1. Metodología
1.4. Metodología utilizada: base de datos
2.6.5.1. Reinado de Juan II
A partir de la documentación conservada podemos contabilizar diez intervenciones reales en la concesión de privilegios al monasterio de Santa María la Real de Tordesillas. De ellas, en cuatro ocasiones hay una donación directa en rentas, generalmente alcabalas, o exenciones, y en el resto de los casos es el rey el que permite el desvío de cantidades de dinero a la dote de monjas que ingresan en la comunidad o al mantenimiento de instituciones asistenciales o capillas funerarias.
Ya se ha aludido en su momento a la presencia continuada del rey en la villa, no siempre de forma tranquila y pacífica. En cualquier caso, estas visitas fueron tan frecuentes, que llegó a constituirse una especie de recinto palaciego, con un conjunto de edificios, erigidos cerca del río Duero y en los alrededores de la iglesia de San Antolín, en dirección al convento de Santa Clara. Entre ellos destacaría el palacio real, que luego sería lugar de reclusión de la reina Juana I, pero de otros cuantos de
247 AGS Merc y Priv.., leg. 4. n.64, ff. 177-179. Concesión del privilegio de diez pecheros excusados de
todo pecho, tributo, monedas foreras, servicios, empréstitos, pedidos, galeotes, martiniegas, yantares, soldadas de alcaldes. Siete en el obispado de Palencia y tres en el de Ávila. Citado por Castro, Jonás., op. cit. doc. 216. p. 142.
hablaba, todavía en 1464, de los palacios del rey, que se convirtieron en sede de reunión para los regidores de la villa.248
La comunidad clarisa, que no siempre salió beneficiada de la estancia prolongada de la Corte real, recordemos el episodio de doña Catalina, hermana de Juan II, pero sí pudo proyectar su imagen de institución sólida y reformada en un marco de estabilidad, en torno al cual la nobleza y el rey aparcaban sus violencias, que no sus intereses.
a.1. Donaciones directas.-
El 9 de mayo de 1409 el rey establecía la prohibición de la caza en el monte que tenían las monjas en un lugar llamado Terradillos. A la explotación y tenencia de esta propiedad ya se ha dedicado un apartado en este trabajo, pero nótese que la primera confirmación que busca el monasterio, a comienzos del difícil reinado del joven monarca castellano, es la defensa de sus intereses ganaderos y forestales que, presumiblemente, estaban siendo vulnerados a la luz de los acontecimientos que, durante las décadas siguientes, se vivieron en los alrededores de Tordesillas.
En 1422 el rey, tras un pleito de diez años, confirmaba a la comunidad los derechos de 3000 maravedís sobre el pan cocido, el pescado fresco y las carnicerías, y el 2 de junio de 1427 otorga 1000 maravedíes sobre las alcabalas del vino en la ciudad de Tordesillas249. Habrá que esperar trece años para constatar 4000 maravedís sobre la renta de la sal, que se recoge en una confirmación de los Reyes Católicos de 11 de octubre de 1487250, y cuatro años más para otros 3000 maravedíes más sobre las alcabalas de San Miguel del Pino, así como la confirmación de 2000 maravedíes en las alcabalas del pan y el vino en la ciudad de Tordesillas. El mismo año de 1444, también hay noticias, por medio de una copia del siglo XVIII, de otro privilegio que cedía al monasterio los derechos de pontazgo sobre el puente de piedra sobre el río Duero, aunque desconocemos la cuantía de los aranceles. En total unos 13000 maravedíes a lo largo de treinta y cinco años de reinado, si incluimos la citada confirmación. Es cierto que fue una época muy compleja, marcada por los continuos
248 Cañas Galvez, Francisco de Paula., Itinerario de la Corte…. pp. 90-91. 249 En ASCT 4916/9. 2 de junio de 1427.
enfrentamientos militares y la inestabilidad política, pero lo cierto es que, cuando Juan II pudo sentirse libre, en 1444, ello no se tradujo en un aumento de las donaciones regias hacia la comunidad clarisa. Más bien al contrario, porque desde ese año, hasta su muerte, no se produjo ninguna aportación económica nueva al monasterio, limitándose el rey a confirmar todos los privilegios anteriores en 1447 y 1448.
a.2. Intervención real en la aportación de nuevas rentas a Santa Clara de
Tordesillas.
Es en este apartado en el que se manifiesta más claramente la importancia del favor real hacia la comunidad clarisa y la influencia de esta en la obtención de dichos favores en forma de la obtención de nuevas rentas. Así, el 21 de mayo de 1432251, el monarca traspasó 10000 maravedíes, que el contador Fernán López de Saldaña tenía sobre diversas alcabalas en la ciudad de Tordesillas para el mantenimiento de la capilla de su familia. Con parecido fin, el monarca autorizó los 4000 maravedíes sobre las alcabalas de los paños en la misma ciudad, por renuncia de Don Álvaro de Luna, para mantenimiento de la tumba de Doña Elvira de Portocarrero, que fue su primera mujer, y cuyo cuerpo fue acogido en la misma capilla de los Saldaña252.
Cinco años después, el 15 de diciembre de 1437253, Juan II confirmó la cesión de las tercias de la ciudad de Tordesillas a la infanta Beatriz, hija del rey don Dionís de Portugal y de doña Juana, hija ilegítima de Enrique II y de doña Juana de Cifuentes. Dichas rentas constituirán, en 1467, la base económica para la fundación del Hospital Mater Dei.
Por último, el 10 de noviembre de 1443254, Juan II había permitido a su tesorero, Diego Fernández de León, ceder a su hija, Isabel Vaca, 2000 maravedíes sobre las alcabalas de San Miguel del Pino. Esta cantidad era adeudada por Diego Arias Dávila, pero el contador, padre de la monja, prefirió utilarla como dote de su hija. Cuando esta ingresó
251 En AGP S/H 347/25. 24 de mayo de 1509. 252 Ibídem.
253 AGP S/H 344/7. 15 de diciembre de 1437. 254 En En AGP S/H 347/25. 24 de mayo de 1509.
en el convento, dicha renta permaneció como perpetua para la comunidad clarisa, y así quedó confirmado en un documento del 6 de diciembre255 de ese mismo año.
Como se puede observar las cuatro últimas donaciones de altos personajes de la Cancillería regia a Santa María la Real de Tordesillas excedían, en mucho, a las donaciones directas que había efectuado el monarca durante su reinado. Esto pone de manifiesto la predilección del monarca por la comunidad clarisa pero, sobre todo, la existencia de un nudo de relaciones e influencias que funciona de forma bidireccional: desde el monasterio hacia el poder político y social, y desde el mismo hacia el foco de piedad que suponía la comunidad de Santa Clara, atraído por el rigor conventual y la fortaleza espiritual que de él emanaba. De esta forma, en tiempos de cambio, el funcionamiento del orden conocido quedaba asegurado.
Para terminar con el reinado de Juan II, es conveniente mencionar la existencia de un documento, que hace alusión a un hecho, para mí, controvertido: el 22 de agosto de 1448256 el rey confirmaba un albalá de 1440, al que concede validez de original, por haberse quemado en un incendio la carta fundacional del monasterio, con todos sus privilegios. En ese mismo texto, se procedía, además, a confirmar los derechos de pasto de los ganados de las monjas clarisas, otorgándoles el mismo estatus que el de la cabaña real. Dicho albalá, en efecto, contiene la confirmación fundacional, la de la libertad de pastos y la de varios excusados en Ávila, Valladolid, Medina del Campo y el obispado de Palencia.
Jonás Castro da por buena la versión del incendio257, pero yo sugiero algunas cuestiones sobre el asunto. Así, se reclama en 1440 que se confirmen algunos privilegios, entre los que destacan los originales de la fundación de 2 de enero de 1363. Si estos textos fundamentales se habían perdido, ¿Cómo pudo encontrarlos Castro a los tres días de empezar a reorganizar el archivo? ¿Por qué sólo se confirman aquellos documentos que parecían más fáciles de ser cuestionados, cómo el de pastos? ¿O aquellos que se encuentran fuera de la jurisdicción de la tierra de Tordesillas, cómo los excusados? Quizás el fuego pudo dañar solo a ciertos archivos y los originales, perdidos por los avatares del tiempo, aparecieron por azar más de cinco siglos después. Pero resulta tentador pensar que la fecha de confirmación elegida era
255
En ASCT 4915/68. 6 de diciembre de 1443.
256 En ASCT 30/14. 22 de agosto de 1448. 257
la ideal: desde el inicio del reinado de Juan II, en 1409, no se había producido tal confirmación, y ya habían pasado más de treinta años y demasiadas inseguridades e incumplimientos. Cuando parece que, con el Seguro de Tordesillas, la situación parece estar en vías de solución, la abadesa y las monjas de la comunidad propusieron un albalá que dio por buenos los privilegios fundamentales del monasterio. Unos años más tarde el rey se encargó de fortalecer, con más rentas y ratificaciones, lo que las monjas demandaban. ¿Por qué lo tuvo que volver a hacer si, en 1407258, ya lo había hecho con todos los privilegios anteriores, cómo habían hecho sus antecesores Enrique III o Juan I? Seguramente porque la inseguridad jurídica derivada de los acontecimientos políticos habían convertido en papel mojado lo que se acordó en una época de minoría de edad. En esta situación el monasterio pudo haber pensado que la primera versión confirmatoria no era valida, sino que lo era la de un rey fortalecido, con capacidad para imponer su autoridad y respaldar lo que la comunidad defendía como suyo, desde épocas pasadas. Pero el intento solo resultó a medias, hasta que los Reyes Católicos, mediada la década de los ochenta, volvieron a retomar la tarea de restaurar privilegios y devolver propiedades usurpadas. En todo caso, siempre nos quedará el beneficio de la duda y la aceptación de la versión clarisa del incendio259.
2.6.5.2. Reinado de Enrique IV (1454-1474).
Durante los veinte años del complicado periodo que comprende el reinado de Enrique IV podemos observar características similares a las que definieron a su padre, en lo relativo a su relación con Santa María la Real de Tordesillas. Son escasas las donaciones o concesiones directas de privilegios, tan sólo dos: La primera de ellas, consistía en una Real Cédula que ponía bajo el amparo real a los criados del monasterio en enero de 1455260. Esta protección vendría a sumarse a la confirmación de todos los privilegios anteriores en una serie de documentos fechados el 29 de noviembre de ese mismo año261. La otra consistió en la cesión de rentas perpetuas: se trata de un texto fechado diez años después, el 9 de agosto de 1465, por el que el
258 En ASCT 2/16. 28 de julio de 1407. 259
Oscar Villarroel, en su tesis, ya citada, sobre las relaciones entre la monarquía y la Iglesia durante el reinado de Juan II, también acepta la versión de la pérdida de documentos en un incendio. En este caso se trata de la confirmación de diez excusados, por Juan II, adjuntando el documento de Juan I, que lo había concedido originalmente. Vid. p. 784. La referencia documental es Archivo General de Simancas,
Escribanía Mayor de Rentas, Mercedes y privilegios, leg. 4, n.º 64.
260 En ASCT 4915/13. 16 de enero de 1455. 261 En ASCT 3/4. 29 de noviembre de 1455.
monasterio recibía unos 10000 maravedíes anuales por alcabalas en Medina del Campo, Torrecilla y San Miguel del Pino, para reparar los daños causados por unos caballeros a los bienes monacales.
En cuanto a la intervención regia en la “canalización” de rentas hacia Santa Clara, el rey cedió el 8 de julio de 1461262, 2000 maravedíes en renta del vino y del pan de Tordesillas, a favor de doña Mencía, monja profesa en el monasterio, hija del doctor Sancho García de Villalpando, contador mayor, y de Catalina Núñez de Toledo, monja profesa en el convento. También autorizó, el 7 de febrero de 1469, 10000 maravedíes en rentas de diversas alcabalas en Burgos a la monja María Ribera263, hija de Diego de Ribera, que había recibido, a su vez, 100000 maravedíes del monarca. Otro tanto hizo con 20000 maravedíes en las alcabalas de la fruta de Medina del Campo el 15 de enero de 1470264, aunque en este caso lo hizo por renuncia de don Rodrigo de Bobadilla. Ese mismo año, Enrique IV donó 10000 maravedíes en alcabalas de San Miguel del Pino, Valladolid y Renedo a Leonor Téllez, mujer de Alonso de Vivero, que renunció en su hija Aldonza de Vivero265, monja en Santa Clara de Tordesillas. En fin, al final de su reinado, el 2 de enero de 1474, el rey entregó a Francisco de Tordesillas, su camarero, 15450 mrs en alcabalas del vino y la carne en la ciudad de Tordesillas. De esta cantidad, el propio Francisco de Tordesillas, donará 10450 mrs al convento el 26 de febrero de 1483266.
En definitiva, en los últimos cinco años de reinado, el monarca autorizó la entrada en Santa María la Real de Tordesillas de más de cincuenta mil maravedíes procedentes de las rentas reales, en forma de donaciones o dotes de monjas que ya profesaban en la clausura. Y eso sin contar que, desde 1467, afluían al Hospital Mater Dei otros cincuenta mil maravedíes más, procedentes de las rentas que había cedido la infanta Beatriz. De nuevo, el ejercicio del patronato regio se hacía velando por los intereses materiales del monasterio antes que con el ejercicio de la caridad directa que, como hemos visto para este monarca, quedaba reducida a casos de necesidad imperiosa.
262
En ASCT 3/11. 8 de julio 1461.
263 En AGP S/H 347/25. 24 de mayo de 1509.
264 Este documento no aparece recogido ni por Margarita González ni por Jonás Castro. Se encuentra en
la confirmación anterior, de 24 de mayo de 1409.
265 Ibídem.. 266