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10. Procedimientos de delimitación del discurso

10.2 Procedimientos de exclusión

El deber político que acompaña al retorno del comentario, aunque condición inherente al

revestimiento del mexicano como ciudadano, no provee las condiciones de enunciación que

cualifican al ciudadano como portavoz del legado histórico, si bien es supuesto que el deber

político es también una formulación asociada a los enunciados de „Soberanía‟,

„Patriotismo‟ o „Sufragio‟. “Ya estamos cansados de Río Blanco, Tepames y Tehuitzingo;

no queremos leer más „El Debate‟, „Imparciales‟ y otros que forman unidos un patrón de

ignominia frente a la civilización contemporánea y que serán la vergüenza de nuestra

historia.” (Fabela, 1964, p. 66). El contenido periodístico y el estatuto del que procede son

calificados el uno por el otro, o bien es rechazado el contenido político y denunciada la

fuente, o bien es reconocida la subvención del partido político sobre el periódico para

atacar a priori su contenido.

A este último propósito de subvención y de prohibición sirve la fundamentación teórica

proporcionada por la psicología que hace del contenido del artículo un acto delictuoso:

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Figura 7. Tipos del país.

Figura 7. Dibujo del juez Juan Peréz de León sosteniendo jaulas para periodistas. Tipos del país. El Ahuizote Jacobino, 3 de septiembre, 1905, Núm. 43, página 6. (González, 1974)

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La cualificación moral del individuo como objeto educativo de fines del siglo XIX e inicios

del XX, no escapa a la conservación de los valores cívicos y morales con que la teoría de la

psicología argumentara la detención y censura de la prensa política de oposición.

La disposición de los procedimientos de delimitación del discurso podría inquirirse por la

fidelidad con que modela los fundamentos teóricos positivistas o el perfil histórico de los

acontecimientos actualizados. En efecto, la adecuación de los conceptos positivistas a la

realidad mexicana ejemplifica la parcialidad de la adecuación teórica, y la arbitrariedad con

que algunos de los postulados son adoptados. El argumento planteado por los positivistas

de inicios del siglo XX, acerca de que: “El positivismo en México no fue sino la expresión

filosófica de una realidad ajena al positivismo como doctrina ideal.” (Zea, 1984, p. 38),

asegura esta distinción como prueba de que el tratamiento del positivismo en la esfera

política, discrepa del positivismo como doctrina. Según Zea (1984), la validez del

argumento no impide el enjuiciamiento de las expresiones del positivismo como práctica,

pues es en el tránsito del positivismo como doctrina al positivismo como expresión, donde

puede ser identificada la adopción y el trato específico que de ese positivismo „irregular‟

hizo México.

Siguiendo a Miguel Ramos (citado por Zea, 1984), la ciencia social y la ciencia de la

biología participan de una analogía que excede el orden de los fenómenos (biográficos e

históricos), para situarse en los rasgos que comparten la sociedad y los organismos

biológicos. La sociedad se resume como un organismo cuyos actos pueden ser estudiados

como actos dependientes de los individuos que la componen. “Ahora bien, como los actos

de los individuos se verifican conforme a las leyes de la vida, el conocimiento de estas

leyes que estudia la biología es indispensable para comprender las acciones de la sociedad.”

(Zea, 1984, p. 173-174). Una de estas leyes biológicas, aplicada a la problemática social,

tiene que ver con el estímulo de las facultades del individuo, lo que supone que el Estado

no debe proveerlo de facilidades o de cualquier tipo de protección que anule sus facultades.

Como en el caso anterior, la fundamentación teórica sustenta la aplicación de una práctica,

esta vez discursiva, aunque suponga cierto grado de arbitrariedad. El enunciado de

„Soberanía‟ puede encontrarse enlazado con el ejercicio democrático del pueblo, o ser

referido como condición necesaria del reconocimiento diplomático del gobierno. De

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acuerdo con De la Madrid (1986) los principios de libertad e igualdad del hombre

admitidos por Rousseau como propósitos indispensables de la asociación política, son

principios implícitos en el concepto de soberanía empleado por las Constituciones de 1857

y de 1917, reconociéndose en esta última la influencia rousseauniana. En tanto asociados

los ciudadanos participan de los mismos deberes y derechos, garantizándose así que la

procedencia y el beneficio de las resoluciones resida constantemente en el pueblo:

“Art. 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para su beneficio. El pueblo tiene en todo momento el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.” (De la Madrid, 1986, p. 151)

El Artículo 39 de la Constitución Política de 1917, transcrito con fidelidad de la

Constitución de 1857, no parece reñir con el procedimiento de democracia indirecta por el

que es materializado el ejercicio soberano. La elección democrática no implica la

delegación de la soberanía en el representante, sino y exclusivamente, el ejercicio de las

funciones que aquella demande

20

. Por lo demás, si acaso éste u otro ejercicio no es

considerado legítimo, dentro del Artículo 39

21

se aprueba la intervención del pueblo en la

modificación de la forma de su gobierno bajo la estricta observancia de la Constitución; de

lo contrario, la reforma podría concebirse como un derecho extraconstitucional:

“Como uno de los atributos de la soberanía es constituirse, claro se ve que puede el pueblo alterar o modificar la forma del Gobierno cuando así le plazca. Pero justamente en razón de que entendemos aquí por pueblo la nación políticamente organizada, creemos que esas modificaciones no han de hacerse sino según las formas constitucionales […] la reforma por medio de la revolución, esto es por la violación de las reglas constitucionales, no puede emplearse sino en casos muy raros, cuando lo exige imperiosamente el bien de la nación y se le niegan las vías legales. Y aún entonces nuestro Código político no reconoce el derecho a la insurrección; éste es un derecho extraconstitucional.” (Coronado, 1899, p. 74)

De modo que toda resolución que obvie las leyes constitucionales no sólo indica un derecho

extraconstitucional, sino una acción en contra de la soberanía popular soportada por la

Constitución. El llamamiento a la salvación de la soberanía incurre en acciones extralegales

20“Mas es preciso advertir que cuando los poderes de una nación ejercen actos de soberanía, no pasa ésta del

pueblo a sus representantes; pues siendo el pueblo […] la nación organizada políticamente, los poderes públicos se limitan a ejercer las funciones de aquella soberanía, a representar a la Nación como un mandatario a un mandante; pero no la privan, no pueden privarla de la mencionada soberanía, que es lo que constituye la personalidad de la misma nación.” (Coronado, 1899, p. 76)

21“Art 128

Esta constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por un trastorno público se establezca un gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia […]” (Coronado, 1899, p. 164)

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justificadas por la imperiosa necesidad nacional, aunque se valga para el mismo propósito

de artículos constitucionales dependientes de la valoración del Congreso de la Unión

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,

haciendo difusas las lindes de lo legal y lo ilegal.

Cuadro 4

Enunciado Soberanía

ENUNCIADO: SOBERANÍA

"La permanencia de tropas en un país independiente y soberano es una invasión injustificada porque no puede haber derecho contra el derecho de inviolabilidad territorial." Secretaría de gobernación. La labor internacional de la Revolución Constitucionalista de México (citado por Fabela, 1959, p. 19) “La determinación que se impone, la que debe adoptar el Senado sin pérdida de tiempo, es la de

aprobar los acuerdos que siguen: Primero. Consúltese al presidente de la república en nombre de la

suprema necesidad de salvar la Soberanía nacional que haga dimisión de su alto cargo. Segundo.

Hágase igual consulta al C. Vicepresidente de la república.” (Fabela, 1963, p. 19) CAMPO

ADYACENTE La violación del territorio es también una violación en contra de la soberanía, implicada dentro del Artículo 39 de la Constitución de 1857. Ello indica: 1. La independencia respecto de las demás naciones; 2. El cumplimiento de los principios de Derecho internacional. Razones por las que la violabilidad territorial se hace injustificable.

El enunciado se emplaza en una proposición con anterioridad acatada: el alcance de la soberanía es una necesidad imperiosa que requiere de cualquier acción que vele por la conservación nacional.

CORRELATO La soberanía es un derecho relativo a la disposición nacional del territorio.

MODALIDAD

ENUNCIATIVA Senado es intermediario en la decisión de renuncia del mandatario, de acuerdo con la responsabilidad otorgada constitucionalmente. La consulta de dimisión es justificada a través de la invocación de la soberanía nacional. CAMPO DE

UTILIZACIÓN La alusión a la salvación de la soberanía nacional valida la institución de un nuevo soberano nacional. Participa de cometidos no discursivos.

El fundamento constitucional apoya la arbitrariedad de la resolución política habilitando

denominaciones derivadas de la orientación con que sea tratado el artículo. El buen y el mal

mexicano son definidos de acuerdo con la pretensión de bienestar o perjuicio de la acción

realizada, empero, la definición de tal valoración está vinculada con cualesquiera

22“Art 72 Frac. XXXI.

El Congreso tiene facultad para calificar y decidir sobre la solicitud de licencia que hiciere el presidente de la República.” (Coronado, 1899, p. 106). Dentro de las facultades exclusivas de la Cámara se cita: “Art 72 Inc. II. Calificar y decidir sobre las renuncias del presidente de la República y de los magistrados de la Suprema Corte de Justicia” (Coronado, 1899, p. 107).

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propósitos señale el gobernante. En consecuencia, la caracterización de unos y otros

mexicanos depende del deber político a cumplir, lo que redunda en la adjetivación e

identificación doctrinal.

Cuadro 5

Enunciado Buen/Mal mexicano

ENUNCIADO: BUEN/MAL MEXICANO

“Sin embargo, la calma actual creo que tiene más de aparente que de real, y no sería remoto que se produjeran aun trastornos políticos en esta región del país, pues las masas están aquí muy trabajadas y corrompidas, con la propaganda antigobiernista que desde hace años se viene haciendo entre los jornaleros mexicanos que vienen a trabajar en los ferrocarriles americanos, así como entre los individuos de raza mexicana establecidos en la frontera americana. Esta clase de gente […] se presta con facilidad a los manejos y a servir de instrumentos a los malos mexicanos que desde tierra extranjera conspiran para la ruina de la patria.” (Fabela, 1964, p. 102)

CAMPO

ADYACENTE El trastorno político (de los malos mexicanos, antigobiernistas) actúa en contravía del gobierno, y en consecuencia, de la conservación de la patria.

CORRELATO La posibilidad del enunciado 'antigobiernista' o 'mal mexicano', requiere la

existencia del enunciado opuesto, 'buen mexicano', de modo que las formulaciones originadas han de considerar el enunciado opuesto para definirse.

MODALIDAD

ENUNCIATIVA La formulación especulativa de los enunciados señalados, define a un sujeto que niega lo 'subversivo' ante la posibilidad de su existencia, aunque se defina frente a él: (gobiernista/antigobiernista; autoridad/no autoridad)

CAMPO DE

UTILIZACIÓN El enunciado de lo antimexicano es relacionado con acciones realizadas en detrimento de la patria, mientras que el 'buen mexicano' ha de referir, en consecuencia, las acciones que permitan su conservación. Afirmados bajo el mismo correlato, la especificidad del enunciado formulado reside en la modalidad enunciativa (ámbito institucional del gobiernista, y estatuto del exiliado).

Cuadro 6

Enunciado Patriótico

ENUNCIADO: PATRIÓTICO

“Para alcanzar tan patriótico fin [el voto expreso y popular], durante el tiempo que falta para las elecciones, los Clubes Reeleccionistas [...] no descansarán en sus esfuerzos de propaganda ni perdonarán alguno para lograr, no el triunfo de sus candidaturas, que no puede ser dudoso, sino conseguir que el pueblo se habitúe al ejercicio de su soberanía, como la prenda más segura de la consolidación de la magna obra llevada a cabo por nuestro país bajo la sabia dirección del General Díaz.” (Secretaría de Educación Pública, 1945, p. 20)

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Manifiesto a la nación: “[...] y como resultado de las frecuentes reelecciones [El Gral. Díaz] ha concentrado en sus manos un poder absoluto, que si bien ha usado con relativa moderación, ha traído al país los grandes males que siempre dimanan de tal régimen de gobierno. A esto debemos atribuir que ahora la justicia ampara al más fuerte; que la instrucción pública se imparte sólo a una minoría de quienes la necesitan […] y por último, que el espíritu público está aletargado, el patriotismo y el valor cívico deprimidos, y no debemos olvidar que el ideal de los pueblos debe ser fomentar esas virtudes, únicas capaces de salvarlo en las grandes crisis.” (Fabela, 1964, p. 39)

CAMPO

ADYACENTE El voto es garantía del ejercicio de soberanía del pueblo. El alcance del primero permite la obtención de la soberanía.

Lo patriótico y lo cívico son disminuidos por la reelección continua. Su ejercicio radicaría en el sufragio efectivo.

CORRELATO Lo patriótico adjetiva los propósitos del pueblo. Propósitos coadyuvantes a la

personificación de un pueblo que se 'reviste' de su soberanía.

Metaforización del enunciado de lo 'patriótico' que expresa la afectación del pueblo ante acciones de poder absoluto. Las virtudes del pueblo son características etopeyicas o de descripción cualitativa.

MODALIDAD

ENUNCIATIVA La Convención Reeleccionista arguye el alcance de la soberanía popular bajo la continuación del gobierno porfirista, compartiendo así el estatuto de autoridad otorgado a este último.

La alusión a los efectos perjudiciales del reeleccionismo argumenta la premisa maderista.

CAMPO DE

UTILIZACIÓN Lo patriótico comparte en ambas formulaciones las mismas condiciones de posibilidad presentándose como atributo y acción del pueblo. No obstante, la modalidad enunciativa en la que se inscriben responde a objetivos políticos distintos.

CONCLUSIONES

La revisión de textos institucionales (manifiestos, planes, artículos constitucionales), y de

textos artísticos (o de prensa política) tuvo como objeto la descripción de las formaciones

discursivas del discurso sobre el nacionalismo mexicano durante el período revolucionario.

Para ello, fue propuesta la identificación de las estrategias y procedimientos discursivos

empleados en los textos, mismos focos locales de saber-poder que permitirían la

aprehensión de estrategias y procedimientos, utilizando respectivamente los siguientes

elementos metodológicos.

La identificación de estrategias supuso la relación entre disciplinas, prácticas no discursivas

y formulaciones inscritas en los focos seleccionados, por lo que la descripción de los

enunciados consideró las condiciones económicas y sociales de producción (sucesiones

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presidenciales, efectos del conflicto interno o relaciones exteriores), y las disciplinas o

campos de saber utilizados como sustento teórico de las prácticas (sociología, psicología,

derecho constitucional). El estudio anterior afirmó el establecimiento de las estrategias de

pacificación y de reivindicación popular bajo el análisis de los enunciados de patriotismo,

soberanía, civismo, buenos/malos mexicanos. El recorrido expuesto, que ha buscado

dirigirse de manera cronológica, presenta separadamente las estrategias identificadas

(parágrafos 9.1, 9.2) haciendo énfasis en la aparición de los partidos políticos de oposición

como un factor decisivo para la institucionalización de un discurso de reivindicación

popular. No obstante, este discurso -que no es ajeno a los textos de reflexión político-social

anteriores a las formulaciones del período revolucionario- puede emplazarse en la estrategia

de pacificación cronológicamente anterior, conforme a los objetivos discursivos de

conservación nacional.

La variación de los conceptos parece depender de los objetivos de la razón de Estado, si

bien la identidad del enunciado aparente ser la misma en todas las formulaciones: en

presencia de una analogía lingüística

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donde los enunciados responden formalmente al

mismo vocabulario, la distinción del enunciado reside fundamentalmente en la modalidad

enunciativa. De allí que, aunque las estrategias de pacificación y de reivindicación popular

sean semejantes en la disposición de enunciados debido a la identidad lingüística y lógica

que se les atribuye en los textos, el campo adyacente asociado al enunciado de la paz no sea

en ambas estrategias el mismo. Mientras en la primera estrategia el enunciado es sostenido

por la premisa de „orden y progreso‟, en la segunda, la pacificación es relacionada con la

restitución del orden constitucional. Es precisamente en la transformación del enunciado

donde reside la apropiación discursiva, permitiendo la identificación de objetivos de

gobierno distintos en uno y otro caso, pero donde se hace también notoria la continuidad

del enunciado de pacificación, y por lo tanto, la superposición de las estrategias. Es decir, la

estrategia de pacificación es implicada por la estrategia de reivindicación, aunque asuma

dentro de ella objetivos globales distintos.

23“Se pueden encontrar actuaciones verbales que son idénticas desde el punto de vista de la gramática (del

vocabulario, de la sintaxis y de una manera general de la lengua); que son igualmente idénticas desde el punto de vista de la lógica (desde el punto de vista de la estructura proposicional, o del sistema deductivo en que se encuentra colocada); pero que son enunciativamente diferentes.” (Foucault, 2007a, p. 244)

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La identificación de los procedimientos discursivos se atuvo a los criterios de definición de

la función enunciativa: campo adyacente, correlato, modalidad enunciativa, y campo de

utilización. La exposición de los procedimientos abarca enunciados que actualizan

comentarios, fundamentalmente de eventos históricos considerados como patrióticos, o

constituyen mecanismos de rechazo y separación, como el relativo a la distinción entre el

buen o mal mexicano y a las obligaciones cívicas dependientes de esta caracterización.

Tanto los procedimientos internos como los procedimientos de exclusión son soportados

por la cualificación que amerita la pertenencia a una doctrina política, y por la adecuación

de argumentos constitucionales y teóricos dirigidos a la consecución de propósitos

nacionales. Esto es, el procedimiento discursivo se ampara las más de las veces en la

modalidad enunciativa, y específicamente, en el estatuto de autoridad de que son investidos

los hablantes, de modo que las apreciaciones contienen per se una legitimidad o nivel de

veracidad apoyado principalmente por la doctrina política que las orienta; aquel que

permite el retorno del comentario se inscribe simultáneamente como partidario o detractor

de la premisa, el evento o el personaje retornado.

La indudable prevalencia de los fines nacionales admite formulaciones contrarias aunque

derivadas de las funciones legislativas plenas otorgadas al Poder Ejecutivo, por lo que su

(in)admisibilidad no puede resolverse por criterios de legalidad, sino por aquellos de

conveniencia patriótica. Las variables razones sobre las que es capaz de cimentarse la

voluntad de saber, fundadas en argumentos constitucionales, desplazamientos teóricos o

resoluciones de urgencia nacional, le permiten al hablante la adquisición de un estatuto y la

potestad para delegarlo en otros, lo que indica en ocasiones la dependencia de los

comentarios, los mecanismos de rechazo y de separación, a dicha voluntad.

La caracterización de las estrategias y de las modalidades enunciativas identificadas dentro

de los enunciados, expuestas ya en los señalamientos sobre los procedimientos discursivos

y las estrategias, indican dos de los elementos constitutivos de la configuración discursiva

sobre el nacionalismo mexicano. Coherentes con las estrategias globales de poder, toda vez

que dan indicios acerca de las apropiaciones discursivas y de su encadenamiento en juegos

de saber, las modalidades enunciativas no admiten, sin embargo, afirmar al discurso sobre

el nacionalismo mexicano como una formación discursiva individualizada. El campo

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enunciativo dentro del cual son reunidos objetos, conceptos, modalidades y estrategias,

presenta relaciones que pueden configurarse desde distintos dominios de saber. Dicho de

otro modo, no existe una sino varias formaciones discursivas debido a la confluencia de

otras formaciones discursivas y de otros dominios de objetos dentro del discurso sobre el

nacionalismo mexicano.

Tal formulación procede de la consideración del sistema de formación conceptual

construido a través de la exploración documental, la categorización de los enunciados, y las

relaciones advertidas mediante la descripción de los campos adyacentes. Los conceptos de

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