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4. DE LOS INSTRUMENTOS DE LA GESTIÓN AMBIENTAL

4.1. De la planificación

Toda obra o proyecto, tanto público como privado requiere de planificación, proceso que implica una serie de pasos que se fijan al inicio de una gestión, comúnmente encaminado a la solución de algún problema socio-ambiental. La planificación se caracterizará por su flexibilidad dependiendo de la naturaleza del proyecto; es decir, se adaptará según las actividades a desarrollarse en cada una de las fases del proyecto.

(Canter, 1999, pág. 47), señala que para el “planteamiento conceptual para los estudios de impacto ambiental se propone un modelo de diez etapas o actividades para la planificación y conducción de estudios que proporciona la base para considerar los procesos de estudios de impacto ambiental”.

Una de las actividades principales es determinar las características, la necesidad y las alternativas del proyecto que han sido consideradas o se podrían considerar. La información fundamental que se requiere con relación al proyecto incluye: (Canter, 1999, págs. 48-52)

“Una descripción del tipo de proyecto y de cómo funciona y opera en un contexto técnico.

La localización propuesta para el proyecto y el porqué de su elección. El período de tiempo requerido para la realización del proyecto.

Los requisitos o resultados (alteraciones) potenciales ambientales del proyecto durante su fase operacional, que incluyen las necesidades del terreno, las emisiones de contaminantes atmosféricos, el uso de agua y los vertidos de contaminantes y la generación de residuos y las necesidades de su eliminación.

La necesidad general identificada para el proyecto propuesto en la localización particular propuesta. Esta necesidad podría estar relacionada con la vivienda, control de la inundación, desarrollo industrial, desarrollo económico y muchos

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otros requisitos. (Es importante empezar a considerar la necesidad del proyecto porque ésta se debe tener en cuenta más adelante como parte de la documentación ambiental).

Cualquiera de las alternativas genéricas que hayan sido consideradas; éstas deberían incluir información de la localización del emplazamiento, tamaño del proyecto, características de diseño del proyecto y medidas de control de la contaminación y cronograma del proyecto relativo a las cuestiones de construcción y funcionamiento; se debería delimitar claramente la necesidad del proyecto en relación con el tamaño propuesto.”

Todos los responsables y actores sociales relacionados con el proyecto deben considerar cada uno de los puntos expuestos y organizar la información para la planificación respectiva y a partir de lo cual se realizará el estudio de impacto, con base a los términos de referencia e institucionales, luego se identificará los impactos ambientales, y la descripción del entorno afectado, etc. Proceso que debe ser conocido por la población del área de influencia.

El plan detallará “los medios para informar al público acerca del proyecto y sus objetivos en una etapa temprana; las vías por las cuales el público será informado acerca del progreso del estudio y de la retroalimentación sobre las preocupaciones de la gente; y, los medios por los cuales el público será animado a compartir su conocimiento, valores y preocupaciones. También deberá incluirse un detalle de los recursos (humanos y financieros) disponibles para llevar a cabo el plan”. (Páez Pérez, 2001, págs. 34-36) Es decir, que en la ejecución de un proyecto deberá ponerse especial atención en la población del área de influencia.

En el Artículo 14 de la Ley de Gestión Ambiental codificada, se establece:

“Los organismos encargados de la planificación nacional y seccional incluirán obligatoriamente en sus planes respectivos, las normas y directrices contenidas en el Plan Ambiental Ecuatoriano (PAE).

Los planes de desarrollo, programas y proyectos incluirán en su presupuesto los recursos necesarios para la protección y uso sustentable del ambiente. El incumplimiento de esta disposición determinará la inejecutabilidad de los mismos”.

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Uno de los objetivos básicos del Plan Ambiental Ecuatoriano ( http://www.explored.com.ec/noticias-ecuador/proteccion-del-medio-ambiente-las-iniciativas-oficiales- 28061-28061.html) es alcanzar el desarrollo sostenible; es decir, que es fundamental una transformación productiva para el mejoramiento de la calidad de vida, mediante la utilización racional y sostenido de los recursos naturales. El respeto de los principios de conservación del ambiente, evita poner en riesgo la satisfacción de las necesidades alimentarias de las generaciones futuras. Sólo entonces el desarrollo sostenible se convierte en solidaridad para las futuras generaciones.

En el Artículo 15 del precitado instrumento jurídico se establece:

“El Ministerio a cargo de las finanzas públicas, en coordinación con el Ministerio del ramo elaborará un sistema de cuentas patrimoniales, con la finalidad de disponer de una adecuada valoración del ambiente en el país y procurarán internalizar el valor ecológico de los recursos naturales y los costos sociales derivados de la degradación ambiental.

El Ministerio del ramo presentará anualmente al Sistema Descentralizado de Gestión ambiental un informe técnico en el que consten los resultados de la valoración económica del ambiente y de los recursos naturales renovables”.

El legislador brinda especial atención en la internalización del valor ecológico y económico de los recursos naturales. Fundamental manejar de una forma racional y sostenida los recursos naturales, para lo cual se requiere iniciar serios procesos de sensibilización ambiental e investigación científica y tecnológica que contribuyan a la caracterización de las diferentes especies, así como las interacciones que ocurren en la naturaleza.

En el Artículo 16 se establece:

“El Plan Nacional de Ordenamiento Territorial es de aplicación obligatoria y contendrá la zonificación económica, social y ecológica del país sobre la base de la capacidad del uso de los ecosistemas, las necesidades de protección del ambiente, el respeto a la propiedad ancestral de las tierras comunitarias, la conservación de los recursos naturales y del patrimonio natural. Debe coincidir con el desarrollo equilibrado de las regiones y la organización física del espacio. El ordenamiento

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territorial no implica una alteración de la división político administrativa del Estado”.

Norma fundamental para la optimización de la potencialidad de los suelos del país, así como para que nuestras ciudades establezcan sus áreas industriales y no ocurra como en el Distrito Metropolitano donde las diferentes industrias están localizadas indistintamente en el área urbana y habido necesidad de movimientos sociales para que estas industrias salgan del Distrito, por ejemplo el caso del Beaterio del sur de la ciudad.

El Artículo 17, establece:

“La formulación del Plan Nacional de Ordenamiento Territorial la coordinará el Ministerio encargado el área ambiental, conjuntamente con la institución responsable del sistema nacional de planificación y con la participación de las distintas instituciones que, por disposición legal, tienen competencia en la materia, respetando sus diferentes jurisdicciones y competencias”.

La Constitución vigente en los Artículos 242-250, establecen la organización del territorio, con atención a la conservación ambiental, circunscripciones territoriales indígenas y pluriculturales, la provincia de Galápagos, con la finalidad de mejorar la gestión de sus competencias y posibilitar una regionalización apropiada para la gestión pública.

En el Artículo 18, se establece:

“El Plan Ambiental Ecuatoriano, será el instrumento técnico de gestión que promoverá la conservación, protección y manejo ambiental; y contendrá los objetivos específicos, programas, acciones a desarrollar, contenidos mínimos y mecanismos de financiación así como los procedimientos de revisión y auditoría”.

Es decir, que el plan ambiental determinará el norte ambiental del país, aspecto fundamental para enfrentar los diferentes problemas ambientales y de mejoramiento de la calidad de vida de las personas.

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