba en España y ia Diputación de Madrid no podía ser ajena, los enemigos de las libertades se movían deprisa para presentarle en Valencia al Rey el llamado Manifiesto de los Persas; su objetivo era claro, que el Rey desaprobara la Constitución de Cádiz y las reformas que de ella emanaban. El
26 L.A.A. núm. 244, Pp.162, corresponde al día6de mayo y manda que con motivo de la entrada de SM. se adorne la Plaza de Oriente y Casa de Aduana.
Manifiesto llevaba la fecha del 12 de abril y aunque al principio lo firmaron pocos, reunió después hasta 69 firmas; en él hacían un elogio de la Monarquía absoluta y se comprometían a convocar Cortes con la solemnidad y forma en que se celebraban las antiguas.
No obstante en Madrid se siguieron dictando disposiciones y medidas para recibir al Rey. La Diputación insiste al Ayuntamiento por medio de Oficios, uno
fechado 28 el 26 de abril y el otro el 29, en la petición de dinero, con vistas a los
gastos que se le iban a originar y el Municipio contesta por su parte, que: “Por
ahora no tienefondos y espera de la Corte para aliviar su precaria situación”-
Todos esperaban que el Rey hiciera su entrada en la Capital el 2 de mayo, y con ese motivo trasladar los restos de Daoiz y Velarde29
El traslado se celebró con una solemne función cívica en la que se llevaron las cenizas de Daoiz y Velarde desde el solar de la derribada Iglesia Parroquial de San Martín, al Prado; iba presidido el cortejo por el Ayuntamiento y la Diputación en la figura de su Jefe Político D. Joaquín García Domenech y “se
veían absolutistas y liberales unidos como Ballesteros y Eguias, el General Castañosy el Empecinado.., etc.”.
28 A.V.S. 2-3904 1, estos oficios son pidiendo dinero y están firmados por Joaquín García Domenech.
29 Ortega y Rubio, Juan, Historia de Madrid y de los pueblos de su Provincia. Imprenta Municipal, Madrid, 1921, Pp. 137 comenta como el pueblo de Madrid y su corporación recibían a Femando VII.
Mientras tanto las tropas que precedían al Monarca, al mando del General Elio se iban acercando a Madrid y en el camino iban dando muestras de anticonstitucionalismo que era todo un síntoma de lo que iba a pasar en Madrid. Lo que sucedió en la capital del 10 al 11 de mayo de 1814 es narrado por los historiadores de la época.
El auditor de guerra, General Eguía, cuando llegó a Madrid dio orden a D. Vicente Patiño de presentarse en casa del Presidente de las Cortes D. Antonio Joaquín Pérez y le hiciera entrega del Decreto y el Manifiesto del Rey, fechado el 4 de mayo. En él se declaraba ~ “que mi real ánimo es no solamente no jurar
ni acceder a dicha Constitución ni a Decreto alguno de las Cortes Generales y Extraordinarias, sino declarar nulos y de ningún valor y efecto, ahora ni en tiempo alguno”, se le notificaba la disolución de aquel organismo, tras lo cual
todo el edificio quedé ocupado con tropas y su archivo cerrado y sellado.
Con esto España entra en un período donde se había propuesto dejar al Rey Femando sentado en su trono después de la gloriosa revolución que la nación había hecho para conservarlo, bajo unos auspicios terribles para los constitucionalistas, puesto que la mayoría fueron encarcelados, desterrados o ejecutados y la lista es interminable. Cuando el Rey entra en Madrid el 13 de mayo por la Puerta de Atocha, no faltaron muestras de júbilo, pero también sollozos por la dura represión para tantos patriotas.
La política represiva no se limitó como las disposiciones oficiales a las personas más características de los partidos liberales y afrancesados. Las acusaciones de fUentes liberales en general, tienen el inconveniente de llamarlas en sus referencias “terror fernandino”, al contrario como es de esperar y de suponer las fuentes absolutistas hablan de “justo castigo”. No obstante hay suficientes fuentes que prueban la existencia de una auténtica represión política.
Ya se habían tomado medidas desde el 4 de mayo, con el Golpe de Estado, para
restaurar el Antiguo Régimen. Ese mismo día se decretó la extinción de las funciones del Jefe Político, reuniendo nuevamente el mando político y militar que ejercían los Capitanes Generales. A partir de la disolución de las Cortes del Régimen Constitucional, que podían intentar una resistencia al Golpe de Estado, todo lo demás fue en cadena; el 23 de mayo 32 aparecía un Decreto
restableciendo la sala de Alcaldes de Casa y Corte y con ello desaparecían a parte del Jefe Político, los Ayuntamientos Constitucionales; luego el 15 de junio
conla Real Cédula‘~ rubricada por el Rey y firmada por D. Pedro Macanaz, se
suprimían las Diputaciones Provinciales, que con tanto esfuerzo y provecho fueron creadas para el bienestar provincial.
La Real Cédula empezaba y terminaba diciendo: “Habiendo estimado conveniente para el mejor gobierno de mis Reinos restablecer el Consejo Real, a quien por las leyes estaba encargado el conocimiento de varios negocios y
32 Real Decreto de 23 de mayo de 1814, fechado en Madrid, marca el fin del Régimen
Constitucional.
promover otros que por las innovaciones hechas durante mi ausencia en el sistema gubernativo de mis pueblos se pusieron al cuidado de las Diputaciones Provinciales, como no necesarias, mandando que los papeles de sus Secretarías se pasen a las respectivas de Contadurías de Provincia, las cuales tendrán a disposición de los Jefes de otros Cuerpos los que les pertenecieren.-
Tendreislo entendido y lo comunicareis a quienes corresponda para su cumplimiento. -Rubricado de la Real mano.- En Palacio a 15 de junio de
1814.- AD. Pedro de Macanaz.”
Con esto queda terminado el primer periodo fundamental de la Diputación Provincial de Madrid; esta Real Cédula quedó ratificada el 25 de junio ~ con una Real Resolución por la cual se manda que continúen los Jueces de Primera Instancia con el nombre de Corregidores y Chancillerías, y por lo tanto que dan definitivamente extinguidas las Diputaciones Provinciales; el 27 de ese mismo mes se decretaba la extinción del Cuerpo de Estado Mayor, una de las aportaciones españolas al arte de la guerra, y el 20 de julio seguía la misma
suerte la Secretaríade Gobernación de la Península.
Esta serie de Reales Decretos, como dice ArÉola, “constituyen el desarrollo de
una idea política que no tiene mayor ambición que volver al país a lo que pudiéramos llamar legitimidad prerrevolucionaria”.
~ Real Resolución de 25 de junio de 1814, con un Decreto, una Cédula y una Real
CAPITULO III
EL TRIENIO CONSTITUCIONAL Y LA DIPUTACION PROVINCIAL DE