Ley 70 de 1993; definida como la Ley de Comunidades Negras, en el artículo 6 y 24; se establece que los aprovechamientos forestales con fines comerciales deben garantizar la
8. DESARROLLO DE LA PROPUESTA
8.3. Plan General de Ordenación Forestal de Corpochivor
8.3.1. Descripción.
El Plan General de Ordenación Forestal –PGOF- se concibe como un instrumento de planificación, para la preservación, restauración y uso sostenible de los recursos forestales de la jurisdicción, integrando principios de silvicultura en el contexto administrativo, técnico, científico, jurídico, biofísico, económico, cultural y social, el cual se desarrolló en los 25 municipios de la jurisdicción, con especial énfasis en las áreas con bosques naturales (2011)
Comentado [NV1]: Para el caso de la descripción del PGOF, sugiero la que a continuación relaciono en color rojo
que corresponden a 38.090 hectáreas (12,22%) en bosques naturales densos, 22.384 hectáreas (7,18%) en bosque natural fragmentado con vegetación secundaria y 925 hectáreas (0,30%) en bosque natural fragmentado con pastos y cultivos, es decir que la coberturas en bosques naturales en la jurisdicción es escasamente de 61.400 hectáreas (19,70%).
Con base en el marco conceptual del PGOF, se definieron dos tipos jerárquicos de unidades de ordenación: La primera es la Unidad de Ordenación Forestal (UOF) que consiste en una sola y corresponde al territorio de jurisdicción de CORPOCHIVOR, la cual abarca un área aproximada de 311.770 hectáreas. La segunda son las Unidades Administrativas de Ordenación Forestal (UAOF), para lo cual fueron focalizadas, definidas y priorizadas cinco (5) de ellas a saber: Cuenca Alta, Bijagual, Mamapacha, Oriente y Pie de Monte. A cada una de dichas UAOF se le realizó la respectiva zonificación forestal, de acuerdo con su estado ambiental, forestal y socioeconómico actual, así como según los objetivos del uso del recurso forestal y la aptitud del uso del suelo.
En el desarrollo del Plan General de Ordenación Forestal-PGOF de CORPOCHIVOR, no fueron definidas unidades administrativas subsidiarias menores tales como Unidades de Manejo Forestal o Unidades de Aprovechamiento Forestal, dado el alcance del proyecto y la escala de trabajo del mismo.
Para la delimitación geográfica de cada una de las cinco (5) Unidades Administrativas de Ordenación Forestal-UAOF, se emplearon las siguientes variables: 1) Cobertura boscosa y tipos de bosque, 2) Uso actual y conflictos del suelo, 3) Condiciones físicobióticas, ambientales y sociales, 4) Municipios de cobertura de la UAOF, bien sea este total o parcial,
5) Veredas de dichos municipios, incluidas total o parcialmente en la UAOF, y 6) Número de predios incluidos dentro de la UAOF.
Las cinco (5) Unidades de Administración de Ordenación Forestal (UAOF cubren un área de 281.777 hectáreas correspondientes al 90.4% de la jurisdicción de la Corporación.
En relación a las coberturas boscosas por tipos de bosques para cada una de las cinco (5) unidades de administración forestal (UAOF), estas corresponden a 57.067 hectáreas, donde la UAOF de Pie de Monte es la que presente la mayor cobertura boscosa con 39.646 hectáreas, seguida por la UAOF de Mamapacha con 9.194 hectáreas; la UAOF de Oriente presenta 6.201 hectáreas. Contrario a esto la UAOF Cuenca Alta con 699 hectáreas y la UAOF Bijagual con 1.327 hectáreas presentan las menores coberturas boscosas lo que es contrastante dado que en estas áreas se encuentran los nacimientos de fuentes hídricas de la cuenca del rio Garagoa y el Juyasia.
Dado que la zonificación forestal del PGOF, se basa en la organización y el análisis de información existente y generada sobre la UOF y cada una de las cinco (5) UAOF, que constituye el diagnóstico ambiental del territorio, a partir del cual se propuso un esquema de zonificación basada en el recurso forestal de la región. Las áreas forestales definidas para cada UAOF y sus consecuentes subzonas, dependen de la categoría de manejo definida, para garantizar el cumplimiento de los objetivos de conservación de las áreas boscosas y tierras de aptitud forestal dispuestos. Con base a lo anterior se zonificó el Área Forestal Protectora, que subsidiariamente estará dividida por las subzonas o áreas con fines de manejo para la preservación, la restauración, y el uso sostenible; y el área forestal productora en subzonas o
áreas con fines de manejo para la producción directa así como para la producción indirecta, asimismo se establece en esta las subzonas o áreas de uso múltiple con potencial forestal.
8.3.2. Uso del suelo.
Dentro de la jurisdicción de Corpochivor los suelos de fertilidad alta se encuentran ubicados en las zonas de topografía plana y ligeramente inclinada, por otro lado, los suelos de baja capacidad agronómica se encuentran en los municipios de Santa María y San Luis de Gaceno. El uso del suelo se encuentra principalmente en; mosaico de pastos y cultivos con un 62% y bosques naturales en un 19.96% pertenecientes a las zonas altas del municipio de Garagoa, Ciénaga y Viracachá.
8.3.3. Conflicto de uso del suelo.
El conflicto del uso del suelo se presenta cuando hay discrepancias entre la vocación del suelo y el uso actual del mismo. La organización del conflicto de uso del suelo crea una base que permite dar prioridad para el ordenamiento territorial y para la búsqueda de usos alternativos, en el PGOF formulado por Corpochivor se determinan 311.700 hectáreas en los siguientes niveles de conflicto; conflicto negativo severo 23,64% (uso actual del suelo está en contra de su aptitud o vocación), conflicto negativo moderado 10,58% (el uso actual del suelo no diverge totalmente del uso potencial), conflicto negativo leve 43,62% (cuando se busca armonizar los usos actuales con la aptitud del mismo) y sin conflicto 22,16% (el uso actual coincide con el uso potencial).
8.3.4. Acto administrativo de aprobación.
Acuerdo 16 de 2013; el Consejo Directivo de Corpochivor por medio de este acto administrativo adopta el PGOF, como reza el artículo primero: “aprobar y adoptar los lineamientos contenidos en el documento denominado ‘PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN FORESTAL-PGOF- DE LA JURISDICCIÓN DE CORPOCHIVOR’, el cual forma parte integral del presente acto administrativo.”
8.3.5. Indicadores.
El sistema de indicadores del PGOF se encuentra en el capítulo VI, denominado línea base de criterios e indicadores, se presentan los indicadores relacionados con los siguientes criterios: seguridad de los recursos forestales, estado y salud actual del ecosistema forestal, producción forestal sostenible, suelos y recursos hídricos, y aspectos sociales, culturales y económicos.