3.1. Propósito de unidad.
Indicar los principales momentos en que interviene el supervisor, así como las actividades que realiza en los trabajos y servicios, conforme a lo que establece el Reglamento de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Al finalizar el estudio de esta unidad el participante será capaz de:
• Identificar los momentos en que interviene el supervisor antes, durante y después de la ejecución de la obra.
• Reconocer las actividades que realiza el supervisor antes, durante y después de la ejecución de la obra.
• Identificar los principales artículos del Reglamento de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas que debe consultar el supervisor antes, durante y después de la ejecución de la obra.
3.2. Actividades previas al inicio de la obra.
Es necesario que el supervisor realice una serie de actividades que le permitan conocer las características de la obra que se pretende construir.
La primera actividad del supervisor, previo al inicio de las obras, es tramitar de manera oportuna (y en su caso agilizar) la captación de todos los documentos relativos al proyecto y al contrato, bajo mecanismos de seguimiento y control.
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Como encargado de la coordinación entre la construcción y la ingeniería, sobre todo en lo que se refiere a planos, especificaciones e índices de requisiciones, el supervisor deberá atender aspectos como:
• Estudiar los documentos del proyecto asignado, antes de iniciar la obra, para obtener un amplio conocimiento.
• Verificar si la documentación está completa y si tiene la última revisión.
• Conocer el estado de la adquisición de los materiales y equipos del proyecto y si van a ser proporcionados por PEMEX Exploración y Producción.
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• Solicitar los documentos faltantes de ingeniería según el programa y avance de obra.
• Solicitar la intervención de personal de ingeniería, para las aclaraciones técnicas, cuando se requiera.
• Reportar a su superior sus observaciones sobre los documentos de ingeniería.
• Los documentos básicos del proyecto (planos, especificaciones y requisiciones) los cuales deben tener los datos de identificación del proyecto, como número de proyecto, nombre de la planta o instalación y clave del documento, como mínimo.
• Los planos deberán tener el número de revisión correspondiente, así como las firmas de revisado y aprobado para construcción.
Nota: No se deberá utilizar ni aceptar ningún documento que no cumpla con las observaciones, puesto que éstos no han sido oficializados para la construcción.
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Dos aspectos muy importantes a considerar son los planos y especificaciones, ya que toda obra, en su parte medular, corresponde a un diseño sustentado en los mismos, como una unidad de características precisas y determinadas.
Los planos y especificaciones son el patrón básico que guiará la ejecución de las obras, por lo que el supervisor deberá tener cuidado al estudiar las especificaciones y planos correspondientes para familiarizarse con sus particularidades.
Desde el punto de vista legal, es necesario construir la obra de acuerdo con los planos y especificaciones, por ser la única manera de fincar la responsabilidad del diseñador.
Debe considerarse que cada caso de diseño establece sus propias especificaciones que a veces difieren entre si, por lo que es importante revisar con atención las especificaciones particulares correspondientes a cada obra.
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Aún cuando cada obra tiene sus especificaciones particulares. En general, éstas se derivan de normas de carácter técnico emitidas por instituciones de prestigio como:
• Sociedad Americana de Pruebas no Destructivas (ASTM)
• Sociedad Americana de Ingenieros Mecánicos (ASME)
• Instituto Americano del Petróleo (API)
• Instituto Americano del Concreto (ACI)
Nota: No deben pasarse por alto los reglamentos de construcción, como el del Distrito Federal y los editados por otras entidades, los cuales en conjunto sirven de auxilio, tanto para la elaboración del proyecto, como durante el proceso constructivo de una obra.
El supervisor debe estudiar también las normas de referencia generadas por Petróleos Mexicanos y aplicables a la construcción.
A través del estudio de todos los documentos, el supervisor debe establecer comparativos entre materiales y equipos consignados en planos y los amparados en las requisiciones, comprobando que sean los especificados en el proyecto.
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El supervisor revisará también, los volúmenes de material y cantidad de equipo, confirmando que sea el solicitado y necesario.
Asimilado el proyecto, procederá a reconocer el terreno, con lo cual estará en posibilidades de establecer los programas de detalle y definir los controles que se requerirán a lo largo del proceso de construcción.
Los programas de detalle para la ejecución de la obra se elaborarán sujetándose al plazo establecido en el contrato, tomando en cuenta las cantidades de obra a ejecutar, así como los recursos disponibles y el suministro de los materiales y equipos.
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El programa debe ser elaborado entre el representante de la compañía y el supervisor.
Para elaborar el programa existen formatos establecidos los cuales deben contener: las actividades de la obra a realizar, los porcentajes relativos a cada una de ellas y los programados para cada mes, así como barras que representen el lapso de ejecución de cada actividad de acuerdo con la duración prevista para realizarlas.
Nota: Los programas de detalle constituyen un instrumento de apoyo para el supervisor, ya que con él se podrán ir comparando las actividades y llevar un control.
Precio unitario es el importe de la remuneración o pago total que debe cubrirse al contratista por unidad de concepto de trabajo terminado, ejecutado conforme al proyecto, a las especificaciones de construcción y a las normas de calidad establecidas.
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Artículo 154, 155, 156, 157, 158
El análisis de precios unitarios forma parte de la documentación que las compañías contratistas presentan durante la celebración de los concursos, corresponde al desglose de los conceptos de trabajo de todas y cada una de las actividades contenidas en el Anexo "C" del contrato y sirve como base para la determinación del importe de la proposición.
Petróleos Mexicanos ha realizado el análisis sobre los conceptos de trabajo que, en forma generalizada, se presentan durante el desarrollo de las obras.
Estos conceptos se agrupan con base en las características de las obras, así como de las diferentes divisiones y tipos de las mismas, tomando en cuenta su especialidad.
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Los elementos que conforman los precios unitarios están constituidos por:
• costos directos
• costos indirectos
• costos por financiamiento
• cargo por utilidad
• cargos adicionales
Costos Directos
Son los cargos aplicables al concepto de obra que se derivan de las erogaciones por mano de obra, materiales, maquinaria, herramienta, instalaciones y, en su caso, patentes, que se efectúan sólo para la realización de un concepto de obra.
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El cargo por mano de obra es el que se deriva de las erogaciones que hace el contratista por el pago de salarios y prestaciones al personal que interviene en la ejecución del concepto de obra.
El cargo por mano de obra es afectado por el rendimiento de acuerdo con la unidad de tiempo que se considere para los salarios.
El cargo por materiales es el que se deriva de la adquisición de los materiales necesarios para la correcta ejecución del concepto de obra (con excepción de los considerados en cargos por maquinaria).
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Nota: Los materiales que se utilicen podrán ser permanentes y/o temporales.
El cargo deberá incluir el suministro, transporte, manejo y mermas hasta el sitio de la obra.
Dentro del cálculo que se elabore por consumo de material de acuerdo con la unidad de obra, deben considerarse las pérdidas que se determinen como desperdicio.
El cargo por maquinaria es la erogación que se deriva del uso correcto de las máquinas consideradas como nuevas y que sean adecuadas y necesarias para la ejecución del concepto de trabajo, de acuerdo con lo estipulado en las normas y especificaciones de construcción de los diferentes activos y gerencias de Petróleos Mexicanos.
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El cargo por herramienta corresponde al consumo por desgaste de herramientas de mano y al equipo de seguridad necesario para la protección del trabajador, utilizados en la ejecución del concepto de obra.
Nota: De estos cargos se excluyen los efectuados por máquinas-herramientas, mismos que deberán ser analizados en la misma forma que el cargo directo por maquinaria.
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Los cargos por instalaciones corresponden a las erogaciones para construir todas las instalaciones que se requieran al realizar los conceptos de obra (siempre y cuando no se consideren dentro de los cargos indirectos o como concepto de trabajo específico).
Costos Indirectos
Corresponden a los cargos generales necesarios para la ejecución de la obra no incluidos en los cargos directos que realiza el contratista tanto en sus oficinas centrales, como en la obra, y se expresan como un porcentaje del costo directo.
Comprenden gastos como:
• Administración. • Organización. • Dirección técnica. • Vigilancia. • Supervisión. • Financiamiento. • Imprevistos. • Transporte de maquinaria.
• Prestaciones sociales del personal, etcétera.
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Costos por Financiamiento
Es el cargo por el costo del dinero que utilizará el contratista para la ejecución de los trabajos, el cual se representa como un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos y corresponde a los gastos derivados por la inversión de recursos propios o contratados.
Cargos por Utilidad
Es la ganancia que se paga al contratista por la ejecución del concepto de trabajo, se representa como un porcentaje sobre la suma de los cargos directos más los indirectos y de financiamiento de dicho concepto de trabajo.
Cargos Adicionales
Son los que corresponden a la erogación que realiza el contratista por estipularse expresamente en el contrato de obra como obligaciones adicionales y que no están comprendidos dentro de los cargos directos, ni en los indirectos, ni en la utilidad.
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Los cargos adicionales no deberán ser afectados por los porcentajes determinados para los costos indirectos y de financiamiento ni por los cargos por utilidad.
Los alcances de los precios unitarios son los cargos por las actividades necesarias para garantizar la correcta realización de los trabajos y cuya descripción puede o no, formar parte del enunciado del concepto de obra.
Para los conceptos considerados especiales por sus características y ámbito de ejecución, se puede optar por incluir dentro de su enunciado todos sus alcances o elaborarlos con el mismo criterio que el considerado en los catálogos, como es el anexo “B-1” que describe todas las particularidades.
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Las actividades que sin formar parte de la descripción de los conceptos de obra que se tienen que realizar, ya sea por encontrarse implícitas o por estar incluidas dentro de los alcances, son:
• El manejo de materiales en la obra.
• El movimiento de la maquinaria y equipo del almacén de campo al sitio donde se ejecuten los trabajos.
• La elevación de los materiales y el equipo hasta la altura especificada.
• El retiro de los materiales sobrantes.
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Es importante que el supervisor conozca los alcances del concepto de obra, los cuales son determinantes para evitar la duplicidad del pago de las actividades durante la aplicación de los conceptos en las estimaciones.
Los conceptos de obra sirven para integrar los enunciados que corresponden al concurso, la obra a su vez corresponderá a un precio unitario, por lo que debe cumplir con:
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• Ser lo más clara y concisa posible.
• Contener los elementos necesarios para su correcta identificación.
• Tener los elementos unidos con el fin de reflejar el proceso completo para la realización del concepto de obra.
Nota: Casi siempre esta descripción se encuentra contenida en algunos catálogos de precios unitarios existentes en Petróleos Mexicanos, en caso de no ser así, debe desarrollarse con las características mencionadas, para que los analistas de precios unitarios y el supervisor de obra puedan realizar una correcta interpretación.
Puede darse el caso de que durante la ejecución de la obra se presenten conceptos de obra que no estén integrados en el Anexo "C": catálogo de conceptos original del contrato.
En tal caso, para incorporarlos se deben realizar diversas acciones:
• Si la descripción del concepto de obra tiene antecedentes en los catálogos, se debe aplicar la descripción.
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Si la descripción del concepto de obra no tiene antecedentes en los catálogos, se desarrollará una descripción que defina con claridad las características generales del nuevo concepto de obra sobre el cual se efectuará un análisis para determinar el precio unitario de la partida extraordinaria o adicional.
El supervisor debe revisar la descripción de los conceptos de obra contenidos en el Anexo "C" del contrato, con el fin de anticipar la falta de alguno de ellos para la íntegra liquidación de la obra y para que solicite su autorización a través del convenio correspondiente.
En algunas ocasiones, los licitantes o contratistas están exentos de presentar garantías, lo cual debe quedar establecido en las bases.
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Artículo 59
La garantía de cumplimiento de las obligaciones, no podrá ser menor al diez por ciento del monto total autorizado al contrato en cada ejercicio.
Artículo 60
Las dependencias y entidades podrán seleccionar el tipo de garantía que más se ajuste a sus necesidades y que les permita asegurar que las obligaciones estarán respaldadas, debiendo considerar en todos los casos las características, magnitud y complejidad de los trabajos a realizar.
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Artículos 61, 62, 63, 64, 67, 68
Hay ocasiones en que es necesario realizar el pago de anticipos ya sea en una sola exhibición o en varias parcialidades, en este último caso, las dependencias y entidades deberán señalarlo dentro de las bases de licitación y en el contrato.
Artículo 108
Existe un procedimiento para saber el importe de los anticipos que se deben otorgar a los contratistas para los trabajos que se realizan en uno o más ejercicios.
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Artículos 109, 110, 111
Una vez autorizado el anticipo correspondiente al contrato de que se trate, las dependencias y entidades deberán considerarlo como un importe pagado.
Artículo 112
En caso de que se requiera realizar alguna amortización, existe un procedimiento específico para ello. Artículo 113
Cuando el supervisor recibe copia del contrato, debe corroborar que contenga también el programa de ejecución de los trabajos y el presupuesto respectivo, así como los anexos técnicos tales como los planos con sus modificaciones, especificaciones generales y particulares de construcción.
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Artículo 49
Cuando la propuesta ganadora de la licitación haya sido presentada en forma conjunta por varias personas, el contrato deberá ser firmado por el representante de cada una de ellas.
Artículos 50, 51, 52
Los responsables de las obligaciones adquiridas con las personas que se subcontraten para la realización de las obras o servicios son los contratistas.
Artículo 53
El contratista que decida ceder a favor de alguna persona sus derechos de cobro, deberá solicitar por escrito a la dependencia o entidad su consentimiento.
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Artículos 54, 55
Cuando sea necesario aplicar penas convencionales por atrasos en las fechas establecidas en los programas de ejecución de los trabajos, de suministro o de utilización de los insumos, así como en la fecha de terminación de los trabajos pactada en el contrato, será sin perjuicio de que la dependencia o entidad opte por la rescisión del contrato.
Artículo 56
Las penalizaciones se determinarán en función de la parte de los trabajos que no se hayan ejecutado o prestado de manera oportuna.
Las penas convencionales sólo procederán cuando ocurran causas imputables al contratista; la determinación del atraso será con base en las fechas parciales o de terminación.
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Artículo 57
Es importante que en el contrato se pacten las penalizaciones económicas a cargo de los contratistas que prevean posibles atrasos en los programas de ejecución de los trabajos.
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3.3. Actividades durante la ejecución de la obra.
Después de haber realizado las actividades previas a la construcción, el supervisor debe exigir a la compañía la ejecución de los trabajos de acuerdo con el contrato y el programa.
También debe asesorar y proporcionar la información relacionada con el proyecto, así como aclarar las dudas respecto a la interpretación de planos, características y calidad de los materiales a utilizar.
Es importante que durante el desarrollo de las obras, el supervisor exija a la compañía el cumplimiento de los programas de trabajo establecidos e informe a su superior de las desviaciones que se presentan y las causas que las generan, lo que servirá de base para aplicar las acciones que procedan.
Para la ejecución de los trabajos, el supervisor debe cuidar que el personal de Petróleos Mexicanos, así como el de las compañías cumplan con los requisitos de seguridad durante el desempeño de sus labores. Está facultado para suspender los trabajos si no se cumple con esas circunstancias o si se ponen en peligro las instalaciones.
El supervisor también, deberá tramitar la obtención de los permisos necesarios para la ejecución de trabajos en áreas que se encuentran en operación.
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Durante la ejecución de las obras, se pueden presentar modificaciones y cambios en el proyecto, originados por necesidades durante la construcción o porque se requieren adaptaciones de acuerdo con nuevos lineamientos o instrucciones. Todas las modificaciones y cambios, deberán aprobarse por Ingeniería de Diseño, quien editará los nuevos planos con la revisión correspondiente.
Cuando exista alguna situación no prevista, el supervisor debe realizar un informe de dicha situación. Debe anotar en la Bitácora de la obra todas las modificaciones, haciendo mención de todo lo que implica y girará la orden para realizar los trabajos necesarios a la compañía contratista, quien firmará de enterada para su ejecución.
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Nota: Se debe procurar que las anotaciones de la Bitácora se envíen al Residente y, cuando se considere necesario, al Superintendente o a algún otro funcionario de mayor jerarquía.
El supervisor deberá elaborar el o los convenios respectivos para amparar en forma legal dentro del contrato, el aumento o reducción de los conceptos y volúmenes de obra que se generen.
El supervisor está facultado para decidir cuando aparezcan modificaciones, tanto en el sentido operativo, como en el constructivo.
Es responsable de dar aviso y notificar las modificaciones a las áreas involucradas para que queden asentadas en los planos, las cuales modificarán los volúmenes y conceptos previstos, afectando el costo de la obra.
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En ocasiones, se deben establecer cambios fundamentales en el proyecto, los cuales pueden ser necesarios y convenientes, pero siempre deben realizarse apegándose a los lineamientos legales