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4. OBJETIVOS

5.2. MARCO CONCEPTUAL

5.2.6. Pago por servicios ambientales

Como base conceptual para el desarrollo de este proceso, se analizaron dos definiciones que recogen los aspectos importantes de este concepto que serán aplicados.

Inicialmente se evalúa la definición establecida por Wunder en el 2006, en el artículo “Pagos por servicios ambientales: Principios básicos esenciales”, la cuenta

con tres parámetros importantes: identificación de los servicios ambientales que se han convertido en sujetos de comercialización dadas las amenazas existentes en la preservación de los mismos, continua con el establecimiento de los principios esenciales para el diseño de un esquema PSA y por ultimo detalla rasgos asociados al proceso de retribución.

Se reconoce cuatro tipos de servicios ambientales que han logrado adquirir un valor significativo en el mercado y sobre estos, se establece principios esenciales para el desarrollo de pagos: i) de secuestro y almacenamiento de carbono, dónde se paga entre regiones para que aquella que preserve los bosques, manteniendo la prestación de servicios ambiéntales reciba recursos de parte de aquella que está generando mayores emisiones; ii) de protección a la biodiversidad, a través de donaciones se reconoce la labor de aquellos habitantes de ecosistemas estratégicos en la conservación de los mismos; iii) de protección de cuencas hidrográficas, en los cuales los beneficiarios del recurso para su consumo, pagan a los de aguas arriba para que cuiden el ecosistema asociado, evitando deforestación, sequía, inundaciones y garanticen la cantidad y calidad del servicio; y por ultimo iv)de belleza escénica, que permiten resaltar las labores de turismo y el lucro por esa actividad, pagando para que no se afecte la belleza del bosque que se visita. (Wunder, 2006)

Dentro del artículo escrito por Wunder (2006), evidencia que uno de los muchos beneficios de los PSA, es permitir la captación de recursos tanto del sector público como del sector privado para el diseño e implementación. En este sentido, la definición básica desarrollada por el autor para Pagos por Servicios Ambientales establece cinco parámetros esenciales enunciados a continuación:

 La transacción debe ser voluntaria entre oferentes y demandantes

 Aquellas personas o comunidades que deseen hacer parte de un esquema PSA deben tener bien definido el servicio ofertado al igual que la propiedad de la tierra del oferente

 Debe existir al menos un comprador del servicio que esté dispuesto a pagar

 Debe existir por lo menos un proveedor del servicio

 El proveedor del servicio debe asegurar la provisión del servicio

Dentro de los rasgos asociados al proceso de remuneración, (Wunder, 2006) hace mención de cuatro términos empleados, la utilización de los mismos dependerá de qué es lo que se espera del instrumento:

 Pago por SA: es el termino más usado en la implementación de este instrumento económico, muestra una gran asociación monetaria al servicio ambiental lo que genera expectativas en el imaginario de la población, creando en algunos casos conflictos frente al pago en especie.

 Mercados para SA: sugiere la existencia de múltiples actores, diversas opciones de generación de un servicio específico y la existencia de algún grado de competencia, en especial cuando hay varios espacios oferentes del agua y no hay una directriz regulatoria, sino hay un libre mercado.

 Gratificación por SA: incluye una premiación y justicia para aquellos que viven en donde se provee el recurso, ya que en lo general pueden ser personas de bajos ingresos y ésta compensación equilibra su calidad de vida acorde al servicio que se transa.

 Compensaciones por SA: se asocia al costo directo de oportunidad que beneficia al proveedor del servicio que por una justificación moral y una racionalidad social debe ser compensado por el servicio que presta. (p.,11)

Los parámetros establecidos por el desarrollo de la definición dada por el autor mencionados anteriormente, muestra que, las escalas de aplicación pueden ir desde naciones, departamentos y municipios, pero se mantiene la proporcionalidad entre predio y valor que el demandante tenga del servicio, reduciendo el análisis a la unidad de predio; sin embargo, no establece los criterios de selección y priorización de los predios, ni si las acciones que se derivan de la ejecución de los esquemas van más allá de la conservación.

El diseño de este modelo no supone el desarrollo de estudios económicos antes del establecimiento del PSA, ni tampoco estudios de rentabilidad; se da por entendido que este funciona estableciendo pactos claros entre las partes, omisión que puede afectar altamente el cumplimiento de los objetivos del desarrollo del esquema; por otra parte, esta definición establece la existencia de una necesidad constante de recibir donaciones, sin dar soluciones reales y sostenibles a las problemáticas que dan origen al esquema, como tampoco prevé la existencia de un ente regulador, que realice la medición real en términos de calidad, cantidad o garantía de niveles, que permita a los donantes un monitoreo del recurso que se busca compensar.

En complemento a lo establecido por Wunder anteriormente, se tiene la definición de Rosa, Kandel, & Dimas, (2003), la cual se basa en la necesidad de establecer esquemas equilibrados entre la conservación y el desarrollo rural, buscando compensar a los campesinos que son los productores de servicios ambientales de

forma gratuita. Por otra parte, se encamina el desarrollo de PSA en zonas con alta amenaza o con una proyección alta de intervención que afecta la prestación del servicio por parte del ecosistema.

La definición de Rosa, Kandel, & Dimas, (2003), tiene en cuenta la multiplicidad de actores y al igual que el anterior autor, establece diferentes escalas incorporación del esquema, dejando en manos del decisor o regulador del esquema el establecimiento del área para la implementación del PSA; estableciendo que, la directriz que se debe seguir para la determinación del área será la presión existente sobre el servicio y el diseño del esquema dependerá de si es a nivel de región, departamento o municipio, primando siempre el interés colectivo sobre el particular.

Dentro de las reflexiones realizadas por Rosa, Kandel, & Dimas, (2003) en el texto “Compensación por servicios ambientales y comunidades rurales se reconoce tres tipos de PSA: áreas vs productos, públicos vs privados, y de uso restringido vs realce productivo”. i) Comúnmente se ha empleado el de áreas, dada su facilidad de implementación ya que se asocia a una zonificación de actividades, mientras que aquellos que están basados en productos, usan el precio de venta ya que este identifica su procedencia y reconoce el valor agregado del mismo; ii) ahora bien, al analizar el rol de los actores se presentan diferencias de acuerdo a su naturaleza pública o privada. En países como Costa Rica, a través de impuestos se protege al comprador del Servicio Ambiental y con donaciones se recauda dinero a los proveedores, mientras los actores privados se enfocan en necesidades locales y se basa en un acuerdo regulado entre cuanto donar por el servicio prestado a voluntad del oferente; iii)en relación con los PSA basados en restringido vs productivo, éste es aplicado en áreas de protección, donde los beneficiarios del esquema son aquellos que viven al interior de la zona protegida y son principalmente propietarios de parques naturales, aclarando que no se tiene gobernabilidad del proceso (Rosa, Kandel, & Dimas, 2003).

En resumen, el pago generado por los PSA dentro de un área afectada puede crear un empleo rural sostenible y garantizar la permanencia de personas que cuiden el ecosistema; así mismo, hace posible la identificación de si el esquema permite la adicionalidad, definida como las ganancias positivas sobre la prestación del servicio, identificadas a partir de las variaciones sobre la línea base (Wunder, 2006), facilitando la evaluación de cambios en la misma desde lo ecológico.

La línea de base se mide en el sitio dónde se aplique y, según Wunder (2006), se asocia a dos conceptos: el de fuga y el de permanencia. El primero cuando al implementar el esquema para recuperar áreas afectadas los habitantes de las zonas aledañas, no incluidas en el esquema, generan deterioro constante de las mismas ya sea por la movilidad o incluso por la intensificación de las actividades que afectan al ecosistema, lo que deriva en la disminución del beneficio total de la medida.

El concepto de permanencia va ligado a la duración del esquema, ¿qué sucede luego que el incentivo aplicado termina su vigencia?, esto puede implicar que al finalizar éste lo ganado se pierde. Este caso puede ser el de un agricultor o ganadero que una vez transformado por el esquema, vuelve a sus antiguas prácticas.

Otros aspectos relevantes para los autores anteriormente mencionados, que resultan fundamentales en el municipio de Duitama, es la legalidad en la propiedad, la definición de la persona a la que se le paga en el marco del modelo, la inclusión de la capacidad de negociación y la viabilidad política (incluyendo equidad social). Esto debido a que no se tiene certeza en la propiedad de la tierra, por lo cual debería medirse en términos de control de la misma frente a la amenaza de transformación y la ética en la transacción, lo que incluye el derecho a excluir, que sirve para preservar o transformar, el valor agregado y el uso ilegal o no del recurso hídrico y su impacto en el Servicio Ecosistémico de Regulación Hídrica.

El valor agregado se evalúa en términos de costo de oportunidad, de qué tan elevado puede ser y si es factible pagarlo; en cuestiones de uso, está la existencia de comunidades asociadas y los derechos que tienen sobre el recurso (Wunder, 2006) (Rosa, Kandel, & Dimas, 2003).

En conclusión, reuniendo los parámetros establecidos por los autores mencionados, el PSA relacionado con el servicio de regulación hídrica, deberá identificar nacederos, afluentes para definir el área de protección y establecer un referente territorial, adicionalmente se requerirá la identificación aguas arriba de las áreas afectadas y la propiedad sobre las mismas; así como también la identificación de restricciones de uso en el área dentro de la propiedad territorial seleccionada para su transformación, dado que serían los habitantes quienes reciban las externalidades positivas del instrumento, si bien, es asignado al propietario de un predio las mejoras impactan sobre todo el municipio.

En cuestiones de pago se recomienda que se establezca según la disponibilidad a aceptar de los oferentes del servicio, siendo estos, tanto en especie como en efectivo, permitiendo cimentar el cambio en el territorio y se obliga a quien da el beneficio entender las dinámicas territoriales y ambientales del lugar.

5.2.7. Coberturas vegetales identificadas

Con base en la Leyenda Nacional de las Coberturas de la Tierra para el país, desarrollada por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM, generada a partir de la adopción de la metodología europea CORINE Land Cover; la cual permite la caracterización de coberturas presentes en un territorio ya sean naturales o antropizadas (Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales-IDEAM, 2010), se determinan aquellas que están presentes en la zona de estudio a partir de recorridos:

Tabla 3: Coberturas determinadas para el área de estudio

Cobertura Descripción Fotografía

Red vial y terrenos asociados Son espacios artificializados con infraestructuras de comunicaciones como carreteras, autopistas y vías férreas; se incluye la infraestructura conexa y las instalaciones

asociadas.

Pastos limpios

Esta cobertura

comprende las tierras ocupadas por pastos limpios con un porcentaje de cubrimiento mayor a 70%.

Cobertura Descripción Fotografía

Pastos arbolados

Cobertura que incluye las tierras cubiertas con pastos, en las cuales se han estructurado potreros con presencia de árboles de altura superior a cinco metros.

Mosaico de cultivos, pastos y espacios naturales

Comprende las

superficies del territorio ocupadas principalmente por coberturas de cultivos y pastos en combinación con espacios naturales.

Mosaico de pastos con espacios

naturales

Constituida por las superficies ocupadas principalmente por coberturas de pastos en combinación con espacios naturales.

Bosque denso bajo de tierra firme

Corresponde a las áreas con vegetación de tipo arbóreo caracterizada por un estrato más o menos continuo cuya área de cobertura arbórea representa más de 70% del área total de la unidad.

Cobertura Descripción Fotografía

Bosque abierto bajo de tierra firme

Cobertura constituida por una comunidad vegetal dominada por elementos típicamente arbóreos regularmente distribuidos, los cuales forman un estrato de copas (dosel) discontinuo, representa entre el 30 -70%. Bosque fragmentado con vegetación secundaria

Comprende los territorios cubiertos por bosques naturales donde se presentó intervención humana y recuperación del bosque, de tal manera que el bosque mantiene su estructura original.

Bosque de galería y ripario

Se refiere a las coberturas constituidas por

vegetación arbórea ubicada en las márgenes de cursos de agua

permanentes o

temporales. Este tipo de cobertura está limitada por su amplitud, ya que bordea los cursos de agua y los drenajes naturales. Plantación forestal Son coberturas constituidas por plantaciones de vegetación arbórea, realizada por la

intervención directa del hombre con fines de manejo forestal

Cobertura Descripción Fotografía Herbazal denso de tierra firme no arbolado Corresponde a una cobertura natural constituida por un

herbazal denso de tierra firme, donde no existe presencia de elementos arbóreos y/o arbustivos, o en caso de existir en ningún caso

representarán más de 2% del área total de la unidad

Tierras desnudas y degradadas Esta cobertura corresponde a las superficies de terreno desprovistas de

vegetación o con escasa cobertura vegetal, debido a la ocurrencia de

procesos tanto naturales como antrópicos de erosión y degradación extrema. Lagunas, lagos y ciénagas naturales Superficies o depósitos de agua naturales de

carácter abierto o cerrado, dulce o salobre, que pueden estar conectadas o no con un río o con el mar.

Fuente: Modificado de Leyenda Nacional IDEAM, 2010

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