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NOTA 15: (Continuación) 15.2 Reclamos tributarios

15.3 Reclamos ambientales

‐ La Asociación de Superficiarios de la Patagonia (ASSUPA) dedujo una demanda de monto indeterminado contra la Sociedad y otras empresas, en la que reclama el restablecimiento del ambiente al estado anterior a las labores de exploración, explotación, producción, almacenamiento y transporte de hidrocarburos realizadas por las demandadas y la prevención de presuntas afectaciones ambientales futuras en ciertas zonas de la Cuenca Austral. Se encuentran citados como terceros el Estado Nacional y las Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego. El expediente se encuentra en etapa de contestación de demanda.

‐ ASSUPA inició una demanda ante la CSJN contra 10 empresas, entre las cuales se encuentra la Sociedad. Como terceros se encuentran citados el Estado Nacional, y las Provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza, Neuquén y Río Negro. La pretensión principal es que se condene a las demandadas a recomponer la presunta afectación del ambiente, causada por la actividad hidrocarburífera que desarrollan en la Cuenca Neuquina y que se ordene a las demandadas a constituir el Fondo de Restauración Ambiental del artículo 22 de la Ley General del Ambiente. Como pretensión subsidiaria, para el caso que no fuese posible la remediación, solicita la reparación de los supuestos daños y perjuicios colectivos originados por un valor estimado de US$ 547 millones, basándose en un informe del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. La causa se encuentra en etapa de contestación de demanda.

‐ Beatriz Mendoza, junto con otros 16 actores iniciaron una demanda ante la CSJN contra el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 44 empresas, entre las cuales se encuentra la Sociedad, que desarrollan su actividad industrial en las adyacencias de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo. Reclaman una indemnización por presuntos daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la supuesta afectación del ambiente, el cese de la presunta afectación, la recomposición y el resarcimiento del ambiente, por un valor estimado de US$ 500 millones en concepto de financiamiento del Plan de Gestión Ambiental y Manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo tendiente a la recomposición de la cuenca. Las actuaciones se encuentran en etapa de integración de terceros a la litis.

Notas a los Estados Financieros Consolidados (Continuación)

Correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, presentadas en forma comparativa. Expresadas en millones de pesos

Véase nuestro informe de fecha NOTA 15: (Continuación)

‐ Inertis S.A. promovió una demanda contra la Sociedad por la presunta afectación del ambiente del predio de su propiedad por la actividad desarrollada por la Planta Dock Sud. Reclama la reparación de los supuestos daños y perjuicios por un monto nominal estimado de $ 1 millón y US$ 1 millón o la diferencia entre el valor del inmueble supuestamente afectado y su valuación. El expediente se encuentra en etapa de producción de prueba. ‐ La Fundación SurfRider Argentina solicitó la realización de diligencias preliminares por presuntos indicios de

afectación del ambiente en la Ciudad de Mar del Plata. La actora reclama la recomposición de la supuesta afectación del ambiente de incidencia colectiva o la indemnización de los presuntos daños y perjuicios provocados por todas las empresas propietarias de estaciones de servicio en la zona de la costa de la Ciudad de Mar del Plata, por la presunta filtración de combustibles desde los tanques subterráneos de las estaciones de servicio al agua, el suelo y el sistema marino. Estima el monto de los supuestos daños y perjuicios en $ 200 millones. La causa se encuentra a resolver la competencia en la CSJN.

‐ Ciertos vecinos del barrio de Dock Sud iniciaron una demanda contra 14 empresas petroleras, entre ellas la Sociedad, petroquímicas y plantas incineradoras de residuos ubicadas en el Polo Petroquímico de Dock Sud, reclamando por la presunta afectación del medio ambiente y los supuestos daños individuales sufridos en sus bienes, salud y moral. La CSJN resolvió su competencia por el aspecto ambiental y mantuvo la competencia del fuero civil y comercial para seguir entendiendo en el resarcimiento de los supuestos daños y perjuicios.

‐ Un vecino de la Provincia de Salta, propietario de un predio en el que la UTE conformada por los demandados (la Sociedad y otras empresas) desarrolló actividad hidrocarburífera, reclama la protección y restauración del ambiente por la presunta afectación causada por las actividades de prospección, exploración y/o explotación hidrocarburíferas o una indemnización sustitutiva para el caso que sea imposible restaurar el ambiente. Como tercero citado se encuentra la Provincia de Salta. La causa se encuentra en etapa de contestación de demanda y con un conflicto de competencia negativo.

‐ Los propietarios de un predio en la localidad de Garín, Provincia de Buenos Aires, solicitan la realización de diligencias preliminares por presuntos indicios de afectación del ambiente existente en su residencia, que provendrían de una supuesta filtración en la estación de servicio adyacente, que había sido abanderada por la Sociedad. El expediente se encuentra con medidas preliminares en curso.

‐ Vecinos de la Provincia del Neuquén reclaman a la Sociedad la reparación de una supuesta afectación del ambiente producida por las actividades de exploración, explotación, transporte y abandono de pozos petroleros en los que intervino e interviene la demandada. Si lo anterior no fuese posible, reclaman una indemnización por supuestos daños y perjuicios para integrar al Fondo de Restauración Ambiental. Adicionalmente, solicitan la reparación del presunto daño moral colectivo con destino al Fondo de Restauración Ambiental. La causa se encuentra con la litis integrada y con la competencia resuelta a favor del fuero contencioso administrativo.

Notas a los Estados Financieros Consolidados (Continuación)

Correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, presentadas en forma comparativa. Expresadas en millones de pesos

NOTA 15: (Continuación)

‐ La Sociedad inició un reclamo judicial en contra de La Provincia de La Pampa solicitando la nulidad y revocación de actos administrativos por medio de los cuales dicha provincia, por intermedio de su Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería y su Subsecretaría de Ambiente, pretende que la Sociedad efectúe abandono definitivo de 13 pozos hidrocarburíferos ubicados dentro del Área Jagüel de los Machos que se encontraban inactivos hasta el momento en que dicha concesión perteneció a la Sociedad -mes de septiembre de 2015-, como así también la presentación de un plan de remediación de ciertos pasivos ambientales. Se aclara que, al momento de producirse la reversión del área hidrocarburífera, se realizó una auditoría ambiental y que los desvíos observados en la misma se encuentran actualmente subsanados. La causa se encuentra en estado de integración de litis.

‐ La actora Martinez Lidia reclama junto con otros tres actores la reparación económica de los supuestos daños y perjuicios causados a su salud y propiedades ocasionados por la presunta afectación del ambiente, producto de haber vivido al lado de la Planta Petroquímica de Puerto General San Martin (Rosario-Santa Fe). Las actuaciones se encuentran con autos a sentencia y pendiente de fijación de fecha de audiencia para sorteo de Defensor Oficial para los herederos del actor fallecido.

‐ Un vecino de la Provincia de Buenos Aires promovió una demanda contra la Sociedad a fin que retire tres tanques de almacenamiento de combustibles y surtidores y la remediación y recomposición de suelos donde se encuentran dichos tanques ante una eventual afectación del ambiente. El expediente se encuentra en etapa de producción de prueba.

‐ Vecinos de la Provincia de Santa Fe iniciaron una demanda contra la Sociedad por una supuesta afectación del ambiente. La Sociedad obtuvo una sentencia favorable que se encuentra apelada por la parte actora.