• No se han encontrado resultados

Procedimiento Abreviado un beneficio para el Estado

2. PROCEDIMIENTO ABREVIADO

2.5. Procedimiento Abreviado un beneficio para el Estado

Actualmente las sentencias obtenidas mediante el procedimiento abreviado representan más del 50% del total de las sentencias obtenidas. Esto se da debido a que es considerado que los juicios ordinarios deben ser en lo posible aplicados sobre todo en los más graves. Asimismo, se sugiere el uso de las salidas alternas o la aplicación de mecanismos alternativos de solución de controversias para despresurizar el actual sobresaturado sistema penal y así generar un sistema más ágil donde los juicios orales puedan cumplir con su función.

24

Mientras tanto, se establece que el imputado deberá reconocer que está informado de su derecho a ser juzgado a través de un juicio oral y de los alcances del procedimiento abreviado, por lo que deberá renunciar expresamente, es decir, de manera clara y detallada al juicio oral, aceptar la aplicación del procedimiento abreviado, admitir su responsabilidad por el delito que se le imputa y aceptar ser sentenciado.

La Fiscalía (ESTADO) es el interviniente que obtiene una utilidad práctica muy marcada, ya que al ser el ente encargado del ejercicio de la acción penal y por ende tiene la carga de la prueba para acusar, ya no se ve obligado a recabar un cúmulo probatorio demasiado extenso porque el responsable de la comisión del delito al aceptar lo hechos, le quita una parte de esa responsabilidad, es decir le aligera el trabajo dando resultados eficientes y justos. Por un lado, la fiscalía argumenta que trae como ventajas la reducción de la carga laboral al permitirle al imputado la aceptación de los hechos a cambio de una reducción de la pena. En esta materia es evidente la coacción.

Una manera común de negociar esta pena en nuestro país es, que si el imputado no acepta el hecho y se somete al procedimiento abreviado, Fiscalía solicitará el máximo de la pena, lo cual implica una negociación moralmente cuestionable.

Con esta modernización procesal, se han incluido figuras jurídicas que pretenden lograr el éxito a través de la optimización de los recursos y la depuración de las investigaciones iniciadas mediante mecanismos de aceleración procesal. Uno de estos mecanismos es el Procedimiento Abreviado el cual implica que el acusado acepte los hechos delictivos y sea sentenciado con base en los registros de la investigación recogidos por Fiscalía, evitando la tramitación de un juicio oral, con el beneficio de una pena atenuada comparada con la que se impondría. Con lo que la labor del Juez en estos

25

procedimientos, puede entrar en conflicto con los elementos estructurales del delito y su demostración, pues su actuar estará limitado a los hechos que el fiscal le exponga.

Inclusive en países como Argentina el juicio abreviado fue debatido como inconstitucional, en tanto que sustrae al magistrado del caso y contraría el derecho a la defensa, pues en la base, el juicio abreviado se considera como una negociación, una especie de derecho penal transaccional y se elimina el juicio oral como parte total del procedimiento. Ronald Salazar sostiene que en el derecho Costarricense “…el (Procedimiento) abreviado venía precedido de importantes críticas que señalaban su inconstitucionalidad por prescindir de la fase de juicio oral y público…”15

Autores como Chahuan Sarrás han señalado que el procedimiento abreviado solo implica la “renuncia a juicio oral y no a juicio.”16 Pero, este tipo de consideraciones no cubren del todo las deficiencias teóricas del procedimiento abreviado.

Esto ocurre el plea of bargaining; donde la acotada confesión del imputado –conditional plea– sustituye al juicio por jurados y se convierte en una verdadera sentencia. “El procedimiento abreviado o plea of bargaining, en palabras de Bovino, es una verdadera renuncia a los derechos constitucionales y reemplaza al juicio oral.”17

No queda sino señalar que, por ejemplo, dependiendo de la concepción de juicio en el derecho positivo ecuatoriano, el procedimiento abreviado puede no mostrarse tan acorde a los principios constitucionales como pareciera.

15 SALAZAR MURILLO, Ronald. “El Procedimiento Abreviado”, en Revista de Asociación de Ciencias Penales, año 18, número 24, Costa Rica, 2006

16 CHAHUAN SARRÁS, Sabas. Manual del nuevo procedimiento penal, Lexis Nexis, Chile, 2004, p. 286 17 BOVINO, Alberto. “Procedimiento Abreviado y Juicio por Jurados”, en Baigún, David, Estudios sobre justicia penal. Homenaje al profesor Julio B. J. Maier, Editores del Puerto, Argentina, 2005

26

De igual forma se puede acotar que el procedimiento abreviado es una eliminación del nexo causal entre pena y delito, ya que la pena no dependerá del delito concretamente, sino de las habilidades de negociación de las partes. El propio reconocimiento estatal de una confesión acotada a ciertas transacciones es dudoso.

Se ha considerado que el objetivo primordial del Sistema Procesal Penal Acusatorio y Oral es el descongestionamiento penal, es decir, evitar que todos los casos lleguen a Juicio, los cuales deben resolverse por medio de una salida alterna, (criterios de oportunidad y acuerdos reparatorios) justicia alternativa (conciliación, mediación y arbitraje) y el Juicio Abreviado.

A pesar de la importancia que tiene el Juicio Abreviado que acabamos de comentar, no se ha analizado de forma amplia, ni se le ha dado la importancia necesaria, ya que con este mecanismo acelerado, se modifica todo el procedimiento penal, puesto elimina la audiencia de juicio, que es la más importante en todo el proceso con ella se comprueba la participación y el hecho delictivo, a través del desahogo de las pruebas, que permite dictar una sentencia de forma rápida. Y es aquí donde surge la interrogante de si ésta Institución de derecho transgrede los principios del Sistema Procesal Penal Acusatorio, así como las garantías del inculpado, puesto que elimina su derecho de ofrecer pruebas, además de que tiene la posibilidad de auto incriminarse, e inclusive creer que se usa como coacción al imputado.

Documento similar