4. MODELOS DE GESTIÓN
4.2. Residuos especiales
4.2.3. Residuos de construcción y demolición (RCD)
A fecha de hoy, el sector de la construcción, es el gran productor de residuos de la isla, tanto en volumen como en peso, más de 332.025 t/año en 2009, escombros y
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actuaciones que garanticen el aprovechamiento de los RCD, teniendo en cuenta, además, que son residuos en su mayoría de carácter inerte y con limitadas posibilidades de valorización fuera de la Isla, a excepción principalmente de determinados elementos, como p.e. los metálicos.
4.2.3.1. Marco legal
Por su parte, el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (RCD) contempla la aplicación del principio de responsabilidad del productor y la corresponsabilidad entre todos los agentes que intervienen en la cadena de producción y gestión de los RCD (proyectistas, promotores, constructores, direcciones facultativas y gestores autorizados) y el de jerarquía en la gestión. Establece las siguientes obligaciones:
• Inclusión en los proyectos de obra de un estudio de gestión de RCD.
• Separación en origen de los RCD peligrosos generados en obra y gestión de acuerdo a la legislación de residuos.
• Separación en planta de tratamiento de los residuos peligrosos contenidos en los RCD recibidos y gestión de acuerdo a la legislación de residuos.
• Separación de los RCD en obra, por materiales, a partir de los umbrales establecidos.
• Cumplimiento del artículo 13, en cuanto a la utilización (valorización) de residuos inertes procedentes de actividades de construcción y demolición en la restauración de espacios degradados, en obras de acondicionamiento o relleno.
• Erradicación del vertido incontrolado de RCD: Todos los vertederos en operación deberán cumplir con los requisitos que les sea de aplicación del Real Decreto 1481/2001.
• Tratamiento de los RCD por gestor autorizado en los términos establecidos en la legislación.
Así mismo, prohíbe el depósito en vertedero de los residuos sin tratamiento previo y demanda el establecimiento de sistemas de tarifas que desincentiven el depósito de residuos con posibilidades de valorización. También establece los criterios mínimos para distinguir cuando la utilización de residuos inertes en obras de restauración, acondicionamiento y relleno, puede considerarse una operación de valorización y no de eliminación en vertedero.
Por otra parte el Artículo 3 exceptúa de su ámbito de aplicación:
“Las tierras y piedras no contaminadas por sustancias peligrosas reutilizadas en la misma obra, en una obra distinta o en una actividad de restauración, acondicionamiento o relleno, siempre y cuando pueda acreditarse de forma fehaciente su destino a reutilización”.
Así quedan exceptuados del ámbito del RD los restos de desmonte originados en los movimientos de tierra asociados a construcción de infraestructuras y edificación, cuando sean reutilizados.
Además, hay que tener en cuenta también lo recogido en la Ley de Directrices que en materia de RCD recoge:
• Las instalaciones de tratamiento de RCD deberán situarse preferentemente en canteras abandonadas y clausuradas.
• Se deberán establecer sistemas que condicionen la obtención de licencias de demolición u obra nueva a una correcta gestión de los RCD generados.
• El empleo de materiales reciclados procedentes de RCD puntuará favorablemente en los pliegos de licitación pública.
4.2.3.2. Bases de la gestión de RCD
Cuando los RCD se presentan mezclados, situación más común actualmente, requieren plantas de trituración y clasificación (PTC), con el objeto de obtener el máximo de materiales para su reciclaje, fundamentalmente áridos de sustitución y chatarras metálicas. Al mismo tiempo, en la PTC se obtienen otras dos fracciones no reciclables:
• Rechazos combustibles, que están formados por los restos de madera, papel cartón, plásticos y basura orgánica, que se pueden deslizar como impropio entre los RCD. Estos residuos son asimilables a urbanos y se deberán entregar a gestores autorizados o enviarlos al C.A. de Zonzamas.
• Rechazos inertes, que tienen dificultades para su aprovechamiento y/o comercialización.
• Residuos peligrosos, que deberán entregarse a gestores autorizados.
Sin embargo, los restos de desmonte están constituidos principalmente por bloques de piedra de diferente tamaño y, su tratamiento en las PTC dará lugar a una amplia gama de áridos que pueden ser utilizados en construcción y tienen un elevado mercado. Por lo tanto, la gestión de los restos de desmonte apenas genera rechazos.
Las alternativas para la gestión final de los rechazos inertes son:
• Valorización
o En canteras, para el relleno y la recuperación de las áreas extractivas correspondientes.
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o En el vertedero de no peligrosos del Complejo Ambiental de Zonzamas, para ser utilizado como material de cobertura y de preparación de nuevos vasos de vertido (conformación de los necesarios diques de cierre y la estabilización de las laderas interiores sobreexcavadas, a fin de conseguir estructuras capaces de soportar el asiento de geosintéticos) y construcción de accesos provisionales internos hasta el frente de vertido.
o En obras que requieren rellenos, como las de los nuevos muelles.
• Eliminación en vertedero controlado
Para los rechazos combustibles, las alternativas son
• Reciclaje de aquellas fracciones que sean susceptibles de ello, como por ejemplo el cartón y plásticos.
• Valorización energética, en alguna instalación industrial privada con capacidad para utilizar alguna de estas fracciones como combustible, por ejemplo madera.
• Eliminación en el vertedero de residuos no peligrosos del Complejo Ambiental de Zonzamas.
4.2.3.3. Modelo adoptado
Hay que tener en cuenta, por una parte, que en la isla existen numerosos espacios degradados: huecos de actividades extractivas (canteras/roferas) y vertederos incontrolados, que requieren actuaciones de restauración. Por otra parte, de acuerdo con el principio de jerarquía de gestión, la opción de eliminación es la última a considerar. Consecuentemente el PTEOR establece que no debe plantearse la construcción en la isla de un vertedero de rechazos inertes, mientras haya espacios degradados por restaurar.
Igualmente, para los rechazos combustibles, la opción más sostenible es la de su reciclaje o valorización energética. En este último caso, el PTEOR, promoverá la autorización de instalaciones industriales (por ejemplo, calderas de lavanderías) susceptibles de realizar la valorización energética.
A continuación se describe en detalle cada una de las operaciones que incluye el modelo de gestión de RCD adoptado.
Demolición selectiva y separación en origen
Se pretende la reutilización y reciclaje de RCD en nuevas actividades constructivas, para lo cual, es necesario llevar a cabo una serie de medidas que permitan realizar el aprovechamiento en las mejores condiciones posibles, tanto desde el punto de vista ambiental, como de seguridad y económico, en función de las características de la obra.
• Obra nueva y reformas
Es necesario proceder a seleccionar y clasificar directamente en obra los distintos materiales y elementos desechados según su tipología y posibilidades de reutilización o valorización (plásticos, metales, papel y cartón, maderas limpias, residuos de morteros, hormigones y bloques, áridos sobrantes, productos cerámicos, etc.). Los productos reutilizables se separarán y almacenarán adecuadamente para su posterior aprovechamiento en la misma obra o en otra diferente. Los destinados al reciclaje serán entregados a los correspondientes gestores. Además, se separarán los elementos, productos o envases que contengan o hayan contenido residuos y componentes peligrosos, y se efectuará su entrega a un gestor autorizado. Estas operaciones deben ser supervisadas por la Dirección de Obra, a través del control ambiental de la obra.
• Demoliciones
En el caso de las demoliciones, en primer lugar es necesario introducir técnicas de demolición controlada, y en segundo lugar, se deberá destinar cada uno de los materiales o grupos de materiales recuperados al destino que mejor le corresponda, ya sea la reutilización en la propia obra, o su entrega a gestor autorizado. En el proceso de demolición se deben recuperar de forma diferenciada los siguientes productos:
- Materiales peligrosos; depósitos de combustibles, o líquidos inflamables, gases de aparatos de refrigeración, etc.
- Elementos reutilizables; puertas, ventanas, escaleras, rejas, elementos de piedra, vigas de madera, artesonados, galerías, etc.
- Materiales valorizables; madera limpia, obras de fábrica, hormigón, piedra, vigas de hierro y otros metales.
Recogida y transporte
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a) RCD generados en pequeñas cantidades en obras menores de reforma y construcción. Su recogida se puede llevar a cabo mediante dos sistemas:
- Transporte por parte de los particulares y entrega en los Puntos Limpios o, en el caso de La Graciosa, en la Estación de Transferencia. Una vez allí, los RCD serán responsabilidad del Cabildo y se conducirán a la PTR más cercana. Este transporte deberá llevarse a cargo por parte de transportistas autorizados. - Traslado directo a una infraestructura de gestión: en caso de que la cantidad de
RCD generados exceda de lo admisible en un Punto Limpio, será un transportista autorizado quien transporte los RCD hacia la PTR más cercana.
b) RCD procedentes de grandes obras y demoliciones, así como de la construcción de infraestructuras. Suponen la mayor parte de los RCD generados en la Isla. Estos RCD son transportados a PTR en camiones bañera de diferentes capacidades.
c) Tierras y piedras procedentes de desmontes. Los restos de desmonte se generan en las obras de grandes infraestructuras y en las primeras fases de la edificación. El transporte de los mismos hasta las zonas de valorización se realizará mediante camiones bañera de elevada capacidad.
Valorización de restos de desmontes
Las tierras y piedras no contaminadas por sustancias peligrosas que se generan en las actividades de desmonte pueden y deben ser reutilizadas en la misma obra, en una obra distinta, o en una actividad de restauración, acondicionamiento o relleno, y también como material de cobertura en vertederos, con lo que el potencial impacto ambiental negativo de dichos residuos puede evitarse con una adecuada planificación de las obras. Así, dejan de ser un residuo para convertirse en una materia prima.
Así mismo, los restos de desmonte podrían ser tratados en las instalaciones de producción de áridos, existentes en la isla.
Recuperación de materiales en Plantas de Trituración y Clasificación de RCD
Las PTC (trituración y clasificación) que traten RCD deberán solicitar la correspondiente autorización administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del RD 105/2008:
“1. El desarrollo de actividades de valorización de residuos de construcción y demolición requerirá autorización previa del órgano competente en materia medioambiental de la comunidad autónoma, en los términos establecidos por la Ley 10/1998, de 21 de abril.
2. La autorización podrá ser otorgada para una o varias de las operaciones que se vayan a realizar, y sin perjuicio de las autorizaciones o licencias exigidas por cualquier otra normativa
aplicable a la actividad. Se otorgará por un plazo de tiempo determinado, y podrá ser renovada por períodos sucesivos.
3. La autorización sólo se concederá previa inspección de las instalaciones en las que vaya a desarrollarse la actividad y comprobación de la cualificación de los técnicos responsables de su dirección y de que está prevista la adecuada formación profesional del personal encargado de su explotación.
4. Los áridos reciclados obtenidos como producto de una operación de valorización de residuos de construcción y demolición deberán cumplir los requisitos técnicos y legales para el uso a que se destinen.”
Actualmente, en la isla de Lanzarote, existen varios gestores autorizados para valorización de RCD, que disponen de instalaciones de tratamiento y reciclaje. Consecuentemente, partiendo de ellos, el PTEOR fomentará la construcción y/o autorización de instalaciones adicionales promovidas por la iniciativa privada.
Por otra parte, como se ha comentado, existe en la Isla una serie de instalaciones para producción de áridos, que realizan una gran parte de las funciones previstas para las PTC, pero su sencillez técnica no permitiría separar eficazmente todos los materiales contenidos en los RCD. El PTEOR propugna también la posible transformación de estas plantas de machaqueo en PTC. Para ello, deberán solicitar la correspondiente autorización administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del REAL DECRETO 105/2008.
Las PTC tienen los siguientes objetivos:
• Separar los residuos peligrosos contenidos en los RCD.
• Separar la fracción inerte del resto de residuos no peligrosos (plásticos, madera metales, etc.).
• Obtener de la fracción inerte áridos reciclados y/o materiales que puedan emplearse en el relleno y restauración de canteras.
Las instalaciones integrantes de las PTC son las siguientes:
- Recinto vallado con una superficie mínima de 2 ha. - Caseta de control.
- Báscula automática. - Servicios del personal.
- Sistemas de selección y cribado.
- Líneas de tratamiento con molinos trituradores de áridos, trómeles de separación de fracciones por tamaños, etc.
- Trojes y contenedores de recepción de RCD mezclados y separados, así como de clasificación y almacenamiento de las fracciones valorizables separadas y otros
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- Palas cargadoras y retroexcavadoras con pulpo.
Valorización de rechazos inertes provenientes de RCD en actuaciones de restauración, acondicionamiento o relleno
Dado que en la isla existen numerosos huecos de actividades extractivas (canteras/roferas) y vertederos incontrolados que requieren actuaciones de restauración, el presente PTEOR propone la valorización de los residuos inertes no reciclables generados en las PTC, utilizándolos como material de relleno y cobertura, dentro de un proceso de recuperación ambiental de los mismos. Además, cabe pensar que al cerrarse la escombrera de Arrecife, algunas empresas que están realizando actividades de extracción y preparación de áridos para construcción se interesarán por la posibilidad de solicitar autorización de valorización de RCD, en la restauración de su cantera.
Estas operaciones de valorización se deberán llevar a cabo, de acuerdo con lo establecido en el citado REAL DECRETO 105/2008, que en su Artículo 13, recoge:
“1. La utilización de residuos inertes procedentes de actividades de construcción o demolición en la restauración de un espacio ambientalmente degradado, en obras de acondicionamiento o relleno, podrá ser considerada una operación de valorización, y no una operación de eliminación de residuos en vertedero, cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el órgano competente en materia medioambiental de la comunidad autónoma así lo haya declarado antes del inicio de las operaciones de gestión de los residuos.
b) Que la operación se realice por un gestor de residuos sometido a autorización administrativa de valorización de residuos. No se exigirá autorización de gestor de residuos para el uso de aquellos materiales obtenidos en una operación de valorización de residuos de construcción y demolición que no posean la calificación jurídica de residuo y cumplan los requisitos técnicos y legales para el uso al que se destinen.
c) Que el resultado de la operación sea la sustitución de recursos naturales que, en caso contrario, deberían haberse utilizado para cumplir el fin buscado con la obra de restauración, acondicionamiento o relleno.
2. Los requisitos establecidos en el apartado 1 se exigirán sin perjuicio de la aplicación, en su caso, del Real Decreto 2994/1982, de 15 de octubre, sobre restauración de espacios naturales afectados por actividades extractivas.
3. Las administraciones públicas fomentarán la utilización de materiales y residuos inertes procedentes de actividades de construcción o demolición en la restauración de espacios ambientalmente degradados, obras de acondicionamiento o relleno, cuando se cumplan los requisitos establecidos en el apartado 1. En particular, promoverán acuerdos voluntarios entre los responsables de la correcta gestión de los residuos y los responsables de la restauración de los espacios ambientalmente degradados, o con los titulares de obras de acondicionamiento o relleno.”
No debe olvidarse, que los materiales deberán haber sido sometidos a un tratamiento previo, que reduzca su volumen. Esto se puede conseguir en una PTC o con una planta de machaqueo móvil (dependiendo del volumen que se estime). Así mismo, se ha de evitar la entrada de materiales no inertes, para lo que se debe preveer una zona de admisión, donde se realice la verificación in situ, antes de permitir el depositar los residuos. Esto implica que, excepto en el caso de los restos de desmontes, que son inertes (salvo el caso de suelos contaminados), los RCD deberán haber sido clasificados en origen o en una PTC, para separar los residuos no inertes.
Los residuos inertes que se pueden admitir en actuaciones de restauración son:
Código CER Denominación
170101 Hormigón 170102 Ladrillos
170103 Tejas y materiales cerámicos
170107 Mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos
170504 Tierra y piedras (excluidas la tierra vegetal, la turba y la tierra y las piedras de suelos contaminados)
Todos estos residuos tienen que estar libres de otro tipo de residuos como: metales, plásticos, maderas, residuos orgánicos u otros de origen desconocido. Tampoco se pueden admitir RCD, tierras o piedras contaminados con sustancias peligrosas a consecuencia de actividades de producción, manejo o almacenamiento de sustancias peligrosas (combustibles, plaguicidas, productos químicos, etc.). En caso de residuos de demolición, se debe dejar claro que la estructura o edificio derribado no estaba contaminado de forma significativa.
Por otra parte, se deben compactar los residuos una vez depositados en la zona a restaurar, con el fin de mejorar su comportamiento y prevenir posibles hundimientos, deslizamientos, etc.
Así mismo, las labores relacionadas con el relleno de huecos de las actividades extractivas, se deberán realizar conforme a lo establecido en los correspondientes Planes de Restauración.
La estrategia a seguir incluye tres pasos:
- Tramitación administrativa.
- Firma del correspondiente convenio entre las partes: el gestor autorizado para valorización de RCD, que realice la clasificación y trituración previa de los residuos, y el explotador de la cantera o el propietario de los terrenos a restaurar,
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utilicen provengan de una planta de tratamiento y que los mismos son utilizados en una operación de valorización.
- Redacción de un proyecto de restauración del emplazamiento con los materiales inertes provenientes de RCD, si no existe ya un plan o proyecto de restauración (este puede ser el caso de alguna cantera).
La tramitación administrativa depende de si el suelo a restaurar es de titularidad pública o privada.
• Suelos de titularidad pública
El artículo 3.4 del Decreto 112/2004, de 29 de julio, por el que se regula el procedimiento y requisitos para el otorgamiento de las autorizaciones de gestión de residuos, y se crea el Registro de Gestores de Residuos de Canarias, establece: “Las Entidades locales canarias deberán comunicar al órgano competente de la Comunidad Autónoma en materia de calidad ambiental, las actividades de gestión de residuos urbanos que realicen, a los efectos de su anotación en el Registro de Gestores de Residuos de Canarias”
La información a aportar para la solicitud de inscripción en el citado Registro está definida en el artículo 17 del Decreto 112/2004.
Así mismo, deberá cumplirse el trámite de consulta a las Administraciones Públicas territoriales afectadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.
• Suelos de titularidad privada
Los titulares se tendrán que autorizar como gestor de residuos no peligrosos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 del Decreto 112/2004. Los requisitos para la solicitud y el otorgamiento de la autorización están establecidos en los artículos 6 y 7 del Decreto 112/2004. Se deberá contar con informe favorable del Ayuntamiento sobre la idoneidad de la concreta ubicación de la actividad con relación al planeamiento urbanístico vigente.
Mención especial se debe hacer a la recuperación de los materiales inertes existentes en la escombrera de Arrecife, donde hay depositados aproximadamente 2 millones de m3 y se cuenta con una instalación de trituración y clasificación de RCD. Estos materiales pueden utilizarse en los rellenos a realizar en las obras del muelle de
cruceros. Además, por la proximidad de Zonzamas, sería aconsejable la utilización de los materiales más finos obtenidos en esta instalación (0-30 mm), para la cobertura