ESPACIOS NATURALES
1. PLANIFICACIÓN Y DECLARACIÓN
1.2. PLAN DE ESPACIOS NATURALES
La ley formulaba en su artículo 18 el Plan de Espacios Naturales Protegidos, indicando que en el plazo de un año debían iniciarse los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de todos los espacios en él incluidos. Dichos planes fueron promovidos, de manera oficial, en todos los espacios del Plan por órdenes de la antigua Consejería de Medio Ambiente en mayo de 1992. Establece el artículo 22.4 de la ley que la declaración de los espacios naturales protegidos exigirá la previa elaboración y aprobación del correspondiente PORN de la zona.
Son los PORN los instrumentos básico de planificación de los espacios naturales protegidos que se apoyan en una labor de inventariación previa de los recursos naturales y socioeconómicos para definir el modelo de espacio protegido a conseguir y determina las directrices básicas que conformarán la protección, el uso y la gestión de sus recursos naturales.
La elaboración de las propuestas iniciales de dichos PORN corresponde actualmente a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente con la participación de las entidades locales afectadas, siguiendo posteriormente el proceso de tramitación establecido en el artículo 32 de la Ley 8/1991. A lo largo del año 2014 se ha seguido trabajando en la tramitación de varios planes de ordenación de los recursos naturales. Tras el preceptivo informe económico de la Dirección General de Presupuestos y Estadística se publicó el lunes 24 de febrero 2014, el Decreto 7/2014, de 20 de febrero, que aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural de “Babia y Luna” (León).Tras su publicación dio comienzo la tramitación de su correspondiente ley de declaración. Una vez aprobado el PORN, en el Consejo Regional de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León celebrado el 22 de abril de 2014 se informó y aprobó el borrador del “Anteproyecto de ley por la que se declara el Parque Natural del Babia y Luna”. Posteriormente, el 24 de junio de 2014 se envió a las restantes consejerías de la Administración de Castilla y León para su informe y poco después, el 22 de julio de 2014, se sometió el anteproyecto de ley al informe de la Dirección General de Presupuestos y Estadística de la Consejería de Hacienda. Tras su informe positivo, el proyecto fue remitido a la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Castilla y León que con fecha 2 de octubre de 2014 emitió su informe. El 28 de octubre de 2014 se envió el proyecto al Consejo Consultivo de Castilla y León quien concluyó en su dictamen que el anteproyecto de ley podía elevarse a la Junta de Castilla y León.
Un proceso semejante, en cuanto a la tramitación, ha seguido el espacio natural del Lago de Sanabria y alrededores, aunque el proceso no se ha visto culminado aún con la publicación de la Ley por la que se amplían los límites del parque natural de “Lago de Sanabria y alrededores” (Zamora) y se establece su régimen de protección, uso y gestión.
Una vez aprobado el PORN de este espacio natural mediante el Decreto 62/2013, de 26 de septiembre, se inició la tramitación de la ley por la que se amplían sus límites. Para ello, en el Consejo Regional de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, celebrado el 22 de abril de
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2014, se informó y aprobó el anteproyecto de ley por la que se amplían los límites del parque natural de Lago de Sanabria y alrededores (Zamora) y se adecuan sus objetivos y régimen de protección, uso y gestión a su plan de ordenación de los recursos naturales. Con este informe favorable del Consejo Regional de Espacios Naturales, el 10 de julio de 2014 se remitió el anteproyecto de ley a las restantes consejerías que no formularon observaciones. A continuación se sometió el anteproyecto de ley al informe de la Dirección General de Presupuestos y Estadística de la Consejería de Hacienda quien el 10 de septiembre emitió su correspondiente informe sin objeción alguna. Posteriormente, el 13 de noviembre de 2014, la Dirección de Servicios Jurídicos emite su informe, en el que formula una sola observación relacionada con los criterios de técnica normativa, según la cual el contenido de la disposición final tercera podría ser propio de una disposición adicional. Esta consideración es aceptada y por ello el texto normativo incluye una nueva y única disposición adicional, reduciéndose el número de las disposiciones finales a cuatro.
En cuanto al PORN del espacio natural Sabinares del Arlanza-La Yecla (Burgos), destacar que durante el año 2014 se presentó al Consejo Regional de Espacios Naturales celebrado el 22 de abril de 2014 para su informe favorable y continuar con el proceso de aprobación.
Iniciado el PORN conjunto de Las Tuerces y Covalagua (Palencia) mediante la Orden MAM/1525/2010, de 2 de noviembre, durante el proceso de participación social previo a la elaboración de la propuesta inicial del Plan, se puso de manifiesto la importancia de dos pequeñas zonas limítrofes con el ámbito geográfico establecido inicialmente para estos espacios naturales, lo que dio lugar, tras un análisis detallado de sus valores naturales, a la ampliación del área de ordenación, con el fin de lograr la adecuada conservación de los mismos. En el caso de Covalagua se amplió por el término municipal de Valle de Valdelucio (Burgos) y en el de Las Tuerces la ampliación afectó al término municipal de Rebolledo de la Torre (Burgos). En consecuencia dicha Orden debió ser rectificada, y así el 25 de abril de 2012 se publicaba la Orden FYM/250/2012, de 9 de abril, por la que se modifica la Orden MAM/1525/2010, de 2 de noviembre, por la que se acuerda la iniciación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Covalagua y Las Tuerces en la provincia de Palencia. En cumplimiento del art. 32 de la ley 8/1991, y tras la entrega en julio de 2012 de la propuesta inicial del PORN a las entidades locales englobadas en el ámbito territorial de este espacio natural y a las consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma, el 12 de diciembre de 2012 se publicó la Resolución de 28 de noviembre de 2012, de la Dirección General del Medio Natural, por la que se abre un período de información pública, audiencia y consulta durante un mes de la Propuesta del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural Covalagua y Las Tuerces (Palencia y Burgos). Durante ese periodo se recibieron siete alegaciones que fueron debidamente contestadas, e incorporando al expediente las sugerencias que se consideraron oportunas. Finalizado ese periodo, el 28 de junio de 2013, el Director General del Medio Natural remitió la nueva documentación a las entidades locales vinculadas al espacio, procediéndose así a la apertura del trámite de audiencia a las entidades locales por un periodo de un mes. Dos ayuntamientos (Pomar de Valdivia y Valle de Valdelucio) remitiendo sus consideraciones que fueron debidamente analizadas y
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parcialmente estimadas. En concreto se admite la separación de la declaración de los dos ámbitos, Covalagua y Las Tuerces, para mantener la identidad propia de cada una de ellas. Siguiendo el procedimiento establecido en aquel momento, con fecha 12 de septiembre de 2014, se remite desde la Dirección General del Medio Natural una copia de la propuesta del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de los espacios de Covalagua y Las Tuerces al Consejo de Medio Ambiente, Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León, con el fin de que sea informado por el mismo. El 24 de septiembre de 2014, dicho Consejo acuerda informarlo favorablemente. Posteriormente dicho PORN será presentado ante el Consejo Regional de Medio Ambiente de Castilla y León en su reunión de 21 de diciembre de 2015.
Tras la declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama (Segovia – Madrid), con la promulgación de la Ley 7/2013, las comunidades autónomas de Madrid y de Castilla y León junto con el Organismo Autónomo de Parques Nacionales empezaron a trabajar en el establecimiento de un protocolo de colaboración que se materializó en el “Protocolo general de colaboración entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Madrid y el Organismo Autónomo de Parques Nacionales del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para la ejecución de actuaciones en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama” firmado el 21 de noviembre de 2013 y publicado en el BOCyL de 27 de enero de 2014.
Por lo que respecta al Parque Nacional de los Picos de Europa, el 27 de enero de 2014 se publicó la Orden FYM/17/2014, de 20 de enero, por la que se acuerda la iniciación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Nacional de los Picos de Europa en Castilla y León, dado que la Sentencia 306/2000, de 14 de diciembre, del Tribunal Constitucional anulaba parcialmente el Real Decreto 640/1994, de 8 de abril, por el que se aprobaba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Picos de Europa. Esta Orden recoge lo establecido en el Acuerdo de 30 de abril de 2013, de la Comisión de Gestión del Consorcio Interautonómico Parque Nacional Picos de Europa.