II. MARCO TERRITORIAL
II.2. PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES
El PIOH propone compatibilizar el aprovechamiento ordenado y sostenible de los recursos naturales, prestando especial atención al mantenimiento de la biodiversidad, con las exigencias del desarrollo económico y la capacidad de acogida del territorio. Esta estrategia se encamina a la consecución de un aprovechamiento racional de todos los recursos de manera conjunta, para garantizar su existencia futura. Este principio básico se ha de integrar en las distintas políticas y actuaciones sectoriales, entre las que se encuentra el PHEH.
Se consideran en el PIOH, objetivos básicos en la ordenación, gestión, uso y aprovechamiento de los recursos naturales, los siguientes:
a) Proteger, conservar y restaurar, en su caso, la flora, la fauna, la geología y el paisaje como elementos definitorios de los valores naturales de la Isla.
b) Promover su utilización racional, compatibilizando el desarrollo económico con la conservación de los valores productivos.
c) Impulsar la prevención de los impactos negativos sobre el territorio y sus recursos, tomando medidas preventivas que disminuyan la necesidad de las medidas correctoras.
d) Mejorar el nivel de vida de los habitantes de la Isla, mediante el aprovechamiento ordenado de los recursos naturales.
e) Fomentar la investigación científica y el estudio de los procesos ecológicos de la Isla.
f) Fomentar las actividades turísticas, educativas y culturales que permitan un mejor conocimiento y un adecuado disfrute de la Isla.
g) Regular el aprovechamiento de los recursos naturales y los usos y actividades de carácter educativo, científico recreativo o turístico haciéndolos compatibles con la protección, conservación y mejora del medio natural.
h) Promover el equilibrio y solidaridad territorial en el reparto de los costes y beneficios, tanto ambientales como económicos de la protección.
i) Procurar que el uso del suelo con fines agrícolas, ganaderos o forestales respete el potencial biológico del medio y su capacidad productiva.
j) Regular y, en su caso, prohibir los usos y actividades de cualquier tipo que puedan resultar perjudiciales o incompatibles con la protección y conservación de los valores ambientales de la Isla.
II.2.1. Protección de los Recursos Hídricos
En este sentido, el PIOH establece en relación con las medidas de protección y gestión de las aguas terrestres, que todas las actividades susceptibles de provocar la contaminación o degradación de los recursos hídricos, en particular las de vertido a las aguas superficiales o subterráneas, requerirán autorización administrativa que sólo podrá concederse si, a través del pertinente estudio hidrogeológico, se demuestra su inocuidad.
El Consejo Insular de Aguas, en coordinación con la Consejería competente del Gobierno de Canarias es el encargado del control y vigilancia de la calidad de las aguas superficiales y subterráneas. Por ello será el encargado de ejercer las acciones necesarias para tal fin: suspensión de actividades que generen vertidos no autorizados, apertura de expedientes sancionadores y aplicación de medidas correctoras imprescindibles para la reanudación de la actividad.
Para evitar la disminución de los recursos hidrológicos subterráneos, se tenderá a la progresiva sustitución de los caudales extraídos del acuífero, por fuentes de producción y suministro alternativas, optimizando la distribución y uso del agua.
La demostración de la autosuficiencia en lo referente al abastecimiento y depuración de las aguas será ineludible para la autorización de cualquier nueva instalación o complejo que pueda desarrollarse fuera de los núcleos consolidados. Asimismo, para la generación de nuevo suelo residencial y turístico será necesario justificar la disponibilidad de recursos hídricos suficientes, requiriendo a tal efecto informe del Consejo Insular de Aguas, o en su defecto del servicio o empresa municipal de abastecimiento.
En lo referente a las medidas de protección del espacio costero, el PIOH indica que el espacio costero está conformado por el litoral, y su zona de influencia, definiendo el litoral por los espacios que constituyen la ribera del mar (zona marítimo terrestre y las playas) y la zona de influencia como la determinada por 500 metros de anchura, medidos a partir del límite interior de la ribera del mar. Asimismo, establece que lo dispuesto en los artículos 78 a 82 contenidos en él no suplantarán la aplicación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, modificada por la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral; en particular la normativa reguladora del Dominio Público Marítimo-Terrestre y de los usos en las respectivas servidumbres.
II.2.2. Criterios de ordenación de las Infraestructuras
De acuerdo con lo establecido en el artículo 126 del PIOH, en lo que concierne a los criterios sobre la ordenación de infraestructuras hidráulicas y de saneamiento, el PHEH ordenará las infraestructuras hidráulicas de ámbito insular o supramunicipal, vinculadas a la captación, producción, transporte y almacenamiento del recurso hídrico, así como a la depuración, reutilización de aguas depuradas y eliminación de excedentes u otras análogas, de acuerdo con las determinaciones establecidas para las mismas en el PHEH.
En el PHEH se deben analizar con suficiente grado de detalle las posibles localizaciones de los principales elementos (estaciones, depósitos, etc.) y los trazados de las redes de transporte, realizando un análisis de alternativas y una valoración ambiental entre ellas, justificando la propuesta final de las actuaciones previstas.
Los Planes de Ordenación General o, en su caso, los Planes y Normas de los Espacios Naturales Protegidos, deberán considerar en la ordenación de las infraestructuras hidráulicas dentro de su ámbito, lo dispuesto en el PHEH. En el supuesto de que el crecimiento planificado dentro de su modelo de ordenación estructural, requiera conexiones o infraestructuras adicionales a las previstas en aquellos deberá prever las afecciones del suelo necesarias a tal efecto, de forma que se facilite su ejecución.
Las Infraestructuras hidráulicas se localizarán y ordenarán atendiendo a su clase y a los siguientes criterios:
a) Aprovechar al máximo las infraestructuras ya existentes, salvo que se estime conveniente su reubicación.
b) Evitar la afección a los Espacios Protegidos contemplados en el TRLOTENC, así como a los que forman parte de la Red Natura 2000, y, en todo caso, adaptándose a las disposiciones y a los criterios de la propia ley.
c) Mantener las distancias mínimas de seguridad respecto de los núcleos de población y cuantas otras condiciones procedan de la aplicación de la legislación sectorial.
d) Evitar la afección a yacimientos arqueológicos y elementos etnográficos singulares.
e) Aprovechar al máximo las posibilidades de ocupación de las zonas de servidumbre previstas en la Ley de carreteras. Y en cumplimiento de los condicionantes técnicos de seguridad impuestos por la legislación sectorial aplicable:
a) Los proyectos de ejecución de las redes planificadas deberán considerar específicamente los criterios de diseño adecuados para la protección de la avifauna.
b) A la hora de proyectar los nuevos trazados debe buscarse el recorrido más corto posible, siempre y cuando sea técnicamente ejecutable, y teniendo en cuenta los criterios anteriores.
II.2.3. Zonificación de los Recursos Naturales
La zonificación para la ordenación de los Recursos Naturales establece la siguiente clasificación:
Zona A. Será la de mayor valor natural y en la misma se incluirán, como mínimo, los parques nacionales contemplados en la legislación estatal, y los parques naturales y reservas naturales reclasificados por Ley 12/1994, de 19 de diciembre, de Es pacios Naturales de Canarias (1).
Zona B. Incluirá aquellos lugares donde coexistan valores naturales de importancia con actividades humanas productivas de tipo tradicional. En esta categoría podrán incluirse, en parte o en su totalidad, los parques rurales, paisajes protegidos, monumentos naturales y sitios de interés científico de la red canaria de espacios naturales protegidos. Dentro de esta categoría se podrá contemplar la existencia de dos subzonas:
a) Subzona de aptitud natural: formada por aquella parte de la zona B que albergue valores forestales, paisajísticos o naturales de importancia, o bien que tenga potencialidad para albergarlos.
b) Subzona de aptitud productiva: constituida por aquella parte de la zona B que albergue actividades productivas de tipo tradicional o que, por su morfología, accesos y demás factores del proceso productivo, sea susceptible de albergarlas. Zona C. Incluirá aquellas partes del territorio que son susceptibles de albergar diversos equipamientos, construcciones o instalaciones puntuales de interés general.
Zona D. Incluirá los suelos clasificados como urbanos, urbanizables y asentamientos rurales, así como aquellos que por determinación del planeamiento puedan llegar a serlo.
La adecuación entre la zonificación PORN y la zonificación ARH se establece de la siguiente manera.
La ordenación del suelo diferencia los diversos niveles de protección, conjugando los valores naturales intrínsecos a cada una de las áreas con la compatibilidad de usos, según la mayor o menor afección que éstos pueden tener sobre el medio, sin perder de vista ni la realidad insular ni las aproximaciones previas realizadas sobre el mismo tema. Esta estructura puede describirse de la siguiente forma:
Las zonas que en el PORN se consideran como zonas de máximo valor natural, las denominadas zonas A, son la máxima categoría de protección del territorio insular: las reservas de interés científico, ecológico y biogenético, que coinciden con las áreas delimitadas por el TRLOTENC como Reservas Naturales Integrales o Reservas Naturales Especiales y que definen en este documento como Reserva Natural.
Las áreas que en el PORN son zonas Ba, son las que mayoritariamente constituyen el núcleo del suelo rústico protegido, además de las Reservas antes mencionadas. El dominio de algún elemento natural, por su calidad o rareza, en cada uno de los sectores delimitados es el que otorga el calificativo para la protección especial. Las áreas Ba del PORN son subdivididas en las siguientes categorías para la ordenación de los usos:
Masas forestales protectoras.
Morfología volcánica singular.
Paisajes singulares.
Laderas de interés.
Barrancos.
Las zonas Bb son las que sufren mayor diversificación debido a que precisamente son las áreas en las que puede darse una mayor mezcla de actividades, debido tanto a unos menores valores naturales que lo permiten, como a una mayor utilización tradicional del territorio por parte del hombre. Se trata de las grandes áreas de pastoreo, cultivo y asentamientos. Esta categoría se ajusta, con matices y excepciones, a la protección de las áreas con mayor interés productivo que constituyen el suelo productivo. Se han desagregado así las áreas dedicadas a la producción extensiva, diferenciando espacios con mayor valor paisajístico, y a la producción intensiva. Se ha diferenciado también una categoría de protección paisajística.
Por último, la fusión de las categorías de suelo necesarias para contemplar la ordenación integral de la Isla, incluye lo que se haya definido, manteniendo la nomenclatura PORN, como zonas C y zonas D. En las primeras se atiende a la posibilidad de existencia de enclaves de pequeña extensión dedicados y definidos en cada caso para usos singulares y estratégicos. Las zonas D recogen el suelo urbano o con aptitud urbana y el de los asentamientos rurales, así como los futuros desarrollos residenciales, industriales y turísticos necesarios para la consecución del modelo territorial previsto.
Fuente: PIOH
Mapa 8 Zonificación PORN
A continuación se incluyen las fichas de caracterización de los ámbitos de ordenación de los Recursos naturales que se han considerado en la isla de El Hierro.
Unidades de Zonificación PORN
Aptitud : Natural (A)
Uso: Restringido
Calidad para la Conservación: Muy Alta
Corresponde a las zonas más accidentadas y con mayor grado de naturalidad de los Espacios Naturales Protegidos. Aunque en general bien conservadas, perdura cierta problemática asociada al pastoreo tradicional y a la caza esporádica. En este sentido posiblemente sea el Monumento Natural de Las Playas el espacio más afectado por dichas prácticas. En general se trata de zonas emblemáticas bien conservadas: Sabinar de La Dehesa; Riscos Bascos; monte del Derrabado; Fuga de Gorreta y Riscos de Tibataje; Riscos de Las Playas y de Las Esperillas-Icota. A pesar del alto grado de valor natural que se supone a las Reservas Naturales, en el caso de la de Mencáfete incluye zonas marginales (altos de Sabinosa y filo septentrional de La Dehesa) afectadas por usos que merman el citado valor.
Monteverde de la Reserva Natural Especial de Tibataje y del Parque Rural de Frontera (Jinama) / Uso restringido y aptitud natural (A).
Unidades de Zonificación PORN
Aptitud : Natural (Ba)
Uso: Moderado
Calidad para la Conservación: Alta
Comprende amplios sectores dentro del ámbito de los Espacios Naturales Protegidos y áreas de entorno próximo a los mismos. Más descolgado del contexto de los Espacios Naturales Protegidos queda la faja litoral del extremo nordeste insular, desde Los Ajones hasta Tancajote (costa del Mocanal), con las lógicas interrupciones de las zonas más antropizadas (Timijiraque, La Estaca y La Caleta-Aeropuerto-Tamaduste). En esta faja, al margen de los valores paisajísticos, tienen el mérito de conservar los mejores restos de cardonales y tabaibales insulares, incluyendo las mejores muestras de la vegetación del cinturón halófilo insular. También se ha potenciado con esta zonificación las laderas y barrancos situadas al sur del Paisaje Protegido de Timijiraque, con características geomorfológicas.
Parque Rural de Frontera: Monteverde/ Uso Moderado y aptitud natural (Ba), cultivos (viñedos) y claros parcialmente forestados/Uso tradicional y aptitud paisajística (Bb)
Unidades de Zonificación PORN
Aptitud : Paisajística (Ba)
Uso: Moderado
Calidad para la Conservación: Alta
Comprende áreas seminaturales y por tanto más o menos antropizadas, pero donde la variable del paisaje juega un papel destacado. En estas zonas la alteración del territorio ha sido parcial, alternándose áreas cultivadas con otras naturales o seminaturales. A menudo se trata de terrenos roturados y cultivados en el pasado, pero que llevan mucho tiempo abandonado con lo que se ha invertido el proceso de degradación, recuperando parte de su naturalidad pretérita. En general en estas zonas el pastoreo ha tenido una mayor incidencia que la agricultura. La zona se extiende ampliamente por las laderas del Julán y La Dehesa, hasta Sabinosa y Los Llanillos dentro del Parque Rural de Frontera. Al margen de los Espacios Naturales Protegidos queda la costa del Golfo (La Frontera) y la Montaña del Tesoro sobre El Tamaduste (Valverde).
Zona baja de las Laderas del Julan, dentro del Parque Rural de Frontera / Uso Moderado y aptitud paisajística (Ba).
Unidades de Zonificación PORN
Aptitud : Productiva (Bb)
Uso: Moderado
Calidad para la Conservación: Moderada
Como tal se ha considerado una parte del área relativamente extensa, que con una actividad agrícola residual y cierta importancia del pastoreo se localiza al oeste del pueblo de El Pinar, dentro del Parque Rural de Frontera. Conocida genéricamente como Los Jables, existen topónimos más localizados con La Empalizada, Aguachicho, Tembárgena, etc
Parque Rural de Frontera: Los Jables / Uso Moderado y aptitud productiva (Bb).
Unidades de Zonificación PORN
Aptitud : Natural (Ba)
Uso: Tradicional
Calidad para la Conservación: Moderada
Comprende una zona relativamente llana al oeste de la Montaña de Tembárgena, dentro del Parque Rural de Frontera. Dominada por malpaíses antiguos y cercados de piedra tradicionalmente pastoreados y, más localmente, cultivados, en la actualidad está poblada por un matorral costero (cornicales, verodes, tasaigos, etc.) salpicado por ejemplares de sabinas, que le dan un mayor grado de interés natural, al ser los sabinares más meridionales de la Isla. Aunque muy ralos, muestran síntomas claros de regeneración, lo que confiere a esta zona aptitud más natural que al resto del entorno territorial. Como tal se ha considerado también la zona de pinar situada en torno a la Hoya del Morcillo, sobre el pueblo de El Pinar.
Parque Rural de Frontera: Llanadas sobre Montaña Quemada / Uso Tradicional y aptitud natural (Ba).
Unidades de Zonificación PORN
Aptitud : Paisajística (Bb)
Uso: Tradicional
Calidad para la Conservación: Moderada
Comprende territorios en general bastante antropizados por su uso tradicional (agrícola o pastoreo), pero que actúan de tampón paisajístico dentro o fuera del ámbito de los Espacios Naturales Protegidos, por lo que, sin perjuicio de los usos tradicionales consolidados, se recomienda mantener su actual armonía paisajística. Dentro del Parque Rural de Frontera está la faja territorial sobre los núcleos poblacionales de Frontera, Tigaday, Los Llanillos y Sabinosa. En el Paisaje Protegido de Ventejís entorno al 50 % de su superficie se asigna a esta unidad, que se extiende fuera del mismo hacia la costa, a modo de corredores, por las montañas de Azofa (Chamuscada) y el Bco. de Tiñor. Fuera de los Espacios Naturales Protegidos, pero conformando unidades de notable identidad paisajística, están; las laderas de Tenecedra bajo los caseríos del Mocanal, Erese y Guarazoca; Laderas del Bosque-Los Picachos, sobre Las Playecillas; Golfo de Las Playas; llanos de La Lajura, bajo Tembárgena en El Pinar; y algunos conos volcánicos de Nisdafe
Paisaje Protegido de Ventejís. Al fondo conos volcánicos en Nizdafe / Uso Tradicional y aptitud paisajística (Bb).
Unidades de Zonificación PORN
Aptitud : Productiva (Bb)
Uso: Tradicional
Calidad para la Conservación: Moderada
Ocupa los sectores que tradicionalmente han sido más explotados de la Isla, tanto desde el punto de vista productivo como ganadero, de ahí que se localice en torno a los asentamientos poblacionales más tradicionales de la Isla. En general el grado de naturalidad es muy bajo, generando un paisaje singular característico de la Isla en el que prima su condición de suelo potencialmente productivo. Un caso singular es la zona de Matorral del Golfo, en el se han roturado zonas para sorribas con otras de mayor grado de naturalidad, pero que forman una matriz parcelaria difícil de disgregar. En conjunto es un territorio que reúne aptitudes para dar cabida al crecimiento agrícola y poblacional de la zona insular que ha mostrado una mayor transformación en los últimos tiempos. La mayor parte de esta unidad se ubica en la mitad oriental insular, dentro de los municipios de Valverde y Frontera. En la mitad occidental únicamente se han diferenciado las laderas del Crees y La Dehesa, junto al entrono próximo a Sabinosa.
El Matorral del Golfo: sorribas con cultivo de piña tropical / Uso Tradicional y aptitud productiva (Bb).
Unidades de Zonificación PORN
Aptitud : Productiva (C)
Uso: General
Calidad para la Conservación: Moderada
Como tal se han considerado una serie de enclaves estratégicos a escala insular, o de oportunidad para serlo: Puerto, Aeropuerto, Faro y Muelle de La Orchilla, Polígono industrial de El Majano, Vertedero de La Dehesa, y Costa de Tacorón.
Puerto de La Estaca / Uso General y aptitud productiva (C).
Unidades de Zonificación PORN
Aptitud : Asentamiento Rural (D)
Uso: Especial
Calidad para la Conservación: Baja
Engloba los principales asentamientos rurales que, con mayor o menor entidad, se diseminan por la geografía insular: Las Calcosas, Echedo, Erese, Guarazoca-Los Jarales, El Mocanal, Tiñor, San Andrés, Las Rosas, La Cuesta, Isora, Los Llanillos y Sabinosa. Históricamente estos asentamientos han estado muy bien configurados, y en general se han restringido a un entorno concreto y bastante limitado en el territorio, característica que se ha perdido en los últimos tiempos con tendencia al crecimiento diseminado, tal como se puede ver en el valle de El Golfo, en el entorno de El Pinar, y en Las Playecillas, al sur de Timijiraque
San Andrés, el pueblo más alto de la isla, constituye un ejemplo de Asentamiento Rural bien configurado. Uso Especial-Asentamiento Rural (D).
Unidades de Zonificación PORN
Aptitud : Urbano-Urbanizable (D)
Uso: Especial
Calidad para la Conservación: Baja
Corresponde a las zonas de suelo urbano consolidado o con manifiestas aptitudes o características para ser urbanizado: Tamaduste, Valverde, La Caleta, Las Puntas, Frontera, Timijiraque, El Pinar y La Restinga.
Valverde, capital insular, constituye el principal núcleo urbano de la isla. Uso Especial-Suelo Urbano Consolidado (D)