CAPÍTULO I: MARCO CONTEXTUAL
1.4. Marco Institucional Normativo
1.4.1. Políticas de Turismo
1.4.1.1. Internacionales
Las organizaciones internacionales han sido y son actores fundamentales para la promoción y contribución del turismo al desarrollo sostenible en general. Es a través de sus políticas, programas, proyectos y publicaciones emitidas, que se han establecido directrices de planificación, de gestión, y de control sobre el turismo global y específico.
Una de estas organizaciones es la Organización Mundial de Turismo (OMT). Organismo intergubernamental especializado de las Naciones Unidas, que congrega a 157 países, 6 miembros asociados y más de 480 miembros afiliados1, y actúa como foro mundial para debatir aspectos de política turística. Tiene como principal preocupación, el abogar por un turismo que contribuya al: (i) crecimiento económico, (ii) a un desarrollo incluyente, y (iii) a la sostenibilidad ambiental.
La OMT evalúa además la contribución de los organismos internacionales al Desarrollo Sostenible desde el sector turístico, siendo éstas las siguientes:
… El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), la UNESCO, la Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Banco Mundial, entre otras organizaciones de ámbito mundial, así como las Comisiones de las Naciones Unidas para Asia y el Pacífico (CESAP) y para América Latina y el Caribe (CEPAL), la Unión Europea, la OCDE, la Asociación de Estados del Caribe, la Comunidad de Desarrollo del África Austral, la Asociación de Estados Bálticos, algunas instituciones financieras y otros organismos internacionales de ámbito regional han emprendido también diversos programas para promover la mayor sostenibilidad del sector turístico (OMT 2001a: 14-15). Dos de los aportes más importantes para la sostenibilidad del turismo a nivel global y regional son los siguientes:
1 Entre ellos, autoridades turísticas locales y otros del sector privado, como instituciones de enseñanza y
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Código ético mundial para el turismo. Fue aprobado en octubre de 1999 por la Asamblea General de la OMT y reconocido por las Naciones Unidas el 19 de noviembre de 2001. Este código al no ser jurídicamente vinculante, cuenta con un mecanismo de aplicación voluntaria. Resulta así, un marco fundamental de referencia para el turismo responsable y sostenible.
Incluye nueve artículos en los que se establecen las "normas del juego" para los destinos, los gobiernos, los tour operadores, los promotores, las agencias de viaje, los trabajadores y los propios viajeros. El artículo diez aborda la solución de litigios y representa la primera vez en que un código de este tipo cuenta con un mecanismo de aplicación (…) Es un instrumento esencial para ayudar a reducir los efectos negativos del turismo en el medio ambiente y en el patrimonio cultural, maximizando al mismo tiempo los beneficios para quienes residen en los destinos turísticos (OMT 2001b:25). Indicadores clave de sostenibilidad en turismo. Fue elaborado en 1993 por
expertos internacionales de la OMT. Constituye un instrumento esencial para supervisar el impacto ambiental y socioeconómico del desarrollo turístico y evaluar el grado de éxito en la consecución de los objetivos de desarrollo.
Guía para administraciones locales: Desarrollo turístico sostenible. Dirigido a autoridades locales, promotores y gestores privados, que tienen como responsabilidad la dirección del desarrollo turístico. “Esta guía presenta conceptos, principios y técnicas para planificar y desarrollar el turismo y estudia la gestión de las consecuencias ambientales y socioeconómicas en el plano local” (OMT 2001b: 25).
1.4.1.2. Nacionales
Por su parte, el Perú reúne todas las condiciones para favorecer al desarrollo económico y social a través del Turismo Rural.
A continuación, se presentan las principales políticas que el Estado Peruano viene implementando para el desarrollo del TRC:
Plan Estratégico Nacional de Turismo – PENTUR 2012-2021. Esta herramienta está orientada al desarrollo integral del país desde la acción. Integrando los
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recursos y servicios turísticos de interés del Perú, a fin de conformar productos basados en las características particulares de cada destino.
Se formula retos, plantea alternativas y propone líneas y programas de actuación, así como oportunidades de inversión y desarrollo para otros sectores. De este modo, el plan optimiza la comercialización conjunta, la satisfacción de la demanda y el desarrollo socioeconómico integral del país.
Planes Estratégicos Regionales de Turismo – PERTUR. Son instrumentos de planificación de actividades y acciones relacionadas al sector turismo, diseñadas de forma participativa, concertada y descentralizada, reflejando los intereses de todos los agentes involucrados públicos o privados que conlleva al desarrollo sostenible de cada región.
Ley Nº 27889. Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional. Que crea el Fondo para financiar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional.
Ley Nº 26961. Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística. Contiene el marco legal para el desarrollo y la regulación de la actividad turística, los principios básicos de la actividad turística y los objetivos de la política estatal, declarando al MITINCI2 – hoy MINCETUR – como el ente rector a nivel nacional competente en materia turística. Asimismo, dispone la creación del Comité Consultivo de Turismo.
Comité Consultivo de Turismo (Resolución Ministerial Nº 155-98-MITINCI/DM). Es un organismo de coordinación entre el sector público y el MINCETUR. Sus acuerdos y conclusiones tienen carácter de recomendaciones y por lo tanto no obligan al mismo en asuntos que son de su responsabilidad.
Lineamientos para el desarrollo del Turismo Rural Comunitario en el Perú:
Aprobados mediante Resolución Ministerial N.° 054-2007-MINCETUR/DM, de fecha 07 de marzo de 2007. En estos lineamientos se aborda el TRC en el Perú, brindando una definición del concepto, analizando su contexto y marco referencial para luego pasar a establecer el objetivo general y los específicos para su desarrollo. Se explica además los beneficios que genera en lo económico, en lo
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ambiental, en lo social, en lo cultural y educativo, y en la oportunidad. Y se detallan las condiciones necesarias para el desarrollo del mismo.