SAN FRANCISCO DE DAGUAS - CHACHAPOYAS - AMAZONAS Lima, diecisiete de marzo de dos mil catorce
VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, presentada el 7 de diciembre de 2013 por Ludmilia Culquimboz Ruiz, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Daguas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, al haberse declarado la vacancia del regidor Álex Martín Vargas Ruiz, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ANTECEDENTES
En sesión extraordinaria, realizada el 25 de octubre de 2013 (fojas 21 y 22), el Concejo Distrital de San Francisco de Daguas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, declaró la vacancia del regidor Álex Martín Vargas Ruiz, por inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas realizadas los días 15, 19, y 26 julio de 2013, causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM).
CONSIDERANDOS
1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.
2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento.
3. Del análisis de autos se puede apreciar que el regidor Álex Martín Vargas Ruiz, fue debidamente citado a la sesión extraordinaria, de fecha 25 de octubre de 2013, convocada para resolver su pedido de vacancia (fojas 19). Así también, se verifica que fue notificado personalmente el 29 de octubre de 2013, con el acta de la sesión extraordinaria en la que se declaró su vacancia en el cargo de regidor, por la causal de inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias de concejo consecutivas (fojas 20).
4. De igual forma, se advierte que el acuerdo de concejo de fecha 25 de octubre de 2013, que declaró la vacancia de Álex Martín Vargas Ruiz en el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Francisco de Daguas, quedó consentido mediante Resolución de Alcaldía Nº 013-2014-MDSFD-A, de fecha 12 de marzo de 2014 (fojas 37).
5. Por consiguiente, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente del accesitario llamado por ley.
De conformidad con el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor, este es reemplazado por el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En consecuencia, corresponde convocar a María Elena Díaz Vilca, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 33426688, candidata no proclamada del Movimiento Independiente Surge Amazonas, en reemplazo de Álex Martín Vargas Ruiz, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Chachapoyas, con motivo de las elecciones municipales del año 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE
Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Álex Martín Vargas Ruiz, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Francisco de Daguas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Álex Martín Vargas Ruiz como regidor del Concejo Distrital de San Francisco de Daguas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, emitida con motivo de las elecciones municipales del año 2010.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a María Elena Díaz Vilca, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 33426688, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Francisco de Daguas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal.
SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ SAMANIEGO MONZÓN Secretario General
Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de consejero del Consejo Regional de Junín RESOLUCION Nº 0218-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00306 JUNÍN
Lima, diecinueve de marzo de dos mil catorce.
VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Silvia Edith Castillo Vargas, consejera delegada del Consejo Regional de Junín, al haberse declarado la vacancia de Víctor Augusto Torres Montalvo, consejero del citado consejo regional, por la causal de fallecimiento, prevista en el artículo 30, numeral 1, de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Mediante Acuerdo Regional Nº 077-2014-GRJ-CR, de fecha 11 de marzo de 2014 (fojas 2), el Consejo Regional de Junín declaró la vacancia de Víctor Augusto Torres Montalvo en el cargo de consejero del Consejo Regional de Junín, por la causal de fallecimiento, prevista en el artículo 30, numeral 1, de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR).
Así, con Oficio Nº 211-2014-GRJ-CR/D, de fecha 14 de marzo de 2014, Silvia Edith Castillo Vargas, consejera delegada de la referida región, solicitó la convocatoria de candidato no proclamado (fojas 1), adjuntando copia autenticada del acta de defunción, emitida por el jefe de la Oficina del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Jauja, que certifica el deceso de la mencionada autoridad regional, ocurrido el 7 de marzo de 2014 (fojas 3).
CONSIDERANDOS
1. El artículo 30 de la LOGR señala que la vacancia de los cargos de presidente, vicepresidente y consejeros del gobierno regional es declarada por el consejo regional, dando observancia del debido proceso y el respeto al ejercicio del derecho de defensa, y tratándose del presidente y vicepresidente regionales, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, o para el caso de consejeros regionales, por mayoría del número legal de sus miembros. En tal sentido, en vista de que se ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo antes mencionado, y que se ha acreditado la causal contemplada en el artículo 30, numeral 1, de la LOGR, corresponde emitir las credenciales a las nuevas autoridades.
2. De conformidad con el último párrafo del artículo 30 de la LOGR, el Jurado Nacional de Elecciones debe acreditar a los consejeros accesitarios. Así, corresponde convocar a Saturnino Evaristo Inga Borja, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 19822932, accesitario al cargo de consejero regional de la provincia de Junín del Movimiento Político Regional Perú Libre, de acuerdo con la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huancayo, con motivo de las Elecciones Regionales del año 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE
Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Víctor Augusto Torres Montalvo, en el cargo de consejero del Consejo Regional de Junín, por la causal establecida en el artículo 30, numeral 1, de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Víctor Augusto Torres Montalvo consejero del Consejo Regional de Junín, emitida con motivo de las Elecciones Regionales del año 2010.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Saturnino Evaristo Inga Borja, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 19822932, para que asuma el cargo de consejero del Consejo Regional de Junín, a fin de completar el periodo de gobierno regional 2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que lo faculta como tal.
SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ SAMANIEGO MONZÓN Secretario General
Declaran infundado recurso de apelación interpuesto contra la Res. Nº 0006-2014-JEE-HUANCAYO-JNE, que excluyó a ciudadano de lista de candidatos al Concejo Distrital de El Mantaro, provincia de Jauja,
RESOLUCION Nº 0229-2014-JNE