CAPITULO 5: ¿CUAN INSTITUCIONALIZADO ESTA EL SPPI? DE LO DICHO
3. Problemas y condicionantes en la descentralización:
En la actualidad existen complejos debates acerca del proceso de descentralización. Por un lado, tenemos varios autores que solo conciben reconocer aspectos “favorecedores” y “beneficiosos”48
para la comunidad; y por otro lado existen autores que forman parte de una perspectiva crítica a lo que fue verdaderamente el proceso. En la presente tesis nos posicionamos ideológicamente con los autores que representan este segundo análisis.
Claramente los años próximos a los ´80 fueron demostrando que los Municipios como nuevas instancias de gobierno mostraban serias limitaciones y dificultades para poder asumir el rol que les competía, no solo por la falta de capacitación, de gestión, sino además por la falta de presupuesto y financiamiento para poder encarar políticas y acercar verdaderas respuestas a la comunidad. "Los procesos de descentralización han sido tan incompletos y condicionados, tanto por cuestiones de baja autonomía (especialmente financiera y administrativa), como por las condiciones de falta de desarrollo general, que afectan cualquier iniciativa local. Sin embargo, a pesar de ser un proceso de desconcentración más que descentralización, ha permitido poner a los gobiernos locales en el ejercicio de un nuevo rol, teniendo estos que rever y actualizar sus capacidades institucionales."(Clemente & Girolami, 2006: 17).
Ambas autoras explicitan que el modelo de descentralización y /o desconcentración no solo dejo consecuencias negativas como la profundización de la desigualdades regionales en materia de salud y educación además y como parte objetiva los gobiernos subnacionales acopiaron experiencia en relación al diseño y ejecución de programas sociales lo cual conllevo a mantener niveles de gobernabilidad un poco más aceptables.
Como vimos anteriormente la Ley Provincial nº 13.298 propone que el nuevo SPPI funcionara a traves de acciones intersectoriales. En razón de lo anterior, podemos observar que en la ciudad de Tandil la “reorganización territorial/ descentralización”, se dio a traves
48 García Delgado (2002) retoma autores que sostienen esta perspectiva para luego criticarla y superarla. “El estado transfiere la provisión de los servicios sociales a las unidades provinciales e incluso locales. La descentralización para tener razones instrumentales de eficiencia en el gasto, de control debido a la mayor cercanía física de las poblaciones y presentaba una lógica más democrática, de participación y derechos”.
103 de distintos dispositivos creados por la normativa vigente. Entonces este proceso cobro vida y se encarnó en cada una de las figuras y dispositivos creados en materia de promoción y protección de los derechos, como también en los de legislación Penal Juvenil. Del mismo modo, y a partir del rol protagonista que le da el nuevo paradigma las OSC fueron actores claves en los que también cobro vida.
En relación a este apartado, es necesario aclarar que en las entrevistas nos interesaba tener nociones generales de cómo funcionaron hasta el momento cada dispositivo creado. Retomando las voces y los puntos en común de las entrevistas vemos que los distintos referentes y actores de la SC, del CL, del JF, del SL y SZ49hicieron hincapié en que existe un procedimiento muy claro desde lo discursivo pero desde lo cotidiano solo se refleja un sistema en proceso, descoordinado, desordenado, con espacios a fortalecer, con escasos recursos e insuficiente presupuesto lo que tiene implicancias en los grados de responsabilidad social y más un en la vida de los sujetos cuando solo se logran desde cualquiera de estos espacios que ellos mismo representan dar respuestas y soluciones parciales.
En relación a la intervención en pos de garantizar y restituir los derechos de los NNyA los entrevistados afirmaban que los dispositivos como el juzgado y los servicios locales y zonales trabajan sobre la emergencia misma y por esta razón las articulaciones con otras instituciones no son constantes, se continua trabajando sobre “casos” o “situaciones particulares”, “en general atienden emergencias, pibes que ya están con todos sus derechos vulnerados y que necesitan que el estado este y no estuvo antes”. (Entrevistada nro. 7, trabajadora de niñez y adolescencia; programa La Tribu).Paralelamente nos sorprende la siguiente manifestación , “El poder judicial tiene
una forma y una estructura de pensamiento que hace que sea un poder independiente y en esta implementación lo que tiene que ver con niñez en definitiva es un lugar aparte y el que se quiere apartar se aparta (…)La intervención del juzgado de familia muy acotada, yo hoy te tengo que decir en el juzgado de familia un trabajador social hace el mismo trabajo que hacía con la ley de patronato ”.(Entrevistada nro.9: Trabajadora Social Juzgado de
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familia).Los relatos anteriores, demuestran una individualización en las practicas e intervenciones desplegadas.
Frente a la coyuntura actual, frente a la difícil realidad socio- económico que atraviesan muchas familias estos dispositivos han desplegado programas y acciones orientados a abordar las complejas problemáticas estructurales desde situaciones puntuales no pudiendo claramente incidir en la agenda municipal e incorporar las verdaderas y principales preocupaciones para abordar a la niñez y adolescencia desde políticas integrales. Contrariamente día a día los dispositivos trabajan con lo existente lo cual traslada al plano de las practicas serias limitaciones y condicionantes.
En este contexto es crucial que los Municipios articulen y trabajen con las OSC y con el Consejo Local ya que desde este espacio se prevé la evaluación, diseño y el monitoreo de las políticas públicas.
En síntesis, estamos frente a este sistema desorganizado con propuestas que no se alejan de los principios de fragmentación y focalización, necesariamente será preciso que el Estado en todos sus niveles se re-articule y materialice en sus instancias subnacionales las condiciones necesarias para crear políticas desde una perspectiva integral que acertadamente enriquecerá las practicas desplegadas por los actores sociales competentes en materia de niñez y adolescencia.