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F. CRITERIOS DE EVALUACION.

4. Reajuste de precios

El oferente debe indicar en su oferta que acepta la fórmula de reajuste de precio, autorizada por la Contraloría General de la República y que a continuación se detalla. Para poder ajustar los precios, es necesario, que se indique el desglose de los costos. Para poder reajustar el precio, es necesario que la empresa adjudicataria presente un presupuesto detallado y completo con todos los elementos que componen el precio, incluyendo un desglose de los precios unitarios. Es entendido que el reajuste de precio aplica únicamente para las ofertas presentadas en colones.

La empresa adjudicataria debe tomar nota que BN Valores cuenta con treinta (30) días hábiles, a partir de la fecha de recibo para efectuar el estudio correspondiente.

PTAOE = (PM / PO) * 75

Dónde:

Pv = Precio variado.

Pc = Precio de cotización.

MO = Porcentaje de costo de mano de obra del precio de cotización.

GA = Porcentaje de gastos administrativos del precio de cotización.

I= Porcentaje de costo por insumos.

U = Porcentaje de utilidad del precio de cotización.

i MOtm = Índice de variación de precio de la mano de obra en el momento considerado de facturación (Ajuste de salarios mínimos decretados por el Poder Ejecutivo).

      +       +       +       = U iGAtc iGAtg GA iItc iItf I iMOtc iMOtm MO Pc Pv

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i MOtc = Índice de variación de precio de la mano de obra en el momento de la presentación de la oferta. (Ajuste de salarios mínimos calculado por el Ministerio de trabajo).

i GAtg = Índice de variación de costo de gastos administrativos en el momento de facturación (IPC, nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central).

i GAtc = Índice de variación de costo de gastos administrativos en el momento presentación de la oferta. (IPC, nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central).

I Itf= Índice de variación de precios por insumos para el mes de facturación (se

utilizará el IPPI, (nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central).

I Itc= Índice de variación de precios por insumos para el mes de presentación de

la oferta (se utilizará el IPPI, (nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central).

El adjudicado deberá solicitar por escrito el reajuste de precios, para lo cual es necesario que desarrolle la fórmula matemática indicada anteriormente y que adjunte fotocopia de los índices que utilizó.

Cuando la solicitud de reajuste de precio contenga factores relacionados con el incremento en salarios mínimos decretados por el Poder Ejecutivo, la empresa deberá demostrar, mediante la entrega de copia de las planillas presentadas a la C.C.S.S., que está cubriendo el salario mínimo respectivo. En todo caso, BN Valores se reserva el derecho de verificar la veracidad de los pagos.

En caso que la Contratista no pueda comprobar lo anterior, el reajuste será denegado y el BN Valores comunicará al Ministerio de Trabajo.

Asimismo queda entendido que no se reajustará la utilidad prevista ni los precios cotizados en dólares.

Deberá además el adjudicado, para que resulte atendible su solicitud de reajuste, aportar una certificación emitida por la Caja Costarricense del Seguro Social que indique que la empresa, está al día en el pago de sus obligaciones como patrono.

34 5. Plazo de entrega.

5.1. El plazo máximo de la solución debidamente instalada y funcionado a entera satisfacción de BN Valores será de un máximo de 90 días naturales, contados a partir del aviso de BN Valores al adjudicatario para que pase a recoger la copia del contrato debidamente refrendado. El oferente debe tener claro que para BN Valores es importante la entrega e instalación de los equipos en el menor plazo posible.

6. Facturación.

6.1. El adjudicatario debe comprometerse a facturar la solución cuando quede debidamente instalada y funcionando a entera satisfacción de BN Valores, en forma desglosada indicando claramente el precio de cada uno de los equipos y sus características.

7. Multas.

7.1. En caso de no cumplir el adjudicatario con el plazo de entrega de los equipos a BN Valores o por entrega defectuosa que obligue a la sustitución o acondicionamiento de la solución, BN Valores cobrará al adjudicatario una multa del 2% sobre el monto del equipo o servicio que se atrasó. Esta multa se tomará hasta lograr un 25% del monto total del equipo o servicio retrasado, luego de lo cual se tendrá por incumplido el contrato por parte del adjudicatario, sin responsabilidad para BN Valores. Queda entendido que toda suma por concepto de multa será rebajada directamente de las facturas presentadas al cobro por parte del adjudicatario.

7.2. En caso de no cumplirse con los plazos de atención de reportes de fallas, reparación de fallas, sustitución de componentes o equipos, durante el período de garantía, BN Valores cobrará una multa del 2% del costo total de los equipos en que se presentó la falla por cada hora natural de atraso, hasta un máximo del 25% del costo total de la esclusa en que se presentó la falla por cada hora natural de atraso, luego de lo cual BN Valores podrá tener por incumplido el contrato sin responsabilidad de su parte, quedando en el derecho de resarcirse de los daños y perjuicios que tal incumplimiento le cause. Todo monto por concepto de multas así como por los costos derivados del incumplimiento citado en estos puntos, durante el período de garantía, serán indicados al adjudicatario mediante nota, los mismos deberán ser cancelados en la oficina de BN Valores en Barrio Tournón en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores al comunicado por parte de BN Valores, bajo el entendido que de no cumplirse con tal pago en el plazo establecido, BN Valores podrá tener por incumplido el contrato.

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7.3. BN Valores queda facultado para proceder a ejecutar la garantía de cumplimiento para resarcirse de los daños y perjuicios que tal incumplimiento le cause, así como resolver el contrato, o bien, considerar si le es oportuno continuar con el mismo, y otorgarle al oferente un plazo de veinticuatro (24) horas para que presente una nueva garantía de cumplimiento por un diez (10) por ciento del total de la oferta adjudicada, bajo pena que de no hacerlo, el BNCR procederá a resolver esta contratación y al cobro de los daños y perjuicios que se hayan ocasionado, y que queda autorizado y el oferente así lo acepta, para deducir la suma correspondiente a la citada multa por los costos derivados de los errores y/u omisiones, de las facturas que se presenten a cobro.

7.4. Todo lo anterior, sin perjuicio del derecho de BN Valores de recurrir a los Tribunales para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el debido proceso para sancionar al adjudicatario como proveedor de BN Valores.

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