BALANZA DE PAGOS (Valor en USD)
4. MARCO PARA LA ACTIVIDAD COMERCIAL
4.1. Régimen de comercio exterior Importaciones y Exportaciones
El régimen comercial mauritano ha sido liberalizado a lo largo de los últimos años. Los procedimientos administrativos han sido simplificados, los derechos de aduana han sido racionalizados y la mayor parte de las barreras no arancelarias se han eliminado.
Mauritania es miembro fundador de la OMC y otorga al menos el tratamiento de NMF a todos sus interlocutores comerciales. Conforme a la legislación en vigor, el acuerdo de Marrakech por el que se establece la OMC prevalece sobre las leyes internas. En consecuencia, todos los acuerdos multilaterales de la OMC son, en principio, jurídicamente vinculantes para Mauritania. Las normas y obligaciones de la OMC pueden invocarse en los asuntos pertinentes sometidos a los tribunales del país, lo que no ha ocurrido hasta el momento. Mauritania no es signataria de los Acuerdos Plurilaterales (Comercio de Aeronaves Civiles y contratación pública).
Por ser un país en desarrollo, Mauritania se ha beneficiado de un periodo de transición para la aplicación de diversos compromisos derivados de la OMC. Así, en lo relativo al Acuerdo de Valoración en Aduana, Mauritania pidió una exención que se le otorgó hasta 31-02-02. Desde 01-06-02 la valoración en aduana se rige por el valor de transacción. Mauritana nunca ha tomado parte en el mecanismo de solución de diferencias. El país se beneficiará de un programa de asistencia para permitirle hacer frente a sus obligaciones en tanto que miembro de la OMC. Mauritania es uno de los tres PMAs piloto en este sentido, que se beneficiará de la asistencia del Marco Integrado para la cooperación Técnica en el que participan FMI, CCI, UNCTAD, PNUD, BM y OMC.
En el marco del Acuerdo de Servicios (AGCS), la lista de compromisos de Mauritania no comprende limitación horizontal, ni excepción de la obligación de tratamiento NMF alguno: Mauritania sólo asumió compromisos en el sector del turismo y no participó en las negociaciones de la OMC sobre telecomunicaciones básicas ni servicios financieros.
Régimen para importaciones
I. Procedimientos
- Registro de importadores: el sistema de permisos para la actividad de exportación e importación fue eliminado en enero de 2000. Las actividades comerciales están abiertas, sin discriminación, a mauritanos y extranjeros.
- Despacho en aduana: El transportista de las mercancías debe presentar una "declaración detallada" en la oficina de aduanas de acuerdo con el código de Aduanas mauritano. La declaración debe ir acompañada de los documentos siguientes:
Factura comercial Certificado de origen Conocimiento de embarque Certificado de seguro
Certificado de Verificacion de la Sociedad General de Supervisión (SGS)
Las sanciones por infracción al código de aduanas van desde la imposición de una leve multa hasta la confiscación de las mercancías y los medios de transporte o la imposición de una multa equivalente a 4 veces el importe de los derechos e impuestos. El contrabando se sanciona con tres años de prisión como máximo. Las decisiones de las autoridades aduaneras se pueden apelar ante la autoridad judicial.
- Inspección previa a la expedición (IPE): Mauritania impone la obligación de IPE para importaciones de valor igual o mayor a los 5000 USD (fob). Es obligatorio inspeccionar las mercancías para verificar precio, calidad y cantidad. La inspección es realizada por SGS a la que el gobierno confió esta tarea en 1994. El contrato con SGS fue prorrogado en 2001 y vencerá en diciembre de 2003.
La IPE no es obligatoria en el caso de mercancías como el equipo y materiales importados para obras públicas realizadas por empresas extranjeras, las muestras comerciales, el petróleo bruto, los productos alimenticios perecederos, animales vivos, plantas y flores y otros.
II. Valoración en aduana: en 2002 se modificó el código de aduanas para incorporar las disposiciones del artículo VII del GATT 94 con el fin de utilizar el valor de transacción en lugar del valor de Bruselas tal y como se hacía antes. Desde 1-6-02 la valoración en aduana se basa en el precio realmente pagado o por pagar por las mercancías cuando éstas se venden para su exportación a Mauritania bajo reserva de ciertos ajustes. Se sigue utilizando el valor mínimo en el caso de los automóviles de segunda mano.
III. Régimen arancelario y otros gravámenes sobre las importaciones:
- Derechos NMF: el arancel es el principal instrumento de política comercial de Mauritania. Se establece cada año en la ley de finanzas y se publica en el diario oficial. Todos los interlocutores comerciales del país gozan como mínimo del trato de NMF. Se ha reducido el
número de tipos arancelarios de 13 en 1997 a 4 en 2001 y el arancel NMF medio del 16 al 10,6%, 10,3 para las manufacturas y 12 para los productos agrícolas en 2002. Además en 2000 se adoptó el Sistema Armonizado de clasificación de mercancías y todos los aranceles son ad valorem, lo que ha aumentado considerablemente la transparencia. Al concluir la Ronda Uruguay, Mauritania había consolidado 833 de sus 5533 líneas tarifarias, es decir, un 15%.
- Preferencias arancelarias: Mauritania es miembro de la UMA(Unión del Magreb Arabe) en la que existen disposiciones preferenciales de carácter comercaial y arancelario, pero éstas aparentemente no se aplican en la actualidad. Hasta diciembre de 1999, Mauritania fue miembro de la CDEAO. También tiene acuerdos preferenciales con Egipto, Gambia, Malí y Senegal.
- Contingentes arancelarios y aranceles estacionales: no se aplica ningún contingente arancelario. Hay aranceles estacionales para un reducido número de productos agropecuarios(cebollas, tomates, zanahorias y lechugas), de forma que el tipo más elevado se aplica en el momento en que se comercializa la producción nacional y el más bajo fuera de ese periodo.
- Otros derechos e impuestos: los productos importados están generalmente sujetos al IVA (14% salvo a los alimentos básicos, medicamentos y algún otro) y, en ciertos casos, a otros impuestos indirectos como sobre el té (20%), tabaco (18%), azúcar (18%), alcohol (100%) y cemento (2 UM/KG). Los derivados del petróleo están sujetos a impuestos indirectos según baremos específicos.
Los productos importados deben además pagar el impuesto global mínimo (IMF) que, si bien, no grava las importaciones en sí se cobra en el momento de la importación. Se trata de un impuesto a cuenta del impuesto sobre beneficios, que se paga en cada importación aplicando una tasa deñl 4%. Se deduce en su totalidad del impuesto sobre el beneficio al hacer la declaración anual. El IMF no se liquida en caso de importaciones en el marco de una inversión realizada por una persona física o jurídica o de importación de materiales pertenecientes a empresas para la ejecució n de contratos públicos.
Se percibe un derecho informático de 2000 UM en toda declaración en cualquier régimen aduanero.
- Concesiones arancelarias y exenciones arancelarias y fiscales: hay varios regímenes de importación que eximen a los importadores del régimen fiscal general en frontera, que van desde el pago parcial de los derechos de aduana hasta su exención. Las exonertaciones y exenciones de derechos e impuestos de importación son numerosas y se fundamentan en textos que se remontan hasta 1960. Tales regímenes suponen una carga de trabajo importante para a administración de aduanas y reducen considerablemente los ingresos públicos. Se pueden clasificar en las siguientes categorías: exenciones de la SNIM,; Código de inversiones; subsidios y donaciones; franquicias diplomáticas; exenciones excepcionales; exoneraciones parciales; y otras exoneraciones y exenciones.
El Código de Aduanas establece además un régimen de devolución de derechos que permite a los exportadores obtener el reembolso parcial o total de los derechos pagados por los insumos importados.
IV. Normas de origen: el Código de Aduanas define el país de origen como aquel en el que el producto se haya cosechado, extraído o manufacturado. Si luego se elaboran dentro del país, el código estipula que las normas relativas a la determinación del origen son fijadas por convenios internacionales o por decreto, sin más precisiones. Mauritania no ha notificado a la OMC nada en materia de normas de origen preferenciales o no preferenciales.
V. Licencias prohibiciones y otros controles a las importaciones: Mauritania no ha notificado a la OMC ninguna dsposición reglamentaria en materia de licencias de importación. Ya no se requieren licencias de importación para la mayor parte de los productos. Sin embargo, el gobierno tiene previsto establecer un marco reglamentario para los productos sensibles (animales vivos, azúcar, arroz, medicamentos, armamentos y estupefacientes) para cuya importación se exige una autorización especial. Por el momento las condiciones de importación de estos productos siguen siendo inciertas.
Según las autoridades, Mauritania no aplica ninguna restricción cuantitativa a las importaciones con fines de protección de la producción local. Se aplica control de importaciones por motivos de seguridad, orden público y salud. En todo caso, y según la SGS, está prohibida la importación de los productos siguientes:
? Alcohol(salvo con autorización del gobierno) ? Armas y municiones
? Oro y diamantes en bruto ? Equipo militar
? Material de guerra ? Drogas
? Explosivos
? Mercancías falsificadas
Es posible importar ciertos productos prohibidos o sujetos a restricciones previa autorización de un funcionario, ministerio o servicio gubernamental competente. La importación de barcos pesqueros está sujeta a la autorización previa del ministro de Pesca.
El decreto 2000-06 de 17 de febrero de 2000 que suprime los títulos de importador- exportador, y que sustituye al decreto 93-052 de 13 de abril de 1993, prevé la autorización de un cierto número de productos cuya lista se define por vía de ordenanza y de conformidad con el artículo XX del GATT. La ordenanza que determina esta lista de productos sujeta a autorización previa de importación estaba en curso de elaboración a finales del pasado año. VI. Medidas de urgencia: no hay legislación de medidas antidumping, compensatorias o de salvaguardia, aunque el Código de aduanas autoriza al presidente la facultad de adoptarlas por ordenanza en caso de necesidad. Hasta ahora no ha habido caso alguno.
VII. Normas y otras prescripciones técnicas: Mauritania no dispone de sistema de normalización y control de calidad, ni de infraestructuras adecuadas para pruebas y actividades de metrología, por lo que se resiente su capacidad para controlar la conformidad los productos importados a las normas de calidad internacionales. Los controles están exclusivamente en manos de empresas de corretaje o inspección previa a la expedición. Se suelen aplicar normas francesas o de EEUU por motivos de seguridad y salud.
- Medidas sanitarias y fitosanitarias: a ley nº 42 de 26 de julio de 2000 define las normas de protección de especies vegetales y de sus derivados. Así, los vegetales, derivados, tierra, abonos orgánicos y sus embalajes no se pueden importar sin certificado fitosanitario del país de origen donde se acredite que están libres de sustancias nocivas o enfermedades. El Ministerio de Agricultura prevé publicar 3 listas anuales en los que la importación de tales productos quede prohibida, sujeta a autorización previa o a la simple presentación del certificado fitosanitario. Mauritania notificó a la OMC la creación del servicio nacional de información sobre cuestiones sanitarias y fitosanitarias en 2001. Mauritania es miembro de la Oficina Internacional de Epizootias (OIE) y de la Comisión del Codex Alimentarius.
- Etiquetado: se aplican prescripciones obligatorias a cierto número de productos importados como alimentos, cerillas y tabaco. Tales prescripciones no se aplican a la producción local. El etiquetado siempre debe ser en francés y/o árabe.
VIII. Contratación pública: Mauritania no se ha adherido al acuerdo Plurilateral sobre Contratación pública y no tiene condición de observador en este acuerdo. El nuevo código de contratación pública de febrero de 2002 establece la posibilidad de conceder un trato preferencial a las empresas nacionales a condición de que su ofertas sean de calidad equivalente a las extranjeras. (ver apartado de legislación sobre compras públicas). Las convocatorias para concursos locales se anuncian en la prensa nacional con una antelación mínima de 30 días. En el caso de los concursos internacionales la publicación debe producirse con una anticipación mínima de 45 días.
Régimen para exportaciones
I. Registro y documentación: el sistema de títulos de importador-exportador desapareció, como se ha dicho, en enero de 2000. Las exportaciones están sujetas a una declaración detallada (art 74 de Código de Aduanas) que debe acompañarse de un certificado sanitario y/o de origen si así lo exige el país importador. También se exige el compromiso de repatriación de divisas.
II. Impuestos a la exportación: el único impuesto de exportación que se aplica en la actualidad es el que grava a los productos pesqueros pelágicos (del 2 al 11% según la especie). No se aplica el IVA a las exportaciones.
III. Prohibiciones, controles y licencias de exportación: no se aplica actualmente ninguna prohibición ni restricción cuantitativa a la exportación y no se exigen licencias de exportación. La única excepción es la de los buques de pesca cuya exportación debe ser autorizada por el Ministro de Pesca.
Las empresas que deseen exportar productos de pesca a la UE deben contar con la acreditación del Ministerio de Pesca y Economía Marítima de que cumplen las condiciones de higiene enunciadas en la directiva de la UE 91/493/CEE. Hasta ahora hay 63 empresas acreditadas.
Las exportaciones de pescado están sujetas a restricciones durante los periodos de parada biológica, para evitar la explotación excesiva .
IV. Comercio de Estado: La Sociedad Mauritana de Comercialización de Pescado (SMCP) que en los 80 detentaba el monopolio de exportación de algunos productos pesqueros fue parcialmente privatizada en 1994 (el Estado mantiene el 35% del capital) y su monopolio se limita a la comercialización de los productos de pesca sujetos a la prescripción de desembarco obligatorio (especies demersales, cefalópodos y crustáceos).
V. Puntos francos: el nuevo Código de inversiones de 2002 introduce el régimen de puntos francos para las empresas que exportan toda su producción. Las empresas que se acogen a este régimen quedan bajo control de la administración de aduanas y están exoneradas de derechos e impuestos a la exportación, a la importación de insumos productivos, ven simplificadas sus formalidades aduaneras y pueden contratar hasta 4 extranjeros sin autorización de trabajo.
VI. Ayudas a la exportación: el código de aduanas contempla regímenes específicos para las empresas que exportan toda o parte de su producción, mediante la exención de derechos de importación sobe los insumos. Los regímenes que contempla el Código de aduanas son: admisión temporal, devolución de derechos y depósito ficticio.